La comunicadora social y periodista Laura Camila Blanco murió la madrugada de 27 de julio de 2025 tras caer del noveno piso de su apartaestudio, ubicado en un conjunto residencial en el noroccidente de Bogotá, y, aunque las primeras hipótesis apuntaban a un suicidio, la evidencia forense dio un giro al caso y su entonces pareja, Óscar Santiago Gómez, de 28 años, fue capturada e imputada por el delito de feminicidio agravado.Debido a antecedentes de violencia por parte de Gómez, desde el inicio la familia de Laura Camila Blanco se rehusó a creer la versión del suicidio que había entregado Óscar Santiago y pidió celeridad en la investigación. Dos meses después de la muerte de la joven periodista, el examen forense realizado al cuerpo reveló que "Laura Camila fue estrangulada, fue asfixiada, luchó por su vida", confirmó Oswaldo Medina, abogado de la familia de la víctima, en una entrevista con Séptimo Día realizada a finales del 2025.Por ello, el 21 de agosto de 2025, capturaron a Óscar Santiago Gómez y la Fiscalía le imputó el delito de feminicidio agravado bajo la teoría de que aprovechó su "superioridad corporal" para estrangularla y sofocarla, y "cuando la víctima se encontraba en estado de debilidad defensiva, manteniendo la decisión consciente de causar su muerte, la lanzó por la ventana del noveno piso". El sujeto no aceptó los cargos imputados.Juez negó apelación de la defensaMientras avanza el proceso en su contra, el viernes 24 de julio de 2026, el Juzgado 53 Penal del Circuito de Bogotá negó una solicitud de la defensa de Óscar Santiago Gómez, que, según se conoció, buscaba obtener algunos elementos para incorporar en el proceso, entre esos, información del celular de Laura Camila Blanco, una inspección al apartamento y planos del inmueble, además de la historia laboral de la víctima.Sin embargo, el juez señaló que la defensa del presunto feminicida no sustentó de forma suficiente la necesidad de acceder a la información solicitada ni cuál sería su utilidad en el caso."La defensa no explicó la relación existente entre la historia laboral y el delito de feminicidio agravado, tampoco explicó cuál era la utilidad probatoria para conocer la historia laboral, y que la información pretendida carecía de pertinencia, y en este caso no se cumplía. Por esas razones, entonces, se impone la confirmación de la decisión tomada en primera instancia", indicó en la audiencia el juez.Tras esta decisión, se espera que a finales de agosto se realice una audiencia preparatoria en la que las partes presentarán las pruebas del caso.Vea también: ¿Gritos de auxilio de Laura Camila Blanco no fueron escuchados por 7 amigos que estaban en la sala?
Desde que Nicolás Mosquera tenía siete meses, la vida de Natalia Fernández cambió para siempre. En Armenia, esta madre vive pendiente de cada paso de su hijo, quien padece hemofilia, una enfermedad huérfana y de alto costo que convierte un golpe o una caída en un riesgo para su vida. Aun así, hace todo lo posible para que pueda asistir al colegio como cualquier otro niño.Un equipo de Los Informantes acompañó a Natalia durante la jornada escolar de su hijo y fue testigo de la batalla que libra cada día para protegerlo y garantizar que nunca le falte el medicamento que necesita.Una vigilancia de seis horas diarias para evitar una tragediaPara Natalia, la jornada en el colegio Rufino José Cuervo Centro es una misión de vigilancia permanente. Desde las 6:30 de la mañana hasta la 1:25 de la tarde acompaña a su hijo y sigue de cerca cada uno de sus movimientos, consciente de que un empujón, una caída o un golpe podrían tener graves consecuencias.La rutina de Natalia en el colegio es meticulosa. Llega temprano, programa alarmas para cada cambio de clase y acompaña a Nicolás en todos sus recorridos dentro de la institución. Su misión es prevenir que un empujón o una caída se convierta en una emergencia. Este acompañamiento sombra comenzó por solicitud del colegio cuando el niño ingresó al grado de transición."Hago acompañamiento sombra hace 8 años desde transición", explicó Natalia al describir su labor diaria en el colegio. La madre añadió que su presencia es vital porque "tenemos que ser conscientes que un golpe craneoencefálico es la muerte para él".A pesar de que Nicolás ya tiene 12 años y cursa séptimo grado, el riesgo no ha disminuido debido a la fragilidad de su organismo ante la ausencia de proteínas coagulantes. "Ella no me está sobreprotegiendo, sino que me está protegiendo y les está ahorrando un problema a los otros", comentó Nicolás.“Yo creo que soy como un huevo porque a ver, por un mínimo golpe, así sea una pequeña cortadita y que yo no tenga el medicamento, me puede salir demasiada sangre y me tendría que ir a UCI. Si yo me pego en la cabeza, me muero", relató Nicolás, quien comprende su condición y los riesgos que implica vivir con hemofilia.¿Qué es la hemofilia y por qué es de alto riesgo?La condición médica de Nicolás es diagnosticada como hemofilia tipo A severa, que es la forma más grave de este trastorno genético. En términos científicos, su cuerpo carece de una proteína esencial denominada factor VIII, la cual es responsable de formar la costra o coágulo que detiene cualquier sangrado.El doctor Sergio Robledo Riaga, presidente de la Liga Colombiana de Hemofílicos, explicó que la hemofilia es “un trastorno de coagulación en donde las personas que se cortan no paran de sangrar. Usted necesita tapar eso entonces llegan unas plaquetas que son como un ladrillo que se pegan”.Esta falta de ‘cemento’ proteico implica que, si hay un sangrado cerebral, el paciente puede fallecer rápidamente al llenarse la cavidad de sangre. “Un hemofílico y sin tratamiento tiene un promedio de vida de 12 años”, aseguró Robledo.La fragilidad de Nicolás le impide realizar actividades que para otros niños son parte de la rutina. "Yo no puedo jugar fútbol, porque es un poquito arriesgado para mí porque es demasiado impacto", relató, quien también ha sufrido complicaciones por intentar montar bicicleta, actividad que le generó una inflamación severa en la rodilla izquierda sin haberse caído.Necesita un medicamento que cuesta $288 millones al añoLa supervivencia de los pacientes con hemofilia severa depende exclusivamente de la administración constante de medicamentos que reemplazan el factor de coagulación faltante.Sin embargo, el tratamiento tiene un costo extremadamente alto, por lo que la hemofilia está catalogada como una enfermedad de alto costo en el sistema de salud colombiano. Además, a medida que Nicolás crece, también aumenta la dosis que necesita. "Este factor cuesta más de $2 millones. Son tres ampollas, son $6 millones. En el mes serían $24 millones. Si usted multiplica esos $24 millones al año son $288 millones", explicó Natalia.La interrupción del suministro de este fármaco tiene consecuencias inmediatas. En apenas dos semanas sin el medicamento, el cuerpo de Nicolás comenzó a manifestar señales de alarma. "Se llena de morados... hematomas y en todo el centro se va haciendo como una bolita dura", describió la madre.El caso de Kevin Acosta y la lucha contra las negligencias del sistemaEl temor de Natalia Fernández tiene un precedente doloroso. La historia de Nicolás se cruza con la de Kevin Acosta, un niño de 7 años que también padecía hemofilia y falleció en febrero después de que su EPS dejara de suministrarle el medicamento por problemas administrativos.Kevin permaneció dos meses sin recibir el factor VIII y, tras sufrir un golpe en la cabeza en una caída de bicicleta, murió días después en un hospital de Bogotá. La Procuraduría concluyó que Kevin murió por negligencia de la Nueva EPS, que no le giro a tiempo los recursos a la IPS que lo atendía.Natalia ha tenido que enfrentar barreras similares con su entidad de salud, Asmet Salud. "Este año me puso a padecer, cuando me fui a investigar me dijeron que había problemas administrativos y yo decía: ‘por culpa de problemas administrativos me van a dejar morir al niño'", afirmó. Por eso, Nicolás ha tenido que pasar dos semanas sin sus dosis vitales.Ante las críticas por su constante vigilancia, Natalia es enfática en defender su postura: "A mí me da como una rabia, como una indignación cuando le dicen a uno: 'es que usted lo sobreprotege’, pero yo fui la que viví muchas cosas amargas. Yo no disfruté a mi hijo, yo tuve que estar en un hospital", dijo entre lágrimas.El sueño de Nicolás: ser médico para sanar su propia historiaA pesar de los desafíos físicos y la incertidumbre administrativa, Nicolás mantiene una actitud optimista que asombra a su madre. Durante las crisis por falta de medicina, él intenta consolarla.“Quisiera ser médico sobre lo de la hemofilia, porque yo ya sabría qué sería eso, porque yo ya lo estaría experimentando qué es eso", aseguró Nicolás sobre sus aspiraciones profesionales. Su objetivo es utilizar su conocimiento para evitar que otros niños y familias sufran las mismas carencias que él enfrenta.Actualmente, la situación de Nicolás es crítica. Lleva casi un mes sin recibir el factor VIII y su salud se ha deteriorado visiblemente. No ha podido regresar al colegio y pasa sus días en cama porque el dolor y la falta de coagulación le impiden caminar. El llamado de su madre es una súplica urgente al sistema de salud para que le entreguen el medicamento antes de que la historia de su hijo tenga un desenlace fatal.
