La pensión es un derecho fundamental para los ciudadanos colombianos. Es una fuente de seguridad financiera para las personas mayores, que les ayuda a cubrir sus necesidades básicas y a vivir una vida digna. Sin embargo, acceder a este beneficio implica cumplir con ciertos requisitos establecidos por la ley. En este artículo, le proporcionaremos información clave sobre los requisitos necesarios para obtener su pensión, especialmente en el contexto de las semanas de cotización y las opciones disponibles.
¿Es viable el fondo de ahorro pensional que se plantea en la reforma?
¿Cuáles son los requisitos en cuestión de semanas?
La legislación colombiana establece que, para acceder a la pensión, es esencial haber cotizado un mínimo de 1.300 semanas, con una modificación a partir del año 2026 que ajustará este requisito a 1.000 semanas para las mujeres. Es importante destacar que cumplir con este criterio es un paso fundamental para el reconocimiento de la prestación después de la jubilación.
Para aquellos afiliados al régimen de prima media, administrado por Colpensiones, el proceso va más allá de las semanas de cotización. Además, es necesario alcanzar la edad de pensión, fijada en 62 años para hombres y 57 para mujeres. Cumpliendo con estos requisitos, la normativa establece que el monto de la pensión de vejez variará entre el 65 % y el 80 % del Ingreso base de liquidación (IBL).
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El cálculo del IBL se realiza conforme al artículo 21 de la Ley 100, tomando como referencia el promedio de los salarios o rentas sobre los cuales se realizaron las cotizaciones durante los últimos 10 años anteriores al reconocimiento de la pensión.
¿Qué sucede si ha cotizado más allá del mínimo requerido?
La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia ofrece una posibilidad interesante. Aquellos pensionados de Colpensiones que hayan efectuado cotizaciones superiores a las semanas mínimas establecidas pueden solicitar que su prestación sea liquidada por un valor del 80 % del IBL.
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La corte enfatiza que todas las semanas adicionales a las mínimas requeridas son válidas, permitiendo alcanzar el monto máximo de la pensión del 80 % del IBL. Además, por cada 50 semanas adicionales al mínimo requerido, se realiza un aumento del 1,5 % de la cotización.
Es relevante señalar que, aunque se pueden realizar cotizaciones adicionales, el monto de la pensión no puede superar el 80 % del ingreso base de liquidación, ya que las cotizaciones a partir de este límite máximo no son tomadas en cuenta.
La corte argumenta que este incremento por semanas adicionales busca estimular el trabajo productivo, respaldando así el valor fundamental del Estado Social de Derecho.
Fondos privados
En el caso de las AFP, no existe un mínimo de semanas cotizadas. En su lugar, se establece un mínimo de capital acumulado suficiente para financiar una pensión de al menos un salario mínimo. Esto brinda a los afiliados la posibilidad de realizar aportes voluntarios, lo que puede representar un aumento en su mesada pensional al momento de recibirla. Por ejemplo, si una persona ha cotizado 1.000 semanas a una AFP y luego realiza aportes voluntarios por un monto de $100.000 mensuales durante 10 años, su pensión aumentará en un 10 %.
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¿A quién acudo si me están quitando semanas cotizadas para mi pensión?
Si usted no cumple con el requisito de 1.300 semanas de cotización, existen algunas opciones disponibles para aumentar sus posibilidades de obtener una pensión. Una alternativa es realizar cotizaciones adicionales a Colpensiones. Otra opción es cotizar a una AFP y realizar aportes voluntarios. Finalmente, también puede considerar la posibilidad de acceder a un régimen de transición, que ofrece requisitos más flexibles para acceder a la pensión.
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Asegurar una pensión en Colombia implica cumplir con requisitos específicos, siendo las semanas de cotización un factor crucial. Comprender las opciones disponibles y las posibilidades de aumento en la prestación puede ser fundamental para garantizar un retiro financiero seguro y estable. ¡Planifique con anticipación para asegurar su bienestar futuro!