El procedimiento será diferente para Cámara de Representantes y Senado. Estas son las posibilidades:
Primer escenario
Si la FARC obtiene votación para menos de 5 curules, el Consejo Nacional Electoral se encargará de asignarle las faltantes para que lleguen a las cinco curules acordadas. Esto quiere decir que el Senado de la República va a tener 108 escaños, incluyendo los cinco de la FARC.
Segundo escenario
Sería que la FARC alcance una votación que le permita tener más de las cinco curules acordadas, por ejemplo, 8 curules. En este caso las 3 adicionales se descontarán de los 100 escaños ordinarios que tiene el Senado.
Antes esto se realizaría una nueva operación matemática sobre las 97 curules. De ahí se calcularía un nuevo umbral y una nueva cifra repartidora.
"La sexta o la séptima (curul) la podría obtener siempre y cuando el número de votos le alcance para lograr la cifra repartidora y entonces esas curules adicionales descontarían de las 100 curules ordinarias", señala Armando Novoa, magistrado del Consejo Nacional Electoral.
En Cámara de Representantes, el ejercicio se hará ordenando las cinco listas inscritas por la FARC, en orden descendente.
"Lo que hay que hacer es organizar esas listas de acuerdo al número de votos. La lista que obtenga el mayor número de votos va en el primer lugar, la segunda en el segundo y así sucesivamente", añade el magistrado Novoa.
Con esta claridad dada por el Consejo Nacional Electoral, el Gobierno ya expidió el decreto donde establece el tamaño de este Congreso.
En todo caso, el Consejo aclara que la votación de la FARC no incidirá bajo ninguna circunstancia en el umbral para establecer la personería jurídica de los demás partidos.
Updated: marzo 06, 2018 04:23 p. m.