“Hubo una modificación de esos términos de garantías. El decreto 686 de 2020 dispone que va a haber una suspensión en las garantías que se encontraban corriendo. Entonces es como si quedaran congelados”, explicó María Carolina Corcione, superintendente delegada para la protección del consumidor.
De la misma forma quedarán congelados los tiempos que tiene el empresario para responder por la garantía de un producto defectuoso. “Tiene unos términos para responder: 30 días para reparar el bien, 15 días para devolver el dinero o 10 días para cambiar el bien”, añadió Corcione.
Para Diana Vivas, abogada de Educar Consumidores, esta decisión va en dos vías: “Por una parte, los consumidores que han adquirido un producto que resulta defectuoso y desean ejercer la garantía legal lo pueden hacer, pero no están obligados a llevarlos en este momento al productor porque estamos en cuarentena; la otra vía es que también se suspenden los términos sobre las solicitudes de reposición o reparación, que sería en favor de los proveedores”.
Esta norma no aplica para aquellos productos que el gobierno nacional cataloga de primera necesidad.
Publicidad