
Se acerca la temporada para declarar renta. Una fecha agendada por miles de colombianos anualmente en la que deben contribuir ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de acuerdo con el dinero que manejaron durante el año inmediatamente anterior. Para 2025, este compromiso iniciará durante la segunda semana de agosto e irá hasta finales de octubre del mismo año.
Es necesario tener en cuenta que la declaración de renta no es un procedimiento con fecha libre que los contribuyentes pueden hacer en cualquier momento, sino que anualmente establece un cronograma al que se deben someter todas las personas.
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De esta manera, para 2025 el calendario iniciará este 12 de agosto, fecha en la que solo podrán hacer el procedimiento aquellas personas naturales cuyos últimos dígitos de su Número de Identificación Tributaria (NIT) sea 01 y 02. El día siguiente, los encargados de hacer el procedimiento son aquellos cuyo NIT sea 03 y 04, y así sucesivamente hasta llegar al 24 de octubre.
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Para la primera semana de declaración de renta, entonces, los contribuyentes que deben preparar documentos y hacer el respectivo trámite son los siguientes:
Últimos dígitos del Número de Identificación Tributaria (NIT) | Fecha para declarar establecida |
01 y 02 | 12 de agosto de 2025 |
03 y 04 | 13 de agosto de 2025 |
05 y 06 | 14 de agosto de 2025 |
07 y 08 | 15 de agosto de 2025 |
¿Cómo acceder a la información exógena que suministra la Dian para saber si debe declarar renta?
Para acceder a la información exógena reportada ante la DIAN, es indispensable estar inscrito en el Registro Único Tributario (RUT) y tener habilitada una cuenta de usuario en la plataforma Muisca. Tener clara esta información es importante, pues esta es el conjunto de datos que empresas, entidades financieras, fondos de pensiones, notarías, aseguradoras, universidades y otras organizaciones reportan directamente a la Dian sobre las actividades económicas de las personas naturales y jurídicas.
Si es un usuario nuevo, el acceso estará disponible aproximadamente una semana después de completar el registro y activar el perfil. A continuación, se detallan los pasos para consultar esta información:
- Ingrese al portal transaccional de la DIAN: www.dian.gov.co
- Seleccione la opción "Usuario Registrado".
- Inicie sesión digitando su tipo de documento, número y contraseña.
- En el menú principal, haga clic en "Consultar Información Exógena / Información reportada por terceros".
- Lea y acepte las condiciones del servicio para continuar.
- Seleccione el año gravable 2024.
- El sistema generará un archivo en formato Excel, que podrá descargar y guardar en su equipo.
Este archivo contiene los nombres de las entidades que reportaron información sobre usted, los conceptos y valores registrados, así como un resumen automático de ingresos, patrimonio, compras y otros indicadores útiles para determinar si está obligado a declarar renta.
¿Qué pasa si no cumple con la declaración en los tiempos establecidos?
Si una persona obligada a declarar renta no lo hace dentro del plazo establecido, puede enfrentarse a varias consecuencias impuestas por la DIAN. Entre las principales se encuentran:
- Sanción por extemporaneidad: Esta multa se incrementa conforme pasa el tiempo sin presentar la declaración.
- Intereses de mora: Se generan sobre el saldo pendiente de pago, aumentando el valor total adeudado.
- Pérdida de saldos a favor: El contribuyente podría perder el derecho a solicitar devoluciones o compensaciones.
- Limitaciones en trámites: Podrían surgir restricciones para realizar gestiones ante entidades públicas o financieras, como solicitudes de crédito o contratación con el Estado.
Por estas razones, la DIAN recomienda consultar con anticipación la información exógena, organizar los documentos necesarios y elaborar la declaración con tiempo, con el fin de evitar inconvenientes cercanos a la fecha límite.
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JULIÁN CAMILO SANDOVAL
NOTICIAS CARACOL DIGITAL
JSANDOVAL@CARACOLTV.COM.CO