Este lunes, 9 de diciembre de 2024, se llevó a cabo una nueva reunión en el Ministerio del Trabajo para continuar con los diálogos sobre el incremento que tendrá el salario mínimo para el año 2025 en Colombia.Los resultados del encuentro fueron informados por la ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez, quien aseguró que cada una de las partes tiene sus propuestas. Además, se desindexarán (se suspenderán) varios productos y servicios de acuerdo con el aumento del salario mínimo.“El primer periodo termina el 15 de diciembre y ese día es un domingo, de tal suerte que el día lunes (el 16 de diciembre), si no hay acuerdo, se realizan las salvedades de cada una de las partes. Si no, procederemos a llamar a sesiones extraordinarias para la segunda reunión de diciembre, donde el 30 a la medianoche debemos tener el decreto de salarios”, comentó la ministra Gloria Ramírez sobre los plazos para definir el aumento.Asimismo, indicó que se deberán acordar cuáles serán los productos y servicios desindexados. Se habla de productos del agro, servicios de turismo, microcréditos y compras de vivienda.“Además de la construcción, tienen que haber otras medidas que acompañen la desindexación en términos específicos y concretos, por ejemplo, vamos a mirar unos puntos de vivienda”, afirmó la funcionaria.Para Ramírez, “la inflación sigue su tendencia decreciente. Esta es una gran noticia para los empresarios, los trabajadores y, en general, para la población (…) Continuaremos analizando los insumos técnicos para que pueda fluir el diálogo tripartito. Los datos demuestran que es el menor nivel de inflación desde octubre de 2021, cuando la inflación continuaba su tendencia alcista. Si tenemos menores precios, habrá un menor costo de vida para los hogares colombianos”.La posición de la CUT sobre el aumento del salario mínimo Entre tanto, Fabio Arias, presidente de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), manifestó que buscan un aumento de dos dígitos, pero con el panorama actual podría no haber acuerdo.“Creemos que este año no habrá acuerdo en la comisión de concertación debido a los cuestionamientos que ha venido haciendo el empresariado por los datos reportados por el DANE. No aplicar la productividad laboral en los últimos años nos ha dejado una brecha salarial muy alta. Insistiremos en dos dígitos”, acotó el presidente de la CUT, Fabio Arias, en diálogo con el diario EL TIEMPO.El próximo 11 de diciembre se hará la presentación de la propuesta formal de las partes involucradas en la discusión. Luego, se tendrá que llegar a un consenso máximo hasta el 15 de diciembre.
En entrevista con Noticias Caracol, la ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez, se refirió a la negociación que adelanta el Gobierno con gremios y centrales obreras para la definición del salario mínimo en 2025, y de la salida de Ricardo Bonilla del Ministerio de Hacienda.Ramírez explicó que para el Ministerio del Trabajo el acuerdo de concertación del salario mínimo para 2025 debería estar muy cercano a “proteger y mantener el valor adquisitivo del salario, a eso llegaremos después de escuchar, no solamente las cifras macroeconómicas, no solamente el desempeño de la reactivación de la economía, que para nosotros es positiva, sino que tendremos presentes las brechas salariales. Recordemos que las cifra las construimos con el IPC, más la productividad y el porcentaje del PIB”.Sobre esas medidas que buscan que el porcentaje del salario mínimo sea protegido para su valor adquisitivo, la ministra Ramírez expresó: “De nada me sirve que me aumenten el 50%, si al otro día el costo de vida sube el 50%”.La mintrabajo resaltó también que “el aumento del salario mínimo debe favorecer a la gente, a la que está en la calle, en los barrios, y un salario mínimo se mide es en la medida que tenga el impacto en la canasta básica: cuántos huevos puedo comprar, cuántas bolsas de leche, cuantas lentejas”.(Lea también: Ministro del Interior, Juan Fernando Cristo, da parte de “tranquilidad institucional” en Colombia)¿Qué opina Gloria Inés Ramírez sobre la salida de Ricardo Bonilla del ministerio de Hacienda?Sobre la salida del ministerio de Hacienda de Ricardo Bonilla, Ramírez opinó: “El ministro Bonilla es una persona que jugó un papel muy importante en estos procesos de dificultades económicas que tiene el país, debido a la deuda que dejó el anterior gobierno y también a los problemas de recaudo que hay. Nosotros somos fusibles, hasta que el presidente considere que estamos haciendo, lo hacemos, y cuando el presidente diga no, es no. Yo, por ejemplo, entré por un tuit y por un tuit saldré”.Sobre la forma en la que el presidente Gustavo Petro le pidió la renuncia a Ricardo Bonilla, la mintrabajo adujo: "Creo que el presidente lo ha dicho y en su tuit ha expresado el concepto que él tiene sobre el ministro Bonilla. El presidente ha expresado claramente que el ministro se va a dedicar ahora no solamente a su defensa, sino que efectivamente hay una hostilidad que se ha presentado, por ejemplo, por parte del poder legislativo frente a las medidas económicas del Gobierno. Y a lo que están llevando es a una asfixia que efectivamente puede conducir al país a una situación compleja"."Lo que hay que decirle claramente al país es que yo pido que el Congreso de la República no puede personalizar el conflicto. El Congreso de la República debe tener claro que hay que darle los presupuestos que el país necesita para poder avanzar y, segundo, la Comisión Interparlamentaria debe actuar con más ponderación y con más sensatez", puntualizó la ministra de Trabajo.
