Ministro del Interior explica los alcances de la medida. Candidatos podrán inscribirse, así haya terminado el plazo. Corte Constitucional tendrá última palabra.
¿Qué ordena el fallo?
Guillermo Rivera explica que una víctima presentó una acción de tutela y la juez decretó medidas provisionales, las cuales consisten en ordenarle al presidente del Senado, Efraín Cepeda, remitir el texto del proyecto de reforma constitucional a la Presidencia de la República para que se publique y entre en vigencia. Sin embargo, el fallo no es de fondo.
Según el ministro, “lo que ha buscado la víctima del conflicto es que se ampare su derecho fundamental a ser elegido bajo el entendido, o bajo la premisa, de que el proyecto alcanzó los votos suficientes para ser aprobado en el Senado”.
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Esta medida de la juez y el concepto del Consejo de Estado le dan la razón al Gobierno cuando afirmó que el proyecto alcanzó los votos suficientes, dice el funcionario.
Respecto a que una juez haya tomado la decisión, y no un alto tribunal, Rivera dijo que “en un Estado de Derecho las decisiones administrativas o las decisiones legislativas están sujetas al control jurisdiccional”.
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Insistió en que el 30 de noviembre el proyecto de las 16 curules alcanzó los votos suficientes y que, además, lo respaldan dos sentencias de la Corte Constitucional.
“Si este proyecto se publica y entra en vigencia tendrá el control automático de la Corte Constitucional, ya que este hace parte de los proyectos aprobados a través del fast track”, resaltó en entrevista con Noticias Caracol.
Así las cosas, la última palabra la tendrá la Corte Constitucional.
Las inscripciones para quienes aspiran a las elecciones de 2018 se cerraron el 11 de diciembre, por ello, explica el ministro, que quienes pretendan inscribirse lo podrán hacer en una jornada extraordinaria. “El proyecto de acto legislativo le otorga facultades al registrador para que establezca un plazo especial de inscripciones para estas circunscripciones”, indicó.
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La manera de ejercer un control en los candidatos es que quien sea aspirante de una de estas circunscripciones debe acreditarse y obtener un certificado que lo legitime como víctima del conflicto armado. Aclara Rivera que el partido Fuerza Alternativa Revolucionaria del Común, FARC, no puede inscribir candidatos a estas curules.
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