El equipo de Séptimo Día llegó hasta la empresa Vitaly Internacional SAS, ubicada en el sector de Cabecera, en Bucaramanga, tras conocer denuncias de ciudadanos que aseguran haber sido atraídos con la promesa de exámenes médicos gratuitos que habrían terminado en la adquisición de supuestos tratamientos y créditos financieros sin su consentimiento.Según los denunciantes, las personas eran abordadas en la vía pública o contactadas por teléfono para asistir a jornadas de salud. Allí, después de recibir presuntos diagnósticos, les habrían ofrecido tratamientos que terminaron en la firma de contratos y obligaciones económicas que, aseguran, no autorizaron.Cámaras captaron cómo ofrecían supuestos tratamientosJuan Carlos Villani, periodista de canal informativo, simuló ser un usuario y fue abordado por dos mujeres que vestían uniformes similares a los del personal de salud. Luego de realizarle una toma de presión arterial en la calle, le ofrecieron un supuesto chequeo preventivo.Posteriormente, fue conducido a las oficinas de Vitaly Internacional, donde le solicitaron sus datos personales antes de llevarlo a un consultorio, en el que fue atendido por un supuesto consultor médico. El hombre le realizó un examen con un dispositivo llamado escáner electromagnético y, durante la consulta, entregó diagnósticos sobre su estado de salud.El escáner electromagnético y los falsos diagnósticosLa principal herramienta utilizada para persuadir a los asistentes es un dispositivo que, según los testimonios, es presentado como capaz de escanear todos los órganos del cuerpo mediante el contacto con la piel.Tras el escaneo, el consultor emitió diagnósticos que sugerían graves problemas de salud. Al periodista le indicó: “En la parte de aquí tienes la sangre un poco espesa y de pronto está ocasionando que se desarrollen obstrucciones en las arterias”.Sin embargo, expertos médicos cuestionan la validez de estos resultados. El doctor Jairo Alberto Morantes, especialista y director de atención hospitalaria, aclaró que “es muy probable que sí le esté mintiendo porque no existe en la actualidad un dispositivo que mediante el contacto con la piel diagnostique tantas enfermedades o distintos tipos de alteraciones en el cuerpo”.Créditos financieros sin consentimientoEl aspecto más delicado de las denuncias contra la empresa señalada gira en torno a la presunta obtención de créditos financieros sin autorización. Blanca Fajardo, una de las denunciantes, relató que fue llevada a la sede con la promesa de una jornada de salud gratuita. Tras someterse al examen, aseguró que le informaron que su estado de salud era preocupante y le ofrecieron un tratamiento.Según su testimonio, durante el proceso le solicitaron su cédula y su teléfono celular. "Me sacaron un crédito sin mi autorización por 2 millones", afirmó.Blanca intentó retractarse tras notar que los productos entregados le causaban malestar, pero aseguró que en la empresa no aceptaron su reclamo ni devolvieron el dinero. “Yo sí creo que me engañaron. Me hicieron un daño a mí y a mi salud”, relató.Un caso similar es el de Nancy Caballero, de 59 años. Tras el examen con el escáner, le diagnosticaron diversas dolencias. La mujer denunció que, tras manipular su teléfono, se encontró con una deuda no deseada: “Me sacaron un crédito de millón quinientos que yo no he solicitado”.Los falsos tratamientos de alto costoAlexandra Bermúdez, docente de profesión, no fue abordada en la calle sino mediante una llamada telefónica en la que le indicaron “que por favor asistiera, que era beneficiaria de un programa de salud, en el cual me iban a hacer un chequeo médico que era totalmente gratuito”. En la cita, una supuesta médica le diagnosticó sobrepeso, problemas de colesterol, triglicéridos y diabetes.Bermúdez relató que el tratamiento inicial tenía un valor de 6 millones de pesos. Ante su negativa por falta de recursos, el precio le fue modificado a 3 millones. Finalmente, accedió a un crédito por $1.550.000 pesos. Meses después, tras realizarse exámenes en su EPS, descubrió que los diagnósticos de Vitaly no eran precisos.Inspección de la Superintendencia de Salud: ¿qué dijo la dueña?Ante las crecientes denuncias, la Superintendencia Nacional de Salud y la Secretaría de Salud de Santander realizaron una inspección el 18 de junio de 2026 en la sede de Vitaly Internacional. Durante el operativo, Natalia Andrea Bonilla, representante legal de la empresa, aseguró que “nosotros somos un centro de ventas. Nosotros no tenemos personal de salud, porque no somos una IPS, solo es una tienda naturista”.No obstante, las autoridades determinaron lo contrario. Se estableció que Vitaly Internacional SAS no contaba con Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud (REPS) ni el aparato utilizado tenía registro sanitario del INVIMA. Yolima Gómez, del INVIMA, calificó el dispositivo como “un equipo biomédico fraudulento totalmente”.Juan David Duque, delegado de la Superintendencia de Salud, señaló: “Encontramos un sitio que decía ser un expendio comercial, pero que estaba prestando servicios de salud. Por tal razón debían estar inscritos ante la Superintendencia Nacional de Salud, pero estos sitios no lo hacen y no lo hacen precisamente porque no quieren ser vigilados”.Como resultado de la visita, las autoridades procedieron al cierre temporal y parcial del establecimiento tras hallar cuatro máquinas sin registro sanitario. La representante legal de la empresa, Natalia Andrea Bonilla, no atendió las solicitudes de entrevista del equipo de Séptimo Día.