Cada diciembre, miles de trabajadores en Colombia esperan el pago de la prima navideña o prima de fin de año, una prestación social a la que empleados con determinado tipo de contrato tienen derecho.De acuerdo con el Código Sustantivo del Trabajo, la prima de servicios debe ser cancelada por todos los empleadores en Colombia y se divide en dos pagos: uno se reconoce a mitad de año, máximo hasta el 30 de junio, y el otro a final de año, máximo hasta el 20 de diciembre.¿Cuánto me deben pagar de prima en diciembre si gano un salario mínimo?El salario mínimo de 2024 en Colombia es de $1.300.000; por tanto, el pago que deben recibir los trabajadores por cuenta del pago de la prima de servicios -en caso de haber trabajado en la misma empresa durante todo el año- es de $650.000.Aquellos que hayan cambiado de trabajo hace poco deberán sacar el lápiz y la calculadora, pues el pago depende del número de días que hayan laborado en su respectiva compañía.Con esta fórmula puede calcular cuál sería el pago de la primaLa prima navideña se calcula dependiendo de los días laborados por el empleado durante el año. Aunque el pago debe ser de un salario mensual -30 días- por cada año de trabajo completo.Si usted laboró el año completo, puede usar la siguiente fórmula para saber el valor de la prima que le corresponde: salario base x 360 (días del año laborados) / 360 (días del año). El resultado corresponde a la cifra de la prima anual.Si desea saber cuál es el valor que le corresponde recibir como pago de su prima en diciembre, se debe aplicar la siguiente fórmula que corresponde al cálculo por semestre, no por año: salario base x 180 (días de un semestre laborado) / 360 (días del año).El valor puede variar si el empleado laboró menos días; la fórmula debe cambiar: salario base x (días laborados dependiendo de su caso) / 360.¿Quiénes tienen derecho a recibir la prima?Para que su empleador le pague la prima de servicios, usted debe tener un contrato vigente en Colombia a término fijo o indefinido. Sin embargo, otros tipos de vinculaciones como contrato por obra o labor y contratos en los que la remuneración aplica como salario integral, también tienen derecho a esta prestación.El empleador define si, además de su salario básico, incluye en el cálculo horas extras, bonificaciones, comisiones, entre otras, dentro de la normativa vigente aplicable.
