
En últimas horas se conocieron los detalles de una nueva ley que cambia la realización de encuestas políticas en el país, y que solo le falta la firma del presidente Gustavo Petro para que sea una realidad y se aplique para las mediciones de cara a las elecciones presidenciales de 2026. Sus principales promotores son Angélica Lozano, del partido Alianza Verde; Paloma Valencia, del Centro Democrático; Clara López, del Pacto Histórico, y Juan Diego Gómez, del Nuevo Liberalismo.
La iniciativa se aprobó al cierre del periodo legislativo y su cambio más significativo es la restricción en la publicación de mediciones sobre intención de voto. A partir de ahora, estas encuestas solo podrán realizarse tres meses antes del primer día de inscripciones de candidatos. Lo que quiere decir que, para las elecciones presidenciales de 2026, cuya inscripción inicia el 31 de enero, las encuestas de intención de voto solo podrán publicarse a partir del 31 de octubre de este año.
Esto implica que gran parte del 2025 no habrá sondeos presidenciales disponibles para el público general. Sin embargo, para los partidos o coaliciones que participen en consultas internas en octubre para elegir su candidato presidencial, la ventana para realizar encuestas se abre antes. Dado que el periodo de inscripción para estas consultas es el 19 de septiembre de 2025, las encuestas de intención de voto podrán publicarse desde el 19 de junio.
Nuevas reglas para el muestreo y la regulación de las encuestas
El proyecto de ley también introduce modificaciones en el tamaño y origen de las personas encuestadas. Establece que todas las encuestas de opinión pública y política a nivel nacional deben incluir municipios con más de 800 mil habitantes, como las grandes capitales, Villavicencio, Soacha y Cúcuta, según proyecciones recientes del Dane. Además, la norma, aunque no es del todo clara, exige la inclusión de un subconjunto de municipios pequeños, medianos y grandes de todas las regiones, sin especificar cantidades o proporciones.
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Un punto crucial es el papel del Consejo Nacional Electoral (CNE), que se convierte en juez y parte al regular, auditar y sancionar los datos de las encuestadoras. Estas últimas estarán obligadas a entregar sus mediciones al CNE. La ley no especifica las instancias para apelar decisiones ni los parámetros de las auditorías. Sin embargo, aclara que una comisión de cinco expertos, postulados por universidades con programas de estadística de alta calidad, será la encargada de estas funciones y el CNE tendrá dos meses desde la sanción de la ley para elegirlos.
¿Por qué hay polémica por la nueva ley?
La ley ha generado una fuerte polémica, especialmente por la falta de consulta a las firmas encuestadoras más importantes del país, como Invamer, Cifras y Conceptos, y el Centro Nacional de Consultoría. Los promotores de la ley, como la ponente, argumentan que se dieron los tiempos legales para recibir información y que se esperaba que los interesados se vincularan al proceso.
"No hice yo una socialización adicional a la que ya hubieran hecho en Senado de la República. (...) Me parece que el proyecto tenía un sustento interesante. Le dimos los tiempos de ley correspondientes para recibir cualquier tipo de información. De la misma manera ocurrió en el Senado de la República, donde diferentes fuerzas políticas estuvieron muy atentas a que el proyecto de ley surtiera un trámite legal y siempre dispuestos a escuchar a quien le interesara el proyecto", aseguró Juan Sebastián Gómez, ponente del Nuevo Liberalismo, para Noticias Caracol en vivo.
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De otro lado, Martín Orozco, de Invamer, ha calificado la ley como "censura", argumentando que atenta contra el derecho a la información de los colombianos al restringir la publicación de sondeos a fechas específicas. "Lo más grave es que tiene un artículo que es totalmente inexacto, que no se sabe qué es lo que se quiere decir cuando dicen que solo se puede preguntar por personajes que tengan una favorabilidad manifiesta. La favorabilidad manifiesta es un término subjetivo", añadió.
Por su parte, el gerente de Cifras y Conceptos, César Caballero, señaló que, aunque las encuestadoras seguirán realizando estudios para particulares, la ciudadanía, los medios y los demás candidatos no tendrán acceso a esa información. "Entiendo que los ponentes asumieron que ya nuestra opinión estaba y procedieron y metieron un montón de cosas que yo creo que no están viendo", dijo, mientras que Orozco agregó que la ley fue elaborada "en un escritorio con personas que nunca han salido a hacer un trabajo de campo a la calle".
A pesar de las críticas, algunos sectores consideran positivo el establecimiento de nuevos límites. Alfonso Portela, exregistrador, argumentó que esto "depurará mucho el escenario de las firmas encuestadoras" al hacer más exigente la labor. Es importante destacar que estas normas aplican únicamente a la intención de voto, no a los sondeos de reconocimiento y opinión de los precandidatos. Además, los partidos políticos también deberán publicar sus encuestas internas.
LAURA VALENTINA MERCADO
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