El 24 de junio, Venezuela sufrió una de las catástrofes naturales más potentes de su historia reciente. Un doble terremoto, con magnitudes de 7.2 y 7.5, sacudió el país en un intervalo de apenas 15 segundos. El evento sísmico total duró 74 segundos, un lapso suficiente para desencadenar una tragedia de enormes proporciones.La devastación se concentró principalmente en La Guaira, a 25 kilómetros de Caracas, donde cientos de edificaciones colapsaron sobre ciudadanos que realizaban actividades cotidianas durante un día festivo.Ante el colapso de las instituciones y la infraestructura, los primeros en llegar a la zona del desastre no fueron organismos estatales, sino el Grupo de Rescate y Operaciones Especiales Caricuao (G.R.O.E.C.). Este equipo de voluntarios, liderado por Everth Celis, se desplazó desde la capital para iniciar las labores de búsqueda en medio de una situación crítica. Celis, quien en su vida civil se desempeña como panadero, cuenta con más de 30 años de experiencia en la atención de emergencias. El equipo de Los Informantes lo acompañó. Los primeros milagros entre el concretoAl llegar a La Guaira cerca de las 9:00 p.m. del día del sismo, el equipo se enfrentó a un panorama de desesperación. Uno de los primeros puntos de intervención fue un edificio de siete pisos que se vino abajo. Allí, Celis recuerda el encuentro con un hombre que suplicaba por su familia. "Mi esposa está atrapada, mi esposa está aquí", fue el clamor que impulsó al equipo a desplegarse de inmediato.En ese lugar, los rescatistas, conocidos como "topos", localizaron a Anaí, quien se encontraba atrapada bajo las placas de concreto en el cuarto o quinto piso. Tras horas de arduo trabajo y en medio de réplicas que hacían la estructura inestable, lograron establecer contacto con ella. A pesar de presentar una herida abdominal, la mujer fue extraída con vida después de casi cuatro horas de maniobras en un área de muy difícil acceso.Entre la vida y la muerte en una zona de desastreLa labor de rescate obliga a los voluntarios a tomar decisiones extremas basadas en las primeras 72 horas o ventana de vida tras un sismo. En una de las estructuras colapsadas, el equipo localizó a tres niños. Lograron establecer comunicación verbal con ellos, pero las placas de concreto de hasta 50 centímetros de espesor impidieron un acceso rápido.“Teníamos contacto con ellos, hablábamos con los niños, los escuchábamos, pero no los podíamos localizar. Sabíamos que estaban ahí, pero no los encontrábamos. No conseguimos a los niños... Extremadamente frustrante no poderlos rescatar y escucharlo, sobre todo a los niños”, expresó Celis sobre la frustración de aquel momento.Ante la imposibilidad técnica de liberarlos en ese instante y la necesidad de buscar a otros sobrevivientes, el grupo tuvo que tomar una dolorosa decisión."Es duro tener que abandonarlos en ese momento, pero quedarnos ahí significaba que personas que tuvieran la posibilidad de ser salvadas, de repente, no pudieran ser rescatadas porque no íbamos a llegar a tiempo. Entonces, tuvimos que tomar la decisión de dejarlos ahí y continuar", dijo Celis.No obstante, el equipo marcó las coordenadas y, horas más tarde, otro grupo de rescatistas con mejor equipamiento logró sacar a los niños con vida.El rescate heroico de Miguel: 36 horas de pie bajo cinco pisosUno de los casos más inusuales y conmovedores fue el de Miguel, un joven que quedó atrapado en una posición vertical tras el desplome de cinco niveles de su edificio. Estar de pie, sin posibilidad de sentarse o moverse, supuso un agotamiento físico que se prolongó por 36 horas. "El caso de Miguel no se nos va a olvidar, porque es poco probable que entre tanta destrucción la persona quede de pie, pero quedó atrapado de pie. Prácticamente, se le vinieron cinco pisos encima de él", contó el líder de los rescatistas.Para liberarlo, un socorrista tuvo que descender de cabeza por un estrecho espacio para cortar las varillas de hierro que mantenían los pies de Miguel aprisionados. La técnica, aunque arriesgada, permitió que el joven saliera ileso.Everth Celis recuerda que la adrenalina era tal que, durante los primeros cinco días de labores ininterrumpidas, apenas pudo dormir 20 minutos.Una intensa búsquedaPasadas las dos semanas, la misión de los rescatistas ha cambiado. Ya no buscan sobrevivientes, sino que se enfocan en los desaparecidos para brindar consuelo a los familiares que aún esperan noticias.“Apartamento por apartamento, vamos rincón por rincón, asegurándonos que no hayan personas fallecidas en esos espacios. Dependemos de la interacción de las personas de la comunidad”, agregó.En este escenario, elementos de la naturaleza como las moscas se han convertido en indicadores clave para localizar restos bajo toneladas de escombros. “Aunque suene cruel las moscas nos ayudan a determinar dónde podemos conseguir los cuerpos. Son moscas que tienen unas características bien especiales que únicamente van a donde están los humanos, los restos humanos. Entonces, de cierta forma ellas nos dicen dónde podemos localizar a los humanos", explicó Celis.Un equipo de Los Informantes lo acompañó durante un recorrido por el edificio Costa Dorada, una estructura de 18 pisos severamente comprometida, donde evidenciaron el peligro constante al que se exponen estos hombres.Con las placas de concreto cediendo y un olor a descomposición persistente, los rescatistas deben moverse con cautela extrema. “Es uno de los peores desastres que he visto”, afirmó.Un equipo de rescatistas incansable: sin salarioEl Grupo de Rescate Caricuao está compuesto por 63 brigadistas que operan sin recibir un salario. Muchos de ellos, como Everth Celis, financian su labor con sus propios medios y dependen de donaciones para obtener combustible, uniformes y herramientas.Al ser consultado sobre las razones que lo llevan a arriesgar su vida por desconocidos, Celis aseguró que “se lleva en la sangre. No sé si es de repente un propósito que Dios me puso a mí... Aquí nuestro nuestro salario son las gracias de una persona, la gratificación de ver un animal que de repente rescatamos. Ese es nuestro salario y eso vale más que el otro”.Estos voluntarios mantienen su compromiso en un país donde las cifras oficiales hablan de cerca de 5.000 muertos, mientras que la ONU estima hasta 50 mil desaparecidos,. La reconstrucción de Venezuela, según organismos como UNICEF, será un proceso largo que afectará a cientos de miles de niños que hoy necesitan ayuda para salir adelante. Mientras tanto, hombres como Celis continúan rincón por rincón, asegurándose de que nadie quede olvidado bajo las ruinas de lo que alguna vez fueron hogares.
En entrevista con Noticias Caracol, Iván Jaramillo Jassir, viceministro de Empleo y Pensiones, compartió datos clave acerca de la reducción de la jornada laboral. A medida que Colombia avanza en una transformación histórica de sus dinámicas de trabajo, surge la duda sobre los beneficios que los trabajadores ya percibían, como la jornada semestral dedicada a la familia, más conocido como día de la familia, la cual parecía estar en riesgo ante el nuevo límite de horas semanales.Desde este 15 de julio, la jornada laboral en el país se reduce oficialmente de 44 a 42 horas semanales, marcando un hito en la aplicación progresiva de la Ley 2101 de 2021. Sin embargo, esta reducción trajo consigo una preocupación para varios empleados: la posible eliminación del día de la familia. Aunque inicialmente se planteó que la disminución de horas eximía a los empleadores de otorgar este espacio, el viceministro Jaramillo aclaró que el beneficio no tiene por qué desaparecer si se gestiona bajo una nueva modalidad.Día de la familia no desaparecería en ColombiaEl viceministro explicó que, si bien la ley anterior podía interpretarse como una eliminación automática del beneficio al reducir la jornada, la actual visión del Gobierno es distinta. Según el funcionario, el requisito fundamental para que los trabajadores sigan disfrutando de este espacio es la voluntad del empleador y la gestión con las entidades correspondientes. "Lo que hace la reforma laboral es mantenerlo como una posibilidad, como una facultad que pueden tener los empleadores con las cajas de compensación, organizar y gestionar para que haya una jornada semestral como venía aplicándose", señaló Jaramillo Jassir.En este sentido, el beneficio ya no es una imposición legal rígida bajo las mismas condiciones de antes, sino que "quedó facultativo quedó optativo quedó voluntario para que los empleadores con las cajas puedan organizar este día de la familia". Esto significa que la permanencia de esta jornada depende ahora de la autonomía de cada empresa y de los acuerdos que se logren con las cajas de compensación familiar para coordinar las actividades.Mantener este beneficio no es solo una cuestión de descanso, sino una estrategia de eficiencia empresarial. El viceministro enfatizó que este tipo de jornadas han demostrado resultados positivos en el entorno corporativo. Jaramillo sostuvo que el día de la familia "ha probado ser eficiente en materia de mejorar la calidad de los trabajadores, aumentar la productividad y mejorar ese equilibrio entre tiempos de trabajo y tiempos destinados a obligaciones familiares".Esta visión coincide con una tendencia global en la que el éxito de una empresa no se mide estrictamente por la cantidad de horas que un empleado pasa frente a su escritorio. "Se ha probado que la productividad se debe de medir en un estándar distinto al número de horas que el trabajador se pone servicio del empleador", afirmó el viceministro, destacando que países como España y Francia también están en el proceso de disminuir sus jornadas de trabajo.¿Cómo se aplican las 42 horas laborales?Para que el día de la familia y la nueva jornada de 42 horas coexistan sin afectar la operación de las empresas, la ley permite flexibilidad en la distribución del tiempo. El empleador y el trabajador deben ponerse de acuerdo para repartir las 42 horas en 5 o 6 días a la semana, con un requisito innegociable: "Garantizando siempre un día de descanso y no se puede afectar el salario".Además, la reforma laboral ha buscado blindar los derechos diarios del trabajador. El viceministro recordó que se incorporó, siguiendo sugerencias de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), un "límite de máximo de 8 horas diarias". De esta forma, la reducción de la jornada semanal no debería traducirse en jornadas diarias extenuantes que terminen por agotar al personal y anular los beneficios del tiempo libre.ÁNGELA URREA PARRANOTICIAS CARACOL
