El asesinato de María Mercedes Gnecco, el 5 de octubre de 2021 en su casa en la isla de San Andrés, sigue siendo analizado por las autoridades para determinar si José Manuel Gnecco Valencia, su esposo, es el responsable. A lo largo de los años, Séptimo Día ha estado atento a cada nuevo detalle que se revela de este caso que enlutó a la familia Gnecco y cuyo juicio está próximo a terminar.En esta ocasión, se conocen nuevos testimonios revelados por la Fiscalía que comprobarían que José Manuel Gnecco asesinó a su esposa, modificó la escena del crimen y, además, intentó sobornar a alguien para que se culpara por el crimen. El abogado insiste en su inocencia y asegura que la demostrará en el juicio.Nuevo giro en caso GneccoCinco años después del asesinato de María Mercedes Gnecco Serrano, su esposo y primo José Manuel Gnecco Valencia sigue insistiendo en su inocencia. El juicio contra el abogado está próximo a su recta final, en el que los hijos de María Mercedes exigen una condena ejemplar, mientras José Manuel espera ser absuelto. Ambas partes avanzan en la recopilación de pruebas y, recientemente, un testigo de la Fiscalía le dio un giro sorprendente a la historia que ha mantenido por años el hombre.Se trata de las declaraciones de Luis Carlos Freire González, también conocido como ‘Lalo’, quien decidió hablar por primera vez frente a las cámaras de Séptimo Día, asegurando que José Manuel Gnecco le pidió buscar a otra persona para que se culpara del crimen de su esposa. Esa otra persona, a la que le ofreció hasta cinco millones de pesos, fue Gerald David Pereira, un menor de edad capturado en San Andrés por porte ilegal de armas. Los tres coincidieron en la cárcel y allí, según el testimonio, el abogado intentó sobornarlos para que los señalamientos en su contra quedaran sin argumentos.En abril de 2026, la Fiscalía conoció las declaraciones de ‘Lalo’ y las añadió como parte de las pruebas en contra del abogado Gnecco. Luis Carlos Freire González, de 35 años, fue capturado y está privado de la libertad en San Andrés, cárcel en la que coincidió con José Manuel Gnecco en 2023.Según su testimonio, ese año logró interactuar con el abogado gracias a que en la prisión él era el 'ranchero’, es decir, quien cocina y lleva la comida a los reclusos. “Mi primera impresión es que es una persona de carácter fuerte”, señaló en exclusiva a Séptimo Día y agregó que, tras algunos meses de contacto, el abogado empezó a hacerle preguntas y ofertas.“Él me preguntó que si yo conocía a Gerald [David Pereira] y yo le digo que sí, que somos primos lejanos”. Pereira era un joven que había sido capturado en San Andrés en 2021 por porte ilegal de armas, pero como era menor de edad fue llevado a un centro de detención para menores. En 2023, cuando cumplió la mayoría de edad, fue trasladado a la cárcel de San Andrés, donde coincidió con su primo y con el abogado Gnecco.‘Lalo’ reveló que al tener la posibilidad de ir a los diferentes patios de la cárcel, Gnecco le pidió un favor particular. “Él me dice que vaya donde Gerald, ya que lo conozco, y que le ofreciera los cinco millones de pesos para que se reunieran. Con el fin de que Gerald se echara la culpa de dicho homicidio, del homicidio de la esposa de él”. Además, también indicó que Gnecco también le ofreció 10 millones de pesos a él por hacer este favor.Aunque Luis Carlos Freire González aceptó el dinero y habló con su primo, con lo que no contaba el abogado Gnecco es que el joven Gerald David Pereira acudiría a la Fiscalía para revelar los ofrecimientos que estaba recibiendo de su parte.El arma homicida, la gran prueba del caso Gnecco¿Por qué José Manuel Gnecco habría insistido en varias ocasiones, según el testimonio, a Gerald David Pereira que se culpara por el asesinato de María Mercedes Gnecco? Todo tendría que ver con una prueba clave para este caso: el arma homicida. Luego del crimen, las autoridades encontraron el proyectil y la vainilla del mismo en la escena, pero del arma no hubo rastro hasta 2023, cuando los abogados de Gnecco revelaron un dictamen de un perito de la policía en el que se indicaba que el arma había sido incautada en San Andrés un mes después del asesinato a una banda de criminales entre los que se encontraba un menor de edad, Gerald David.Sin embargo, la Fiscalía y los abogados de las víctimas, los hijos de María Mercedes Gnecco, dudaban de esa versión, por lo que hicieron su propia investigación. “Luego de una investigación ardua, se obtuvieron tres dictámenes adicionales del Cuerpo Técnico de Investigación y del Instituto Nacional de Medicina Legal y pudimos comprobar que lo que se plasmaba en ese dictamen no era cierto. El arma que cegó la vida de María Mercedes Gnecco Serrano no es el arma que le fue incautada a estos menores”, aseguró el abogado de las víctimas.La Fiscalía dice que, efectivamente, el arma incautada a los menores coincide con la vainilla del proyectil, la cual fue encontrada al día siguiente del asesinato por el mayordomo de Gnecco en la vivienda, por lo que las autoridades creen que esta fue colocada en la escena después de sus labores. Pero que no coincide con la bala que impactó el cuerpo de la mujer de 53 años.Por su parte, Gerald David Pereira, indicó en la Fiscalía que José Manuel Gnecco "desde los tres meses que llevo aquí, que me capturaron, me empezó a buscar el lado, a sobornarme con dinero. Como tres veces [me buscó], la última vez me ofreció cinco millones de pesos para que diera falsas declaraciones”. El joven insistió también en que él no tiene nada que ver con el asesinato de María Mercedes y que “yo lo único que quiero decir es que Gnecco haga algo con esto y acepte que mató a su mujer, o que diga quiénes son porque él sabe”.Lo que cree ahora la Fiscalía y lo que está intentando probar en el juicio es que José Manuel Gnecco planeó el homicidio de su esposa y, además, que el arma homicida cayera en manos dela banda criminal en la que estaba Gerald David. “Justo esa arma le llega a un menor de edad que ya declaró que este señor Gnecco Valencia lo habría sobornado para que se atribuyera el crimen. Creemos que el plan criminal del señor Gnecco Valencia consistió en sobreponer la vainilla al día siguiente de los hechosy luego entregar el arma de donde provino esa vainilla a la delincuencia organizada. De tal manera que cuando incautaran el arma se pudiera creer que con esa arma se cegó la vida de María Mercedes Gnecco”.Actualmente, Gerad David Pereira está en libertad, pero prefirió que fuera su abogado, Omar Augusto Barraza, quien explicara a Séptimo Día los hechos. “El argumento que utilizó el señor Gnecco para contactar a Gerald y que se atribuyera la responsabilidad del hecho punible es que al momento de los hechos Gerald era menor de edad y trató de hacerlo creer que lo iban a juzgar como menor de edad”.Por su parte, José Manuel Gnecco negó dar una nueva entrevista a Séptimo Día para dar su versión sobre los hechos, pero vía telefónica insistió en su inocencia. Al respecto, Luis Carlos Freire González señaló que “él quiere quedar como el buen abogado, como el buen esposo. Siempre tuvo un plan, porque desde que me manda a ofrecerle dinero a Gerald, ya tenía un plan. Si él no fuera culpable no me habría ofrecido dinero a mí y a Gerald, sé que Gerald también va a decir que yo fui y le ofrecí dinero porque así fue”.
¿Qué responsabilidades tiene un hijo con un padre que nunca respondió por él? Desafortunadamente, esa es una pregunta que en Colombia ha llegado con varios casos a los estrados judiciales, luego de que padres biológicos que nunca reconocieron ni estuvieron para sus hijos aparecieran cuando estos ya son mayores de edad, exigiéndoles que los mantuvieran. Ese es el caso de Lina Paola Vásquez, quien nunca conoció a su padre y vio sufrir a su madre tratando de sacarla adelante completamente sola.Gracias al esfuerzo de Yolanda Vásquez, su mamá, Lina Paola logró convertirse en la primera profesional de su familia y en una mujer trabajadora que quería retribuirle a su progenitora todo su esfuerzo. Sin embargo, eso se vio truncado cuando el banco le avisó que su sueldo había sido embargado por cuenta de una demanda por alimentos en su contra, la cual interpuso Jesús Carranza, el hombre que embarazó a su mamá y las abandonó a su suerte, quien ahora exige que ella responda por él como su hija a pesar de que nunca la reconoció.“Yo no puedo creer que una persona que yo no conozco me esté demandando por alimentos”, recordó la profesional que está a la espera de que la justicia revise el caso y falle a su favor, reconociendo que el lazo sanguíneo con el hombre que se negó toda su vida a ejercer como su papá no la obliga a apoyarlo económicamente ahora que es mayor.La abandonó siendo una bebéYolanda Vásquez recordó que a los 18 años conoció a Jesús Carranza, de 33, y se “descrestó” con sus promesas de amor. Después de varios meses saliendo y compartiendo, se enteró que estaba embarazada a los 19 años, una situación que causó caos en su casa, de donde sus padres la echaron por “descarada”. Decidió que iba a tener al bebé y empezó a trabajar en un local de venta de loza en el centro de Bogotá, donde además le permitieron quedarse a dormir; mientras tanto, angustiada llamaba al número que Jesús le había dejado de su casa en Santa Lucía para darle la noticia, pero él nunca contestaba.Jesús Carranza apareció de nuevo en su vida cuando ella ya tenía cuatro meses de embarazo, cuando ella le dio la noticia de que estaban esperando un hijo. Lo que no se esperaba es que el hombre, 15 años mayor que ella, le daría una noticia peor. “Me dijo: ‘le voy a decir la verdad, yo soy casado y tengo un hijo de 10 años’”. Ella continuó sola con su embarazo hasta dar a la luz a su hija y en todo este tiempo el papá de la bebé no dio “ni un pañal”.Yolanda señaló con dolor que Jesús vio por única vez a Lina Paola, su hija, cuando esta apenas tenía poco más de un mes de nacida. Por ese entonces, ella le pidió que la acompañara a registrarla, lo que implicaba que Carranza le diera su apellido y la reconociera como su hija. “No apareció, se perdió”, recordó y, desde entonces, se convirtió en una de las millones de madres solteras que hay en el país.La infancia de Lina Paola Vásquez transcurrió en un entorno de escasez y humillaciones a ella y a su madre. “Había días difíciles, que a uno un hijo le diga: ‘mamá, tengo hambre’ y uno sin ni siquiera para un bus, pero yo buscaba la manera de darle de comer a mi hija”. En todos esos años, Jesús Carranza nunca apareció, a pesar de que Yolanda intentó buscarlo hasta por vías legales. “Yo lo demandé cuando Paola tenía seis años, él nunca apareció”, además señaló que los abogados terminaron engañándola y se cansó de ese proceso.Lina logró graduarse de bachillerato y, por su cuenta, empezó a trabajar y a estudiar de noche. Madre e hija empezaron a llevar una vida más tranquila y cómoda, no solo porque se tenían la una a la otra, sino porque a la ecuación se había sumado William, la nueva pareja sentimental de Yolanda, quien vio crecer a su hija y a quien ella llama ‘papá’.El regreso del padre biológicoCuando la vida de Yolanda y Lina Paola Vásquez parecía tranquila, después de haber superado juntas tantas situaciones, una notificación judicial nubló el panorama: Jesús Carranza había demandado por alimentos a Lina Paola y exigía una pensión mensual para su sustento. Esto, amparado en la sentencia 12488 del 2025,en la que la Corte Suprema dice que los hijos tienen obligaciones con sus padres y que, por ende, los adultos mayores pueden reclamar a sus hijos una cuota alimentaria para garantizar su sostenibilidad.Yolanda reconoció que ese día, después de tantos años, volvió a contactar a Jesús Carranza, pero esta vez no para pedirle ayuda, sino “para decirle hasta de qué se iba a morir”, porque la indignación era grande. “Un tipo que nunca le dio nada y viene ahora a que le dé mi hija. Por alimentos, si cuando yo lo demandé a él por alimentos Paola era una bebé, Paola no podía trabajar ni hacer lo que hace ahora. ¿Cómo va a demandar a mi hija?”.La indignación de madre e hija se disparó cuando el bando le notificó a Paola que su sueldo quedaba embargado. “Él me empieza a citar en comisarías, a pedirme plata, a llamarme. Que yo le tenía que dar, porque si no le daba me iba a dejar en la calle, que me iba a hacer sacar de mi trabajo, que me iba a quitar mi casa, mi carro”. Para empeorar todo, en las audiencias se enteraron que Jesús Carranza tiene otros dos hijos que sí reconoció, pero a los que no demandó porque “no quiere tocar” su dinero.Yolanda y Lina Paola han llegado a la conclusión de que la acción de Jesús Carranza está basada en una venganza por las acciones legales que Yolanda levantó contra él cuando Paola era una niña. “Estoy manteniendo a alguien que no conozco y, peor aún, alguien que no tiene la necesidad, sino que lo hace por pura maldad. Tiene una pensión, tiene unos inmuebles, tiene trabajo y tiene una esposa”.Actualmente, el embargo está suspendido, pero la justicia no ha dado una determinación final sobre su caso. De hecho, por este caso y otros similares que han surgido en los tribunales colombianos, recientemente se dio un fallo que determina que ningún hijo biológico, adoptivo o de crianza está obligado a pagarle cuota alimentaria a sus padres si fue víctima de maltrato físico o psicológico. Lina Paola espera que la justicia la deje libre de responsabilidades con un hombre que nunca ejerció como su papá.
