A pocos días de la primera vuelta presidencial del 31 de mayo, el Consejo Nacional Electoral (CNE) emitió una aclaración sobre la forma en que se contabilizarán los votos de los candidatos que renunciaron a sus aspiraciones presidenciales después de que el material electoral ya había sido enviado a impresión.
Y es que para las elecciones presidenciales de 2026, la Registraduría informó que 41.421.973 colombianos están habilitados para ejercer su derecho al voto. De ese total, 40.007.312 ciudadanos podrán sufragar en Colombia y 1.414.661 lo harán desde el exterior.
La entidad instalará 13.742 puestos de votación y habilitará 120.527 mesas en todo el territorio nacional y en 67 países. En Colombia funcionarán 13.489 puestos de votación: 6.010 estarán ubicados en zonas urbanas y 7.479 en áreas rurales. Mientras tanto, los colombianos residentes en el exterior podrán votar entre el 25 y el 31 de mayo en 253 puestos habilitados fuera del país.
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¿Qué pasará con los votos marcados por candidatos presidenciales que renunciaron?
Los aspirantes que se retiraron de la contienda seguirán apareciendo en el tarjetón electoral porque el material ya fue impreso. El Consejo Nacional Electoral indicó que los votos marcados por esos candidatos serán contabilizados como no marcados y no se sumarán a ninguna campaña.
Entre los casos más comentados están los de Luis Gilberto Murillo y Carlos Caicedo, quienes anunciaron en los últimos días su retiro de la carrera presidencial. Sin embargo, debido a los tiempos del calendario electoral y a que los tarjetones ya estaban impresos y distribuidos en el país y en el exterior, sus nombres no pudieron ser retirados del material que recibirán los votantes este domingo.
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"Para tal efecto, cuando un candidato a la Presidencia de la República haya presentado renuncia formal a su postulación, con anterioridad a la jornada democrática y posterior a la impresión de tarjetas electorales, las Comisiones Escrutadoras aplicarán lo siguiente: la casilla de la tarjeta electoral que le corresponda deja de representar una opción legalmente válida", indicó el CNE en un comunicado.
Frente a este escenario, el Consejo Nacional Electoral explicó que cualquier voto marcado por alguno de esos candidatos deberá ser clasificado y registrado como voto no marcado. Esto significa que no tendrá validez para ninguna campaña presidencial y tampoco será contabilizado como voto en blanco. La autoridad electoral precisó además que esos sufragios no podrán ser transferidos automáticamente a otras candidaturas, movimientos políticos o coaliciones, incluso si alguno de los aspirantes retirados manifestó posteriormente su respaldo a otro candidato.
¿Cuáles son los documentos válidos para votar?
Para ejercer el derecho al voto en Colombia únicamente se acepta la cédula de ciudadanía en cualquiera de sus formatos vigentes:
- Cédula amarilla con hologramas.
- Cédula en policarbonato.
- Cédula digital en dispositivos móviles autorizados.
Otros documentos como licencias de conducción, pasaportes, libretas militares o comprobantes de trámite no son válidos para la identificación en el proceso electoral.
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Son los jurados de votación quienes están obligados a verificar la identidad del sufragante antes de entregar el tarjetón, como parte de los protocolos establecidos para garantizar la transparencia del proceso.
VALENTINA GÓMEZ GÓMEZ
NOTICIAS CARACOL
vgomezgo@caracoltv.com.co