A partir del 15 de julio de 2026 comenzará a regir en Colombia una nueva etapa de la reducción gradual de la jornada laboral. La medida se encuentra contemplada en la Ley 2466 de 2025 que modificó varias disposiciones del Código Sustantivo del Trabajo y mantuvo el cronograma de reducción de la jornada establecido en la Ley 2101 de 2021, afectando desde el horario en que se considera que empieza la noche hasta la remuneración por trabajar en días festivos.Los cambios traerán ajustes tanto para trabajadores como para empleadores, especialmente en sectores que operan con turnos continuos, jornadas nocturnas o atención durante fines de semana y festivos. Gremios empresariales han advertido sobre el impacto que estas decisiones tendrán en los costos operativos, mientras que el Gobierno sostiene que las medidas buscan "recuperar derechos laborales" y mejorar las condiciones de los empleados.(Síganos en Google Discover y conéctese con las noticias más importantes de Colombia y el mundo)¿Cómo quedará la reducción de la jornada laboral desde el 15 de julio?Los trabajadores vinculados mediante contrato laboral en Colombia tendrán un nuevo cambio en sus condiciones de trabajo a partir del próximo 15 de julio de 2026. Ese día comenzará a aplicarse oficialmente la jornada máxima legal de 42 horas semanales, una medida contemplada en la Ley 2466 de 2025, que modificó varias disposiciones del Código Sustantivo del Trabajo y mantuvo el cronograma de reducción de la jornada establecido en la Ley 2101 de 2021."La duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo es de ocho (8) horas al día, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 3° de la Ley 2101 de 2021 sobre la aplicación gradual, y una jornada máxima de cuarenta y dos (42) horas a la semana. La jornada máxima semanal podrá ser distribuida, de común acuerdo, entre empleador y trabajador(a), de cinco (5) a seis (6) días a la semana, garantizando siempre el día de descanso y sin afectar el salario", se lee en la ley. Aunque el máximo permitido será de 42 horas a la semana, la ley no obliga a que todos los trabajadores tengan exactamente el mismo horario. "Recordemos que la jornada laboral fue modificada a través de una ley de la República que estableció que iba a reducirse a un total de 42 horas laborales en la semana. Eso quiere decir que es una reducción bien importante la que hemos venido haciendo a lo largo de estos últimos años. Es la última reducción de 2 horas en la jornada que también trae la desaparición del día de la familia y de algunas otras cosas asociadas", indicó Alejandra Osorio, directora de Acopi Bogotá y Cundinamarca, en Signo Pesos.Cambios en la jornada nocturna también hacen parte de la reformaLa reducción de la jornada semanal no es la única modificación que trae la reforma laboral. La Ley 2466 también cambió la definición del trabajo diurno y nocturno. Con la nueva norma, la jornada diurna comprende el periodo entre las 6:00 de la mañana y las 7:00 de la noche. En consecuencia, el trabajo realizado después de las 7:00 p. m. se considera nocturno y deberá reconocer el recargo correspondiente, una hora antes de lo que ocurría con la legislación anterior."El número de horas de trabajo diario podrá distribuirse de manera variable. Si en el horario pactado el trabajador o trabajadora debe laborar en jornada nocturna, tendrá derecho al pago de recargo nocturno (...) El empleador deberá llevar un registro del trabajo suplementario de cada trabajador en el que se especifique el nombre, actividad desarrollada y número de horas laboradas con la precisión de si son diurnas o nocturnas. Este registro podrá realizarse de acuerdo a las necesidades y condiciones propias de su empresa", agregaron. El recargo dominical aumentó desde el 1 de julioOtra de las disposiciones que ya comenzó a aplicarse corresponde al pago por laborar durante domingos o días festivos. Desde el 1 de julio de 2026, el recargo pasó del 80% al 90% sobre el valor de la hora ordinaria, como parte del esquema de implementación gradual establecido por la reforma. El cronograma fijado por la ley quedó definido de la siguiente manera:Desde el 1 de julio de 2025: recargo del 80%.Desde el 1 de julio de 2026: recargo del 90%.Desde el 1 de julio de 2027: recargo del 100%.No obstante, la legislación también permite que las empresas decidan aplicar directamente el recargo del 100% antes de la fecha prevista, si así lo consideran. Además, los empleadores estarán obligados a llevar un control detallado del trabajo suplementario realizado por cada empleado. En ese registro deberá identificarse el nombre del trabajador, la actividad desempeñada, el número de horas extras y si estas fueron diurnas o nocturnas.VALENTINA GÓMEZ GÓMEZNOTICIAS CARACOLvgomezgo@caracoltv.com.co
El recargo por laborar en domingos y días festivos fue modificado en Colombia como parte de la implementación gradual de la reforma laboral contenida en la Ley 2466 de 2025 que establece que desde el 1 de julio de 2026, los trabajadores que presten sus servicios en su día de descanso obligatorio tienen derecho a recibir un recargo del 90% sobre el valor de la hora ordinaria, un incremento frente al 80% que estuvo vigente durante el último año.La medida hace parte de un cronograma definido por la ley, el cual busca que el reconocimiento económico por trabajar en domingos y festivos llegue de manera progresiva al 100%, porcentaje que será obligatorio para todos los empleadores a partir del próximo año. Y aunque el cambio ya comenzó a regir, aún existen dudas sobre la fecha en la que el recargo alcanzará el 100%.(Síganos en Google Discover y conéctese con las noticias más importantes de Colombia y el mundo)¿Cuándo aumentará el recargo dominical al 100 % en Colombia?De acuerdo con la Ley 2466 de 2025, el incremento del recargo dominical se implementó de manera escalonada para permitir que las empresas ajustaran sus costos laborales. El cronograma quedó establecido de la siguiente forma:Desde el 1 de julio de 2025: el recargo pasó al 80%.Desde el 1 de julio de 2026: aumentó al 90%.Desde el 1 de julio de 2027: será del 100%, porcentaje que quedará como regla general para el trabajo realizado en domingos y días de descanso obligatorio.Esto significa que, desde julio de 2027, quienes trabajen durante estos días deberán recibir un recargo equivalente al 100% sobre el valor de la hora ordinaria, sin perjuicio del salario correspondiente por la semana laborada. "Se entiende que el trabajo en día de descanso obligatorio es ocasional cuando el trabajador o trabajadora labora hasta dos (2) días de descanso obligatorio, durante el mes calendario. Se entiende que el trabajo en día de descanso es habitual cuando el trabajador o trabajadora labore tres (3) o más de estos durante el mes calendario. (...) Para todos los efectos, cuando este Código haga referencia a 'dominical', se entenderá que trata de día de descanso obligatorio", explica la ley. Por otro lado, la transparencia en el pago de horas extras se vuelve más rigurosa. El Artículo 12 obliga a los empleadores a llevar un registro detallado del trabajo suplementario, especificando nombre, actividad y si las horas son diurnas o nocturnas. El trabajador tiene el derecho de solicitar este reporte junto con su soporte de pago. El incumplimiento de estas obligaciones o la falta de pago de las horas extras puede acarrear sanciones severas por parte del Ministerio del Trabajo, incluyendo la suspensión de la facultad para autorizar tiempo suplementario hasta por seis meses.Otros cambios que introdujo la reforma laboralAdemás del incremento del recargo dominical, la Ley 2466 de 2025 incorporó otras modificaciones que comenzaron a aplicarse durante 2025 y 2026. Los trabajadores vinculados mediante contrato laboral en Colombia tendrán un nuevo cambio en sus condiciones de trabajo a partir del próximo 15 de julio de 2026. Ese día comenzará a aplicarse oficialmente la jornada máxima legal de 42 horas semanales, una medida contemplada en la Ley 2466 de 2025, que modificó varias disposiciones del Código Sustantivo del Trabajo y mantuvo el cronograma de reducción de la jornada establecido en la Ley 2101 de 2021.La reducción de la jornada semanal no es la única modificación que trae la reforma laboral. La Ley 2466 también cambió la definición del trabajo diurno y nocturno. Con la nueva norma, la jornada diurna comprende el periodo entre las 6:00 de la mañana y las 7:00 de la noche. En consecuencia, el trabajo realizado después de las 7:00 p. m. se considera nocturno y deberá reconocer el recargo correspondiente, una hora antes de lo que ocurría con la legislación anterior."El número de horas de trabajo diario podrá distribuirse de manera variable. Si en el horario pactado el trabajador o trabajadora debe laborar en jornada nocturna, tendrá derecho al pago de recargo nocturno (...) El empleador deberá llevar un registro del trabajo suplementario de cada trabajador en el que se especifique el nombre, actividad desarrollada y número de horas laboradas con la precisión de si son diurnas o nocturnas. Este registro podrá realizarse de acuerdo a las necesidades y condiciones propias de su empresa", agregaron.VALENTINA GÓMEZ GÓMEZNOTICIAS CARACOLvgomezgo@caracoltv.com.co