En Colombia, la entrega de apartamentos en obra gris ha impulsado a miles de ciudadanos a buscar empresas de remodelación con la esperanza de terminar su hogar ideal. Sin embargo, lo que para muchos comenzó como un proyecto de vida, terminó convirtiéndose en un calvario financiero y hasta emocional revelado en esta investigación de Séptimo Día."Te prometían entregarte el apartamento espectacular”, “Como que te venden la experiencia de que tú te desentiendes y pues te lo van a entregar superbonito", comentaron algunas de las afectadas. Son decenas de familias las que en Bogotá y el Valle del Cauca denuncian que recibieron sus casas en ruinas.¿Falsas promesas de diseño?En Bogotá, varios propietarios señalaron a la empresa Vivvidero (Vivi SAS), representada legalmente por Santiago Zúñiga Ramírez. Los afectados aseguran que, tras entregar millonarias sumas de dinero, las obras nunca avanzaron según lo pactado.Clara Liliana Gómez, quien contrató la remodelación de su apartamento en diciembre de 2025, relató su experiencia: "En el contrato me especificaban que me entregaban el apartamento el 26 de marzo... No me lo entregaron en esa fecha. Los pagos no estaban amarrados al avance de obra”.El patrón de incumplimiento parece repetirse con otros clientes. Juan Felipe Guzmán, quien pagó cerca de 23 millones de pesos, se encontró con una escena desoladora: "Cuando miré el apartamento sin nada, ni un avance, cosa que yo quedé super preocupado y dije ‘no puede ser’". Por su parte, Miguel Solanilla, quien afirma haber pagado el 99% de la obra, denunció la presión para realizar los pagos bajo amenazas de perder beneficios: "No movían un tornillo, pero a la par te decían ‘si usted no paga, le quitamos el descuento’". Al ser consultado, Santiago Zúñiga se limitó a decir: "Se puede estar hablando de más sin conocer el otro lado de la historia". Aunque inicialmente accedió a una entrevista, terminó cancelándola.Incendios y obras que "destruyeron" hogaresLa situación de los clientes de Celico, que está bajo la representación de Brandon Steven Ocampo Acevedo, también es dramática. Cristina Martínez denunció que, tras siete meses de espera, recibió su vivienda en condiciones deplorables: "Él lo que hizo fue comenzar a destruir la casa. Dejaron una colilla de cigarrillo dentro de todos los escombros y la casa se me incendió. Unas ruinas completas lo que ellos habían dejado en mi casa".Otros afectados, como la pareja conformada por Andrés Cristancho y Luz Mery Ruiz, invirtieron todos sus recursos sin ver resultados: "El dinero se perdió, los ahorros porque tanto él como yo sacamos absolutamente todos los recursos, ahorros, préstamos, tarjetas". Según la denuncia colectiva presentada por el abogado Sergio Urrea, las víctimas de esta empresa superan las 20 personas y el monto de la supuesta estafa ascendería a más de 400 millones de pesos.Ante los señalamientos, Brandon Ocampo admitió fallas administrativas: "La empresa colapsó. Nosotros tomamos malas decisiones administrativamente, porque yo no estaba ganando nada... Ellos no logran entender que la empresa quebró". Además, reconoció su falta de experiencia previa: "Yo cero conozco administración, bueno, no sabía nada de temas contables... Eso colapsó fue después".La pesadilla de un sueño en el Valle del CaucaEn Cali y municipios aledaños como Jamundí y Yumbo, la empresa Inmoacabados, representada por Diego Alejandro Muñoz Ibarra, de tan solo 20 años, enfrenta denuncias similares. Enrique Varón, quien ahorró durante 26 años trabajando en Estados Unidos con la esperanza de jubilarse en Colombia, vio su sueño estancarse: "Yo les di 28 millones y el avance de la obra era muy pequeño. Eso sí me llamaban, me recordaban y que si yo no pagaba tenía que pagar una multa".Wilson Rendón, otro afectado en Yumbo, denunció que, tras un año de haber firmado el contrato, sigue pagando arriendo porque su casa es inhabitable: "Hasta la fecha ha pasado un año y un mes... espero, pero nunca como tal cumplen con terminar lo que se contrató".El representante de la empresa, Diego Muñoz, reconoció que tiene "aproximadamente entre 30 a 35 clientes" en espera y admitió no tener el dinero para responderles en este momento. No obstante, negó ser un estafador: "Yo no soy ningún ladrón, ningún estafador... Si fuera una estafa, yo no les estaría dando la cara".Que no le pase: recomendaciones de expertosDe acuerdo con cifras de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), entre enero de 2022 y mayo de 2026 se han registrado 75 denuncias por incumplimiento en remodelaciones de vivienda en el país. Para evitar caer en estas situaciones, expertos sugieren pasos fundamentales antes de entregar cualquier adelanto.Fabiola Ortiz, de la Lonja de Propiedad Raíz en Cali, recomienda: "Verificar que estén debidamente registrados en un directorio de contratistas de gremio, que eso es una garantía".Asimismo, enfatiza la importancia de las pólizas de seguro de cumplimiento, las cuales garantizan que el contratista "va a atender lo que se compromete a hacer en el servicio, que lo va a terminar y que va a ser de una calidad específica".
A sus 23 años, Catherine Sánchez creyó haber logrado su sueño de ser reina cuando fue invitada a participar en el Reinado Nacional de Belleza de 1993 representado al Amazonas, pese a que había nacido en Caldas, Antioquia. Su paso por este concurso fue polémico y terminó hasta en una fuga de película la noche antes de la coronación. Más de 30 años después, Los Informantes habló con ella sobre lo ocurrido y lo que pasó en su vida luego del escándalo.En el año en que Colombia pasaba por uno de sus momentos más álgidos por la persecución a Pablo Escobar y al narcoterrorismo y la selección Colombia se jugaba las eliminatorias para el Mundial de Fútbol del 94, era furor el Reinado Nacional de la Belleza, al que Catherine Sánchez llegó a participar casada por la iglesia y con dos meses de embarazo, desafiando las estrictas reglas que tenía el concurso. Además, representaba a un departamento al que solo había ido un par de veces: el Amazonas. Sin embargo, uno de los jurados la daba como favorita y la expectativa era total.Catherine Sánchez se casó en 1992 con el piloto David Francisco Quiñonez en una gran ceremonia y tan enamorada que hasta dejó de lado sus estudios de Derecho para trasladarse a Bogotá. En la capital se inscribió a una escuela de modelaje y un día la invitaron a participar en el Reinado Nacional y ahí empezó lo que fue una verdadera travesía para cumplir su sueño de ser reina. Pese a que entró muy fácil al concurso, la noche anterior a la coronación pasó de todo y hasta se tuvo que fugar del hotel en el que se hospedaban todas las participantes.Los secretos salieron a la luzDías antes habían empezado los murmullos sobre su estado civil y los periodistas de la época investigaron hasta encontrar al cura que la había casado; fue él quien lo confirmó todo presionado por las preguntas de los reporteros. Entonces el escándalo estalló y el hotel se llenó de prensa que esperaba por sus declaraciones.“El hermano de la señorita Boyacá, la compañera de la habitación, me dijo ‘yo te ayudo’ y me tocó salir por detrás del Hilton, porque cómo salía normal. Se desdibujó lo que era el Reinado Nacional de Belleza y era Cathy Sánchez en una percusión”, recuerda la protagonista de esta historia casi de película. Salió el hotel como pudo rumbo al aeropuerto de Cartagena para salirle al paso a todos los seguidores y periodistas que la perseguían.Una avioneta la esperaba en el aeropuerto sin apagar sus motores y, según cuenta, “la gente se tiró a la plataforma, los periodistas corrían a coger el avión, que porque supuestamente yo me había ido de viaje a una isla escondida…puff, yo llegué a Bogotá, a Catam”, todo justo un día antes de la coronación en la que Carolina Gómez fue elegida reina.¿Qué ocurrió después del escándalo?Catherine Sánchez pasó de ser la favorita para coronarse como Miss Colombia a estar señalada por haber violado las reglas reales que imponía el concurso en aquellos años. Pasó por depresiones y tristezas profundas y hasta se dijo que los mafiosos de la época habían apostado por ella. Sin embargo, ella le salió al paso al escándalo, tuvo a su hija, luego a su hijo, se separó y hoy tiene cinco nietos y hace comidas para vuelos privados.“Me dedico a empresas de lujo, privadas, he trabajado con grandes artistas como J Balvin, Maluma, Karol G, futbolistas...”, contó.
