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¿Qué colombianos que trabajan en el exterior deben presentar declaración de renta?

El 12 de agosto comienza el calendario tributario para los seis millones de colombianos que deben presentar la declaración de renta como personas naturales.

¿Qué colombianos que trabajan en el exterior deben presentar declaración de renta?
Imagen de referencia de la declaración de renta 2025 -
Getty Images

Desde este mes la personas naturales obligadas a presentar la declaración de renta deberán hacer la gestión del respectivo documento y el pago de impuestos, si es el caso. En esta declaración una persona debe registrar sus ingresos, gastos y propiedades, y presentarlo a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).

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Entre los requisitos para que una persona declare renta es que durante el año gravable 2024 hayan tenido ingresos iguales o superiores a 65.891.000 pesos o que su patrimonio fuera igual o superior a 211.793.000 pesos.

El calendario tributario de este año dicta que la presentación de la declaración de renta de personas naturales iniciará el martes 12 de agosto. En esa fecha deberán hacer el procedimiento aquellas personas naturales cuyos últimos dígitos de su Número de Identificación Tributaria (NIT) sea 01 y 02. El día siguiente, los encargados de hacer el procedimiento son aquellos cuyo NIT termine en 03 y 04, y así sucesivamente hasta llegar al día viernes 24 de octubre de 2025.

¿Qué colombianos que trabajan en el exterior deben declarar renta?

La DIAN contiene un listado de características para personas que no residan o trabajen en Colombia, pero que igualmente deben presentar la declaración de renta para personas naturales. Recuerde que en caso de hacer la diligencia podría enfrentarse a multas e intereses extratemporales.

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"Las personas naturales no residentes en Colombia están obligadas a declarar renta cuando sus ingresos de fuente nacional superen las 1.400 Unidades de Valor Tributario (UVT), es decir $65.891.000 para el año gravable 2024, y no les hayan practicado la retención en la fuente (esto está dispuesto el numeral 2 del artículo 592 y los artículos 407, 408 y 409 del E.T.)", se lee en la página de la DIAN.

La entidad explicó que una persona natural no residente fiscal en Colombia no estará obligada a presentar declaración de renta en estos casos:

  • Cuando tiene un patrimonio en Colombia y ha obtenido, en el respectivo año gravable, ingresos en el país sobre los cuales se haya practicado retención en la fuente.
  • Cuando tiene patrimonio en Colombia y no ha obtenido ingresos en el país.
  • Cuando no tiene patrimonio en Colombia y ha obtenido, en el respectivo año gravable, ingresos en el país sobre los cuales se haya practicado retención en la fuente prevista, según los conceptos previstos en los artículos 407 a 409 del ET en su totalidad.

¿Quiénes están obligados a presentar la declaración de renta?

Según lo establecido en el artículo 10 del Estatuto Tributario, se consideran residentes en Colombia para efectos tributarios las personas naturales que cumplan con cualquiera de las siguientes condiciones:

  • Permanecer continua o discontinuamente en el país por más de 183 días calendario, incluyendo días de entrada y salida del país, durante un periodo cualquiera de 365 días calendario consecutivos. Cuando la permanencia continua o discontinua en el país recaiga sobre más de un año o periodo gravable, se considerará que la persona es residente a partir del segundo año o periodo gravable.
  • Encontrarse, por su relación con el servicio exterior del Estado colombiano o con personas que se encuentran en el servicio exterior del Estado colombiano y en virtud de las convenciones de Viena sobre relaciones diplomáticas y consulares, exentos de tributación en el país en el que se encuentran en misión. Esto aplica a toda o parte de sus rentas y ganancias ocasionales durante el respectivo año o periodo gravable.
  • Ser nacionales y que durante el respectivo año o periodo gravable cumpla cualquiera de estas condiciones:
  • Que su cónyuge o compañero permanente no separado legalmente o los hijos dependientes menores de edad tengan residencia fiscal en el país.
  • Que el 50% o más de sus ingresos sean de fuente nacional.
  • Que el 50% o más de sus bienes sean administrados en el país.
  • Que el 50% o más de sus activos se entiendan poseídos en el país.
  • Que no acrediten su condición de residentes en el exterior para efectos tributarios habiendo sido requeridos por la administración tributaria para ello.
  • Que tengan residencia fiscal en una jurisdicción calificada por el Gobierno Nacional como paraíso fiscal.

¿En qué formulario debe presentar su declaración de renta una persona natural no residente fiscal en Colombia?

La DIAN reveló que cuando una persona natural no residente fiscal en Colombia esté obligada a presentar su declaración de renta deberá usar el formulario 110. "Teniendo en cuenta que el sistema de determinación de su impuesto será el ordinario. El sistema de renta cedular, en cambio, corresponde exclusivamente a los residentes fiscales del país y por esta razón sus declaraciones se presentan en el formulario 210".

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MATEO MEDINA ESCOBAR
NOTICIAS CARACOL