Un juez de Bogotá ordenó al presidente Iván Duque y a todos los entes territoriales abstenerse de dar aplicación a la suspensión de la ley de garantías , tal y como se había aprobado en el Congreso de la república en el proyecto de ley del presupuesto general de la nación para el 2022.
El juzgado tercero administrativo argumentó que la ley de garantías no puede suspenderse por medio de un proyecto de ley y se debe hacer por medio de una ley estatutaria, tal y como lo establece la Constitución.
De lo contrario, afirma, se estaría violando la Carta Magna.
Vea también: Suspensión de ley de garantías: oposición dice que “hay intención de hacer trampa”