El panorama laboral en Colombia ha dado un giro significativo con la entrada en vigencia de la Ley 2466 de 2025, una normativa que busca equilibrar la balanza entre la productividad empresarial y el bienestar de los empleados. Esta ley introduce cambios profundos en el Código Sustantivo del Trabajo, afectando desde el horario en que se considera que empieza la noche hasta la remuneración por trabajar en días festivos. Para los millones de trabajadores colombianos, entender estos cambios es vital para garantizar sus derechos laborales.(Síganos en Google Discover y conéctese con las noticias más importantes de Colombia y el mundo)Uno de los ajustes más inmediatos se encuentra en la definición del trabajo diurno y el trabajo nocturno. Según el Artículo 10 de la nueva ley, el periodo diurno ahora comprende desde las 6:00 a. m. hasta las 7:00 p. m. En consecuencia, el trabajo nocturno se establece entre las 7:00 p. m. y las 6:00 a. m. del día siguiente. Este cambio de una hora en el inicio de la jornada nocturna implica que muchas personas comenzarán a devengar recargos más temprano en su turno habitual.Reducción de la jornada laboral para 2026El corazón de la reforma reside en el Artículo 11, que redefine la jornada máxima legal. La duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo se establece en ocho horas al día y una jornada semanal de cuarenta y dos (42) horas. Esta reducción busca que el trabajador disponga de más tiempo personal sin que su salario se vea afectado negativamente. Este máximo de 42 horas a la semana comenzarán a aplicarse desde el próximo 15 de julio.La ley permite cierta flexibilidad laboral, permitiendo que empleador y trabajador acuerden distribuir estas 42 horas en cinco o seis días a la semana, garantizando siempre un día de descanso. Además, se contempla que la jornada diaria pueda variar entre un mínimo de 4 horas continuas y un máximo de 9 horas, siempre que el promedio semanal no exceda el límite legal. Un aspecto humano destacado es el parágrafo que obliga a las empresas y Cajas de Compensación a facilitar una jornada semestral para que los empleados compartan con su familia en espacios adecuados.Recargo dominical para 2026Otro de los pilares de la Ley 2466 de 2025 es la remuneración en días de descanso obligatorio. El Artículo 14 estipula que el trabajo en domingos o festivos se remunerará con un recargo del ciento por ciento (100%) sobre el salario ordinario, proporcional a las horas laboradas. Es importante distinguir que el trabajo se considera "habitual" si se laboran tres o más domingos al mes, y "ocasional" si son hasta dos. No obstante, para evitar un impacto súbito en las finanzas de las empresas, se diseñó una implementación gradual de este recargo:A partir del 1 de julio de 2025, el recargo subirá al 80 %.Desde el 1 de julio de 2026, se incrementará al 90 %.Finalmente, el 1 de julio de 2027, se aplicará el pleno 100 %.Por otro lado, la transparencia en el pago de horas extras se vuelve más rigurosa. El Artículo 12 obliga a los empleadores a llevar un registro detallado del trabajo suplementario, especificando nombre, actividad y si las horas son diurnas o nocturnas. El trabajador tiene el derecho de solicitar este reporte junto con su soporte de pago. El incumplimiento de estas obligaciones o la falta de pago de las horas extras puede acarrear sanciones severas por parte del Ministerio del Trabajo, incluyendo la suspensión de la facultad para autorizar tiempo suplementario hasta por seis meses.Con estas medidas, Colombia se encamina hacia un modelo que prioriza la calidad de vida, protegiendo también de manera especial a los menores de edad autorizados para trabajar, cuyas jornadas quedan estrictamente limitadas según su edad. Esta ley representa un nuevo capítulo en el contrato de trabajo social del país.Este texto fue realizado con colaboración de un asistente de IA y editado por un periodista que utilizó las fuentes idóneas y verificó en su totalidad los datos. Cuenta con información y reportería propia de Noticias Caracol.MATEO MEDINA ESCOBARNOTICIAS CARACOL
Cada año, millones de trabajadores formales en Colombia esperan uno de los ingresos más importantes del calendario laboral: la prima de servicios. Este pago, que llega en mitad de año y nuevamente en diciembre, forma parte de las prestaciones sociales obligatorias para todos los empleadores.(Síganos en Google Discover y conéctese con las noticias más importantes de Colombia y el mundo)La prima no es un beneficio opcional ni un incentivo adicional. Se trata de un derecho establecido en el Código Sustantivo del Trabajo, que obliga a las empresas a reconocer un pago equivalente a 30 días de salario por cada año trabajado, dividido en dos partes iguales durante el año. En términos prácticos, esto significa que cada trabajador recibe 15 días de salario en junio y otros 15 días en diciembre, siempre calculados de forma proporcional al tiempo efectivamente laborado durante cada semestre. Para 2026, este pago tiene un impacto directo en la economía de los hogares, especialmente en un contexto donde el salario mínimo fue fijado en $1.750.905 y el auxilio de transporte en $249.095, valores que influyen directamente en el cálculo del monto final.¿Cuál es la fecha límite para pagar la prima de servicios en 2026?La legislación laboral colombiana es clara en fijar los plazos para el pago de la prima. Para la primera mitad del año, correspondiente al periodo entre enero y junio, la fecha límite es el 30 de junio de 2026. Esto significa que todos los empleadores deben haber consignado o pagado esta prestación a más tardar ese día, sin excepciones. No se trata de una fecha flexible: la ley establece un límite preciso que no puede ser aplazado. Para la segunda mitad del año, el plazo máximo es el 20 de diciembre de 2026, fecha en la que debe realizarse el segundo pago correspondiente al periodo de julio a diciembre. Estos plazos están definidos en el artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo, que establece que la prima debe pagarse en dos momentos del año: uno antes de finalizar junio y otro en los primeros 20 días de diciembre. ¿Qué pasa si el empleador no paga la prima de servicios a tiempo?El pago de la prima de servicios en Colombia no es opcional. Se trata de una obligación legal establecida en el Código Sustantivo del Trabajo, por lo que su incumplimiento genera consecuencias directas para el empleador. Cuando este pago no se realiza dentro del plazo, se configura un incumplimiento laboral que puede derivar en varias sanciones.Si el empleador no paga la prima de servicios en la fecha establecida, puede estar obligado a reconocer una indemnización al trabajador. Esto está contemplado en el artículo 65 del Código Sustantivo del Trabajo, el cual establece que: “Si a la terminación del contrato el empleador no paga los salarios y prestaciones debidas, deberá pagar al trabajador una indemnización equivalente al último salario diario por cada día de retardo”. Aunque esta norma aplica especialmente al momento de terminar el contrato, en la práctica sirve como base para reclamar pagos atrasados y exigir compensaciones cuando hay mora prolongada.El no pago de la prima también puede derivar en sanciones administrativas. El empleador puede ser investigado y sancionado por el Ministerio del Trabajo. Tenga en cuenta que el trabajador tiene derecho a reclamar el pago de la prima mediante diferentes mecanismos. Puede:Presentar una queja ante el Ministerio del Trabajo.Interponer una demanda laboral.Acudir a instancias judiciales para exigir el pago y las indemnizaciones correspondientes.Este texto fue realizado con colaboración de un asistente de IA y editado por un periodista que utilizó las fuentes idóneas y verificó en su totalidad los datos.ÁNGELA URREA PARRANOTICIAS CARACOL
