
La Corte Suprema de Justicia se pronunció por primera vez en un caso de maltrato animal, dejando en firme la condena de 15 meses de prisión y una multa de 11,875 salarios mínimos legales mensuales vigentes para un hombre acusado de atacar con un machete a un perro de nombre Chéster, que era propiedad de su hermana.
Los hechos se remontan al 5 de noviembre de 2020, cuando el sujeto llegó a una finca en la vereda Huertas, zona rural de Macaravita, municipio de Málaga, Santander, donde se encontraba su familiar junto a tres canes, uno de los cuales fue víctima de la agresión del sujeto. El animal sufrió daño ocular y otras secuelas por el ataque.El condenado dijo que se estaba defendiendo, pero la Corte desestimó su declaración
El ataque a Chéster se dio cuando el sujeto arribó a la finca donde se encontraba su hermana, que estaba acompañada de Pirulo, Dante y Chéster, sus tres mascotas. El atacante declaró que actuó en defensa propia porque “un perro se le había tirado y en reacción le pegó con una macheta”. La Policía evidenció que también llevaba consigo una pistola y un puñal. Pese a que afirmó que había sido mordido, “se negó a acudir al centro de salud, en todo caso no mostraba ningún tipo de lesión”.
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No obstante, la Corte Suprema señaló que en este caso, “la relación de los hermanos se había deteriorado por una disputa familiar por derechos de sucesión y posesión de tierras”.
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Asimismo, indicó que las pruebas mostraban que el sujeto tenía “la macheta desenfundada, lo que contradice su declaración inicial de haber agitado el machete sin sacarlo de la funda. Además, los agentes de policía que participaron en el procedimiento no observaron lesiones en el acusado que respalden su afirmación de haber sido mordido por otro perro”.
Por la agresión con el machete, un veterinario dijo que Chéster sufrió “una herida de 15 cm. en el cráneo, pérdida significativa de sangre, daño ocular con pérdida de visión y posibles secuelas motoras. (…) La gravedad de las lesiones implicaba que el perro no habría sobrevivido sin la atención médica”.

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Los animales son seres sintientes
La Corte Suprema indicó que para tomar la decisión “consideró que en el país hay regulación previa en la que se plantea la relación entre la naturaleza y el ser humano y se cuestiona la desequilibrada crueldad para con los animales que tienen especial protección contra el sufrimiento y el dolor, causados directa o indirectamente”.
“Impone una serie de obligaciones específicas, donde se obliga a todas las personas a respetar y abstenerse de causar daño o lesión a cualquier animal vertebrado”, recalca, y “en ese marco de protección especial y reconocimiento como seres sintientes, la protección de los animales se basa, entre otros, en el respeto, la solidaridad, la compasión, la ética, el cuidado, la prevención del sufrimiento, la erradicación del cautiverio y el abandono, así como de cualquier forma de abuso, maltrato, violencia y trato cruel”.
“El bien jurídico protegido objeto de tutela es la vida, la integridad física y emocional de los animales, los cuales envuelven, en particular, la integridad física, psíquica y salud, en su capacidad de sentir emociones y sufrir. El derecho a no ser maltratados por la especie humana, sobre todo cuando estos son animales domésticos que comparten una convivencia familiar”, se lee en la sentencia, contra la que no proceden recursos.
Ley Ángel
Recientemente, el presidente Gustavo Petro sancionó la norma con la que se endurecen las penas para quienes sean hallados culpables de maltrato animal. Así las cosas, pagarán más de 4 años de prisión, por lo que no será excarcelable.
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Los condenados también pagarán multas de entre 15 y 30 salarios mínimos si hay lesiones graves, y de 30 a 60 en caso de muerte. Además, se establecerán penas adicionales, como la prohibición de tener animales hasta por el doble del tiempo de la condena, la inhabilidad para ejercer profesiones u oficios relacionados con animales y la creación de un registro nacional de personas condenadas, a cargo de la Fiscalía y la Policía.
La ley Ángel lleva ese nombre por un caso ocurrido en octubre de 2021 en Saboyá, Boyacá, en el que un perro fue encontrado con el 80 % del cuerpo despellejado y, pese a los esfuerzos de la Fundación Mi Mejor Amigo, falleció en febrero de 2025.