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Ordenan extinción de dominio a bienes de la familia de alias ‘Popeye’ y viuda de Pablo Escobar

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La decisión cobija 16 bienes muebles e inmuebles como bodegas, vehículos y locales comerciales.
El Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Extinción de Dominio de Antioquia por solicitud de la Fiscalía General de la Nación, ordenó la extinción del derecho de dominio sobre los bienes que figuraban a nombre de la mamá y una hermana de Jhon Jairo Velásquez Vásquez, alias ‘Popeye’ y de Victoria Eugenia Henao Vallejo,  viuda de Pablo Escobar, jefe del Cartel de Medellín abatido en 1993.
Entre las propiedades afectadas por la decisión judicial que estaban en cabeza de Aura Ofelia Vásquez de Velásquez, madre de alias ‘Popeye’, figuran un apartamento y una casa ubicada en el barrio El Poblado (zona sur-oriental) de Medellín, además de dos bodegas que se encuentran en el barrio Cristo Rey.
Otra bodega ubicada en el barrio Guayabal (suroccidente de la ciudad), que aparece a nombre de Luz Marina Velásquez Vásquez, hermana de 'Popeye' y una casa de 868 metros cuadrados a nombre de Óscar Diego Jaramillo Fernández, exesposo de Luz Marina, también aparecen en la decisión.
Este fallo de primera instancia que dio a conocer la Fiscalía también afectó un terreno y dos locales comerciales de un establecimiento conocido como Domo Centro Comercial, ubicado en un exclusivo sector de El Poblado, donde Victoria Eugenia Henao Vallejo, viuda de Pablo Escobar figuraba como propietaria.
“También se ordenó la extinción de dominio a un vehículo Mercedes Benz modelo 1977, de placas LX 1865 de propiedad del desaparecido capo”, indicó el ente de control en un comunicado.
Según la Fiscalía, todos los bienes afectados provenían del capital obtenido por medio de actividades delictivas relacionadas con el narcotráfico que fueron repartidas por Escobar entre sus lugartenientes, como Jhon Jairo Vásquez Velásquez y se estableció que las propiedades de alias 'Popeye' empezaron a adquirirse en 1988, luego de dos años de ingresar a la estructura criminal.

El fallo dispone el traspaso de los bienes en cuestión a favor del Estado a través del Fondo para la Rehabilitación, Inversión Social y Lucha contra el Crimen Organizado (Frisco), administrado por la Sociedad de Activos Especiales S.A.S. (SAE).
Sin embargo, las partes pueden apelar la decisión ante la Sala de Extinción de Dominio del Tribunal Superior de Bogotá.

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