La Alcaldía Mayor de Bogotá, a través del Decreto 117 de 2026, estableció nuevos medidas para el manejo y control del espacio público, enfatizado en las labores que desempeñan los vendedores informales. Este grupo de trabajadores protestó poco después de publicado el decreto, asegurando que el texto desconocía sus derechos y era arbitrario.(Síganos en Google Discover y conéctese con las noticias más importantes de Colombia y el mundo)El Decreto 117 de 2026 tiene como objetivo principal establecer "medidas para la organización, recuperación y preservación del espacio público en el marco de las actividades desarrolladas por vendedores/as informales", según se lee en el texto. "Algunas actividades como los piercings, los tatuajes, los procedimientos quirúrgicos, los procedimientos de ortodoncia-odontológicos. Todo eso queda absolutamente prohibido y será evidentemente regulado por parte de la Administración Distrital y de la Policía Metropolitana de Bogotá", dijo el secretario de Gobierno, Gustavo Quintero.Tras las protestas, el funcionario aseguró que “esto no es un decreto contra las personas vulnerables que ejercen venta informal en el espacio público. Con ellos queremos organizar. Sí vamos a combatir las mafias que existen hoy en el espacio público, las que sub arriendan, las que venden o ejercen algún tipo de economía ilegal en el espacio público, contra ellos sí vamos a actuar”.Estas son las prohibiciones en el espacio público con el nuevo decreto de la Alcaldía de BogotáEl decreto detalla las conductas que las autoridades verificarán y que están prohibidas o condicionadas en el espacio público de Bogotá, tanto en zona rural como urbana:Ventas sin autorización: Se prohíbe ejercer la actividad de venta informal sin contar con una autorización de aprovechamiento económico temporal otorgada por las entidades correspondientes .Estructuras no permitidas: No se permite el uso de casetas, carretas o estructuras que no cumplan con el Manual de Espacio Público, que no sean desmontables o que generen permanencia .Afectación a la movilidad: Está prohibido el uso de estructuras semi-estacionarias o sobredimensionadas que afecten la movilidad peatonal o vehicular, o que pongan en riesgo la seguridad vial y las rutas de evacuación .Uso de menores: Se prohíbe terminantemente la utilización de menores de edad para el desarrollo de actividades de comercio informal .Productos peligrosos: Está prohibida la comercialización de pólvora, artículos pirotécnicos, sustancias químicas inflamables y armas blancas o elementos similares que puedan ser usados como armas .Servicios de estética y salud: No se permite la prestación de servicios que requieran condiciones estrictas de salubridad en el espacio público, tales como tatuajes, piercings, servicios odontológicos, barbería y peluquería .Venta de alimentos sin higiene: Se prohíbe la venta de alimentos que no cumplan con las normas de salubridad y la previa valoración de la autoridad sanitaria .Contaminación: Está prohibido generar contaminación por disposición inadecuada de residuos, vertimientos, emisiones o ruido excesivo .Actividades ilícitas: Se prohíbe el almacenamiento, comercialización o distribución de bienes ilícitos, drogas o sustancias prohibidas . También se prohíbe el ejercicio de la prostitución y juegos de suerte y azar .Restricciones de ubicación: No se pueden realizar ventas informales cerca de hospitales, centros de salud, centros educativos o centros religiosos si afectan la tranquilidad del entorno .Asimismo, se establecieron restricciones sobre la utilización de sustancias inflamables y fuego:Gas Licuado de Petróleo (GLP): El uso de cilindros de gas en el espacio público es excepcional y restringido. Solo se permite para actividades comerciales o ferias temporales que tengan un permiso específico y donde el vendedor tenga un domicilio comercial permanente cercano que cumpla con requisitos técnicos .Fuego y quemas: Está proscrita la manipulación o encendido de fuego y la realización de quemas o incendios en el espacio público que perturben la convivencia o representen un riesgo.MATEO MEDINA ESCOBARNOTICIAS CARACOL
La discusión sobre el alcance de las cuotas de administración en propiedades horizontales volvió a la agenda pública luego del incremento del salario mínimo para 2026 y de diversas inquietudes de residentes y administradores sobre posibles ajustes automáticos basados en ese aumento o en el comportamiento del Índice de Precios al Consumidor (IPC). Ante ese escenario, los ministerios de Trabajo y de Vivienda, Ciudad y Territorio emitieron la Circular Externa Conjunta 0028 de 2026, cuyo objetivo es aclarar cómo se deben fijar estos cobros dentro del régimen de propiedad horizontal en Colombia. (Síganos en Google Discover y conéctese con las noticias más importantes de Colombia y el mundo)Según las dos carteras, la estructura legal vigente, especialmente la Ley 675 de 2001, define que la asignación y modificación de las cuotas de administración es una competencia exclusiva de la Asamblea General de Copropietarios, que actúa con base en el presupuesto aprobado cada año. La circular recuerda que ningún indicador económico externo puede usarse como criterio automático para ajustar el valor de la cuota.¿Quién define el aumento en la cuota de administración?La Circular Externa Conjunta 0028 de 2026 expone tres definiciones clave:Las cuotas no están atadas al salario mínimo, por lo que el incremento anual del salario mínimo no puede convertirse en parámetro directo para modificar el monto que pagan los copropietarios.Las cuotas no están atadas al IPC, lo que significa que la inflación tampoco puede ser usada como referencia automática para realizar incrementos. La única instancia que puede fijar valores o incrementos es la Asamblea General de Copropietarios, siempre sustentada en el presupuesto anual del edificio o conjunto.El documento señala que las inquietudes surgieron debido a reportes de aumentos que varios residentes consideraron desproporcionados, los cuales fueron justificados por administradores con base en el alza del salario mínimo o en el comportamiento reciente de la inflación. La circular aclara que ninguna de esas razones constituye causa directa para modificar el valor de las cuotas. "El Ministerio del Trabajo y el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio invitan a las copropiedades a realizar análisis detallados de sus presupuestos y convocar asambleas informadas, que garanticen transparencia y proporcionalidad en las decisiones, procuren el beneficio y la seguridad de sus residentes y aseguren la sostenibilidad financiera de los conjuntos", resaltó el Gobierno.La circular insiste en que cualquier ajuste debe ser analizado técnicamente. Sugiere que las administraciones elaboren informes financieros claros que permitan a los copropietarios evaluar costos, necesidades y proyecciones. Las asambleas deben tomar decisiones informadas, guiadas por criterios de sostenibilidad y equilibrio presupuestal del conjunto, y no por expectativas generadas por los incrementos del salario mínimo o por el dato del IPC. Además, la circular alienta a los conjuntos a convocar reuniones bien documentadas, con alternativas de análisis y revisiones internas sobre los costos de funcionamiento y el comportamiento financiero del edificio o conjunto. ÁNGELA URREA PARRANOTICIAS CARACOL
Fue el pasado 4 de febrero cuando Tigo asumió el control de Movistar. Millicom, matriz de Tigo, adquirió el 67,5% de Colombia Telecomunicaciones (Movistar) luego de la aprobación de la Superintendencia de Industria y Comercio a finales del año pasado. A inicios de este mes, Movistar envió una carta a varios de sus empleados donde les propone acogerse a un Plan de Retiro Voluntario (PRV). Tras lo anterior, el Ministerio de Trabajo confirmó que realizará inspecciones a la compañía con el objeto de conocer las condiciones en las que se está desarrollando dicho proceso.(Síganos en Google Discover y conéctese con las noticias más importantes de Colombia y el mundo)¿Cómo es el Plan de Retiro Voluntario de Movistar?La carta de Movistar informa que la empresa está ofreciendo un Plan de Retiro Voluntario (PRV). Esto significa que la compañía está dando la opción a los trabajadores que quieran dejar la empresa de manera completamente voluntaria, recibiendo una bonificación económica por retirarse. La compañía explica que está ajustando su organización para prepararse para los próximos años y que, por eso, habilita este plan. El objetivo es que quienes consideren que este es un buen momento para comenzar otro proyecto personal o profesional puedan hacerlo con una compensación. El plan implica terminar el contrato laboral, pero a cambio la empresa entregará una bonificación económica, calculada así:30 días de salario por cada año trabajado, o la parte proporcional si se trabajó menos de un año.15 días adicionales si la fracción es menor a seis meses.Es decir, quienes se acojan al plan recibirán un pago especial por retirarse voluntariamente. "El alcance, condiciones específicas y los detalles definidos para el PRV los encontrarás en el documento de preguntas frecuentes que se adjunta a este comunicado, destacando las siguientes premisas: la participación en el plan es completamente libre y voluntaria, la postulación no implica la aceptación automática al mismo; cada caso será evaluado por el comité del PRV, se enviará un correo electrónico informando sobre la aceptación o rechazo durante la próxima semana, las condiciones establecidas solo aplican para este PRV específico, y conforme al documento de preguntas frecuentes que se adjunta. Una vez cerrado el periodo de postulaciones no se recibirán más solicitudes", agrega Movistar en el escrito.Ministerio de Trabajo ordenó inspección a MovistarLuego de que se conociera la carta del Plan de Retiro Voluntario de Movistar, Antonio Sanguino, ministro de Trabajo, usó su cuenta en X y dijo lo siguiente: "Es nuestra responsabilidad, desde el Gobierno nacional, garantizar que el Plan de Retiro Voluntario, en el marco del proceso de recomposición empresarial derivado de la fusión entre Movistar (Telefónica) y Tigo (Millicom), se adelante con pleno apego a la ley"."A partir de querellas recibidas, desde el Ministerio del Trabajo activamos labores de inspección, vigilancia y control para proteger y acompañar los derechos de las y los trabajadores. Este proceso se hará a través de una mesa de diálogo social tripartito, con asiento de trabajadores y empresa, y con participación de @MinHacienda, para garantizar que la recomposición empresarial se realice en estricto cumplimiento de la normativa vigente", agregó el ministro.ÁNGELA URREA PARRANOTICIAS CARACOL