En los edificios y conjuntos sometidos al régimen de propiedad horizontal en Colombia, uno de los debates más frecuentes gira en torno al pago del mantenimiento de los ascensores. Este tema se vuelve especialmente sensible cuando involucra a los propietarios de apartamentos ubicados en el primer piso, quienes suelen considerar que no están obligados a asumir ese gasto porque no utilizan el servicio. Sin embargo, la respuesta a este interrogante no es tan simple y exige un análisis detallado de la Ley 675 de 2001 y de la forma como esta se aplica en la práctica.(Síganos en Google Discover y conéctese con las noticias más importantes de Colombia y el mundo)¿Propietarios de apartamentos en primer piso deben pagar mantenimiento de ascensores?La norma que suele citarse en estas discusiones es el parágrafo tercero del artículo 29 de la Ley 675 de 2001. Allí se establece que los propietarios de bienes privados ubicados en el primer piso no están obligados a contribuir a los gastos de mantenimiento de los ascensores cuando no requieren su uso. A primera vista, la regla parece clara. No obstante, como explicó a Noticias Caracol Rafael Gómez, abogado especializado en derecho inmobiliario, “si uno analiza lo que dispone el parágrafo tercero del artículo 29 de la Ley 675 del 2001, a pesar de ser claro, se vuelve prácticamente inaplicable, salvo en ciertos tipos de conjunto muy específicos”.De acuerdo con este abogado, la dificultad está en la excepción que contiene la misma norma. Aunque el artículo abre la puerta a una exoneración, también señala que esta no aplica si, a pesar de que el apartamento esté en el primer piso, el propietario necesita utilizar el ascensor para acceder a cualquier otro bien, ya sea privado o común. En palabras de Gómez, la ley establece que “si a pesar de que el apartamento quede en el primer piso, requieren utilizar el ascensor para acceder a cualquier zona, estarían obligados a hacer ese pago”.¿Qué pasa cuando el parqueadero está en el sótano?Este punto es clave para entender por qué, en la mayoría de los edificios actuales, los propietarios del primer piso terminan pagando el mantenimiento del ascensor. En la práctica, la mayoría de los conjuntos residenciales cuentan con zonas comunes ubicadas en pisos diferentes al primero. Entre ellas se encuentran parqueaderos en sótanos, cuartos de basuras, terrazas, salones comunales, gimnasios, saunas, jacuzzis o zonas infantiles. Incluso cuando estos espacios no se utilizan de manera frecuente, el hecho de que existan y estén ubicados en otros niveles implica que el acceso puede requerir el uso del ascensor.Gómez pone ejemplos concretos para ilustrar esta situación. Señala que, aunque una persona decida no usar el ascensor por costumbre, eso no cambia la obligación legal. “Si usted es muy deportista y baja al sótano por las escaleras, lo siento, su parqueadero está ubicado en otro nivel, tiene que contribuir”. Lo mismo ocurre, según explica, con las zonas sociales ubicadas en pisos altos: “El día que las quiera utilizar va a tener que hacer uso del ascensor”.Desde esta perspectiva, el debate que se da en muchas asambleas de copropietarios surge, en gran medida, del desconocimiento de la norma. Gómez sostiene que “el debate siempre es desde el desconocimiento, porque entonces toda la gente del primer piso dice alguna vez, cuando se le hace caro el mantenimiento, ‘¿yo por qué tengo que pagar si yo nunca lo uso?’”. Sin embargo, la ley no se basa en el uso cotidiano o en la voluntad personal de utilizar el ascensor, sino en la posibilidad objetiva de necesitarlo para acceder a bienes del conjunto.La exoneración prevista en la ley, según el análisis del abogado, aplica únicamente en situaciones muy particulares. Se trataría de conjuntos donde absolutamente todas las zonas comunes y privadas estén ubicadas en el primer piso y no existan sótanos, terrazas, ni ningún otro espacio en niveles diferentes. Gómez explica que esto podría darse en algunos proyectos antiguos de vivienda de interés social, donde había edificaciones sin ascensor, sin parqueaderos subterráneos y sin zonas comunes elevadas. En esos casos, la norma sí podría tener aplicación real.En los edificios modernos, con diseños verticales y múltiples áreas comunes distribuidas en distintos niveles, la excepción pierde vigencia práctica. Incluso el acceso a un bien de uso exclusivo o privado, ubicado fuera del primer piso, como un depósito o un parqueadero, sería suficiente para generar la obligación de contribuir al mantenimiento del ascensor.Este análisis también abre la puerta a otros debates dentro de la propiedad horizontal. Gómez menciona, por ejemplo, la discusión que se ha presentado con algunos locales comerciales externos que cuestionan el pago de ciertos costos de administración, como la vigilancia. Aunque la ley no prevé reglas específicas para todos estos escenarios, el principio general de contribución a los gastos comunes sigue siendo el eje central del sistema.Este texto fue realizado con colaboración de un asistente de IA y editado por un periodista que utilizó las fuentes idóneas y verificó en su totalidad los datos. Cuenta con reportería propia de Noticias Caracol.ÁNGELA URREA PARRANOTICIAS CARACOL
El Gobierno Nacional ha iniciado la hoja de ruta para garantizar la normalidad en la jornada democrática que se avecina para lasc consultas interpartidistas y al Congreso de la República. Actualmente, se avanza en la construcción del decreto de orden público que establecerá las reglas de seguridad para el próximo 8 de marzo, fecha en la que el país acudirá a las urnas para elegir a los miembros del Legislativo y definir los candidatos de las consultas interpartidistas.Ley seca confirmada en todo el territorioUna de las medidas más relevantes fue anunciada por el ministro del Interior, Armando Benedetti, quien confirmó la implementación de la ley seca. Esta restricción al consumo y venta de bebidas alcohólicas entrará en vigor en todo el país a partir del sábado 7 de marzo a las 6:00 p.m. y se extenderá hasta el lunes 9 de marzo a las 6:00 a.m.Respecto a la seguridad en los límites nacionales, el ministro Benedetti aseguró que habrá cierre de fronteras el 7 de marzo, aunque el horario exacto aún está bajo análisis. Las opciones que contempla el Ejecutivo son:12:00 m. (Mediodía)6:00 p.m.La indecisión responde a una búsqueda de equilibrio económico. El sector comercial de las zonas fronterizas, explicó el minisro, ha manifestado su preocupación, argumentando que un cierre prolongado impacta severamente sus ingresos. Por ello, el Gobierno evalúa una medida que proteja el proceso electoral sin generar un perjuicio excesivo a la economía local. "Habrá unas medidas en el decreto de orden público que se está construyendo. Entre esos temas, para que nos vayamos enterando, está la Ley Seca desde el sábado 7 de marzo a las 6:00 p. m. hasta el lunes 9 de marzo a las 6:00 a. m. El cierre de fronteras será el 7 de marzo; yo he propuesto que sea a las 12:00 p. m., pero hay que estudiar si se hace desde las 7:00 p. m. como siempre, pues personas de la frontera me dicen que se afecta mucho el comercio. El cierre irá hasta el lunes 9 de marzo a las 6:00 a. m."Tenga en cuenta la siguiente tabla para programarse el el próximo fin de semana del 7 de marzo y evite amonestaciones:MedidaInicioFinalizaciónLey Seca7 de marzo (6:00 p.m.)9 de marzo (6:00 a.m.)Cierre de Fronteras7 de marzo (Hora por definir)Por definirEn cuanto a las reuniones políticas, Benedetti dijo que desde este lunes 2 de marzo y durante una semana, estas solo podrán hacerse en recintos cerrados. "A partir del lunes 2 de marzo y hasta el lunes 9 de marzo de 2026, solo podrán efectuarse reuniones de carácter político en recintos cerrados. El Ministerio del Interior designó enlaces en los 32 departamentos y en la ciudad capital, quienes estarán presencialmente desde el jueves 5 de marzo para acompañar y articular el proceso electoral con las entidades territoriales", explicó. Finalmente, el funcionario dejó claro que para este 4 de marzo se convocará un Puesto de Mando Unificado (PMU) de las elecciones que se hagan en el exterior. "Hemos citado para el próximo 4 de marzo en Bogotá la última comisión de seguimiento electoral, para que sepan que se convocará para ese día, al mismo tiempo, el PMU de las elecciones en el exterior. Desde el domingo al mediodía estaremos con el señor procurador y el señor registrador, o sus delegados, para montar el PMU. Nosotros lo instalaremos desde el jueves o el viernes; ojalá nos acompañen para la intervención del Puesto de Mando Unificado la semana que viene. Estaremos en Bogotá prestos a advertir todos los temas de seguridad, sobre los cuales nos estamos reuniendo constantemente con la cúpula militar", dijo. JULIÁN CAMILO SANDOVALNOTICIAS CARACOL DIGITALJSANDOVAL@CARACOLTV.COM.CO
En Colombia, el despido con justa causa no depende solo de lo que sucede dentro del lugar de trabajo o durante la jornada laboral. El Código Sustantivo del Trabajo, en su artículo 62, permite la terminación del contrato cuando el comportamiento del trabajador, aunque ocurra por fuera del horario laboral, tenga relación directa con el vínculo laboral o afecte de manera clara la relación con el empleador. Cabe aclarar que cuando se despide con justa causa el trabajador no tiene derecho a una indemnización.(Síganos en Google Discover y conéctese con las noticias más importantes de Colombia y el mundo)¿Qué dice el artículo 62 del Código Sustantivo del Trabajo?El artículo 62 enumera las justas causas para la terminación del contrato de trabajo, tanto por parte del empleador como del trabajador. En el caso del despido, la norma establece varias situaciones en las que la empresa puede dar por terminado el contrato sin obligación de pagar indemnización. Algunas de estas causales se refieren a actos que pueden presentarse por fuera del horario laboral y, en ciertos casos, fuera del centro de trabajo. La clave está en la conexión entre el comportamiento del trabajador y la relación laboral. La norma no exige que todos los hechos ocurran durante la jornada. Exige que exista impacto en el vínculo contractual.Conductas por fuera del horario laboral que pueden dar lugar al despido con justa causaEl artículo 62 permite el despido cuando se presentan comportamientos que vulneran deberes básicos del trabajador, aunque se den fuera del horario laboral. Estos son algunos de los casos más relevantes que se desprenden del texto legal.1. Actos de violencia, amenazas o injuriasLa norma permite despedir al trabajador cuando incurre en actos de violencia, amenazas o injurias contra el empleador, los directivos, los compañeros de trabajo o los clientes. El artículo no limita estos actos al espacio físico del trabajo ni al horario laboral. Si un trabajador amenaza a un superior por fuera de la jornada, o agrede verbalmente a un compañero en un espacio diferente al laboral, el empleador puede invocar esta causal, siempre que el hecho tenga relación con la actividad laboral o con personas vinculadas a la empresa.2. Daños intencionales contra bienes del empleadorOtra causal prevista en el artículo 62 es el daño material causado de forma intencional a los bienes del empleador. Este daño puede ocurrir por fuera del horario laboral. Por ejemplo, si un trabajador causa daño a equipos, vehículos o herramientas de la empresa en un momento distinto a la jornada, el empleador puede invocar esta causal si se demuestra la intención y la relación con el contrato. No se trata de accidentes ni de hechos ajenos al trabajo. La norma exige que el daño sea causado de manera consciente y que los bienes estén vinculados a la actividad laboral.3. Actos delictivos relacionados con el empleadorEl Código permite el despido cuando el trabajador comete actos delictivos en perjuicio del empleador, de los compañeros o de los clientes. Un hecho delictivo