El alto tribunal consideró que torturar o matar animales como recreación no es admisible y dio un año para que esta decisión entre en vigencia.
Con una votación de 7 votos contra 2, los magistrados aceptaron los argumentos de la Procuraduría y el Ministerio de Ambiente que se habían opuesto a este tipo de práctica.
"La Corte encontró que las disposiciones son contrarias a la protección del ambiente", dijo el magistrado ponente, Antonio José Lizarazo.
Añadió que "eso es incompatible con el mandato constitucional de la protección del medioambiente, de la cual forman parte los otros seres vivos con los cuales compartimos el planeta.
Updated: febrero 07, 2019 05:15 a. m.