Este 25 de febrero de 2026, el Ministerio de Trabajo confirmó que seguirá adelantando inspecciones en las distintas plantas de Alpina en Colombia, luego de una serie de hallazgos considerados críticos en materia de seguridad laboral y presuntos obstáculos a la labor sindical. La información fue entregada por la viceministra de Relaciones Laborales e Inspección, Sandra Muñoz, en una entrevista con Blu Radio, donde detalló las razones y el alcance de las medidas adoptadas por la cartera laboral.(Síganos en Google Discover y conéctese con las noticias más importantes de Colombia y el mundo)¿Por qué el Ministerio de Trabajo inspeccionó y cerró planta de Alpina?La discusión se intensificó después de que la entidad ordenara la paralización provisional de cuatro áreas de la planta de Alpina ubicada en Sopó, Cundinamarca. La determinación se tomó tras una inspección que se extendió por casi 24 horas y que, según explicó Muñoz, se originó en múltiples denuncias relacionadas con riesgos laborales y querellas interpuestas por nueve organizaciones sindicales con presencia en la compañía. En su diálogo con Blu Radio, la viceministra Muñoz sostuvo que el Ministerio tenía “suficientes razones” para ingresar a realizar la inspección y adoptar medidas inmediatas. Entre los hallazgos más relevantes, la Unidad Especial de Investigaciones reportó:Fugas graves en calderas de vapor.Fallas en tanques de lavado que contienen sustancias químicas como soda cáustica y ácido nítrico.Temperaturas peligrosas en zonas específicas de la planta.Estos riesgos, descritos como inminentes en los documentos técnicos, fueron parte fundamental de la decisión de sellamiento preventivo. Según la viceministra, estos elementos configuraron un escenario que exigía acciones urgentes, necesarias y proporcionales a los hechos denunciados, con el fin de evitar afectaciones a la vida e integridad de los trabajadores. El Ministerio sostuvo esta postura a partir de la evidencia levantada durante la visita y de los informes elaborados por su equipo de inspección.Presunta persecución sindical y otras quejas internasAdemás de las fallas técnicas, la autoridad laboral impuso una medida preventiva por presuntos actos de persecución sindical. En la diligencia quedó consignado que, durante el proceso de inspección, se habría negado el ingreso a dos líderes sindicales que hacían parte del acompañamiento previsto en este tipo de actuaciones. La viceministra Muñoz describió este hecho como una afectación directa a los derechos colectivos y confirmó que se adoptaron medidas para evitar nuevas vulneraciones. Entre las órdenes emitidas se incluyó una instrucción explícita a Alpina de no realizar acciones que pongan en riesgo los derechos y la dignidad de los trabajadores, de acuerdo con lo declarado por la funcionaria. La guía operacional del Ministerio establece que estos casos no solo deben corregirse, sino también mantenerse bajo vigilancia permanente para evitar reincidencias.En su entrevista, Muñoz afirmó que la diligencia no se limita a la planta de Sopó, pues el Ministerio de Trabajo iniciará controles en el resto de instalaciones de Alpina en el país. “Vamos a continuar en el resto de plantas que tienen en el país”, declaró la funcionaria, reafirmando el carácter nacional del proceso de vigilancia. La viceministra explicó también que la decisión se fundamentó en denuncias formales radicadas en el sistema SISIMPO y en las querellas sindicales. Esto confirma que no se trata de una intervención aislada, sino de un proceso que responde a un patrón de inquietudes expresadas por trabajadores y organizaciones representativas.ÁNGELA URREA PARRANOTICIAS CARACOL
El Ministerio de Trabajo de Colombia ordenó el cierre de varias áreas de la planta de producción de Alpina ubicada en el municipio de Sopó, departamento de Cundinamarca. La empresa, una de las más conocidas en la industria láctea, deberá corregir los riesgos encontrados durante una visita de inspección y vigilancia.(Síganos en Google Discover y conéctese con las noticias más importantes de Colombia y el mundo)De acuerdo con Mintrabjo, la jornada inspección a la planta de producción de Alpina se extendió por cerca de 24 horas. Los hallazgos llevaron a que se ordenara la paralización inmediata y provisional de 4 áreas de la planta. "La decisión se fundamenta en riesgos inminentes para la vida de los trabajadores y presuntas prácticas contra la libertad sindical", se lee en un texto de la cartera."Ordenamos a Alpina Productos Alimenticios SAS, NIT 860025900-2 no efectuar ninguna retaliación contra las personas que colaboraron con el equipo de inspección o aquellos que tengan el interés de vincularse a organizaciones sindicales que tiene la empresa o a una nueva organización", aseguró Sandra Muñoz, viceministra de Relaciones Laborales e Inspección. (Le puede interesar: SIC levanta el cierre a los restaurantes de Andrés Carne de Res: estas fueron las razones).¿Cuáles fueron los hallazgos en la planta de producción de Alpina?La Unidad Especial de Investigaciones del Mintrabajo detectó fallas técnicas que representan un peligro para la integridad física del personal de la planta de producción. En el comunicado citan riesgos como "fugas graves de las calderas de vapor, fallas en tanques de lavado que contienen soda cáustica y ácido nítrico, y ambientes de trabajo con temperaturas peligrosamente altas".Los lugares cuyo cierre fue ordenado tras la visita, al parecer, "ponen en riesgo la salud, la vida y la integridad de la población trabajadora". El equipo de inspección indicó que esas fueron las causas detectadas para realizar el sellamiento preventivo de las 4 áreas de la planta. Asimismo, confirmaron que se realizaran investigaciones para evitar lesiones, además de proteger los derechos y mantener la dignidad de los trabajadores. (Lea: SIC sanciona a popular supermercado de Bogotá por cobrar más de lo anunciado: millonaria multa).La Unidad Especial de Investigaciones Especiales del Ministerio del Trabajo calificó la orden de cierre como una medida "urgente, necesaria y proporcional frente a los hechos denunciados y conocidos en el marco de la visita". Tras los hallazgos, la cartera indicó que "en aras de garantizar la prevención, las áreas críticas de la planta permanecerán cerradas hasta que finalicen las investigaciones y se garantice que no habrá lesiones contra los derechos y la dignidad de los trabajadores".¿Cuál fue la respuesta de Alpina tras la orden de cierre?La empresa compartió un comunicado dando a conocer los detalles de la visita efectuada por los funcionarios de la Unidad Especial. Alpina confirmó que la visita se dio en la mañana del lunes 23 de febrero por parte de seis funcionarios del Ministerio del Trabajo. "Ingresaron a las instalaciones sin restricción alguna y adelantaron su recorrido con plena colaboración por parte de Alpina. Al inicio de la diligencia, la Compañía manifestó respetuosamente sus consideraciones frente al ingreso de dos de los seis veedores designados (no vinculados al Ministerio), por la existencia de potenciales conflictos de interés", aseguraron.Tras más de 20 horas de visita, la autoridad le comunicó a la empresa la orden de cierre como medida preventiva cautelar. "Frente a esto, la empresa se encuentra implementando los correctivos técnicos solicitados, como parte de su enfoque permanente de mejora continua en seguridad industrial. Cabe precisar que se trata de medidas focalizadas y preventivas, que no comprometen la operación integral de la planta", agregaron en el texto.Alpina aseguró que respeta la libertad de asociación, argumentando que "es un principio histórico de la Compañía". Asimismo, la empresa dijo que "mantiene permanentemente canales formales de diálogo laboral y relacionamiento sindical. Conformación de mesa tripartita. Se dispuso la conformación de una mesa entre el Ministerio, los trabajadores y la empresa".MATEO MEDINA ESCOBARNOTICIAS CARACOL
El presidente electo Abelardo de la Espriella anunció este sábado la designación de Sandra Suárez como nueva directora del Departamento de Prosperidad Social (DPS), una entidad encargada de implementar programas sociales y acompañar a los hogares que enfrentan condiciones de pobreza y desigualdad en diferentes regiones del país.Suárez cuenta con experiencia en el sector público luego de haber ocupado el cargo de ministra de Ambiente entre 2003 y 2006, durante la administración del expresidente Álvaro Uribe. "Sandra ha dedicado su vida a impulsar el liderazgo de las mujeres, fortalecer el capital humano y recorrer cada rincón de Colombia entendiendo las necesidades de nuestra gente".
