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¡No se deje tumbar! Precio de arriendos no puede subir más de 4,09% en 2018

¡No se deje tumbar! Precio de arriendos no puede subir más de 4,09% en 2018

Tenga en cuenta, además, que el incremento solo puede hacerse cuando se cumple un año viviendo en el inmueble y no antes.

Por ejemplo, si usted paga un millón de pesos por el arriendo de su vivienda, el incremento máximo al renovar sería de 40.900 pesos.

“Si vence en marzo es a partir de abril el incremento, si vence en junio es a partir de julio, no antes”, explicó María Clara Luque, presidenta de Fedelonjas.

Para evitar especulación con el incremento del alquiler, la recomendación es firmar un contrato a través de inmobiliaria afiliada a Fedelonjas.

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“En algún momento la persona puede ser vulnerada porque no tiene escrito nada y podrá ser atacada en el sentido de tener un incremento fuera de tiempo, o que le quiten su inmueble antes de tiempo”, añadió Luque.

Conforme a la Ley 820 de 2003, el incremento en el arriendo de inmuebles se debe ajustar anualmente al mismo ritmo del índice de inflación.

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