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Corte frena al CNE y no puede investigar al presidente Gustavo Petro: ¿qué respondió el organismo?

La decisión es con respecto a la investigación que abrió el CNE en octubre de 2024, y en la que formuló cargos contra la campaña de 2022 que llevó a Petro a la Presidencia.

Corte Constitucional frena al CNE: no puede investigar al presidente Gustavo Petro.
Corte Constitucional frena al CNE: no puede investigar al presidente Gustavo Petro.
Colprensa

La Corte Constitucionaldeterminó que el Consejo Nacional Electoral (CNE) no es competente para investigar al presidente Gustavo Petro por supuestas irregularidades en la financiación de su campaña en las elecciones presidenciales de 2022, pero sí podrá continuar el proceso contra su coalición, el Pacto Histórico.

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Este caso se remonta a octubre de 2024, cuando el CNE abrió una investigación y formuló cargos contra la campaña de 2022, que llevó aPetroa la Presidencia. Esa fue la primera vez que ese tribunal abrió una investigación formal a una campaña presidencial por la presunta superación de los topes de gastos, que en este caso sumaron más de 5.355 millones de pesos.

Este jueves 26 de junio, el alto tribunal tomó la decisión de determinar que el CNE no era competente para investigar a Petro al resolver una tutela interpuesta por el mismo mandatario, quien aseguró que no se le estaba respetando el debido proceso y que la instancia competente para investigarlo es la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes por tener fuero.

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"El Consejo Nacional Electoral es competente para investigar a las campañas, partidos, movimientos o a cualquier miembro de las campañas de consulta interpartidista y presidenciales de primera y segunda vuelta del año 2022 de la Coalición Pacto Histórico, por las presuntas irregularidades en la financiación y presentación de informes de ingresos y gastos, con excepción del candidato y hoy presidente de la República Gustavo Francisco Petro Urrego, en función de su fuero", señaló la corte.

"Bien por la Corte Constitucional", escribió en X Petro tras conocer la noticia. Por su parte, el ministro del Interior, Armando Benedetti, celebró en redes sociales que el alto tribunal reconozca "el fuero presidencial al determinar que la única que puede juzgar al presidente Gustavo Petro es la Comisión de Acusaciones".

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En la providencia, el alto tribunal también ordenó al CNE que en cinco días remita a la Cámara de Representantes copia de las "actuaciones adelantadas (...) para que esta corporación ejerza las competencias que le corresponden" respecto del presidente.

El CNE indicó posteriormente que seguirá la investigación contra los demás implicados: el gerente de campaña de Petro, Ricardo Roa Barragán; la tesorera Lucy Aydee Mogollón Alfonso; y los auditores María Lucy Soto Caro y Juan Carlos Lemus Gómez. "El procedimientos sancionatorio continuará respecto a los sujetos que de acuerdo con la Ley deban responder por la posible infracción a la normativa electoral", indicó.

Las irregularidades que había denunciado el CNE

Según el CNE, la campaña presidencial de Petro no informó en sus cuentas a ese organismo de aportes para la primera vuelta electoral, disputada el 29 de mayo de 2022, que sumaron 3.709.361.342 pesos, ni de gastos por concepto de pago a testigos electorales y de propaganda, entre otros.

Los aportes supuestamente omitidos fueron hechos por la Federación Colombiana de Educadores (Fecode), el partido Polo Democrático Alternativo y la Unión Sindical Obrera (USO). Con relación a la segunda vuelta electoral, celebrada el 19 de junio de 2022, la campaña de Petro, según el CNE, presuntamente violó también el límite de gastos al sumar 1.646.386.773 pesos.

Cabe resaltar que el CNE es un organismo autónomo e independiente que hace parte de la Organización Electoral junto a la Registraduría Nacional del Estado Civil. Es el encargado de la vigilancia, inspección y control total de la actividad electoral.

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*Con información de EFE