En la mañana de este martes, 3 de diciembre de 2024, se produjo la primera reunión formal de empresarios, sindicatos y el Gobierno nacional para concertar el salario mínimo de 2025.En el encuentro, el DANE socializó cuatro cifras de productividad. Los sindicatos han señalado que quieren que se tenga en cuenta la productividad laboral para el aumento del salario mínimo.Según el DANE, la productividad laboral fue de 1.76%, productividad laboral por hora 3.43%, productividad media 3.14% y productividad total 1.73%."Esto es muy significativo y positivo. Evidentemente hay una productividad creciente en el país, pero lo que más nos llama la atención es la diferencia entre la productividad total factorial y la productividad laboral", afirmó Fabio Arias, presidente de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT).“Mañana trabajaremos de 8 a 10 de la mañana, nuevamente, en la subcomisión de productividad para ponernos de acuerdo sobre cuál de estas cuatro cifras que nos ha entregado el DANE vamos a recomendar a la comisión de concertación”, manifestó Gloría Inés Ramírez, ministra de Trabajo.Un aumento del 2,5% en el salario mínimo, solicitado por gremios Y aunque no ha llegado el momento de proponer oficialmente una cifra de reajuste, las pequeñas y medianas industrias agremiadas en ACOPI hablan en los pasillos de un aumento de 2.5%, lo que agitó los ánimos por fuera de la mesa, especialmente de los sindicatos.“Yo creo que aquí los primeros derrotados fue el doctor (Ricardo) Bonilla, que no sé dónde sacó esos datos, y el doctor (Jorge) Bedoya (presidente) de la SAC, que dijo que ese era el techo de la negociación”, acotó Fabio Arias, presidente de la CUT.“No puede ser el lenguaje de los derrotados y de las victorias; apenas estamos empezando a conversar. Creo que tenemos que tener mucha sensatez; los datos deben ser los que primen y desde el sector empresarial tenemos claro que, entre más aumente el salario mínimo, mayores dificultades y repercusiones se tendrán en la economía”, puntualizó Rodolfo Correa, presidente de ACOPI.Un informe de ANIF muestra que, gracias a consideraciones políticas, el salario mínimo ha subido en ocasiones por encima de lo que dicen los cálculos técnicos. Así hubo un aumento del 6% en 2019, 3.5% en 2020, 10.1% en 2021, 16% en 2022 y 12% en 2023.De acuerdo con cifras del DANE, en la actualidad las personas que ganan menos de un salario mínimo son 10.150.000, mientras que solo 3.716.000 tienen un salario mínimo exacto.Para realizar el aumento del salario mínimo en Colombia, se deberá tener en cuenta la cifra de inflación que se conocerá solo hasta el próximo viernes y será revelada por el DANE.
El día de la familia en Colombia es una jornada especial que permite a los trabajadores disfrutar de tiempo de calidad con sus seres queridos. Este derecho, establecido por la Ley 1857 de 2017, obliga a los empleadores a otorgar dos jornadas semestrales para que sus empleados puedan compartir con sus familias. Sin embargo, ¿qué sucede si no se utiliza este día? ¿Es posible acumularlo para el siguiente semestre? Estas son preguntas comunes que muchos trabajadores se hacen.Estos días son remunerados y no afectan el salario mensual del trabajador, lo que los convierte en un componente importante del bienestar laboral. Esto les permite equilibrar sus responsabilidades laborales con su vida familiar, lo que tiende a hacerlos más productivos y comprometidos.A pesar de su importancia, el día de la familia perderá su vigencia tras la reducción de la jornada laboral en Colombia, eliminándose a partir de julio del 2026. Esta medida, que busca mejorar la calidad de vida de los trabajadores, ha generado diversas opiniones y preocupaciones entre empleados y empleadores.(Lea también: Prima de diciembre: ¿cuándo deben pagarla y qué sucede si no la recibe?)¿Cuándo se pierde el derecho al día de la familia?El derecho al día de la familia es un beneficio que no expira, según el Ministerio de Trabajo. Esto significa que, en teoría, los trabajadores pueden disfrutar de este día en cualquier momento del semestre. No obstante, si el empleador organiza una actividad específica para este día y el trabajador decide no participar, se considera que no ha utilizado el beneficio, pero no pierde el derecho a solicitarlo en otra ocasión.Por otro lado, es importante destacar que la Ley 2101 de 2021, que establece una reducción gradual de la jornada laboral en Colombia, eliminará la obligación de otorgar el día de la familia a partir de 2026. Esto significa que, a partir de esa fecha, los empleadores ya no estarán obligados a conceder estas jornadas semestrales, lo que podría interpretarse como una pérdida del derecho en el futuro cercano.