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Intereses de cesantías 2026: ¿cuándo se pagan y cómo se calculan?

Tenga en cuenta que si el empleador no cumple la fecha límite, se expone a sanciones económicas que pueden duplicar el valor adeudado. Le contamos cómo hacer el cálculo.

Intereses de cesantías 2026: ¿cuándo se pagan y cómo se calculan?
Intereses de cesantías 2026: ¿cuándo se pagan y cómo se calculan?
Getty Images

Las cesantías en Colombia son una prestación social que se reconoce como un ahorro anual equivalente a un mes de salario por cada año laborado. Este dinero se consigna en un fondo administrado por entidades autorizadas y permanece allí hasta que el trabajador lo retire por causales permitidas, como compra de vivienda, educación o terminación del contrato laboral. Debido a que ese dinero permanece en el fondo durante un año completo sin que el trabajador lo use, la ley exige que el empleador pague intereses sobre el valor de las cesantías.

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Este pago constituye un reconocimiento económico por el uso de esos recursos. Los intereses sobre las cesantías, en ese sentido, son un pago adicional que el empleador debe reconocer al trabajador por las cesantías generadas durante el año, como compensación por el tiempo que el dinero permaneció acumulado. En 2026, el empleador debe pagar los intereses correspondientes a las cesantías generadas en 2025; este pago no se realiza al fondo de cesantías, sino directamente al trabajador.

¿Cuándo se pagan los intereses de las cesantías en 2026?

Los intereses sobre las cesantías son una obligación adicional al empleador, la cual debe cumplirse sin excepción antes del final de enero del año siguiente al que corresponden las cesantías generadas. En el año 2026, el plazo legal máximo para cancelar estos intereses vence el 31 de enero. Esta fecha aplica tanto para las cesantías generadas en 2025 como para el pago de los intereses correspondientes al mismo periodo.

Este pago debe realizarse de manera directa al trabajador, a través de la cuenta de nómina habitual o por otro medio acordado con el empleado. El pago no se consignará en el fondo de cesantías, ya que la finalidad de los intereses es entregar al trabajador una compensación económica adicional distinta al ahorro en el fondo.

Además, según la normativa vigente, si el empleador no paga los intereses en la fecha establecida, la sanción puede duplicar el valor del interés, dependiendo del caso y de la interpretación judicial administrativa.

¿Cómo se calculan los intereses de las cesantías en 2026?

Según lo señalado a este medio por el viceministro de Trabajo, Iván Jaramillo, la tasa aplicable es del 1% mensual sobre el valor de las cesantías acumuladas. Es decir, por cada mes trabajado, el trabajador genera un interés equivalente al 1% del valor de las cesantías. La fórmula más clara para calcularlo es:

  • Intereses = valor de la cesantía x número de meses x 1%

Si el trabajador laboró todo el año (12 meses), el cálculo sería:

  • Intereses = valor de la cesantía x 12%

Supongamos que el trabajador tiene una cesantía de $2.000.000 COP por el año 2025. Si laboró todo el año, el cálculo es:

  • Intereses = 2.000.000 x 12% = 240.000 COP

Ese valor debe pagarse directamente al trabajador antes del 31 de enero de 2026. Además, desde la reforma laboral introducida por la Ley 2466 de 2025, el empleador y el trabajador pueden acordar por escrito la mensualización del pago de intereses de cesantías. Esto significa que, en lugar de pagar los intereses de forma anual en enero, el empleador puede pagar cada mes, pero siempre cumpliendo con el 1% mensual sobre el valor de las cesantías.

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"Los intereses a la cesantía corresponden al 1% mensual sobre el valor de la cesantía. Se pagan directamente al trabajador a más tardar el 31 de enero (la anualidad anterior). Desde la reforma laboral (Ley 2466 de 2025) se puede acordar la mensualizacion del pago", indicó el funcionario.

Tenga en cuenta que, además de servir como respaldo en caso de terminación del contrato laboral, las cesantías pueden retirarse durante la vigencia del vínculo laboral únicamente en los casos autorizados por la ley. Entre estos se encuentran la compra de vivienda, la construcción o mejora de esta, el pago de créditos hipotecarios y la financiación de estudios del trabajador, su cónyuge o sus hijos. Para realizar el retiro, el trabajador debe presentar la solicitud ante su fondo de cesantías con los soportes exigidos, sin que el dinero sea entregado directamente por el empleador.

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VALENTINA GÓMEZ GÓMEZ
NOTICIAS CARACOL
vgomezgo@caracoltv.com.co

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