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Ley Seca en elecciones de octubre de 2023: conozca las fechas y horarios

El Ministerio del Interior confirmó que la Ley Seca regirá en toda Colombia durante el 29 de octubre. Así mismo, si el 19 de noviembre se realiza una segunda vuelta en Bogotá, la capital debe adoptar la medida ese fin de semana.

La Ley Seca ayuda a mantener el orden público durante las elecciones en Colombia
La Ley Seca ayuda a mantener el orden público durante las elecciones en Colombia

Como es usual, cada vez que se realizan elecciones en Colombia se implementa la Ley Seca, una norma que prohíbe la venta y consumo de bebidas alcohólicas. La medida empieza a regir la noche antes a la jornada y termina al día siguiente de que termina; sin embargo, estos tiempos siempre están sujetos a las decisiones de las autoridades nacionales. Para las elecciones regionales de 2023, el Ministerio del Interior (MnInterior) ya estableció el tiempo en el que regirá la medida.

“Queda prohibido en todo el territorio nacional la venta y el consumo de bebidas embriagantes desde las seis (6) de la tarde del día sábado 28 de octubre hasta las seis (6) de la mañana del día lunes 30 de octubre de 2023”, se lee en el borrador del decreto para garantizar orden público y seguridad en las Elecciones. Se espera que el documento oficial sea publicado en las próximas semanas.

La Ley Seca se aplica, según las autoridades, para garantizar que la jornada electoral transcurra en orden, sin alteraciones del orden que pongan en riesgo la credibilidad y transparencia de las elecciones regionales 2023.

La norma debe ser respetada tanto por ciudadanos como por establecimientos. Las personas naturales no pueden ingerir alcohol o podrán ser multados económicamente. La suma de la multa puede ser de hasta $392.000, según indica el Código Nacional de Policía.

Hay que anotar que en las disposiciones del Ministerio del Interior también se contempla que, de haber segunda vuelta electoral en Bogotá, el fin de semana en el que sea realice también habría Ley Seca. En esta oportunidad, la norma aplicaría solo a la capital del país.

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Así las cosas, las autoridades indican:

“En caso de segunda vuelta para la elección de Alcalde Mayor de Bogotá, si hubiere lugar a ello, la prohibición se aplicará en el territorio del Distrito Capital, desde las seis de la mañana (6:00 a.m.) del día sábado 18 de noviembre hasta las seis de la mañana (6:00 a.m.) del día lunes 20 de noviembre de 2023”.

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Cabe recordar que usualmente en las elecciones regionales, como las que se celebran este año, solo hay una jornada electoral. Los resultados de este proceso son definitivos y definen a los próximos alcaldes, gobernadores, concejales, diputados y ediles, pero a partir de este año las cosas en Bogotá pueden ser algo distintas.

Siguiendo lo dispuesto en el acto legislativo 03 de 2029, aprobado por el Congreso de la República, en la capital colombiana podría haber una segunda vuelta si los resultados de la primera no cumplen las siguientes condiciones: que el ganador obtenga un 40% de los votos y que sobrepase al segundo candidato más votado por un 10%.

La decisión se tomó porque en las últimas elecciones en Bogotá, la diferencia entre los candidatos más votados ha sido mínima. Justo en 2019, Claudia López, quien entregará el cargo este diciembre, ganó la contienda electoral con el 35,2% de los votos y en segundo lugar quedó Carlos Fernando Galán, quien obtuvo un 32,4% de los votos. La diferencia fue muy estrecha.

El acto legislativo dispone que la segunda vuelta debe hacerse tres semanas después de la elección ordinaria, por eso debe ocurrir el 19 de noviembre.

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Otras disposiciones del Ministerio del Interior
Además de la Ley Seca, para blindar las elecciones regionales de 2023 hay otras normas que pretenden garantizar la seguridad y el orden de la jornada electoral. Listamos las medidas que debe cumplirpara evitar ser sancionado, ya sea con una multa económica o con la cárcel.

  • Porte de armas: Se suspenden los permisos de porte de armas desde las 6:00 a. m. del sábado 28 de octubre 2023, hasta las seis de la mañana 6:00 a. m. del día lunes 30 de octubre de 2023.
  • Propaganda política: Durante el 29 de octubre se prohíben los carteles, pasacalles, vallas y afiches destinados a difundir propaganda electoral.
  • Ayudas en las urnas: Los ciudadanos podrán llevar un elemento que le permita a la persona identificar la imagen del partido o del candidato que va a elegir. El elemento no debe medir más de 10 centímetros y no debe ser portado en un lugar visible.
  • Información: los medios de comunicación no podrán divulgar proyecciones o resultados de encuestas nuevas el día de las elecciones.
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