¿Es acumulable el día de la familia?La acumulabilidad del día de la familia es un tema que genera muchas dudas. Según el Ministerio de Trabajo, este día no es acumulable. Esto quiere decir que si un trabajador no lo utiliza, no puede reclamar dos días en el siguiente semestre. Sin embargo, si el empleador no concede este día en el semestre correspondiente, está obligado a compensarlo en el siguiente. Esta compensación no implica acumulación, sino una obligación de cumplimiento por parte del empleador.Condiciones para no perder el día de la familiaPara no perder el derecho al día de la familia, es fundamental que los trabajadores estén atentos a las políticas de su empresa y a las actividades programadas por el empleador. Si la compañía organiza una jornada específica y el trabajador no puede asistir, es recomendable comunicarlo con antelación y buscar una alternativa para disfrutar de este beneficio en otro momento. Además, es importante que los trabajadores conozcan sus derechos y estén informados sobre las leyes laborales vigentes para poder reclamar este día si no se les concede.¿Por qué se eliminará el día de la familia?La eliminación del día de la familia está directamente relacionada con la reducción de la jornada laboral. Según la ley, una vez que la jornada laboral alcance las 42 horas semanales, los empleadores ya no estarán obligados a otorgar las dos jornadas semestrales adicionales para que los empleados compartan con sus familias.(Lea también: ¿Adiós al día de la familia? Reducción de la jornada laboral enciende el debate)Esta medida busca compensar la reducción de horas laborales con un aumento en la productividad y un mejor equilibrio entre la vida laboral y personal. Además, la Ley 2101 de 2021 fue promulgada con el objetivo de reducir la jornada laboral en Colombia de 48 a 42 horas semanales, sin afectar el salario de los trabajadores. La reducción se implementará de manera gradual: en 2023, la jornada se redujo a 47 horas semanales, y se espera que para julio de 2026 se complete la transición a 42 horas semanalesImplicaciones para los trabajadores y empleadoresLa eliminación del día de la familia ha generado diversas reacciones. Por un lado, algunos trabajadores ven con buenos ojos la reducción de la jornada laboral, ya que les permitirá tener más tiempo libre cada semana. Sin embargo, otros lamentan la pérdida de un día específico dedicado a la familia, que era una oportunidad valiosa para fortalecer los lazos familiares y desconectar de las responsabilidades laborales.Por su parte, los empleadores deberán adaptarse a esta nueva normativa y encontrar maneras de mantener la productividad mientras se ajustan a la reducción de horas laborales. La ley también establece que, si un empleador no otorgó el día de la familia en un semestre, deberá compensarlo en el siguiente, siempre y cuando la jornada laboral no haya alcanzado aún las 42 horas semanales.
Con la llegada de cada diciembre, miles de trabajadores en Colombia esperan el pago de la conocida popularmente como la prima navideña o prima de fin de año, una prestación social a la que empleados con determinado tipo de contrato tienen derecho al culminar el año laboral.Según el Código Sustantivo del Trabajo, la prima de servicios es un deber de los empleadores en Colombia y suele dividirse en dos pagos: uno se reconoce a mitad de año, máximo hasta el 30 de junio, y el otro a final de año, máximo hasta el 20 de diciembre.¿Cómo se calcula el pago de la prima?Este beneficio se calcula dependiendo de los días laborados por el empleado durante el año. Sin embargo, el pago debe ser correspondiente al valor de un salario mensual -30 días- por cada año de trabajo completo.Si el trabajador laboró el año completo, se suele usar la siguiente fórmula general para saber el valor de la prima: salario base x 360 (días del año laborados) / 360 (días del año). El resultado corresponde a la cifra de la prima anual.Ahora, si usted desea saber cuál es el valor que le corresponde recibir como pago de su prima en diciembre, se debe aplicar la siguiente fórmula que corresponde al cálculo por semestre, no por año: salario base x 180 (días de un semestre laborado) / 360 (días del año).Recuerde que, si usted laboró menos días, la fórmula debe cambiar: salario base x (días laborados dependiendo de su caso) / 360.