ocurrido por fuera de la jornada puede ser causal de despido si afecta la confianza necesaria para la continuidad del contrato. El empleador no está obligado a mantener el vínculo cuando se rompe esa confianza por hechos demostrables.4. Violación grave de obligaciones o prohibicionesEl artículo 62 remite también a la violación grave de las obligaciones y prohibiciones que señala la ley, el reglamento interno o el contrato de trabajo. Muchas de estas obligaciones se extienden más allá del horario laboral. Por ejemplo, el deber de confidencialidad no termina cuando finaliza la jornada. Si un trabajador divulga información de la empresa en su tiempo libre, el hecho puede ser evaluado como una violación grave.Las 15 causas de despido sin indemnización, según el Código Sustantivo del TrabajoPara ser más claros, Noticias Caracol le comparte todas las causas de despido con justa causa, según el Código Sustantivo del Trabajo:El haber sufrido engaño por parte del trabajador, mediante la presentación de certificados falsos para su admisión o tendientes a obtener un provecho indebido.Todo acto de violencia, injuria, malos tratamientos o grave indisciplina en que incurra el trabajador en sus labores, contra el empleador, los miembros de su familia, el personal directivo o los compañeros de trabajo.Todo acto grave de violencia, injuria o malos tratamientos en que incurra el trabajador fuera del servicio, en contra del empleador, de los miembros de su familia o de sus representantes y socios, jefes de taller, vigilantes o celadores.Todo daño material causado intencionalmente a los edificios, obras, maquinarias y materias primas, instrumentos y demás objetos relacionados con el trabajo, y toda grave negligencia que ponga en peligro la seguridad de las personas o de las cosas.Todo acto inmoral o delictuoso que el trabajador cometa en el taller, establecimiento o lugar de trabajo o en el desempeño de sus labores.Cualquier violación grave de las obligaciones o prohibiciones especiales que incumben al trabajador de acuerdo con los artículos 58 y 60 del Código Sustantivo del Trabajo, o cualquier falta grave calificada como tal en pactos o convenciones colectivas, fallos arbitrales, contratos individuales o reglamentos.La detención preventiva del trabajador por más de treinta (30) días, a menos que posteriormente sea absuelto; o el arresto correccional que exceda de ocho (8) días, o aun por tiempo menor, cuando la causa de la sanción sea suficiente por sí misma para justificar la extinción del contrato.El que el trabajador revele los secretos técnicos o comerciales o dé a conocer asuntos de carácter reservado, con perjuicio de la empresa.El deficiente rendimiento en el trabajo en relación con la capacidad del trabajador y con el rendimiento promedio en labores análogas, cuando no se corrija en un plazo razonable a pesar del requerimiento del {empleador}.La sistemática inejecución, sin razones válidas, por parte del trabajador, de las obligaciones convencionales o legales.Todo vicio del trabajador que perturbe la disciplina del establecimiento.La renuencia sistemática del trabajador a aceptar las medidas preventivas, profilácticas o curativas, prescritas por el médico del {empleador} o por las autoridades para evitar enfermedades o accidentes.La ineptitud del trabajador para realizar la labor encomendada.El reconocimiento al trabajador de la pensión de la jubilación o invalidez estando al servicio de la empresa.La enfermedad contagiosa o crónica del trabajador, que no tenga carácter de profesional, así como cualquiera otra enfermedad o lesión que lo incapacite para el trabajo, cuya curación no haya sido posible durante ciento ochenta (180) días. El despido por esta causa no podrá efectuarse sino al vencimiento de dicho lapso y no exime al {empleador} de las prestaciones e indemnizaciones legales y convencionales derivadas de la enfermedad.ÁNGELA URREA PARRANOTICIAS CARACOL
La historia de Fénix, un perro en condición de calle atropellado por una motocicleta en Bogotá, resume una realidad que se repite en las vías del país. El 23 de enero, en horas de la madrugada, el animal fue embestido por un motociclista. Mientras la ambulancia contactada por el SOAT atendió al conductor, Fénix quedó tendido en la calle con una fractura en su columna, sin poder caminar y sin recibir atención durante más de ocho horas. (Síganos en Google Discover y conéctese con las noticias más importantes de Colombia y el mundo)Hoy sigue con vida gracias a rescatistas, aunque recuperandose de dos costosas cirugías, pero su caso volvió a poner sobre la mesa un debate de fondo: ¿quién responde cuando un animal es víctima de un accidente de tránsito?Ese vacío es el que busca atender el proyecto de ley “Huellas Vivas”, una iniciativa radicada ante el Congreso de la República por el representante a la Cámara por Antioquia, Juan Camilo Londoño Barrera, que propone llevar el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) a la atención médico-veterinaria de animales atropellados en las vías de Colombia.El proyecto plantea una modificación estructural al Código Nacional de Tránsito, con el fin de reconocer a los animales domésticos, amansados y a la fauna silvestre vertebrada como víctimas de hechos de tránsito. Esto permitiría garantizarles atención inmediata, oportuna y en condiciones dignas tras un atropellamiento, algo que hoy no existe dentro del sistema obligatorio de seguros.¿De qué se trata el proyecto de ley?Actualmente, cuando ocurre un accidente vial en el que resulta herido un animal, la carga económica recae casi por completo sobre ciudadanos, rescatistas independientes o fundaciones de protección animal. En muchos casos, como el de Fénix, la falta de recursos retrasa la atención o la hace imposible, causando la muerte de animales inocentes. Por fortuna en este caso el perro fue rescatado por Melisa Rodríguez rescatista de animales desde hace más de 20 años y trasladado a la Clínica Dover, donde permanece en observación luego de una cirugía de columna compleja y costosa, mientras sus cuidadores adelantan colectas para cubrir los gastos médicos.La Ley Huellas Vivas surge precisamente como respuesta a esta realidad poco visibilizada. De acuerdo con lo expuesto en la iniciativa, miles de animales mueren cada año en carreteras y zonas urbanas sin recibir atención alguna, no porque no exista la voluntad de ayudar, sino porque no hay un mecanismo institucional claro que active su auxilio.De aprobarse, el proyecto permitiría que el SOAT cubra gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios derivados de accidentes de tránsito que involucren animales. El objetivo no es equipararlos jurídicamente a las personas, sino asegurar una respuesta del Estado frente a estas emergencias.“Este proyecto no solo habla de bienestar animal, sino de responsabilidad vial y sensibilidad social frente a la vida que también habita nuestros territorios”, ha señalado el representante Londoño al resumir el espíritu de la iniciativa. En ese sentido, la propuesta también se alinea con la Ley 1774 de 2016 que reconoce a los animales como seres sintientes, incorporando un enfoque de solidaridad social, respeto por la vida y compromiso ambiental.El proyecto cuenta con respaldo multipartidista y pretende que se asuma gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios originados por siniestros viales. Además, plantea la necesidad de establecer protocolos claros de actuación tras un atropellamiento, fortaleciendo la respuesta institucional y evitando que los casos dependan exclusivamente de la buena voluntad de terceros.El proyecto inició su trámite legislativo en la Cámara de Representantes el 27 de enero de 2026. Su discusión y eventual aprobación marcarían un precedente en la forma en que Colombia aborda la protección animal en el contexto de la seguridad vial, integrando bienestar animal, responsabilidad ciudadana y acción del Estado en un mismo marco legal.Por ahora, Fénix permanece en proceso de recuperación y bajo observación médica, mientras su cuidadora adelanta colectas para cubrir los elevados gastos derivados de su tratamiento. Las personas que deseen colaborar pueden hacerlo comunicándose directamente con ella a través de sus redes sociales.HEIDY ALEJANDRA CARREÑO BELTRANNOTICIAS CARACOLHcarrenb@caracoltv.com.co
Arrendar viviendas o locales comerciales en Colombia se ha convertido en una práctica muy común, principalmente porque representa una fuente estable de ingresos adicionales para miles de familias. Mientras el costo de vida aumenta y la economía exige saber manejar los recursos, tener una propiedad destinada al arriendo es visto como una inversión segura y rentable. (Síganos en Google Discover y conéctese con las noticias más importantes de Colombia y el mundo)Muchas personas adquieren apartamentos, casas o incluso pequeños locales comerciales con el objetivo de generar flujo de efectivo mensual que complemente su salario o pensión. Además, el mercado de arrendamiento es dinámico: la alta demanda de vivienda en ciudades como Bogotá, Medellín y Cali, sumada a la movilidad laboral y estudiantil, garantiza que siempre haya interesados en alquilar. Este ingreso extra no solo ayuda a cubrir gastos como créditos hipotecarios, impuestos y mantenimiento, sino que también se percibe como una estrategia para construir patrimonio a largo plazo. Pero, ¿sabía que un propietario podría perder su casa o apartamento por errores que cometan los inquilinos? Hay casos especiales y Noticias Caracol consultó con una abogada experta en temas inmobiliarios.¿Propietarios podrían perder su vivienda por culpa de los inquilinos?Sí, puede pasar. En Colombia, si su apartamento o su casa se usa para actividades ilegales —aunque usted no lo sepa— el Estado puede iniciar un proceso de extinción de dominio y dejarle sin la propiedad. Esto se encuentra en la Constitución (art. 34) y se desarrolla en el Código de Extinción de Dominio (Ley 1708 de 2014). La extinción de dominio es la declaración judicial de que un bien pasa a ser del Estado, sin compensación, cuando se demuestra que es producto, instrumento u objeto de una actividad ilícita, o cuando integra un patrimonio injustificado. No necesita que exista condena penal previa contra alguien: el proceso se enfoca en el bien, no en la persona. La definición legal es clara: “consecuencia patrimonial de actividades ilícitas o que deterioran gravemente la moral social”, que se declara por sentencia y sin contraprestación para el afectado. El procedimiento tiene dos fases: una preprocesal (investigación y medidas cautelares) a cargo de la Fiscalía, y la de juzgamiento, ante un juez, en la que los afectados pueden controvertir pruebas y decisiones.¿Por qué un arrendador puede perder su inmueble por el “error” del inquilino?Noticias Caracol consultó con Luisa Sánchez, abogada inmobiliaria, quien señaló que el propietario de un inmueble puede perder la propiedad por extinción de dominio cuando se usa como medio o instrumento para cometer delitos (por ejemplo, expendio de estupefacientes, almacenamiento de mercancía ilícita, trata, etc.). En esa hipótesis, lo que se juzga no es la tradición del bien, sino su uso contrario a la función social y ecológica de la propiedad. La Corte Constitucional ha sido directa: el incumplimiento de la función social de la propiedad implica un deber de diligencia del propietario. Si usted arrienda, tiene la obligación de verificar la destinación efectiva del predio, y de actuar para impedir que el inquilino despliegue actividades delictivas. No se le exige omnisciencia, pero sí acciones razonables: revisión de antecedentes, cláusulas contractuales, visitas, denuncias si hay indicios, etc. La Fiscalía y los jueces de extinción ocupan y extinguen inmuebles usados como puntos de narcomenudeo; en esas actuaciones se imponen embargos y suspensión del poder dispositivo incluso antes de la sentencia, como medidas cautelares para frenar la actividad criminal.¿Qué pasa con la presunción de buena fe del arrendador?El Código Civil colombiano, en su artículo 769, establece que “la buena fe se presume, excepto en los casos en que la ley establece la presunción contraria”. Esto significa que, en principio, el arrendador se considera de buena fe cuando celebra un contrato de arrendamiento, salvo que exista prueba de su mala fe. Sin embargo, esta presunción no es absoluta. Cuando surgen situaciones que podrían derivar en problemas legales —como la destinación ilícita del inmueble por parte del arrendatario—, recae sobre el arrendador la responsabilidad de demostrar que actuó con diligencia, prudencia y sin culpa. Este estándar de buena fe cualificada implica que el propietario debió tomar medidas razonables: verificar la identidad del inquilino, incluir cláusulas claras de uso lícito, realizar visitas periódicas y reaccionar ante señales de actividad sospechosa. No basta con alegar desconocimiento; la ley exige un comportamiento proactivo para mantener la presunta buena fe en su contratación.Este texto fue realizado con colaboración de un asistente de IA y editado por un periodista que utilizó las fuentes idóneas y verificó en su totalidad los datos. Cuenta con información y reportería propia de Noticias Caracol.ÁNGELA URREA PARRANOTICIAS CARACOL
