Esta reglamentación pretende acabar con la discriminación a las personas que sufren de alguna condición médica.
Ya está vigente otra ley que reconoce los derechos de los colombianos con discapacidad. Se trata de una medida que les devuelve la autonomía, independencia y autodeterminación a las personas mayores de edad con movilidad limitada.
Las personas que tengan alguna discapacidad mental y que, por una ley antigua, no se les permitía celebrar negocios, realizar actividades rutinarias o la administración de sus bienes, recibieron una buena noticia que defiende su autonomía.
La recién sancionada ley 1996 de 2009 elimina las calificaciones de interdicción e inhabilidad que anteriormente se le daba a una persona adulta y que, según un juez, no tenía la habilidad mental para celebrar negocios o realizar actividades como la adecuada administración de sus bienes.
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Gloria Andrea Mahecha, docente investigadora en derecho de familia de la Universidad Libre, habló sobre esta ley.
“Esta tiene un propósito y es eliminar barreras y discriminación, ya que cuando decimos que un adulto es una persona incapaz, se le está cerrando en la posibilidad de expresar su voluntad. Esta ley procura que no exista diferencia”, dijo la especialista.
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Esto quiere decir que, aunque las personas adultas mantengan su condición de discapacidad, la ley les permite gozar de todos sus derechos y los faculta para tomar decisiones sin necesidad de una representación.
“Ya no hay interdicción, no hay inhabilidad, no hay representación para las personas con discapacidad mental, sino que ellas mismas van a entrar en el pleno goce de sus derechos”, puntualizó Mahecha.
Aunque hay personas que, por condiciones físicas, sensoriales o mentales, van a tener dificultad para expresar sus pensamientos, ideas o voluntad, serán ellas mismas las que soliciten una persona de apoyo.
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Mahecha aseguró: “Ya no hablamos de curadores, ni de consejeros, sino de personas de apoyo que podrán ser designadas voluntariamente o a través de un proceso con los jueces de familia”.
Actualmente, las únicas personas que tendrían una condición de incapacidad absoluta en la toma de decisiones legales y a la hora de adquirir obligaciones serán los niños de los 0 a los 12 años. Mientras que los adolescentes de 13 a 17 tendrán una condición de incapacidad relativa.
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Aun así, todo menor de edad que tenga alguna discapacidad mental será representado por sus padres o un defensor de familia.
“Los adolescentes pueden dejar un testamento, pueden trabajar con permiso y administrar ese dinero, un varón puede reconocer hijo extramatrimonial, son oídos directamente, expresan su voluntad”, comentó la especialista.
Incluso, en este momento, en los juzgados de familia la ley ordena que todos los procesos activos, que estaban surtidos para pedir la interdicción o inhabilidad de un adulto, deben ser suspendidos.
“Se va a brindar capacitación a notarios, conciliadores y jueces para que todos entendamos cómo será la designación de la persona de apoyo”, concluyó Mahecha.
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Así las cosas, aunque esta ley se encuentra en proceso de reglamentación, ordena que, desde el momento que entró en vigencia, toda persona adulta debe ser considerada como persona capaz.