A partir de octubre, habrá un nuevo requisito para ingresar legalmente a Estados Unidos
El nuevo formulario es utilizado por los extranjeros que desean extender su estadía en Estados Unidos o cambiar su estatus de no inmigrante. Cualquier versión anterior será rechazada.
El nuevo requisito para viajar legalmente a EE. UU. consiste en la presentación del Formulario I-539, cuya versión actualizada es la del 27 de julio de 2024. -
FOTO: tomada de Colombo & Hurd & Andrea Piacquadio de Pexels
A partir del 1 de octubre de 2024, Estados Unidos implementará un nuevo requisito para aquellos que deseen extender su estadía o cambiar su estatus de no inmigrante. Este cambio, anunciado por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS), busca mejorar la eficiencia y seguridad en el proceso de inmigración.
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¿De qué se trata el nuevo requisito para ingresar a Estados Unidos?
El nuevo requisito consiste en la presentación del Formulario I-539, cuya versión actualizada es la del 27 de julio de 2024. Este documento es utilizado por los extranjeros que desean extender su estadía en Estados Unidos o cambiar su estatus de no inmigrante.
A partir de la fecha mencionada, cualquier versión anterior del formulario será rechazada, lo que hace crucial que los solicitantes utilicen la versión correcta.
¿Quiénes deben presentar el Formulario I-539?
Algunos no inmigrantes que desean extender su estadía o cambiar a algún otro estatus de no inmigrante.
Residentes de la Mancomunidad de las Islas Marianas del Norte (CMNI) que solicitan un estatus inicial.
No inmigrantes F y M que solicitan reinstalación.
Personas que desean obtener estatus de no inmigrante V o una extensión de estadía como no inmigrante V.
Las personas que no necesitan presentar el Formulario I-539 para solicitar una extensión de estadía o un cambio de estatus deben pertenecer a las siguientes clasificaciones:
Comerciantes por Tratado Comercial principales E-1 y Empleados de los Comerciantes por Tratado Comercial E-1.
Inversionistas por Tratado Comercial Principales E-2 y Empleados de los Inversionistas por Tratado Comercial E-2.
Inversionistas Principales de CNMI E-2.
Profesionales Especializados Principales E-3 de Australia. (Los dependientes familiares de los no inmigrantes principales E deben presentar un Formulario I-529 para extender su estadía o cambiar su estatus a menos que deseen cambiar a un estatus indicado aquí. En este caso, NO pueden usar el Formulario I-539.)
No Inmigrantes H-1B, H-1B1, H-2A, H-2B y H-3.
No Inmigrantes L-1.
No Inmigrantes O-1 y O-2.
No Inmigrantes P-1, P-2, P-3, P-1S, P-2S o P-3S.
No Inmigrantes Q-1.
No Inmigrantes R-1.
No Inmigrantes TN-1 y TN-2.
Entre los no inmigrantes que deben cumplir con este requisito se incluyen turistas, estudiantes, trabajadores temporales y otros visitantes que no tienen la intención de establecer una residencia permanente en el país.
Envíe el formulario completado junto con la tarifa de presentación y cualquier documentación de respaldo necesaria a la dirección indicada por USCIS. -
FOTO: tomada de GettyImages / leekris & Ekrulila de baseimage creación collage Canva
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Procedimiento para presentar el formulario
Descargar la versión actualizada: asegúrese de tener la versión del 27 de julio de 2024 del Formulario I-539 desde el sitio web oficial de USCIS.
Completar el formulario: llene el documento con la información requerida, asegurándose de que todos los datos sean precisos y completos.
Presentar la solicitud: envíe el formulario completado junto con la tarifa de presentación y cualquier documentación de respaldo necesaria a la dirección indicada por USCIS.
Consejos para una presentación exitosa
Verifique que toda la información sea correcta antes de enviar el formulario.
Incluya toda la documentación requerida para evitar retrasos en el procesamiento, puede incluir pruebas de solvencia económica, cartas de aceptación de instituciones educativas (en el caso de estudiantes), y cualquier otra documentación que demuestre el propósito y la duración de la estancia en Estados Unidos.
Si tiene dudas sobre el proceso, considere consultar con un abogado especializado en inmigración.