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¿Cuándo se paga la prima de mitad de año?

Conozca quiénes reciben la prima de mitad de año y cuál es la fecha máxima para que los empleadores cumplan con el pago. También le contamos cómo se calcula el valor.

¿Qué pasa si el empleador no cumple con pagar la prima de mitad de año?
¿Qué pasa si el empleador no cumple con pagar la prima de mitad de año?
Colprensa

Con la llegada de junio viene el entusiasmo de colombianos que reciben la prima de mitad de año. De acuerdo con el Ministerio de Trabajo, los empleadores tienen plazo para pagar la prestación social a sus trabajadores hasta el 30 de este mes.

¿Qué es la prima de mitad de año?

La prima es un salario mensual que los empleadores pagan a los trabajadores dos veces al año (15 días de sueldo cada 6 meses). Si el empleado no estuvo vinculado a la empresa durante todo el semestre, el valor de la prestación será proporcional a los días laborados.

Por otro lado, según la ley 1788 de 2016, "se garantiza el acceso en condiciones de universalidad al derecho prestacional de pago de prima de servicios para las trabajadoras y trabajadores domésticos". Es decir, aquellos empleados que realizan tareas como jardinería, aseo, lavado, planchado, cocina, trabajadores de finca y conductores de familia.

¿Qué pasa si el empleador no cumple con el pago de la prima de mitad de año?

En caso de que el empleador incumpla la fecha máxima para el pago de la prima de mitad de año, deberá someterse a una sanción moratoria correspondiente a un día de salario por cada día que demore en entregar el beneficio al trabajador. El dinero será entregado al mismo.

"La fórmula para calcular la prima de servicios es: el salario base por los días laborados y este resultado se divide en 360. Si el trabajador laboró menos días, el procedimiento se debe hacer con el número de jornadas completadas", agrega Mintrabajo.

Pensión para mujeres en Colombia: ¿pueden reclamarla desde ahora si completaron las 1.000 semanas?

En otros temas económicos, la Corte Constitucional determinó que la pensión para mujeres puede otorgarse a partir de las 1.000 semanas y que el Congreso debe expedir una ley sobre ese cambio, para lo cual tiene plazo hasta el 31 de diciembre de 2025. Pero, ¿qué pasará si ese trámite no se surte? Y mientras tanto, ¿las beneficiadas que hayan cumplido el requisito ya pueden solicitar su jubilación?

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Diana Fajardo, presidenta del alto tribunal, explicó que “una vez expire el término señalado, es decir, a partir del primero de enero de 2026, y si el Congreso no establece el régimen pensional antes indicado, el número de semanas mínimas de cotización que se exija a las mujeres para obtener la pensión de vejez en el régimen de prima media se disminuirá en 50 semanas y, a partir del primero de enero de 2027, se disminuirá en 25 semanas cada año hasta llegar a 1.000 semanas”.

Es decir, las semanas de pensión para mujeres empezarían a disminuir desde 2026, inicialmente por 50 semanas, con lo que las trabajadoras que hayan cotizado 1.250 semanas podrían jubilarse.

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A partir del año 2027 se disminuirían 25 semanas por año hasta que llegue a las 1.000 semanas, lo que significa que se llegaría a la disminución del tiempo en el año 2036. No obstante, si completa las semanas, pero no ha cumplido la edad exigida, 57 años para las mujeres, no podrá acceder aún a su mesada.

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