La Sección Primera del Consejo, máximo tribunal de la justicia contencioso administrativa de Colombia, explicó que el Gobierno Nacional, al expedir dicha norma, trató de reglamentar la Sentencia C-355 del 2006 de la Corte Constitucional, que despenalizó el aborto en tres casos específicos, sin haber una ley de por medio.
El Consejo de Estado declaró este lunes la nulidad del Decreto 4444 del 2006, expedido por la Presidencia de Colombia, que reglamentaba la interrupción voluntaria del embarazo en los casos despenalizados por la Corte Constitucional.
Así lo reseñó un comunicado publicado en su página, que aclara además que "a juicio del alto tribunal, el Gobierno sólo puede ejercer la facultad reglamentaria que le otorga el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, cuando exista una ley previa que reglamentar".
"El fallo no estudió el fondo del contenido del decreto, es decir, no abordó temas como la objeción de conciencia ni la interrupción voluntaria del embarazo (IVE), pues estimó innecesario hacerlo debido a que la simple expedición de la norma fue ilegal", agrega el documento.
Sin embargo, aclaró que esta decisión no significa que el Gobierno o el Consejo Nacional de Seguridad Social no puedan posteriormente dictar medidas, reglamentar o definir las políticas de salud en relación con dichos temas, siempre y cuando se acaten los parámetros establecidos en materia de reglamentación legal.
Esta norma estaba suspendida provisionalmente desde el año 2009, por decisión del Consejo de Estado.
Los tres casos por los que se puede interrumpir un embarazo en Colombia eran: cuando era producto de una violación, incesto o inseminación artificial no consentida, cuando el embarazo constituye peligro para la salud o la vida de la mujer y cuando el feto presenta una malformación grave que hace imposible su vida fuera del útero.
Bogotá
Updated: marzo 19, 2013 09:58 a. m.