El presidente de Estados Unidos, Donald Trump, busca restringir el acceso a atención médica específica para niños y jóvenes transgénero por medio de un nuevo reglamento del Departamento de Salud. Esta nueva normativa, al que ha tenido acceso la radio pública NPR, entraría en vigor en noviembre y pretende prohibir que los pacientes transgéneros menores de 18 años reciban rembolso federal cuando sean atendidos bajo los principales programas de salud médica del país, informó el pasado jueves la emisora.La medida pretende que los pacientes no puedan obtener tratamiento gratuito bajo el Programa de seguro Médico para Niños (Chip), que cubre a todos los estadounidenses con menos de 19 años. Los alcances de esta norma no se detendrían ahí, ya que se prevé que a su vez los hospitales nacionales no recibirán recursos para brindar atención pediátrica de afirmación de género, es decir que los menores no serán atendidos bajo un enfoque que priorice su identidad.Un funcionario del Centro de servicios de Medicare y Medicaid, los programas públicos de salud más importantes del país, dijo a NPR que las normas podrían estar listas para entrar en vigor en los próximos días. Estás nueva normativa alentada por el Gobierno Trump está siendo criticada por especialistas en salud que aseguran que pondrán en serias dificultades las posibilidades de acceso a atención pediátrica en el país a menores transgénero.En la actualidad 27 estados ya prohíben la atención pediátrica de afirmación de género y, desde su vuelta al poder, Trump ha iniciado una retórica y políticas contra las personas transgénero que incluyó una orden ejecutiva para prohibir el financiamiento de procedimientos de cambio de sexo en enero pasado.Las fuertes normas de Trump contra la comunidad LGBTIQ+Desde que el mandatario regreso a la casa blanca este año, ha decidido impulsar fuertes leyes contra la comunidad LGBTIQ+. En enero decretó que Estados Unidos iba solo a reconocer dos géneros, hombre y mujer, en su gobierno y prohibió que las personas transgéneros no pudieran servir en cualquier puesto del ejército estadounidense, lo que llegó a afectar, de acuerdo con lo publicado por la BBC, a unos 4.200 militares transgénero que hay en las fuerzas armadas estadounidenses, aunque otras estimaciones llegan a ser más altas, llegando a ser unos 10.000 efectivos.A eso se han compartido relatos de distintos soldados a los cuales de tipo de normas han sido perjudiciales para su identidad de género, como el caso de Kara Corcoran, expuesto por el mismo medio Inglés. Corcoran, quien lleva 17 años en el ejército de Estados Unidos, fue comunicada dos días antes de su grado en un programa de liderazgo militar de élite que tendría que cumplir con las normas masculinas, lo que significaba portar el uniforme masculino de la institución y cortarse el cabello que se había dejado crecer desde le notificó al Ejército que se identificaba como mujer en 2018.Otro caso similar fue el relatado por Rae Timberlake, oficial naval identificado como no binario quien en el 2020 afirmó que salir del armario como persona no binaria le ayudó a aclarar su identidad. "En cuanto oí el término 'no binario', supe que encajaba", declaró a la BBC. Lo que, luego del anuncio del presidente, hizo que Timberlake tenga que dejar su carrera por procedimientos de separación involuntaria. "Ver cómo Rae pierde su carrera es doloroso", afirma su esposa, Lindsay.ANDRÉS FELIPE ADAMES RESTREPONOTICIAS CARACOL CON INFORMACIÓN DE EFE
Frisby España anunció este martes 7 de octubre que dejará de usar productos de la marca Chocoramo en su menú y confirmó que la empresa colombiana Juan Valdez decidió no concretar ninguna colaboración comercial con ellos. La decisión se da en medio de la controversia que generó la promoción de una malteada elaborada con el tradicional ponqué colombiano, la cual despertó una ola de reacciones en redes sociales y llevó a Productos Ramo S.A.S. a emitir un pronunciamiento oficial.En un comunicado titulado “Frisby España anuncia la interrupción del aprovisionamiento de productos Chocoramo y la ausencia de colaboración con Juan Valdez, abriendo nuevas oportunidades a productores de excelencia”, la cadena informó que tomó la decisión “en relación con los acontecimientos y la polémica reciente, así como con los intercambios mantenidos con Productos Ramo S.A.S.”.La empresa aseguró que, aunque mantiene su postura legal respecto al uso “descriptivo y legítimo” de productos adquiridos legalmente en Europa, resolvió “interrumpir el aprovisionamiento del producto Chocoramo y buscar alternativas entre productores que valoren la oportunidad de crecimiento y desarrollo que representa la llegada de Frisby España al mercado europeo”.La compañía explicó además que lamenta la negativa de Juan Valdez a participar en una alianza comercial debido a la controversia generada por terceros. “Lamentamos que Juan Valdez haya decidido no colaborar con nuestra compañía debido a la polémica generada por terceros. Frisby España sigue convencida de que las alianzas deben construirse sobre el respeto, la visión compartida y la confianza mutua”, indicó.Frisby España añadió que los acuerdos que inicialmente estaban previstos con las marcas colombianas “habrían representado una fuente económica significativa para las empresas concernidas, generando riqueza para sus países de origen y la creación potencial de empleos directos e indirectos dentro de sus estructuras productivas. Una oportunidad que lamentablemente no ha sido aprovechada”.En el mismo comunicado, la empresa informó que abrirá una convocatoria dirigida a “proveedores de ponqué, bizcochos o productos equivalentes de alta calidad —de América Latina o de cualquier otra región— que representen la excelencia, la autenticidad y el orgullo de su oficio”. Según la firma, el objetivo es trabajar con productores que compartan su visión de “calidad, compromiso y colaboración” y deseen proyectar su trabajo en el mercado europeo.La cadena de comida rápida también anunció que seleccionará directamente su café “en origen”, trabajando con productores independientes y desarrollando una marca propia que será distribuida exclusivamente en sus restaurantes. “Nuestro objetivo es crear un café que, por su calidad, autenticidad y sabor, pueda igualar e incluso superar a los productos actualmente ofrecidos por grandes compañías como Juan Valdez u otras marcas del sector”, agregó.La decisión se conoce pocos días después de que Frisby España presentara en redes sociales una bebida llamada malteada de Chocoramo, elaborada con el icónico ponqué cubierto con chocolate fabricado por Productos Ramo en Colombia. La promoción usaba la frase: “Ese pastelito que todos llevábamos en la lonchera… ahora en shake”, acompañada de la aclaración: “Se elabora con productos originales de @chocoramoficial y @productosramo. La mención de la marca es meramente descriptiva y no constituye un uso indebido”.La empresa defendió entonces su derecho a usar materias primas adquiridas legalmente, al afirmar que “como cualquier operador, tiene derecho a adquirir y emplear materias primas disponibles en el mercado”. En su mensaje, también pidió “a los medios de comunicación y al público no caer en el sensacionalismo y hacer uso del sentido común”. En la imagen de la malteada aparecían, además, las frases “Producto importado” y “Frisby España SL – Marca ‘Frisby’ registrada en la U.E.”.Lo que había respondido Ramo a la nueva malteada de Chocoramo de Frisby EspañaEl anuncio de la empresa europea desató una reacción inmediata de Productos Ramo, que publicó un comunicado para aclarar que no existía ningún tipo de vínculo comercial con Frisby España. “Productos Ramo S.A.S. informa a la opinión pública que, en días recientes, una marca de alimentos con sede en España ha difundido contenidos promocionales en los que se menciona el uso del Chocoramo como parte de una nueva propuesta gastronómica. Frente a esta situación, aclaramos que no existe actualmente ningún tipo de alianza, convenio comercial ni colaboración entre dicha empresa, ni ninguna marca extranjera y nuestra organización”, indicó la compañía colombiana.Ramo también reiteró que “cualquier anuncio oficial sobre nuevos lanzamientos, asociaciones estratégicas o colaboraciones será comunicado únicamente a través de nuestros canales oficiales, incluyendo nuestras redes sociales verificadas y sitio web institucional”. En el mismo mensaje, la empresa agradeció a sus consumidores “el interés y cariño que expresan por nuestra marca y productos”, y señaló que ese respaldo los motiva “a seguir trabajando con transparencia y respeto en pro del fortalecimiento de la industria nacional y sus marcas”.La polémica por la malteada se produce en medio del conflicto legal que mantiene Frisby España con Frisby S.A. BIC, la empresa pereirana que fundó la marca hace 48 años. El pleito, que aún está en estudio ante la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) y la Oficina de la Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO), definirá si la compañía colombiana puede conservar sus derechos sobre la marca en Europa o si estos pasan a la firma con sede en Madrid.Según Frisby España, la empresa colombiana “ha optado por mantener una estrategia de bloqueo marcario, sin uso efectivo en el territorio europeo, sustentada únicamente en amenazas judiciales”. En un pronunciamiento anterior, la compañía europea aseguró que Frisby S.A. BIC “en ningún momento ha manifestado intención alguna de servir a los consumidores europeos. Su estrategia parece centrarse exclusivamente en impedir que un tercero lo haga”.Frisby S.A. BIC, por su parte, respondió que “iniciaremos las acciones legales respectivas como parte de la defensa de nuestros derechos sobre la marca FRISBY y nuestro personaje icónico Pollo Frisby”. Ambas partes están a la espera de la decisión de las autoridades de propiedad intelectual, que deberá resolver quién tiene la titularidad de la marca en el continente europeo.Mientras tanto, la cadena española busca reposicionarse tras la controversia. En su último comunicado, Frisby España insistió en que su compromiso es ofrecer productos de calidad elaborados por marcas que valoren su alianza y a sus clientes. “Nuestros clientes merecen respeto, autenticidad y compromiso. Nos esforzamos por ofrecerles no solo los mejores productos, sino también marcas que los valoren y los representen, no aquellas que han decidido darles la espalda”, concluyó.LAURA NATHALIA QUINTERO. NOTICIAS CARACOL DIGITAL.
