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Los tipos de visa que permiten a migrantes trabajar en Estados Unidos sin documento de autorización

Para tener un empleo de forma legal en Estados Unidos su gobierno solicita el documento de autorización de empleo, conocido como EAD. Sin embargo, con algunos tipos de visa se puede estar exento.

Trabajar en EE. UU.: los tipos de visa que no requieren el documento de autorización EAD
Estados Unidos es el principal destino de los colombianos.
Getty Images

Con el regreso de Donald Trump a la Casa Blanca, el Gobierno de Estados Unidos ha estado actualizando las políticas migratorias. Esto incluye tanto a inmigrantes como a no inmigrantes, es decir, personas que entran temporalmente al país y los que buscan un estatus permanente. El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) es la agencia federal que supervisa la inmigración legal a la nación norteamericana y hace parte del Departamento de Seguridad Nacional . Esta entidad actualiza frecuentemente la información para las personas interesadas en sus diferente servicios.

Para los interesados en trabajar en este país, la USCIS aclaró que el documento de autorización de empleo, conocido como EAD, no tiene que ser presentado por la totalidad de solicitantes de un estatus legal de empleo. "Los empleadores estadounidenses deben asegurarse de que todos sus empleados, independientemente de su ciudadanía u origen nacional, estén autorizados para trabajar en Estados Unidos. Una manera de comprobar de que usted está autorizado a trabajar en Estados Unidos por un período de tiempo específico es con un Documento de Autorización de Empleo (Formulario I-766/EAD)", se lee en la página de la entidad.

De acuerdo con la agencia, la persona deberá solicitar un EAD en los siguientes casos:

  • Está autorizado para trabajar en Estados Unidos a base de estatus o circunstancias de inmigración, (por ejemplo, usted es asilado, refugiado o no inmigrante U) y necesita evidenciar su autorización de empleo.
  • Se le requiere solicitar un permiso de trabajo (necesita solicitar una autorización de empleo) porque:
  • Tiene en trámite un Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus.
  • Tiene en trámite un Formulario I-589, Solicitud de Asilo y de Suspensión de Remoción.
  • Tiene un estatus de no inmigrante o circunstancia que le permite estar en Estados Unidos, pero no le permite trabajar en Estados Unidos sin antes de pedir una autorización de empleo de USCIS (como, por ejemplo, un estudiante con visa F-1 o M-1).

¿Qué visas incluyen permiso de trabajo sin EAD?

Estados Unidos concede varios tipos de visa que autorizan trabajar de manera automática. Estas visas permiten trabajar legalmente como parte del estatus migratorio del titular. Conozca de cuáles se tratan:

  1. Visa H-1B (trabajadores especializados): permite al titular trabajar directamente para el empleador que lo patrocinó. No se necesita una EAD adicional.
  2. Visa L-1 (transferencias dentro de una misma empresa): da autorización automática para trabajar con la empresa que gestionó la visa.
  3. Visa O-1 (personas con habilidades extraordinarias): está permitido trabajar en el campo específico para el cual se les concedió la visa, sin la obligación de tramitar un documento de autorización de empleo (EAD). La autorización laboral está vinculada directamente al tipo de actividad profesional aprobada, lo que permite al titular desempeñarse legalmente desde su llegada. Quienes poseen una visa O-1 tienen permitido trabajar en el campo específico para el cual se les concedió la visa.
  4. Visa E-2 y E-1 (inversionistas y comerciantes de tratados): Estas visas autorizan al titular a trabajar dentro del negocio o actividad que justificó la emisión del visado. Si bien quienes poseen estas visas pueden desempeñar sus labores sin necesidad de obtener un EAD, los familiares dependientes que los acompañantes sí deben solicitar dicho permiso para poder trabajar legalmente en Estados Unidos.
  5. Visa P (artistas, atletas reconocidos internacionalmente y sus equipos de apoyo): se autoriza la entrada de extranjeros a Estados Unidos con el propósito de realizar actividades vinculadas a su área de especialización, de forma profesional y por un período temporal.

Así funciona la nueva medida para ingresar a Estados Unidos

Lanueva regla estipula que todos los ciudadanos extranjeros mayores de 14 años que vayan a permanecer en Estados Unidos por más de 30 días deberán registrarse ante el USCIS. Este registro, que se debe completar mediante el envío del Formulario G-325R, también requerirá la toma de huellas dactilares, fotos y firma de los solicitantes.

El proceso de registro será obligatorio para aquellos extranjeros que no hayan sido registrados ni se les hayan tomado huellas dactilares en el momento de solicitar su visa de entrada al país por el programa de exención de entrevista. Según la normativa, el plazo para completar el registro será de 30 días a partir de la llegada al territorio estadounidense.

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Además, si un extranjero de menos de 14 años no ha sido registrado aún, sus padres o tutores legales son los responsables de garantizar que dicho extranjero cumpla con esta obligación dentro de los 30 días posteriores a su llegada o, en el caso de los menores de edad, cuando cumplan los 14 años en el país. La agencia aclara que este registro no debe confundirse con un estatus migratorio, ya que no otorga autorización para trabajar ni acceso a otros beneficios migratorios.