La reforma laboral, aprobada por el Congreso de la República y que espera llegar a conciliación este viernes, significará varios cambios fundamentales en los derechos de los trabajadores de Colombia. La conciliación de la reforma laboral tendría que darse esta misma semana, antes de que finalice el periodo legislativo. Entre los artículos aprobados en la reforma se destacan los que tienen que ver con los contratos laborales.
Entre lo relacionado a los contratos laborales, los artículos 5, 6 y 7 fueron aprobados. El artículo 5 se enfocó en los contratos a término indefinido que estableció que “en ningún caso se podrá pactar sanción para el empleado que omita el preaviso”.
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El artículo 6 de la reforma planteó la modificación del artículo 46 del Código Sustantivo del Trabajo, lo que le da un límite de tiempo a los contratos a término fijo, que no podrán realizarse por un periodo de tiempo mayor a cuatro años. Asimismo, el contrato deberá darse por escrito.
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"Cuando el contrato de trabajo se celebre por un término inferior a un año, las partes, mediante acuerdo escrito, podrán prorrogar el número de veces que estimen conveniente; sin embargo, después de la cuarta prórroga, el contrato no podrá renovarse por un período inferior a un año", explicó el Senado en un comunicado.
"También puede darse que si con 30 días de antelación al vencimiento del plazo pactado o prórroga, ninguna de las partes manifestare su intención de terminar el contrato, éste se entenderá renovado por un término igual al inicialmente pactado o al de la prórroga. Esta misma regla aplicará a los contratos celebrados por un término inferior a un año, pero en este caso la cuarta prórroga automática será por un período de un año", agregó la colectividad.
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Con respecto a los contratos por obra labor se estipula que también deberá darse por escrito. "Si una vez finalizada la obra o labor contratada, el trabajador continúa prestando sus servicios, el contrato se entenderá celebrado a término indefinido".
El artículo 7 de la reforma busca modificar el artículo 115 del Código Sustantivo del Trabajo, añadiendo un procedimiento específico para la ejecución de sanciones, frente a ello, Carrión aseguró que “podría crear plazos muy cortos para iniciar procesos disciplinarios de trabajadores y podría dar lugar a la intervención de terceros en un proceso interno de la compañía”, además de una modificación del reglamento de trabajo.
Contratos de estudiantes del Sena tras aprobación de la reforma laboral
El contrato laboral del Sena fue uno de los apartados más discutidos y con mayor oposición en el marco de la reforma laboral. Los ajustes planteados en este tema, consignados en el artículo 23 de la reforma, establecen que los aprendices del Sena tendrán un contrato laboral en los lugares en los que lleven a cabo sus prácticas.
Los estudiantes en etapa lectiva recibirán como pago el 75 % de un salario mínimo mensual legal vigente más aseguramiento en salud y riesgos laborales. Mientras que los estudiantes en etapa práctica recibirán como pago un salario mínimo mensual legal vigente y todas las prestaciones de ley, tales como cesantías, vacaciones o primas de servicios.
MATEO MEDINA ESCOBAR
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