¿Cómo sé si tengo derecho a recibir la prima?En Colombia circulan diferentes tipos de contrato de trabajo reglamentados por el Ministerio de Trabajo; hay algunos que no incluyen ciertas prestaciones como prima de servicio, vacaciones remuneradas, cesantías, entre otros, como están establecidas por la ley, sino que se aplican otras condiciones laborales.Para que su empleador le pague la prima de servicios, usted debe tener un contrato a término fijo o indefinido. Sin embargo, otros tipos de vinculaciones como contrato por obra o labor y contratos en los que la remuneración aplica como salario integral, también tienen derecho a esta prestación. El empleador define si además de su salario básico, incluye en el cálculo horas extras, bonificaciones, comisiones, entre otras, dentro de la normativa vigente aplicable. En el caso de las vinculaciones por prestación de servicios y contratos de aprendizaje, no aplica de forma obligatoria el pago de la prima de servicios.Si gano un salario mínimo, ¿cuánto me deben pagar de prima en diciembre?Teniendo en cuenta que el salario mínimo de 2024 está en $1.300.000, el pago que deben recibir los trabajadores que cuenten con este beneficio -en caso de haber trabajado en la misma empresa durante todo el año- es de $650.000.Aquellos que hayan cambiado de trabajo hace poco deberán sacar el lápiz y la calculadora, pues el pago depende del número de días que hayan obrado en su respectiva compañía (puede apoyarse en la fórmula indicada previamente). Recuerde que, al igual que las cesantías, la prima no es acumulable con otros contratos o trabajos con diferentes empleadores. Si soy empleado público, ¿tengo derecho a la prima?La normativa para los empleados públicos es diferente a los contratos ordinarios; se les reconoce otro tipo de prestaciones, entre ellas dos primas, una de vacaciones y otra navideña.Así las cosas, el artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo se sustituye en este último caso por la normativa consignada en el decreto 1045 de 1978, que señala que la prima de vacaciones “creada por los Decretos 174 y 230 de 1975 continuará reconociéndose a los empleados públicos de los ministerios, departamentos administrativos, superintendencias, establecimientos públicos y unidades administrativas especiales del orden nacional, en los mismos términos en que fuere establecida por las citadas normas (…) La prima de vacaciones será equivalente a quince días de salario por cada año de servicio”.Además, esta prima de vacaciones contempla otro cronograma de pagos.“La prima de vacaciones se pagará dentro de los cinco días hábiles anteriores a la fecha señalada para la iniciación del descanso remunerado”, señala el artículo 28 del decreto.Además, los empleados públicos tienen derecho al pago de la llamada prima de Navidad. “Esta prima será equivalente a un mes del salario que corresponda al cargo desempeñado en treinta de noviembre de cada año. La prima se pagará en la primera quincena del mes de diciembre. Cuando el empleado público o trabajador oficial no hubiere servido durante todo el año civil, tendrá derecho a la mencionada prima de Navidad en proporción al tiempo laborado, a razón de una doceava parte por cada mes completo de servicios, que se liquidará y pagará con base en el último salario devengado o en el último promedio mensual, si fuere variable”, se lee en el artículo 32 de la normativa vigente.En cualquiera de los casos, la prima es un derecho de los trabajadores en Colombia y, si el empleador no lo cumple dentro de las fechas estipuladas por la ley, usted puede interponer la queja ante el Ministerio de Trabajo. La mora en el pago de esta prestación puede acarrearle al empleador multas e incluso sanciones.
Con presencia de representantes del Gobierno nacional; la ANDI, Fenalco, Asobancaria, SAC y Acopi, en representación de los gremios, y las centrales sindicales: CUT, CGT, CTC, y de pensionados CPC y CDP, se acordó este martes, 19 de noviembre de 2024, el calendario legal en el que se discutirá el aumento del salario mínimo para el año 2025 en Colombia.>>> También le puede interesar: Presidente de Ecopetrol, Ricardo Roa, desmintió supuesta corrupción y dijo que no va a renunciarSegún el calendario establecido, el próximo 3 de diciembre se realizará la instalación de la Subcomisión de Productividad, y un día después, o sea, el 4 de diciembre, se tendrá el inicio formal de la Comisión de Concertación de Políticas Salariales y Laborales.La ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez Ríos, manifestó que “los avances económicos que hoy tiene Colombia deben contribuir a la búsqueda de mejoras en la calidad de vida de los y las más pobres y vulnerables. Estamos en un contexto nacional de reactivación económica, con un crecimiento del PIB del 2%; el empleo aumentó en 107.000 trabajadores/as; una reducción del desempleo hasta alcanzar un 9.1%, la tasa más baja desde 2015; una reducción leve de la informalidad a nivel urbano y rural”.Ramírez complementó: “El diálogo respetuoso y concentrado nos permitirá encontrar la mejor cifra de incremento al salario mínimo para la economía del país, pero sobre todo para