En Colombia, las pollas futboleras se han convertido en una tradición recurrente en los espacios laborales, especialmente durante eventos deportivos de gran magnitud como el Mundial de Fútbol o la Copa América. Para muchos trabajadores, estas actividades representan una forma de integración, entretenimiento y escape de la rutina. Sin embargo, lo que parece una práctica inofensiva puede tener consecuencias legales serias, incluso llegar a ser causal de despido con justa causa.Noticias Caracol habló con un abogado experto e investigó el Código Sustantivo del Trabajo para conocer por qué organizar o participar en una polla futbolera, rifas o cualquier tipo de colecta en el trabajo podría poner en riesgo la estabilidad laboral del trabajador.¿Qué es una polla futbolera?La expresión “polla futbolera” hace referencia a una apuesta informal en la que los participantes predicen el resultado de un partido de fútbol. Cada persona aporta una suma de dinero y quien acierte el marcador se lleva el total recaudado. Aunque no se trata de una actividad organizada por operadores legales de juegos de azar, su dinámica se asemeja a una rifa o apuesta, lo que la convierte en una práctica regulada por la legislación colombiana. Estas pollas suelen organizarse entre compañeros de oficina, muchas veces con el objetivo de fomentar la camaradería. No obstante, el hecho de que se realicen dentro del lugar de trabajo, o incluso durante la jornada laboral, las convierte en una actividad prohibida por la ley.El Código Sustantivo del Trabajo, en su artículo 60, establece de manera explícita las prohibiciones aplicables a los trabajadores. En su numeral sexto, señala que está prohibido: "Hacer colectas, rifas y suscripciones o cualquier clase de propaganda en los lugares de trabajo". Esta disposición no distingue si la actividad se realiza con fines recreativos, si es voluntaria o si se lleva a cabo fuera del horario laboral. Lo relevante es que se desarrolle en el entorno laboral, lo cual basta para que se configure una infracción.Además, el artículo 62 del mismo código establece las causales de despido con justa causa. Entre ellas se encuentra la violación grave de las obligaciones o prohibiciones especiales que incumben al trabajador, como las contenidas en el artículo 60. En otras palabras, participar en una polla futbolera, rifa o cualquier colecta en el trabajo puede ser considerado una falta grave que justifique la terminación del contrato laboral sin derecho a indemnización. Noticias Caracol consultó con Jorge Manrique, abogado laboral, quien confirmó, en efecto, que esta falta puede ser una causa para despido.¿Por qué se prohíben estas actividades?La razón detrás de esta prohibición no es simplemente limitar el esparcimiento de los trabajadores. El objetivo es preservar el orden, la disciplina y la concentración en el entorno laboral. Las colectas, rifas y pollas pueden generar distracciones, conflictos entre compañeros, malentendidos sobre el manejo del dinero, o incluso situaciones de acoso o presión para participar.Además, desde el punto de vista legal, estas actividades pueden ser interpretadas como una forma de juego de azar no autorizado. En Colombia, los juegos de suerte y azar están regulados por la Ley 643 de 2001, que establece que el Estado tiene el monopolio sobre su explotación. Solo los operadores autorizados por Coljuegos, la entidad reguladora, pueden organizar este tipo de actividades. Las pollas futboleras, al no contar con dicha autorización, se consideran ilegales si se realizan en espacios públicos o laborales.¿Qué pasa si el empleador permite o promueve las pollas o rifas?La prohibición no solo recae sobre los trabajadores. El artículo 59 del Código Sustantivo del Trabajo también establece que los empleadores no pueden "hacer, autorizar o tolerar rifas, colectas o suscripciones en los sitios de trabajo". Esto significa que, si la empresa permite o promueve estas dinámicas, también estaría incurriendo en una falta que puede acarrear sanciones legales. En este sentido, tanto trabajadores como empleadores tienen la responsabilidad de mantener un entorno laboral libre de actividades que puedan interferir con las funciones propias del trabajo o que contravengan la normativa vigente.¿Qué pasa si participo en una polla futbolera?Las consecuencias que puede enfrentar un trabajador por una conducta inapropiada varían según el reglamento interno de cada empresa. En muchos casos, si se trata de una primera infracción, el empleador puede optar por un llamado de atención, ya sea verbal o por escrito, como una medida disciplinaria leve. Sin embargo, si la conducta se repite o genera conflictos, podría aplicarse una suspensión temporal sin remuneración. En situaciones más graves, el empleador tiene la facultad de terminar el contrato con justa causa, lo que implica despido inmediato sin derecho a indemnización. Además, si el caso involucra manejo de dinero, es posible que se abra una investigación interna que podría derivar en consecuencias legales adicionales.Si bien la ley prohíbe estas actividades dentro del lugar de trabajo, no impide que los trabajadores se reúnan fuera del horario laboral y en espacios ajenos a la empresa para realizar dinámicas similares. En ese caso, se recomienda:No utilizar canales de comunicación corporativos (como correos institucionales o grupos de WhatsApp laborales) para organizar la polla.No realizar la actividad dentro de las instalaciones de la empresa.No involucrar a superiores jerárquicos ni utilizar recursos de la empresa.Asegurarse de que la actividad no interfiera con las funciones laborales ni con la imagen de la organización.Para expertos en derecho laboral, muchas personas desconocen estas disposiciones legales, lo que las lleva a incurrir en infracciones sin saberlo. Sin embargo, el desconocimiento de la ley no exime de responsabilidad. Por ello, se recomienda a los trabajadores informarse sobre sus derechos y deberes, y a los empleadores establecer políticas claras en sus reglamentos internos. Además, se sugiere que las empresas promuevan actividades de integración que no impliquen apuestas o manejo de dinero, como concursos de conocimientos, trivias deportivas sin premios monetarios, o actividades recreativas que fomenten el trabajo en equipo sin infringir la ley.ÁNGELA URREA PARRANOTICIAS CARACOL
Arrendar una casa, una habitación o un local comercial es una fuente de ingresos adicional para miles de familias en Colombia. Sin embargo, lo que muchos no saben es que, si un inquilino comete un delito dentro de la propiedad, el dueño, por más inocente que sea, podría enfrentarse a la peor de sus pesadillas: perder el inmueble por la Ley de Extinción de Dominio. La investigación, en Séptimo Día.Esta ley, pensada para combatir las estructuras criminales, le permite al Estado tomar posesión de bienes utilizados para actividades ilícitas. El problema, según denuncian numerosas familias en todo el país, es que la norma no distingue entre culpables e inocentes, dejando a propietarios de buena fe en la calle y sin el patrimonio que construyeron con años de esfuerzo.“No tenemos tranquilidad de pensar que en cualquier momento van a venir a decirle ‘sálgase que esto es del gobierno’”, relata con angustia Renato Durán Guatame, un hombre de 74 años que, junto a sus cinco hermanos, todos adultos mayores, está a punto de perder la casa que sus padres les dejaron en el barrio Venecia, al sur de Bogotá. Su historia, como la de otras familias, es un doloroso testimonio de cómo un error al elegir a un inquilino puede costar una vida entera de trabajo.El caso de la familia Durán Guatame: pagar por confiarPara los seis hermanos Durán Guatame, la casa en la que han vivido desde 1961 es más que ladrillos y cemento; es el legado del sacrificio de sus padres. Para ayudarse con los gastos, decidieron seguir la tradición familiar de arrendar una habitación, un ingreso extra para pagar los servicios y el predial. En agosto de 2022, por recomendación de otros arrendatarios, le alquilaron un cuarto a un hombre de nacionalidad venezolana. Durante tres meses, fue un inquilino ejemplar. “Pagaba puntual 400.000 pesos mensuales. Yo veía que siempre estaba cocinando, preparaba sus almuerzos y se iba, los vendía”, recuerda una de las hermanas.La tranquilidad se rompió la madrugada del 13 de diciembre de 2022, cuando la policía irrumpió en su hogar. El inquilino, de nombre Rubén, era buscado por pertenecer a una banda delincuencial conocida como 'Los Nikes'. En su habitación, las autoridades encontraron drogas. Una de las hermanas narra el momento: “una muchacha policía sacó una bolsita así, entonces yo le pregunté a ella que qué era eso y ella me dijo que eso era droga”.Aunque el hombre fue capturado y la familia colaboró con la justicia, tres meses después, la Fiscalía 43 les notificó el embargo de la casa, iniciando un proceso de extinción de dominio. “Nosotras no hemos hecho nada malo en la casa que dejaron nuestros papás para que nos pasara esto. O sea, confiar en una persona”, lamenta otra de las hermanas. Ahora, se enfrentan a un posible desalojo por parte de la Sociedad de Activos Especiales (SAE), la entidad encargada de administrar los bienes incautados. “Fue un error inocente haberle arrendado a un extraño. Nosotros no sabíamos qué hacía”, confiesa uno de los hermanos, reflejando la impotencia de una familia que ve cómo se desvanece su único techo.Motos robadas y un desalojo fulminanteLa historia de Carlos García en el barrio Lombardía de Suba, Bogotá, es igualmente dramática. En 2016 compró una casa con un crédito bancario y la arrendaba para ayudarse con la deuda. En 2019, le arrendó el segundo y tercer piso a un extranjero que trabajaba en un parqueadero cercano. Meses después, el inquilino le pidió en arriendo verbal un local en el primer piso “para meter unas cosas ahí del parqueadero”.El 13 de junio de 2019, la esposa de Carlos, que luego perdió la vida en medio de la situación, lo llamó desesperada: la policía estaba allanando la propiedad. En el local encontraron motocicletas robadas. El inquilino aceptó su responsabilidad en la audiencia y fue condenado, negando cualquier vínculo con los dueños de la casa. Carlos pensó que lo peor había pasado, pero luego recibió la notificación de extinción de dominio y se hizo efectivo el desalojo. Las puertas y ventanas fueron selladas con soldadura, y él perdió todo poder sobre su casa.“Uno dice: ‘No, yo voy a perder mi casa, voy a perder todo el esfuerzo que he hecho, todos los años de trabajo, todo mi patrimonio’ para venir en un instante y que el estado prácticamente le diga ‘tiene que salirse de acá’”, cuenta Carlos con la voz quebrada. Su abogado, Carlos Acevedo, explica que la Fiscalía actuó rápidamente tras el desmantelamiento de una banda dedicada al hurto de vehículos, afectando a 14 inmuebles, incluido el de su cliente.Alertaron a la Policía y perdieron su casaEn Fusagasugá, Cundinamarca, la familia Chingaté Baracaldo vive una situación absurda para muchos. Arrendaron el primer piso de su casa, construida con el dinero que ganaron vendiendo tintos y trabajando en la plaza de mercado. A los 15 días, un vecino les advirtió que la nueva inquilina vendía estupefacientes.Preocupados, los dueños de casa acudieron a las autoridades para denunciar la situación. “Fuimos a la policía y les dijimos: ‘Es que imagínese que nosotros le arrendamos a una gente así y así, y esa señora vende droga. Necesito que nos ayude’”, relata un familiar. Confiaron en que las autoridades actuarían y su problema terminaría. Pero la realidad fue otra. Días después, su casa fue rodeada por el Ejército y la Policía en un allanamiento donde encontraron 32 gramos de marihuana.A pesar de que ellos mismos alertaron sobre el delito, 18 años después, la familia enfrenta una orden de desalojo de la SAE. La Fiscalía, en respuesta a Séptimo Día, informó que un juzgado declaró la pérdida del inmueble en 2013, concluyendo que la propietaria “no cumplió con su deber de vigilar y cuidar su casa”. Hoy, la familia, compuesta por adultos mayores, vive con la esperanza de que la Corte Constitucional revise su caso y detenga el desalojo. “Fuimos revictimizados. Fuimos víctimas de unos arrendatarios, sí, y fuimos víctimas de la justicia”, resume uno de los afectados.¿Qué dice la ley y qué se puede hacer?La Ley de Extinción de Dominio permite al Estado reclamar bienes que proceden de actividades ilícitas o que son usados para cometerlas. La Sociedad de Activos Especiales (SAE) administra estos bienes a través de medidas cautelares mientras un juez toma una decisión final, un proceso que puede tardar años. Actualmente, la SAE administra alrededor de 32.000 inmuebles en estas condiciones.Expertos y congresistas reconocen que hay un problema. Germán Varón, ponente de la ley en 2013, admite que “en la mayoría de los casos, yo diría que casi en un 90%, (el dueño del inmueble) no es una persona que participe del ilícito”, sino alguien que arrienda de buena fe. El problema, según él, es la falta de jueces, lo que demora los procesos hasta por 18 años, causando un grave perjuicio a los propietarios.Por su parte, la senadora Paloma Valencia señala que es necesario revisar la ley para proteger a los propietarios de buena fe, especialmente a los de bajos ingresos. La ley actual “necesita tener conciencia de que hay personas que no son culpables que caen ahí”, señaló.Actualmente no hay en estudio ningún proyecto de ley para reformarla y, mientras tanto, los afectados insisten en que se debe ser más estricto al firmar contratos de arrendamiento, pero subrayan la urgencia de una reforma legal para que nadie más pierda su casa por confiar en la persona equivocada.
