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El Congreso de la República aprobó el pasado mes de junio la Ley de Reconexión Justa, que fue sancionada por el presidente el 16 de julio. Esta nueva ley busca "garantizar condiciones de acceso equitativas para los usuarios, proteger sus derechos y promover prácticas transparentes, proporcionales y no discriminatorias por parte de los proveedores de servicios de redes y servicios de telecomunicaciones".
“Hoy le cumplimos al país. La reconexión justa no será una promesa, sino un derecho protegido por ley. Esta es una victoria de millones de colombianos que merecen trato justo y acceso continuo a servicios esenciales”, dijo en su momento el senador Julio Alberto Elías Vidal, uno de los promotores del proyecto. La Ley 2485 "tiene por objeto establecer el marco normativo aplicable a la reconexión de los servicios de telecomunicaciones que hayan sido suspendidos por falta de pago".
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La Ley, de acuerdo con los congresistas, representa un avance histórico en la defensa de los derechos de los usuarios de servicios de telecomunicaciones en Colombia. "Con esta aprobación, se establece por ley el cobro justo con la posibilidad de no cobro en los procesos de reconexión de servicios de televisión, Internet, telefonía fija, móvil y VoIP, eliminando cargos adicionales injustificados que afectan especialmente a los usuarios en condición de vulnerabilidad", se lee en un comunicado del Senador de la República.
"Esta ley garantiza que ningún colombiano sea víctima de cobros excesivos o injustificados al momento de reconectar servicios esenciales como telefonía, Internet o televisión", aseguró el senador Elías Vidal. Según datos de la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC), más de 52 millones de accesos a Internet fueron registrados en septiembre de 2023, evidenciando que son servicios fundamentales para la educación, el trabajo y la salud de millones de ciudadanos. Con la ley, los cobros por reconexión podrían bajar hasta alrededor de $1.000.
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En la Ley 2485 de 2025 se lee que "la Comisión de Regulación de Comunicaciones, podrá determinar si existen eventos en los que los proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones (PRST) puedan aplicar un cobro por reconexión, para lo cual deberá definir el valor máximo de dicho cobro dentro del término de doce (12) meses a partir de la vigencia de la presente ley, y revisarlo periódicamente".
Esta ley añade un parágrafo al artículo 23 de la Ley 1341 de 2009, en lo se refiere a la regulación de precios de los servicios de telecomunicaciones. "Los proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones podrán fijar libremente los precios al usuario. La Comisión de Regulación de Comunicaciones sólo podrá regular estos precios cuando no haya suficiente competencia, se presente una falla de mercado o cuando la calidad de los servicios ofrecidos no se ajuste a los niveles exigidos, lo anterior mediante el cumplimiento de los procedimientos establecidos por la presente ley", se lee en ese texto.
Ahora, las empresas de telecomunicaciones deberán tener un cobro de reconexión basándose en "los costos eficientes directamente asociados a las actividades técnicas y operativas necesarias para efectuar la reconexión. El valor por reconexión incluye los costos en que incurran los proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones por la suspensión de los servicios". “Esta ley elimina barreras económicas que marginaban a miles de familias del mundo digital. Hoy reafirmamos nuestro compromiso con una Colombia más equitativa, más conectada y más humana”, agregó Elías Vidal.
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MATEO MEDINA ESCOBAR
NOTICIAS CARACOL