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Multa de más de mil millones a Saludvida por negarle medicamento a menor

La Superintendencia de Salud sancionó hoy en primera instancia a la EPS por negar de manera reiterada un medicamento incluido en el Plan Obligatorio de Salud (POS) a un pequeño del departamento de Sucre.
Al niño de cuatro años, y natural del municipio de Caimito (Sucre), su médico le recetó un jarabe con nombre comercial para atender la epilepsia que sufría y, sus padres, al pertenecer al régimen subsidiado de salud del país, solicitaron este medicamento a la EPS Saludvida, empresa prestadora de salud a la que pertenecen.
Según recogen medios locales, la EPS Saludvida habría negado el suministro del medicamento a la familia con el argumento de que dicho remedio se encuentra fuera del Plan Obligatorio de Salud y que, además, su entrega es responsabilidad de la Secretaría de Salud de Sucre.
Tras recibir varias denuncias, la Superintendencia de Salud inició una investigación del caso y determinó que aunque el jarabe en su forma comercial no está incluida en el POS, "la presentación genérica forma parte del plan de beneficios".
El ente sancionó a Saludvida con una multa que asciende a más de 1.625 salarios mínimos mensuales legales vigentes.
"Las EPS están obligadas a suministrar los medicamentos cuando existe un genérico incluido en el POS, por lo tanto, le correspondía a la EPS garantizarle su entrega al menor, mucho más cuando estamos hablando de población vulnerable en todos sus aspectos", indicó la Superintendente Delegada de Procesos Administrativos, Margarita Escobar.
"No se seguirán tolerando infracciones a las normas del sistema de salud y las conductas que afecten gravemente este derecho serán sancionadas con multas ejemplarizantes" enfatizó la funcionaria.
Bogotá

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