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Lo que debe pagar por una cita médica en 2026, según su rango salarial

El Ministerio de Salud actualizó las cuotas moderadoras con base en la Unidad de Valor Básico (UVB), que definirá el valor que pagan los afiliados al sistema de salud por una cita médica.

Cuánto vale una cita médica en 2026 según su salario
La principal novedad del ajuste es el uso de la Unidad de Valor Básico (UVB) como referencia para calcular estos valores. -
Getty Images

Desde el 1 de enero de 2026 entraron en vigencia nuevos valores para las cuotas moderadoras y los copagos que deben asumir los afiliados al sistema de salud colombiano, mediante un ajuste definido por el Ministerio de Salud y Protección Social. Según indicó la entidad, la actualización tiene como objetivo unificar criterios de cobro y evitar que los incrementos del salario mínimo se trasladen de manera automática a los pagos que realizan los afiliados cuando acceden a servicios médicos.

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La principal novedad del ajuste es el uso de la Unidad de Valor Básico (UVB) como referencia para calcular estos valores. Este instrumento fue creado por la Ley 2294 de 2023 y está diseñado para indexar tarifas, cobros y montos que tradicionalmente se expresaban en salarios mínimos. Para la vigencia 2026, el Ministerio de Hacienda fijó el valor de la UVB en $12.110, mediante la Resolución 3488 del 31 de diciembre de 2025.

De acuerdo con el Ministerio de Salud, la UVB se actualiza anualmente con base en la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) sin alimentos ni regulados, certificado por el DANE. En el régimen contributivo, las cuotas moderadoras continúan aplicándose a los afiliados cotizantes y a sus beneficiarios cada vez que utilizan determinados servicios, como consultas médicas, odontológicas o la entrega de medicamentos. Para 2026, los valores dependen del nivel de ingresos del afiliado, medido en salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV).

Topes de copagos y cuotas moderadoras para 2026, según su salario

Régimen contributivo

Así quedaron los valores de la cuota moderadora para los afiliados al régimen contributivo del sistema de salud y sus beneficiarios, quienes deben pagar cuota moderadora cada vez que hacen uso de servicios como consultas médicas, citas odontológicas o entrega de medicamento

  • Quienes devengan menos de dos salarios mínimos deberán pagar una cuota moderadora aproximada de $5.000 por servicio.
  • Para los afiliados con ingresos entre dos y cinco salarios mínimos, el valor se ubicó alrededor de $20.100.
  • En el caso de quienes superan los cinco salarios mínimos, la cuota moderadora asciende a cerca de $52.800 por cada uso del servicio.

En cuanto a los copagos en el régimen contributivo, estos se aplican únicamente a los beneficiarios y corresponden a un porcentaje del valor del servicio recibido, especialmente en atenciones de mayor complejidad como procedimientos especializados, cirugías u hospitalizaciones. Para 2026, los afiliados con ingresos inferiores a dos salarios mínimos deberán asumir el 11,5% del costo del servicio. Este porcentaje aumenta al 17,3% para quienes ganan entre dos y cinco salarios mínimos y al 23% para los afiliados con ingresos superiores a cinco salarios mínimos.

La normativa también establece topes máximos para evitar que los copagos se conviertan en una carga excesiva. En el caso del tope por evento, los beneficiarios del régimen contributivo con ingresos menores a dos salarios mínimos no podrán pagar más de $373.715 por un solo servicio. Para el rango de dos a cinco salarios mínimos, el límite por evento es de $1.497.644, mientras que para los ingresos superiores a cinco salarios mínimos el tope alcanza los $2.995.409.

Además, se fijaron topes anuales de copagos por beneficiario. Para el rango de ingresos más bajo, el máximo que se podrá pagar en todo el año es de $748.882. En el rango medio, el límite anual se estableció en $2.995.409 y, para los ingresos más altos, el tope anual llega a $5.990.696.

Regimen subsidiado

En el régimen subsidiado, el Ministerio de Salud reiteró que no se cobran cuotas moderadoras, independientemente del tipo de servicio. Sin embargo, los afiliados a este régimen sí pueden estar sujetos al pago de copagos en servicios de mayor complejidad. En estos casos, el copago no puede superar el 10% del valor del servicio recibido.

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Para 2026, el tope máximo de copago por evento en el régimen subsidiado fue fijado en $651.155, mientras que el límite anual que puede pagar un afiliado por este concepto es de $1.302.309. Estos topes aplican con el fin de proteger a los hogares más vulnerables frente a gastos elevados en salud.

El Ministerio de Salud señaló que la actualización de estos valores busca garantizar reglas claras y uniformes para todos los actores del sistema, incluidos afiliados, EPS y prestadores de servicios de salud. La vigencia de estos precios rige desde el 1 de enero de 2026 y será aplicable durante toda la vigencia fiscal, tanto para el régimen contributivo como para el subsidiado.

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VALENTINA GÓMEZ GÓMEZ
NOTICIAS CARACOL
vgomezgo@caracoltv.com.co

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