En medio del debate nacional sobre las fallas de la Ley de extinción de dominio, que ha despojado de sus bienes a propietarios inocentes por delitos cometidos por terceros, surge el caso de la familia Rojas Sanabria en Villavicencio. Aunque no perdieron su vivienda, quedaron atrapados en un sistema judicial lento y en manos de arrendatarios inescrupulosos.Para Edith y su esposo Armando José, el mayor sueño era construir un hogar sólido. Con enorme esfuerzo compraron un lote y reunieron los recursos necesarios para levantar su vivienda. Sus hijos, Carlos e Iván, aún recuerdan ese logro: “La primera vez que entramos era ver la belleza, ver el trabajo de mis padres al culminar”, relató Carlos en Séptimo Día.Un negocio que se volvió pesadillaCon el paso de los años, los padres envejecieron y el sector de Villavicencio cambió: dejó de ser residencial para convertirse en una zona comercial. Por motivos de salud, los hijos convencieron a Edith y Armando de mudarse a un lugar más tranquilo. Fue entonces cuando nació la idea de arrendar la propiedad.En abril de 2012 tomaron la decisión de arrendar la vivienda. Según recuerdan, apenas pusieron el aviso, llegaron “muchísimas personas” interesadas. Finalmente, optaron por alquilarla a una pareja que se presentó como hoteleros de Bogotá con la intención de montar un negocio.La confianza fue inmediata. Tanto así, que Gustavo y Luz, los arrendatarios, les pidieron retirar el aviso y firmaron el contrato.El documento quedó debidamente redactado con las cláusulas estándar y se pactó por un año, bajo la expectativa de que la vivienda sería devuelta en las mismas condiciones en que se entregaba. Los Rojas Sanabria estaban “fascinados” porque, por primera vez, obtenían una ganancia de la casa, recibiendo incluso dos meses de arriendo por adelantado.El negocio funcionó sin problemas durante siete años, hasta que todo cambió después de pandemia. Los propietarios, conscientes de la situación, especialmente para el sector hotelero, actuaron de buena fe.“Ellos empezaron a tener dificultades para pagar y nosotros entendimos, por eso, le decíamos que paguen si no el 50% o que este mes no paguen. O sea, hubo varios beneficios que les dimos”, afirmó Edith.Sin embargo, cuando la economía empezó a normalizarse, la situación no mejoró. “Cambiaron las reglas de juego, jugaron una doble pasada y ellos se impusieron lo que ellos querían”, relató Carlos. Después los inquilinos no volvieron a pagar “absolutamente nada”.Incluso, la familia contó que los arrendatarios llegaron a pedirles que asumieran, en su nombre, un préstamo ante el Gobierno Nacional, con el argumento de que con ese dinero saldarían la deuda que tenían con ellos, petición a la que se negaron. “Nos quedaron debiendo por lo menos 300 millones de pesos”, aseguró Edith.“Murió esperando que entregaran la casa"Ante la desesperación, a finales de 2020, los Rojas Sanabria acudieron a la justicia para hacer valer sus derechos. “Ellos duraron cinco años ahí, con su hotel funcionando, con su negocio arrendado y sin darnos nada de plata”, agregó.Para los hermanos Carlos e Iván, el dolor supera incluso a la indignación, pues mientras aguardaban el respaldo de la justicia colombiana, su padre, Armando, enfermó y falleció en 2023.“Murió esperando que nos entregaran la casa. Se enfermó. Uno miraba la angustia de mi padre, mientras la enfermedad lo fue deteriorando y la tristeza”, relató Carlos conmocionado.La familia insistió que se siente doblemente afectada, pues fueron víctimas tanto de los inquilinos como del sistema: “Fuimos revictimizados, fuimos víctimas de unos arrendatarios, y fuimos víctimas de la justicia”, lamentó Iván.El equipo de Séptimo Día intentó comunicarse con Gustavo, el hombre señalado, e incluso lo buscó en Acacías, Meta, para conocer su versión frente a las denuncias, pero no aceptó dar una entrevista.Una propiedad destruidaEl 16 de julio de 2025, por orden de un juez y después de 5 años, les devolvieron su casa, según ellos, en condiciones “deplorables”.La vivienda fue devuelta en condiciones lamentables. Los daños eran evidentes, demostrando que los inquilinos no solo habían incumplido el contrato de pago, sino también el cuidado básico del inmueble.“Los señores quitaron puertas de la entrada, la encontraron absolutamente deteriorada, pelada, manchada, sin nada. Es más, en un cuarto quitaron hasta el sanitario”, relató Iván. Aunque la familia aseguró haber firmado un contrato con todas las cláusulas para protegerse, para él fue el Estado el que no cumplió con su deber de brindarles esa protección.A diferencia de otros casos que terminan en extinción de dominio, donde la Sociedad de Activos Especiales (SAE) administra el bien, la familia Rojas Sanabria retuvo la propiedad, aunque esta haya sido devuelta en ruinas y con un enorme déficit económico y emocional.La mayor motivación de los hermanos es devolverle la alegría y la tranquilidad a Edith, su madre. “Esperamos con ansias darle la felicidad de saber que la casa vuelve a ser de ella”, expresó uno de ellos.Ley de extinción de dominio en ColombiaEn Colombia rige la ley de extinción de dominio, que le otorga al Estado la facultad de reclamar y tomar posesión de los inmuebles que provienen de actividades ilícitas o que son utilizados con esos fines. Según la Sociedad de Activos Especiales (SAE), hay en promedio 32.000 inmuebles, entre apartamentos, casas, depósitos y parqueaderos, que están bajo poder del Estado y son administrados por la entidad en medio de procesos de extinción de dominio.El caso de la familia Rojas Sanabria se suma a las voces que piden una revisión profunda de las leyes, pues en muchos casos terminan castigando a ciudadanos honestos que actuaron de buena fe al confiar en sus arrendatarios.
Luis Díaz está decidido a hacer una temporada igual o mejor que la anterior con Bayern Múnich. Prueba de ello fue como se le vio este viernes 7 de agosto, en el partido preparatorio contra Aston Villa. Y es que, antes de su ingreso, el duelo era aburrido, con pocas llegadas y sin emoción, pero, desde que saltó a la cancha, la historia cambió.Con el fin de darle rodaje, el entrenador, Vincent Kompany, eligió al guajiro al minuto 62 para que entrara al campo de juego e hiciera de las suyas. Fue así como, al 73', recibió por la banda izquierda, encaró, se perfiló y sacó un potente remate imposible de atajar para el arquero, quien nada pudo hacer, a pesar de que se estiró.Vea el gol de Luis Díaz con Bayern Múnich vs. Aston Villa en partido preparatorio
La Federación Colombiana de Fútbol (FCF) dio la bienvenida al presidente de la FIFA, Gianni Infantino, y al presidente de la Conmebol, Alejandro Domínguez, quienes arribaron al país para cumplir una importante agenda institucional que combina actividades deportivas, sociales y diplomáticas.Los máximos dirigentes del fútbol mundial y sudamericano fueron recibidos por directivos de la Federación en su llegada a Colombia, un encuentro que quedó registrado en fotografías en las que se observa un cordial saludo antes del inicio de las actividades oficiales.La visita comenzará este viernes en la ciudad de Cali, donde Infantino y Domínguez asistirán al 'Festival de Fútbol a la Medida de Niños y Niñas', un evento que se desarrollará en las canchas de la Unidad Deportiva Panamericana y que busca promover la práctica del fútbol entre la población infantil, resaltando el deporte como una herramienta de inclusión, formación y desarrollo.La presencia de los dos dirigentes representa un respaldo a las iniciativas que impulsa la Federación Colombiana de Fútbol en materia de crecimiento del deporte base y fortalecimiento de los programas dirigidos a las nuevas generaciones.Posteriormente, la agenda continuará en el ámbito institucional y diplomático. En horas de la tarde, Gianni Infantino acompañará el acto oficial de posesión presidencial de Abelardo de la Espriella, ceremonia prevista para las 3:00 p.m. en la Arena USC de la Universidad Santiago de Cali.Desde la Federación Colombiana de Fútbol destacaron la importancia de esta visita, considerando que, con ello, se fortalecen los vínculos entre FIFA, CONMEBOL y fútbol colombiano. Por eso, en un comunicado, la FCF agradeció la presencia de Gianni Infantino y Alejandro Domínguez, resaltando el respaldo que ambos dirigentes brindan al desarrollo del fútbol colombiano y a las diferentes iniciativas lideradas por la entidad.
