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Cabezote sección COLOMBIA Noticias Caracol 2025 DK

¿Qué implicaciones tendría fallo que reconoce a animales como miembros de una familia?

Para algunos abogados, el caso de Clifor abriría la puerta a que el Estado deba contar los medicamentos para atender enfermedades veterinarias.

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El fallo del juzgado primero de Ibagué, que reconoció que a la dueña de Clifor se le vulneraron los derechos a la preservación del núcleo familiar, además del derecho del animal a que se le proteja la vida, abriría la puerta para que el Estado esté obligado a contar con los medicamentos para la atención de las enfermedades veterinarias.

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“Cuando se trata de medicamentos controlados es necesario que exista disponibilidades para que con cargo a los recursos de las personas que son propietarias de estas mascotas se pueda atender a sus necesidades médicas”, señaló el exvicefiscal general, Francisco José Sintura.

Por su parte, el abogado Nicolás Alviar indicó que el fallo “podría significar que se le puedan reconocer tratamientos veterinarios a las mascotas bajo el argumento de que hacen parte esencial del núcleo familiar”.

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Según un estudio de la empresa Brandstrat, 6 de cada 10 hogares colombianos tiene una mascota a la que consideran parte de su familia.

“Casi todos los que tenemos un animal en nuestra casa sentimos que es parte de nuestra familia y es fundamental que en la legislación colombiana, pero también las autoridades y en este caso la rama judicial, lo reconozcan de esta manera”, afirmó el representante a la Cámara Juan Carlos Losada.

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Es por lo anterior que las leyes en Colombia han avanzado en ese sentido, tal como lo explica la concejala animalista Andrea Padilla: “La ley 1774, cuya principal bondad es haber reconocido la condición de seres sintientes, con lo cual son sujetos de especial protección por parte del Estado y haber creado el delito contra la vida y la integridad física de los animales”.

Para los expertos, aún faltan normas en materia de protección a los animales y mecanismos para hacer exigible esa protección.

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