Está lista la resolución que sancionará a los derrochadores de agua, medida que se amplió a 26 departamentos y Bogotá.
La norma se expidió en concordancia con el llamado del Gobierno Nacional para hacer un uso racional del agua y teniendo en cuenta los reportes del Ideam sobre el impacto del fenómeno de El Niño en Colombia, el cual ha generado una sequía que se extenderá, al menos, hasta marzo de 2016.
Los departamentos incluidos en la medida son: Antioquia, Arauca, Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina; Atlántico, Bolívar, Boyacá, Caldas, Casanare, Cauca, Cesar, Córdoba, Cundinamarca, Guaviare, Huila, La Guajira, Magdalena, Meta, Nariño, Norte de Santander, Quindío, Risaralda, Santander, Sucre, Tolima, Valle del Cauca y Vichada. También se incluye a Bogotá.
Por fuera de la resolución quedaron Amazonas, Caquetá, Chocó, Guainía, Putumayo y Vaupés.
La sanción se aplicará teniendo en cuenta dos conceptos, a saber: metros sobre el nivel del mar en los que se encuentra la población (msnm) y metros cúbicos de agua (M3) consumidos por suscriptor al mes. Es importante aclarar que se entiende por “suscriptor” a cada hogar o residencia a donde se tenga servicio de acueducto, sin importar cuántas personas o usuarios vivan allí.
Entonces, existe en este momento un promedio mensual de consumo, de acuerdo con la altitud de las poblaciones, así:
Altitud | Promedio de consumo |
Ciudades por encima de 2000 msnm | 11 m3/suscriptor/mes |
Ciudades entre 1000 y 2000 msnm | 14 m3/suscriptor/mes |
Ciudades por debajo de 1000 msnm | 16 m3/suscriptor/mes |
Para el caso de esta medida, ese consumo promedio se ha multiplicado por dos (2), de acuerdo con la altitud de las poblaciones, y es a partir de allí que se cobraría el consumo excesivo. Esto quiere decir que:
Altitud | Promedio de consumo | Nivel de consumo excesivo |
---|---|---|
Ciudades por encima de 2000 msnm | 11 m3/suscriptor/mes | Encima de 22 m3/suscriptor/mes |
Ciudades entre 1000 y 2000 msnm | 14 m3/suscriptor/mes | Encima de 28 m3/suscriptor/mes |
Ciudades por debajo de 1000 msnm | 16 m3/suscriptor/mes | Encima de 32 m3/suscriptor/mes |
Por encima de estos valores, cada metro cúbico consumido de exceso se cobrará al doble del costo de referencia, que es el valor del metro cúbico de agua antes de aplicarle contribuciones (en los estratos 5 y 6) o subsidios (estratos 1, 2 y 3). En resumen, es la tarifa que se cobra al estrato 4. O sea que cada metro cúbico consumido de exceso se le cobrará al doble de lo que se le cobra al estrato 4 de su ciudad.
Recomendaciones para que usuarios ahorren agua
• Examine las llaves de agua, cañerías y tuberías de exteriores por si tienen fugas.
• Haga uso de los sistemas de recolección de agua lluvia en las casas, que puede ser usada para lavar ropa, aseo e instalaciones sanitarias.
• Efectúe el riego de las plantas y jardines únicamente dos veces por semana, en horas de la noche o temprano en la mañana, preferiblemente implementando sistemas de riego por goteo.
• Al limpiar los platos, utilice una tina para lavarlos y otra para enjuagarlos. Nunca debajo del chorro de la llave abierta.
• Tome duchas de corta duración y cierre la llave mientras se enjabona.
• Utilice un vaso con agua para cepillarse los dientes. No deje la llave abierta.
• Cierre la llave mientras se afeita, utilice un recipiente o el tapón del lavabo para afeitarse.
• Lave los vehículos en sitios establecidos para tal fin; si lo hace en casa utilice solo un balde de agua.
• Enseñe a los niños a no desperdiciar el agua.
• Revise periódicamente que el flotador de los inodoros esté funcionando correctamente.
• Instale sanitarios de bajo consumo.
• Revise los empaques de las llaves al menos dos veces por año.
• Recolecte el agua que sale de la ducha mientras espera que se caliente, con el fin de utilizarla para plantas o sanitarios.
• Utilice la lavadora para cargas completas evitando su uso para pocas prendas.
• Evite el uso de manguera por el desperdicio de agua.