
El magistrado Jorte Enrique Ibáñez, ponente de la reforma pensional en la Corte Constitucional, recomendó declarar inexequible el proyecto aprobado en el Congreso al considerar que hubo vicios de forma en el trámite que se surtió en el Legislativo para dar el aval a la iniciativa.
Según ha trascendido, el togado consideró que sí hubo vicios de forma porque la Cámara de Representantes acogió el texto ya aprobado por el Senado y lo aprobó sin debate.
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Los magistrados de la Corte Constitucional analizarían el documento en un plazo de dos a tres semanas para analizar la ponencia y tomar una decisión sobre el proyecto, sobre el que hay poco más de 20 demandas, pero que se caerían si se decide seguir la recomendación de Ibáñez y hundir la iniciativa.
¿Qué se aprobó en la reforma pensional?
El proyecto presentado por el Gobierno del presidente Gustavo Petro está compuesto por cuatro pilares explicados así:
- Pilar solidario: diseñado para las personas en condiciones vulnerables, pobreza extrema y pertenecientes a determinados grupos poblacionales como afrodescendientes, palenqueros, indígenas, entre otros.
- Pilar semicontributivo: dirigido a aquellas personas que tienen entre 300 y 1.000 semanas cotizadas, quienes recibirán un beneficio teniendo en cuenta los aportes que se hicieron al sistema de pensiones.
- Pilar contributivo: tiene un umbral de 2,3 millones de pesos. Quienes ganen menos de esa cifra trasladarán sus ahorros a Colpensiones, y quienes ganen más dirigirán la cantidad acumulada a un fondo privado.
- Pilar ahorro voluntario: dirigido a personas con capacidad de ahorro y funciona para complementar la pensión.

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Asimismo, la reforma pensional entrega una renta solidaria mensual de 225 mil pesos a adultos mayores que no alcanzaron a cotizar una pensión. También reconocerá el trabajo no remunerado, como aquel que ejercen las amas de casa.
La edad para jubilación se mantuvo en 57 años para las mujeres y 62 años para los hombres. Pero se modificaron las semanas de cotización para las mujeres, que se redujeron a 1.000 semanas. Además, por cada hijo o hija que tenga una mujer se le reducirán 50 semanas como requisito para pensionarse. De esta manera, si una madre no logró cumplir con la exigencia de semanas establecidas por la ley (1.000 teniendo en cuenta el ajuste de la reforma pensional), pero tiene dos hijos, la cuota exigida se reduciría a 900 semanas.
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La senadora Paloma Valencia, del Centro Democrático, quien fue la primera en interponer una demanda al proyecto aprobado en el Congreso, dijo en su momento a Noticias Caracol que “Colombia sí necesita una reforma pensional y creo que la del presidente Petro, si él se hubiera dejado dirigir por los expertos, manteniendo el umbral entre 1 o 1,5, tendríamos una reforma que le serviría a Colombia, pero como quedó es una reforma que tiene huecos y hará que mucha plata se pierda. Además, le generará una deuda impagable a los niños que están por nacer”.
El ministro de Trabajo, Antonio Sanguino, aún no se ha pronunciado al respecto.
EDITADO POR SANDRA SORIANO SORIANO
PERIODISTA DIGITAL NOTICIAS CARACOL
smsorian@caracoltv.com.co
*Con información de Rocío Franco, periodista de Noticias Caracol