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Presidente Petro sancionó ley para que mayores de 24 años y estudiantes solucionen situación militar

Dentro de la ley está una cuota de compensación. Aquí le explicamos cómo se debe pagar este monto dependiendo de los ingresos de quien desea solucionar su situación militar.

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Esta población debe cumplir varios requisitos para la definición de su situación militar
Archivo.

El presidente de Colombia, Gustavo Petro, sancionó la ley que establece las disposiciones especiales para resolver la situación militar de mayores de 24 años y los estudiantes universitarios que hayan pasado los 5 semestres de la carrera.

Según la norma, esta población podrá solicitar la definición de su situación militar siempre y cuando cumpla varios requisitos.

  • Contar a la fecha de la solicitud con 24 años o más. Haber cursado más de 5 semestres de carrera universitaria.
  • Realizar la correspondiente solicitud por intermedio de la página web designada o de manera presencial en cualquier distrito militar.
  • Pagar la cuota única de compensación militar para mayores de 24 años establecida en el artículo 3 de esta ley.
  • Certificación de la universidad donde conste que se encuentra cursando una carrera profesional y haber cursado 5 semestres.

Sobre la cuota única de compensación militar, el documento de la ley indica que se trata de una contribución ciudadana, especial, pecuniaria e individual que debe pagar al Tesoro Nacional el hombre que no ingrese a las filas por superar la edad máxima de incorporación. Esta cuota no podrá superar:

  • Para personas sin ingresos mensuales económicos, el 5% de un salario mínimo legal mensual vigente.
  • Para personas con ingresos mensuales inferiores o igual a 2 salarios mínimos legales mensuales vigentes, el 15% de un salario mínimo legal mensual vigente.
  • Para personas con ingresos mensuales entre 2 y 4 salarios mínimos legales mensuales vigentes, el 24% de un salario mínimo legal mensual vigente.
  • Para personas con ingresos mensuales superiores a 4 salarios mínimos legales mensuales vigentes, el 50% de un salario mínimo legal mensual vigente.

Los ingresos mensuales se certificarán mediante la presentación de los desprendibles de pago de los últimos 3 meses en el caso de quienes sean empleados y de la planilla de pagos de seguridad social de los últimos 3 meses en el caso de independientes.

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