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Empresas que no implementen reducción de la jornada laboral se exponen a estas sanciones

El viceministro Edwin Palma recalcó que no se pueden vulnerar los derechos de los trabajadores con la reducción de la jornada laboral, que inicialmente bajó a 47 horas semanales.

¿Qué les pasará a empresas que no implementen reducción de la jornada laboral?

Edwin Palma, viceministro de relaciones laborales del Ministerio de Trabajo, resolvió algunas de las dudas que siguen surgiendo luego de que entrara en vigencia la reducción de la jornada laboral en Colombia. Una de estas es qué les puede pasar a los empresarios que no acaten la ley.

“Una empresa o un empleador que no adopta esta medida estaría violando una norma que es de orden público, que es de obligatorio cumplimiento. Es como si no pagara el salario mínimo o como si no entregara la dotación a la que está obligado el empleador, y por lo tanto puede ser investigado por la inspección laboral, quien puede imponer multas de acuerdo a la gravedad de la conducta de hasta 5.000 salarios mínimos”, indicó.

El funcionario reiteró que la reducción de la jornada laboral en Colombia es una norma que “tiene dos años de vigencia, nosotros llevamos cerca de 11 meses haciendo lo que nos corresponde por mandato de la misma ley, todas las reuniones, toda la pedagogía, todas las conversaciones con empresas, con sindicatos, con trabajadores, para que esta norma se aplique y obviamente cumpla su finalidad”.

Respecto a si el salario disminuirá debido a que se trabajará menos tiempo, Palma fue enfático en decir que no. "La misma ley prohíbe desmejorar los salarios y derechos adquiridos de trabajadores y trabajadoras. Lo que busca esta ley es generar más tiempo libre para que se pueda compartir con la familia, para destinarla a otras actividades con un impacto positivo en la productividad. Creemos que eso es muy importante, tiene que ser un gana-gana: más tiempo libre para los trabajadores, más productividad al interior de las empresas”.

El viceministro también aclaró que no se afectarán los parafiscales ni las semanas de cotización. “No debe perjudicar a los trabajadores, no se debe abaratar la hora, no se van a reducir los salarios. Por el contrario, por un simple cálculo matemático, al dividir el salario mensual del trabajador, ya no en 48 horas sino en 47 horas, la hora trabajada tiene un leve incremento que a su vez debe ser utilizado para hacer el cálculo cuando se trabajen horas extras, recargos dominicales, recargos nocturnos o tiempo complementario”, explicó.

Para las personas que trabajan 45 horas o menos, ¿cambia algo?


“Muchos trabajadores del sector privado trabajan menos de las 48 horas, sea por decisión de las empresas -hay empresas que han organizado mejor sus turnos- o sea por convenios colectivos con las organizaciones sindicales; por ejemplo, una empresa que hoy trabaja 45 horas, esta reducción de la jornada laboral no le va a impactar, pero va a impactarle cuando llegue a las 45 horas”, dijo.

“Es importante recordar que la misma ley invita a que se pueda anticipar a 42 horas inmediatamente la jornada. Muchas empresas nos han consultado, estamos acompañando estos procesos, sea por decisión unilateral de las empresas o por convenios colectivos, para no esperar la gradualidad, sino implementar inmediatamente la reducción, porque, como ya lo hemos señalado, en distintas partes del mundo y en Colombia hay estudios, tanto científicos como empíricos, que demuestran que esta reducción de jornada de trabajo tiene un impacto positivo en la productividad”, añadió.

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Según la norma de la reducción de la jornada laboral, al final del 2026 esta debe ser de 42 horas para acercarse a los estándares internacionales de la OIT (Organización Internacional del Trabajo) desde 1935, en los que se recomienda que sea de 40 horas.

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