A pocas horas de la posesión presidencial de Abelardo de la Espriella para el periodo 2026-2030, la Casa de Nariño atraviesa un proceso de transición institucional mientras el nuevo mandatario electo ha manifestado su intención de convertir la sede presidencial en un museo. Entretanto, el edificio permanece dispuesto para recibir, si así se requiere, al próximo ocupante de uno de los espacios más representativos del poder ejecutivo en Colombia.Los momentos previos a la investidura se desarrolla con la atención concentrada en Cali, ciudad que acogerá este viernes la ceremonia de posesión, la primera en la historia reciente que se realiza fuera de Bogotá. Mientras tanto, en la capital del país, la Casa de Nariño presenta cambios propios del relevo de gobierno.La Casa de Nariño entra en una etapa de transiciónEn el interior del palacio ya no permanecen varios de los elementos que hicieron parte de la ambientación durante la administración saliente. Según el recorrido realizado por Noticias Caracol, en los pasillos fueron retiradas las fotografías instaladas durante el gobierno del presidente Gustavo Petro, dejando las paredes despejadas para la nueva etapa administrativa.También fueron trasladados algunos de los símbolos que acompañaron el cuatrienio que termina. La espada de Bolívar regresó a la Quinta de Bolívar, mientras que la paloma de la paz, obra del maestro Fernando Botero, fue llevada al Museo Nacional. De igual forma, la mayoría de las mariposas amarillas utilizadas como parte de la imagen institucional del gobierno saliente también fueron retiradas.En la galería de expresidentes permanecerá el retrato de Gustavo Petro, quien concluye su mandato hoy 7 de agosto de 2026. Su imagen se integrará a la colección de exjefes de Estado junto a las de Iván Duque, Juan Manuel Santos y Álvaro Uribe. En el espacio destinado a las vicepresidencias también permanecerá el retrato de Francia Márquez,la primera mujer afrodescendiente en llegar a la Vicepresidencia de Colombia, cerca al de Marta Lucía Ramírez, la primera mujer en ocupar ese cargo en la historia del país. Como ocurre en cada cambio de gobierno, además de la renovación de elementos visuales, también se adelantan modificaciones relacionadas con el funcionamiento interno de la sede presidencial y el relevo del personal que habitualmente desarrolla sus actividades en el palacio.¿Qué pasará con la Casa de Nariño?Durante los días previos a la posesión, Abelardo de la Espriella ha reiterado su intención de que la Casa de Nariño deje de funcionar como residencia presidencial y se convierta en un museo abierto a los ciudadanos.De acuerdo con la información conocida, el mandatario electo busca que el edificio pueda ser recorrido por el público para conocer su historia, una iniciativa que, según se recordó en el informe periodístico, tuvo un antecedente durante la administración del expresidente Belisario Betancur,cuando por algunos meses se permitió el acceso de visitantes. Aunque,esa es la propuesta anunciada por De la Espriella, la Casa de Nariño continúa preparada para recibir,en cualquier momento, al nuevo ocupante de la sede presidencial.Más de cuatro décadas como sede del GobiernoLa Casa de Nariño ha sido el centro de operaciones del Gobierno nacional durante más de 40 años. El edificio, tal como funciona actualmente, fue ampliado a finales de la década de 1970. Desde 1979 comenzó a operar como sede del Ejecutivo durante la presidencia de Julio César Turbay Ayala. Antes de ese traslado, la sede presidencial funcionaba en el Palacio de San Carlos, inmueble ubicado en el centro de Bogotá y que actualmente alberga la Cancillería.En su interior se encuentra el salón del Consejo de Ministros, escenario donde durante las últimas cuatro décadas se han desarrollado reuniones en las que se han adoptado decisiones del Gobierno nacional.El acto este viernes comenzará hacia las 3:00 de la tarde enla Arena USC de la Universidad Santiago de Cali. La banda presidencial será impuesta por el presidente del Congreso, el senador Honorio Henríquez, durante la sesión del Legislativo convocada para la investidura.El presidente electo ha señalado que la realización de la ceremonia fuera de Bogotá representa una decisión orientada a la descentralización. En su cuenta de X expresó:"Mi posesión será mucho más que una ceremonia. Será la primera demostración de que la descentralización deja de ser un discurso para convertirse en una realidad". También afirmó: "Mi posesión, queridos compatriotas, para que estén tranquilos,será una ceremonia austeray será la primera demostración de que la descentralización deja de ser un discurso para convertirse en una realidad".La ceremonia contará con la presencia del rey Felipe VI de España y de varios jefes de Estado como Javier Milei, Daniel Noboa y José Antonio Kast, además de representantes internacionales. Para el desarrollo del evento, las autoridades informaron que Cali dispone de un esquema especial de seguridad con 11.000 uniformados y dispositivos tecnológicos para la vigilancia del espacio aéreo.HEIDY ALEJANDRA CARREÑO BELTRANNOTICIAS CARACOLHcarrenb@caracoltv.com.co
Comienza el Sudamericano Sub-17 de Futsal 2026. Este sábado 8 de agosto, la Selección Colombia tendrá su debut y lo hará frente a Chile, en un partido que está programado para las 2:30 de la tarde (hora de nuestro país) y 4:30 p.m. (hora local).Los dirigidos por Roberto Bruno llegan a territorio paraguayo con la ilusión de hacerse con el título, cuando se baje el telón de este evento el próximo 16 de dicho mes. Para ello, empezar con victoria será clave, más cuando solo clasifican dos por zona.¿A qué hora y dónde ver Colombia vs. Chile por el Sudamericano Sub-17 de Futsal?Día: sábado 8 de agosto.Hora: 2:30 p.m. (hora de Colombia).Jornada: fecha 1 del grupo A.Transmisión: señal HD2 de Caracol Televisión y el portal web de Gol Caracol (https://www.noticiascaracol.com/golcaracol/partidos).Así están conformados los grupos del Sudamericano Sub-17 de Futsal 2026Grupo AParaguayVenezuelaChileUruguayColombiaGrupo BArgentinaBrasilBoliviaEcuadorPerúConvocatoria de la Selección Colombia para el Sudamericano Sub-17 de Futsal 2026Juan David González Marroquín – Real Cundinamarca.Santiago José Betancourt Valega – Independiente Barranquilla.Duvan Santiago Parra Hernández – Supercolor.Mateo Salazar Carvajal – Carmen De Viboral.Julian Andres Álvarez López – Rionegro FC.Harol Estik Torres Linares – Atlas Futsal.Jostin Sneik Barreto Bastos – Atlas Futsal.Edwin Santiago Mercado Torres – Real Cundinamarca. Juan Felipe Sepulveda Arias – Bahía Caribe.Matías Almey Barrios Garzón – Real Cundinamarca.Sebastian Ruiz Loaiza – Gladiadores FC.Juan Manuel Solano Gómez – Atlas Futsal.Kevin Posada Caicedo – U.Sergio Arboleda.Juan Jose Medrano Santana – Club Deportivo Maracaneiros.Cuerpo técnicoRoberto Enrique Bruno Castillo – Director Técnico.Nelson Alexander Cardenas Valencia – Técnico.Carlos Emilio Mosquera Uvaldo – Preparador De Arqueros.William Alberto Lara Yepes – Preparador Físico.Luis Alberto Piragauta Ardila – Médico.Ariel Dario Navarro Mendoza – Fisioterapeuta.Alejandro Orrego Arbeláez – Utilero.Programación de los partidos de fase de gruposFecha 1Perú vs. BoliviaArgentina vs. EcuadorColombia vs. ChileParaguay vs. UruguayFecha 2Ecuador vs. BrasilPerú vs. ArgentinaUruguay vs. VenezuelaColombia vs. ParaguayFecha 3Ecuador vs. PerúBrasil vs. BoliviaUruguay vs. ColombiaVenezuela vs. ChileFecha 4Brasil vs. PerúBolivia vs. ArgentinaVenezuela vs. ColombiaChile vs. ParaguayFecha 5Bolivia vs. EcuadorArgentina vs. BrasilChile vs. UruguayParaguay vs. Venezuela¿Quiénes han sido los campeones del Sudamericano Sub-17 de Futsal?La primera edición se llevó a cabo en 2016, coronando campeón a Brasil, que le ganó 4-2 a Argentina en la final. Posteriormente, en 2022, 'la albiceleste' se hizo con el título, derrotando 2-1 a 'la canarinha'. Ya en el 2024, 'los gauchos' le repitieron la dosis a la 'verdeamarela', pues ganaron 2-0 y retuvieron la corona.
Este 7 de agosto, Colombia vive una nueva transición presidencial con la posesión de Abelardo de la Espriella como jefe de Estado para el periodo 2026-2030. La investidura se desarrolla en Cali, convirtiéndose en la primera ceremonia de posesión presidencial celebrada fuera de su sesde habitual: Bogotá. La capital del Valle del Cauca fue escogida por el mandatario electo como parte de su propuesta de descentralización y donde la ceremonia está programada para iniciar hacia las 3:00 de la tarde en la Arena USC de la Universidad Santiago de Cali.La ceremonia contará con la presencia de delegaciones internacionales encabezadas por el rey Felipe VI de España y varios presidentes latinoamericanos. La banda presidencial será impuesta por el presidente del Congreso, Honorio Henríquez, mientras que las autoridades de Cali implementaron un amplio operativo de seguridad con 11.000 uniformados y dispositivos tecnológicos para garantizar el desarrollo del acto oficial.Minuto a minuto de la posesión de Abelardo de la Espriella7:30 a.m. El rey Felipe VI de España fue recibido por el alcalde de Cali El rey Felipe VI de España llegó al aeropuerto internacional Alfonso Bonilla Aragón, donde fue recibido por la canciller saliente de Colombia, Rosa Yolanda Villavicencio; el alcalde de Cali, Alejandro Eder; la gobernadora del Valle del Cauca, Dilian Francisca Toro; y el embajador de España en Colombia, Santiago Jiménez. Tras los saludos protocolarios de bienvenida, el monarca recibió honores militares por parte de un destacamento de cadetes de la Escuela Militar de Aviación Marco Fidel Suárez, institución de formación de la Fuerza Aérea Colombiana (FAC). 7:00 a.m. Delegación de Estados Unidos ya está en CaliUna delegación de Estados Unidos, encabezada por el fiscal general interino Todd Blanche, llegó a Cali. La comitiva también está integrada por representantes de los Departamentos de Estado, Guerra y Justicia, así como de la DEA. Entre sus integrantes figuran el encargado de negocios de la Embajada de Estados Unidos en Bogotá, Hugo Guevara; el congresista Mario Díaz-Balart; la directora de la Oficina de Política Nacional para el Control de Drogas, Sara Carter; el director de la DEA, Terrance Cole; el asesor de seguridad nacional del vicepresidente, Cliff Sims; la subsecretaria adjunta para América Latina del Departamento de Estado, Viviana Bovo; el subsecretario del Departamento de Estado para la Seguridad en las Américas, Joseph Humire; y el jefe de Operaciones Internacionales del Departamento de Justicia, Kristopher Jarvis.6:30 a.m. Llegada de Gianni InfantinoLa Federación Colombiana de Fútbol (FCF), encabezada por su presidente Ramón Jesurún, dio la bienvenida a Gianni Infantino, presidente de la FIFA, quien llegó al país para asistir como invitado al acto de posesión de Abelardo de la Espriella.CON INFORMACIÓN DE EFE