
Tras la firma de Gustavo Petro, la reforma laboral ya será una realidad. Sin embargo, su aplicación tiene fechas clave y en algunos casos será escalonada, como por ejemplo, en lo que tiene que ver con los recargos dominicales y festivos, los cuales empezarán a aumentar de manera progresiva desde este fin de semana, según afirmó el ministro de Trabajo, Antonio Sanguino.
La reforma laboral propuesta por el gobierno de Gustavo Petro fue aprobada el viernes 20 de junio por el Senado y la Cámara de Representantes, tras la conciliación de los textos de ambas corporaciones del Congreso. Cuenta con más de 70 artículos que modifican diversos aspectos como la contratación, el trabajo en plataformas digitales y los derechos de algunos sectores. La nueva ley y los cambios que trae entrarán en vigor seis meses después de su publicación oficial, es decir, a finales de este año. Sin embargo, en el caso de los recargos dominicales, el aumento será escalonado.
Recargos dominicales aumentarán este fin de semana
El ministro Sanguino indicó en entrevista con El Tiempo que los recargos dominicales aumentarán un porcentaje desde el próximo fin de semana, del 12 y 13 de julio. El anuncio lo dio desde el Foro de Desarrollo Local de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (Ocde), que se lleva a cabo en Barranquilla.
Últimas Noticias
Cabe resaltar que, en la actualidad, el recargo es del 75 % sobre el valor de la hora ordinaria, y pasará al 100 %, según lo acordado en la reforma laboral, pero se aplicará de manera gradual para que las empresas puedan adaptarse a la nueva medida. “Desde este fin de semana pasará al 80 %. En un año (desde julio de 2026) subirá al 90 % y en el 2027 al 100 %”, explicó el ministro.
¿Cómo quedarán los recargos nocturnos?
Otro cambio importante de la reforma laboral tiene que ver con los recargos nocturnos, que actualmente rigen desde las 9 de la noche hasta las 6 de la mañana. Con la nueva ley, pasarán a aplicarse desde las 7 p. m. y se pagará con un recargo del 35 % sobre el valor de la hora. Lo anterior quiere decir que el trabajo diurno aplicará entre las 6 a. m. y las 7 p. m., y fuera de este horario se aplicará el recargo. Esta medida aplica tanto para las grandes como para las medianas y pequeñas empresas y entrará en vigor, según el artículo 10 de la reforma, seis meses después de la sanción de la ley, es decir, a partir de diciembre de 2025.
Publicidad
Por otro lado, el Senado en último debate rechazó el artículo que buscaba que la jornada máxima semanal fuera distribuida, de común acuerdo, entre empleador y trabajador, por lo que podía aplicar entre 4 y 6 días a la semana, garantizando el día de descanso y sin afectar el salario. Sin embargo, el texto aprobado indica que la jornada máxima será distribuida entre 5 o 6 días y no se podrán hacer más de 2 horas extras diarias ni más de 12 a la semana.
Los cambios en la contratación de la reforma laboral
El contrato a término indefinido se convierte en la regla general con la nueva ley. Por lo tanto, los contratos a término fijo solo podrán renovarse hasta cuatro veces (es decir, cuatro años) antes de convertirse en indefinidos. Otro punto importante es que en la reforma no se aprobó la cotización por horas y, en cuanto a los contratos por prestación de servicios, no desparecerán del todo y solo podrán usarse para tareas no misionales y específicas.
En el caso de los estudiantes del Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena), el contrato de aprendizaje será un contrato laboral especial a término fijo, por lo que los aprendices recibirán un 50 % del salario mínimo durante la etapa académica, un 75 % durante la etapa práctica, y hasta el 100 % si su formación es de tipo dual. El aprendiz estará afiliado a riesgos laborales y al sistema de seguridad social integral en pensiones y salud, el mismo régimen de los empleados, y tendrá derecho al pago de todas las prestaciones.
Publicidad
LAURA VALENTINA MERCADO
NOTICIAS CARACOL DIGITAL
LMercado@caracoltv.con.co