garantizar una calidad de vida digna para el trabajador y su familia. Haremos todos los esfuerzos necesarios para que la cifra de salario sea construida de manera tripartita”.Cronograma para definir el salario mínimo de 2025:3 de diciembre de 2024: Sesionará la Subcomisión de Productividad. El DANE entregará toda la información y datos técnicos de productividad.4 de diciembre de 2024: Se instalará la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales. Allí se presentará el PIB, las cuentas nacionales, y el informe de la Subcomisión de Productividad.9 de diciembre de 2024: La mesa de concertación trabajará en la presentación macroeconómica que la hará el Ministerio de Hacienda y la proyección de la inflación, que hará el Banco de la República y el DANE.11 de diciembre de 2024: Se harán las propuestas del incremento del salario mínimo por parte de los empleadores y de los trabajadores.12, 13, 14 y 15 de diciembre de 2024: Seguirá las mesas de concertación de las cifras para definir el salario mínimo.15 de diciembre de 2024: Primer vencimiento legal para la concertación del salario mínimo, esto conforme con la Ley 278, que obliga a que, a partir de ese día, si hay acuerdo, se trabaje en la argumentación del acuerdo.16 de diciembre de 2024: si no se llegó a un acuerdo aún para la definición del salario mínimo de 2025, se presentarán los escritos de salvedades de cada una de las partes de acuerdo con la ley.19 de diciembre de 2024: si no hay acuerdo, se seguirá trabajando en sesiones para estudiar las salvedades.24 de diciembre de 2024: jornadas de concertación extraordinarias, en caso de que no haya acuerdo.26 y 27 de diciembre de 2024: jornadas de concertación extraordinarias, en caso de que no haya acuerdo.30 de diciembre de 2024: fecha límite de expedición del decreto. En caso de que no haya acuerdo, el Gobierno nacional expedirá el decreto en el que fijará el salario mínimo.>>> También puede leer: Estas son las monedas conmemorativas que ha emitido el Banco de la República: véalas aquí
En el Congreso de la República avanza la discusión de la reforma laboral que, para algunos sectores, podría aumentar la tasa de desempleo en Colombia. Este martes, 1 de octubre, se retomará el debate.>>> Vea más: ¿Qué pasará con el pago de festivos, dominicales y horas extras con la nueva reforma laboral?Y es que después de varios días de dilatación en la Cámara de Representantes, el 30 de septiembre inició la discusión del proyecto de ley. Los partidos independientes y de oposición querían discutir artículo por artículo y no en bloque, como lo propuso el gobierno del presidente Gustavo Petro.Hernán Cadavid, representante a la Cámara por el Centro Democrático, le dijo al presidente de la Cámara, Jaime Raúl Salamanca, que “usted dilató innecesariamente la votación y se bajaron los ministros”.Además, manifestó: “Usted, ministra de Trabajo, y usted, ministro Cristo, se bajaron a voltear votos de los otros sectores”."El ministro dice 'voten por no trabajar'": Katherine MirandaPor su parte, Katherine Miranda, representante por la Alianza Verde, sostuvo que “no les da vergüenza, no les da pena, no se sonrojan. Cuando en el gobierno pasado, en discusiones de proyectos similares, lo que aquí hacíamos era pedir una discusión a fondo, rigurosa, juiciosa, artículo por artículo. Hoy estamos viendo que se baja el ministro a decirles a los congresistas ‘voten por no trabajar’”.Las horas pasaron y las aprobaciones de artículos empezaron a llegar. La contratación a término indefinido y el límite para los contratos a término fijo se mantuvieron como en su primer debate.“Buscamos estabilidad laboral para los trabajadores y trabajadoras del país porque aquí se ha hablado mucho de la informalidad. Y sí, como lo dijo el representante Octavio Cardona, claro que estamos buscando formalización. Cuando los trabajadores y trabajadoras tienen estabilidad laboral, existe una posibilidad en el tiempo para que sigan cotizando a salud y pensiones”, indicó María Fernanda Carrascal, representante a la Cámara por el Pacto Histórico.Para el Ministerio de Trabajo, el tiempo que queda es perfecto con miras a la discusión de la reforma laboral. “Tenemos 800 proposiciones, entonces aquí hay que mirar a ver cuáles son y en qué artículos”, dijo la ministra Ramírez.>>> Le puede interesar: Aprobada ponencia de reforma laboral para iniciar su debate
