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En Colombia, el sistema educativo está regulado por un conjunto de leyes que buscan garantizar el derecho a la educación en condiciones dignas, seguras y saludables. Por tal razón, se ha reforzado una normativa que prohíbe una práctica común entre estudiantes en colegios del país. Esta medida no solo implica una restricción, sino que también establece sanciones para quienes infrinjan la norma dentro de los entornos escolares.
Los colegios tienen la obligación de actualizar sus manuales de convivencia para incluir esta prohibición de manera clara. Además, deben implementar campañas de prevención, informar a los estudiantes sobre los riesgos de esta práctica y establecer protocolos para actuar en caso de infracción.
El Ministerio de Educación Nacional ha recordado que los manuales de convivencia deben ser coherentes con la legislación vigente y respetar los derechos fundamentales de los estudiantes. Por lo tanto, cualquier norma interna que contradiga la ley puede ser objeto de revisión y sanción.
La práctica prohibida es el uso, posesión, distribución y comercialización de cigarrillos electrónicos o vapeadores dentro de las instituciones educativas y en sus alrededores. Esta actividad, que se ha vuelto común entre adolescentes, ha generado preocupación en autoridades sanitarias y educativas por sus efectos en la salud y la convivencia escolar.
El consumo de vapeadores se ha popularizado entre jóvenes por diversas razones, entre ellas la percepción de que son menos dañinos que los cigarrillos tradicionales. Sin embargo, estudios médicos han demostrado que estos dispositivos pueden afectar el desarrollo pulmonar, generar dependencia a la nicotina y aumentar el riesgo de enfermedades respiratorias.
La prohibición está respaldada por varias normas del orden nacional. A continuación, se explican las más relevantes:
Esta ley establece que el uso de vapeadores está totalmente prohibido para menores de edad. Además, señala que cualquier actividad relacionada con estos dispositivos en espacios escolares constituye una infracción. La ley fue promulgada como respuesta a los riesgos que representa el vapeo para la salud pública, especialmente en población joven.
El artículo 34 de esta ley prohíbe expresamente el consumo, posesión, distribución y venta de sustancias como cigarrillos electrónicos en instituciones educativas y sus alrededores. Esta norma busca proteger los entornos escolares y garantizar la seguridad de los estudiantes.
Esta ley regula la protección integral de los menores de edad. En el contexto de esta prohibición, establece que los adolescentes que incurran en comportamientos que afecten su salud o la de otros pueden ser objeto de medidas pedagógicas, correctivas o incluso judiciales, dependiendo de la gravedad del caso.
El artículo 87 de esta ley obliga a los colegios a tener un manual de convivencia, en el cual deben definirse los derechos, deberes y sanciones aplicables a estudiantes, docentes y padres de familia. Este manual debe incluir normas que garanticen el respeto por la salud y la seguridad de la comunidad educativa.
Las sanciones varían según el tipo de institución, el manual de convivencia vigente y la gravedad del comportamiento. Algunas de las medidas que pueden aplicarse son:
En situaciones donde se evidencie reincidencia o afectación a otros estudiantes, las instituciones pueden remitir el caso a comisarías de familia o entidades de protección de menores. En ningún caso se permite la expulsión arbitraria, pero sí se contemplan medidas pedagógicas que buscan corregir el comportamiento.
Los colegios tienen la obligación de actualizar sus manuales de convivencia para incluir esta prohibición de manera clara. Además, deben implementar campañas de prevención, informar a los estudiantes sobre los riesgos del vapeo y establecer protocolos para actuar en caso de infracción.
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El Ministerio de Educación Nacional ha recordado que los manuales de convivencia deben ser coherentes con la legislación vigente y respetar los derechos fundamentales de los estudiantes. Por lo tanto, cualquier norma interna que contradiga la ley puede ser objeto de revisión y sanción.
Por su parte, los padres y acudientes tienen un papel fundamental en la prevención del uso de vapeadores. Es importante que estén informados sobre los riesgos de estos dispositivos y que dialoguen con sus hijos sobre las consecuencias de su uso en el entorno escolar.
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Además, al firmar la matrícula escolar, los padres aceptan el manual de convivencia del colegio, lo que implica un compromiso con las normas establecidas. En caso de desacuerdo con alguna sanción, pueden acudir a instancias como el comité de convivencia, la Secretaría de Educación o incluso interponer acciones legales si consideran que se ha vulnerado algún derecho.
ÁNGELA URREA PARRA
NOTICIAS CARACOL