Este viernes, 12 de mayo de 2023, es el último plazo para el pago del impuesto predial, vigencia 2023, con el 10% de descuento, informó la Secretaría de Hacienda de Bogotá.
Además, el próximo 14 de julio es la fecha límite para el pago de esta obligación tributaria sin descuento.
"El impuesto predial se puede pagar a través de tres mecanismos: a través de la oficina virtual de Hacienda, de manera presencial en las entidades bancarias autorizadas o por medios electrónicos (portales bancarios, cajeros electrónicos y corresponsales financieros)", señaló la Alcaldía de Bogotá.
Canales de pago para el impuesto predial en Bogotá
La Alcaldía confirmó los siguientes canales de pago:
Pago en línea por la oficina virtual de Hacienda
Lo primero que debe hacer es ingresar a este enlace: https://oficinavirtual.shd.gov.co/OficinaVirtual/login.html
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Seleccione el medio de pago de su preferencia:
- Débito de cuenta corriente
- Débito de cuenta de ahorros
Puede consultar más información en www.haciendabogota.gov.co
Pago por bancos autorizados
El pago se reflejará en el estado de cuenta del contribuyente alrededor de dos días hábiles después del recaudo.
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El pago de estos impuestos puede realizarse de forma presencial, sin que sea necesario que quien realice el pago tenga cuenta de ahorros o corriente. Estos son los bancos autorizados:
- Bancolombia
- Banco de Bogotá
- Banco Popular
- Banco de Occidente
- Scotiabank Colpatria (solo clientes contribuyentes)
- BBVA Colombia
- Banco GNB Sudameris
- Banco Davivienda
- Banco AV Villas
"Para el pago presencial, debes realizar la impresión del documento tributario (factura, declaración o recibo de pago) a pagar en la entidad bancaria, deberás hacerlo en una impresora láser con el fin de facilitar la lectura del código de barras", agregó la Alcaldía.
Pago por medios electrónicos bancarios
Puede hacerlo a través de la página web oficial de las siguientes entidades bancarias:
- Banco de Occidente
- Banco GNB Sudameris
- Banco BBVA
- Banco Popular
- Banco Davivienda
- Banco AV Villas
Corresponsales bancarios
- Grupo Aval: Grupo Éxito (cajas)
- Banco BBVA: PagaTodo.
¿Quiénes deben pagar el impuesto predial?
La Secretaria de Hacienda
aclara quiénes deben pagar este impuesto:
- El propietario, es decir, la persona natural o jurídica que acredita legalmente que un predio le pertenece.
- El poseedor, es decir, la persona que, sin tener documentos, tiene posesión de hecho sobre el inmueble y actúa como dueño del mismo.
- El usufructuario, es decir, quien tiene el disfrute del predio y su legítima explotación, previa concesión del propietario. La condición de propietario y de usufructuario se acredita a través del certificado de libertad.
- Los respectivos fideicomitentes y/o beneficiarios cuando se trate de predios vinculados y/o constitutivos de un patrimonio autónomo.
- Los tenedores, a título de concesión, de inmuebles públicos.
- Cuando se trate de inmuebles en leasing, el responsable es la entidad financiera.