En Colombia, la flexibilidad laboral permite a las personas tener más de un trabajo simultáneamente. Esta posibilidad es especialmente relevante en un contexto donde la diversificación de ingresos puede ser crucial para muchas familias. Sin embargo, existen ciertas regulaciones y condiciones que deben cumplirse para que esto sea viable y legal.Regulaciones legales para tener múltiples trabajosSegún el artículo 26 del Código Sustantivo del Trabajo en Colombia, un trabajador puede obtener contratos de trabajo con dos o más empleadores, siempre y cuando no exista una cláusula de exclusividad que lo prohíba. Esto significa que, en ausencia de dicho requisito, es completamente legal tener varios empleos, siempre que se cumplan con las obligaciones de cada uno.Límites de horas laboralesLa Ley 2101 de 2021 establece que un trabajador no puede laborar más de 46 horas semanales distribuidas en seis días. Este límite es importante para garantizar que la persona no se sobrecargue y pueda cumplir adecuadamente con sus responsabilidades en cada empleo. En el caso de lugares de medio tiempo, es posible combinar varios siempre que la suma total de horas no exceda este límite.Tipos de contratos y combinaciones posiblesContratos de trabajo: es posible tener dos contratos simultáneamente con diferentes empleadores. Por ejemplo, un funcionario puede tener uno de medio tiempo en la mañana y otro en la tarde.Contrato de trabajo y contrato de prestación de servicios: también es viable combinar un contrato laboral con uno de prestación de servicios, dado que este último es de naturaleza civil y no está sujeto a las mismas regulaciones que el primero.Consideraciones para evitar conflictosEs fundamental que los trabajadores informen a sus lugares de empleo sobre la existencia de otros contratos para evitar conflictos de interés y garantizar que puedan cumplir con todas sus obligaciones. Además, es importante que las personas respeten los límites de horas laborales y no exijan horas extras que puedan interferir con otros trabajos.Beneficios y desafíos de tener múltiples trabajosBeneficiosDiversificación de ingresos: tener varios empleos permite a las personas aumentar sus ingresos y reducir la dependencia de una sola fuente. Desarrollo de habilidades: trabajar en diferentes áreas puede ayudar a obtener una variedad de habilidades y experiencias. DesafíosGestión del tiempo: manejar múltiples empleos requiere una excelente gestión del tiempo para evitar el agotamiento y cumplir con todas las responsabilidades. Cumplimiento legal: es crucial asegurarse de que todos los contratos cumplan con las regulaciones laborales para evitar problemas legales. ¿Qué sucede si descubren que tengo dos trabajos?Si un trabajador tiene dos empleos legales, ambos empleadores están informados y no existe una cláusula de exclusividad, no debería haber problemas. Sin embargo, si uno de los empleadores descubre que su empleado tiene otro contrato y esto afecta su desempeño o genera un conflicto de intereses, podrían surgir las siguientes situaciones:Revisión del contrato: el empleador podría revisar el contrato para verificar si existe alguna cláusula que prohíba tener otro empleo. Evaluación del desempeño: si el desempeño del trabajador se ve afectado, el empleador podría tomar medidas disciplinarias, que van desde advertencias hasta la terminación del contrato. Conflicto de intereses: si se determina que existe un conflicto de intereses entre los dos empleos, el trabajador podría ser obligado a elegir entre uno de los dos empleos
El Ministerio del Trabajo ordenó la paralización de actividades en el restaurante Andrés Carne de Res, tras el accidente que dejó a la bailarina Laura Daniela Villamil con quemaduras en el 80% del cuerpo el 17 de agosto de 2024 durante un show.>>>Mintrabajo sanciona a Andrés Carne de Res por accidente de Laura Villamil“Ante los hechos y las presuntas fallas en las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, esta cartera ministerial realizó una inspección de 20 horas, evidenciando situaciones que se constituyen en hallazgos… Esta medida se mantendrá vigente hasta que la ARL Surá verifique y certifique el cumplimiento del enunciado”, manifestó Gloria Inés Ramírez, ministra del Trabajo.El abogado de la familia de Laura Daniela Villamil solicitó documentos tanto a la empresa como al Gobierno municipal de Chía para verificar las condiciones de seguridad y salud en el establecimiento Andrés Carne de Res.“Se solicitó información detallada para establecer si contaban con brigadas de emergencia y si se había capacitado a sus empleados y brigadistas sobre el uso y manejo de sustancias fisicoquímicas como lo es el fuego”, explicó Camilo Rojas, abogado de la familia Villamil.Laura Daniela Villamil permanece en estado crítico de salud en una unidad de cuidados intensivos. La suspensión temporal de actividades afecta no solo la sede de Chía, sino que se extiende a las otras filiales de la marca Andrés Carne de Res.>>> También le puede interesar: Alcaldía de Chía inspeccionó el restaurante Andrés Carne de Res: ¿qué encontraron?