Ya se conocen quiénes son los designados para cumplir esta labor en las próximas elecciones. ¿Cómo se escogen y qué pasa si no se recibe la notificación?
La Registraduría, a través de un software, realiza un sorteo electrónico de los jurados. Las empresas públicas y privadas, las instituciones educativas y los partidos y movimientos políticos envían listas de ciudadanos con las que se realiza el sorteo de forma aleatoria.
¿Si no recibe notificación queda exonerado como jurado de votación?
No. Según el artículo 105 del Código Electoral, es un cargo de forzosa aceptación y el no recibir notificaciones no es una excusa para no presentarse. Por eso, todos los ciudadanos están en la obligación de verificar los listados. La consulta la puede hacer en la página web www.registraduria.gov.co
de la Registraduría o en los listados que se publican en alcaldías o sedes de esta entidad.
¿Cuáles son las sanciones?
Si no existe una justa causa o abandona la función como jurado podría ser destituido del cargo si es servidor público, y si no, la multa es de hasta 10 salarios mínimos legales vigentes.
Recuerde que usted también puede ser designado como jurado de votación remanente, es decir aquellos ciudadanos que son seleccionados para sustituir a las personas que por motivo de fuerza mayor no puedan prestar este servicio el día de la elección.
Updated: febrero 28, 2018 06:07 p. m.