El Tour de Francia 2026 vivió uno de sus mejores días en cuanto a emociones, disputas, ciclismo de alto nivel y definiciones. Este sábado 25 de julio, en el marco de la etapa 20, Richard Carapaz (EF Education EasyPost) hizo de todo, ya que ganó la fracción, logró su segunda victoria en esta edición, amplió su diferencia como el latinoamericano con más triunfos en grandes vueltas y se coronó campeón de la montaña.Respecto a los favoritos, Tadej Pogacar (UAE Team Emirates XRG) también tuvo varios motivos para celebrar. Además de coronarse campeón virtual, ubicándose primero en la clasificación general, con un tiempo total de 72h 53' 44'', ayudó a su compañero, Isaac del Toro, a que fuera tercero, completando el podio, a 9' 42''. Remco Evenepoel, del Red Bull Bora Hansgrohe, finalizó segundo, a 6' 26'' del esloveno, que no tuvo rival.Así las cosas, este domingo 26 de julio, se llevará a cabo el paseo del campeón del Tour de Francia. Razón por la que no habrá ataques ni nada, sino solo festejos. Eso sí, se debe aclarar que el recorrido cambió y se acortará, teniendo en cuenta que no hay la suficiente cantidad de autoridades para garantizar el trayecto que se había planteado en un inicio. Aún así, los embaladores buscarán hacerse con la victoria del día.Clasificación general del Tour de Francia 2026, tras la etapa 201. Tadej Pogačar (UAE Team Emirates - XRG) - 72h 53' 44''2. Remco Evenepoel (Red Bull - BORA - hansgrohe) - a 6' 26''3. Isaac del Toro (UAE Team Emirates - XRG) - a 9' 42''4. Paul Seixas (Decathlon CMA CGM Team) - a 11' 56''5. Lenny Martinez (Bahrain - Victorious) - a 13' 02''6. Mattias Skjelmose (Lidl - Trek) - a 14' 59''7. Juan Ayuso (Lidl - Trek) - a 17' 48''8. Richard Carapaz (EF Education EasyPost) - a 20' 00''9. Tom Pidcock (Pinarello Q36.5 Pro Cycling Team) - a 29' 28''10. Jordan Jegat (TotalEnergies) - a 33' 21''
Al menos 35 personas murieron y otras 30 resultaron heridas este sábado en un trágico choque entre dos autobuses en la carretera que une Deir al Zur (este de Siria) y Damasco, informaron fuentes oficiales.El Ministerio de Salud aseguró que el "saldo de víctimas por la colisión de dos autobuses de pasajeros en la carretera Deir al Zur-Damasco asciende hasta el momento a 35 fallecidos y 30 heridos", indicó la agencia oficial de noticias siria, SANA.Noticia en desarrollo.
La investigación por la muerte de María Camila Potosí Gómez, una joven de 21 años que tenía ocho meses de embarazo, abrió una nueva línea de atención después de que la Secretaría de Bienestar Social de Cali revelara que la víctima y la mujer que aparece junto a ella en una motocicleta antes de su desaparición hacían parte de programas sociales de la Alcaldía dirigidos a madres gestantes y lactantes. María Camila fue reportada como desaparecida el pasado 16 de julio, luego de asistir a un control prenatal en un centro de salud del sur de Cali. La joven, que tenía aproximadamente 36 semanas de embarazo, fue vista por última vez movilizándose en una motocicleta junto a otra mujer, según los registros conocidos durante la investigación.Días después, las autoridades encontraron su cuerpo en una zona rural del corregimiento de La Buitrera, cerca del río Meléndez. El hallazgo generó nuevas preguntas luego de que la familia informara que durante la necropsia no fue encontrada la bebé que María Camila esperaba, situación que llevó a las autoridades a ampliar las labores investigativas para establecer qué ocurrió con la menor. En medio de este proceso, la Secretaría de Bienestar Social de Cali entregó nuevos detalles sobre el acompañamiento institucional que tenía la joven durante su embarazo y confirmó que la persona que la transportaba en motocicleta también estaba vinculada a programas de la Administración Distrital.Secretaría de Cali confirmó vínculo de María Camila con programas para madres gestantesLa secretaria de Bienestar Social de Cali explicó que María Camila hacía parte de una oferta institucional destinada a brindar acompañamiento a mujeres durante el embarazo y después del nacimiento de sus hijos. "María Camila Potosí, como la persona que la condujo en la motocicleta después de que ella fue atendida en uno de sus controles, pertenecían a un programa de bienestar social que tenemos aquí en la Alcaldía", afirmó una funcionaria.Según explicó, estos programas están enfocados en la atención de madres gestantes y lactantes, y en el caso de María Camila el seguimiento se había realizado durante los meses de embarazo. "Esos programas eran en atención precisamente a madres gestantes, teníamos a madres lactantes, desde ahí en los ocho meses se le habían venido dando todos estos controles", señaló la secretaria. La funcionaria agregó que, de acuerdo con la información revisada por la dependencia, no existían antecedentes o reportes dentro de la ruta institucional que indicaran que María Camila estuviera en riesgo."No había tenido ningún tipo de antecedentes en la Casa Matria, donde también tenemos una ruta bastante clara definida y activa permanentemente", explicó. La Secretaría de Bienestar Social explicó que durante este año la Administración Distrital ha activado rutas de prevención en diferentes situaciones reportadas como posibles casos de feminicidio. "Nosotros hemos venido articulando y activando permanentemente la ruta de prevención".Agregó que: "Durante este año 2026 se han reportado 18 casos que, en gran medida, pudieron ser prevenidos, ya que correspondían a posibles situaciones de tentativa de feminicidio. La atención oportuna de estos casos permitió evitar desenlaces más graves". Sin embargo, aclaró que el caso de María Camila no había ingresado a esos mecanismos de alerta por una posible situación de violencia basada en género.NOTICIAS CARACOL
La Aeronáutica Civil de Colombia informó este sábado 25 de julio que las condiciones meteorológicas registradas en las últimas horas han ocasionado afectaciones en las operaciones aéreas de los aeropuertos de Barranquilla, Medellín y Villavicencio. Ante esta situación, algunos vuelos pueden presentar cambios en sus horarios mientras se mantienen las condiciones que afectan la actividad aeroportuaria."Debido a condiciones meteorológicas adversas, se presentan afectaciones en las operaciones aéreas de los aeropuertos de Barranquilla, Medellín y Villavicencio", informó la Aerocivil. La recomendación para quienes tienen viajes programados desde o hacia estas terminales aéreas es consultar directamente con la empresa operadora antes de desplazarse al aeropuerto, con el fin de confirmar el estado del vuelo y las indicaciones correspondientes.La situación se da en medio de la más reciente alerta por el incremento de la actividad del volcán Puracé, que llevó a la Aeronáutica Civil a implementar medidas preventivas este viernes en el espacio aéreo del suroccidente del país ante la presencia de ceniza volcánica en zonas cercanas a Popayán. Como parte de las medidas establecidas, la Aeronáutica Civil restringió temporalmente la navegación aérea en el Área de Control de Tránsito Aéreo de Cali y en rutas relacionadas hasta el nivel de vuelo FL210, equivalente a 21.000 pies de altitud.Asimismo, fue dispuesto el cierre temporal de las operaciones en el Aeropuerto Guillermo León Valencia de Popayán, mientras se adelantaban nuevas evaluaciones técnicas sobre la presencia de ceniza en la pista y en las zonas utilizadas para los procedimientos de despegue y aterrizaje. La recomendación para los pasajeros con vuelos programados desde o hacia Popayán, Cali y zonas cercanas es la misma: mantenerse en contacto con sus aerolíneas a través de sus canales oficiales para conocer el estado actualizado de sus vuelos, posibles cambios de itinerario o alternativas de viaje.VALENTINA GÓMEZ GÓMEZNOTICIAS CARACOLvgomezgo@caracoltv.com.co