Con la llegada de cada diciembre, miles de trabajadores en Colombia esperan el pago de la conocida popularmente como la prima navideña o prima de fin de año, una prestación social a la que empleados con determinado tipo de contrato tienen derecho al culminar el año laboral.Según el Código Sustantivo del Trabajo, la prima de servicios es un deber de los empleadores en Colombia y suele dividirse en dos pagos: uno se reconoce a mitad de año, máximo hasta el 30 de junio, y el otro a final de año, máximo hasta el 20 de diciembre.¿Cómo se calcula el pago de la prima?Este beneficio se calcula dependiendo de los días laborados por el empleado durante el año. Sin embargo, el pago debe ser correspondiente al valor de un salario mensual -30 días- por cada año de trabajo completo.Si el trabajador laboró el año completo, se suele usar la siguiente fórmula general para saber el valor de la prima: salario base x 360 (días del año laborados) / 360 (días del año). El resultado corresponde a la cifra de la prima anual.Ahora, si usted desea saber cuál es el valor que le corresponde recibir como pago de su prima en diciembre, se debe aplicar la siguiente fórmula que corresponde al cálculo por semestre, no por año: salario base x 180 (días de un semestre laborado) / 360 (días del año).Recuerde que, si usted laboró menos días, la fórmula debe cambiar: salario base x (días laborados dependiendo de su caso) / 360.¿Cómo sé si tengo derecho a recibir la prima?En Colombia circulan diferentes tipos de contrato de trabajo reglamentados por el Ministerio de Trabajo; hay algunos que no incluyen ciertas prestaciones como prima de servicio, vacaciones remuneradas, cesantías, entre otros, como están establecidas por la ley, sino que se aplican otras condiciones laborales.Para que su empleador le pague la prima de servicios, usted debe tener un contrato a término fijo o indefinido. Sin embargo, otros tipos de vinculaciones como contrato por obra o labor y contratos en los que la remuneración aplica como salario integral, también tienen derecho a esta prestación. El empleador define si además de su salario básico, incluye en el cálculo horas extras, bonificaciones, comisiones, entre otras, dentro de la normativa vigente aplicable. En el caso de las vinculaciones por prestación de servicios y contratos de aprendizaje, no aplica de forma obligatoria el pago de la prima de servicios.Si gano un salario mínimo, ¿cuánto me deben pagar de prima en diciembre?Teniendo en cuenta que el salario mínimo de 2024 está en $1.300.000, el pago que deben recibir los trabajadores que cuenten con este beneficio -en caso de haber trabajado en la misma empresa durante todo el año- es de $650.000.Aquellos que hayan cambiado de trabajo hace poco deberán sacar el lápiz y la calculadora, pues el pago depende del número de días que hayan obrado en su respectiva compañía (puede apoyarse en la fórmula indicada previamente). Recuerde que, al igual que las cesantías, la prima no es acumulable con otros contratos o trabajos con diferentes empleadores. Si soy empleado público, ¿tengo derecho a la prima?La normativa para los empleados públicos es diferente a los contratos ordinarios; se les reconoce otro tipo de prestaciones, entre ellas dos primas, una de vacaciones y otra navideña.Así las cosas, el artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo se sustituye en este último caso por la normativa consignada en el decreto 1045 de 1978, que señala que la prima de vacaciones “creada por los Decretos 174 y 230 de 1975 continuará reconociéndose a los empleados públicos de los ministerios, departamentos administrativos, superintendencias, establecimientos públicos y unidades administrativas especiales del orden nacional, en los mismos términos en que fuere establecida por las citadas normas (…) La prima de vacaciones será equivalente a quince días de salario por cada año de servicio”.Además, esta prima de vacaciones contempla otro cronograma de pagos.“La prima de vacaciones se pagará dentro de los cinco días hábiles anteriores a la fecha señalada para la iniciación del descanso remunerado”, señala el artículo 28 del decreto.Además, los empleados públicos tienen derecho al pago de la llamada prima de Navidad. “Esta prima será equivalente a un mes del salario que corresponda al cargo desempeñado en treinta de noviembre de cada año. La prima se pagará en la primera quincena del mes de diciembre. Cuando el empleado público o trabajador oficial no hubiere servido durante todo el año civil, tendrá derecho a la mencionada prima de Navidad en proporción al tiempo laborado, a razón de una doceava parte por cada mes completo de servicios, que se liquidará y pagará con base en el último salario devengado o en el último promedio mensual, si fuere variable”, se lee en el artículo 32 de la normativa vigente.En cualquiera de los casos, la prima es un derecho de los trabajadores en Colombia y, si el empleador no lo cumple dentro de las fechas estipuladas por la ley, usted puede interponer la queja ante el Ministerio de Trabajo. La mora en el pago de esta prestación puede acarrearle al empleador multas e incluso sanciones.
Este jueves 17 de octubre de 2024 se llevó a cabo el segundo debate de la reforma laboral en la Cámara de Representantes. Con la aprobación de varios artículos nuevos se llegó a un consenso para finalmente avalar la propuesta en la plenaria.>>> También puede leer: Cámara de Representantes aprobó el proyecto de reforma laboral en segundo debate¿Qué artículos nuevos fueron aprobados?Fueron en total ocho los artículos nuevos que continuarán haciendo parte de la reforma laboral en los próximos debates. Se trata de:Formalización y contratación laboral de trabajadores del transporte de pasajeros y de carga.Empresas deberán implementar prácticas ambientales sostenibles.Actividades productivas en centros de reclusión contarán como experiencia laboral para las personas privadas de la libertad.Programa de primer empleo y último empleo.Formalización de personas que manipulan alimentos.Licencia remunerada por matrimonio de tres días, independientemente de la modalidad de contrato.Medidas en contra de la discriminación a personas reintegradas del conflicto armado.Entornos laborales flexibles para llevar mascotas de apoyo emocional al trabajo.Este último artículo llama la atención por el debate que se ha suscitado sobre las mascotas que pueden considerarse como de apoyo emocional, pues el animal debe estar certificado por un médico, psicólogo o psiquiatra.¿Qué es una mascota de apoyo emocional?Para que el trabajador pueda llevar a su mascota a espacios laborales, debe estar certificada como un animal de apoyo emocional por un experto, para que sea tenido en cuenta por la ley.Una mascota puede ser considerada de apoyo emocional si brinda ayuda a su dueño en situaciones de ansiedad, traumas, miedos o durante procesos terapéuticos. Por lo general, estos animales hacen parte esencial de tratamientos psicológicos o psiquiátricos.Aunque estas mascotas están entrenadas en comportamientos básicos, no deben confundirse con animales de servicio que tienen como objetivo principal ayudar a personas en condición de discapacidad, como es el caso de los perros lazarillos."Esta propuesta de reforma laboral que hoy avanzó en la plenaria de la Cámara tiene la gran propuesta de hacer que Colombia pueda transitar hacia un país con enfoque de derechos", comentó eufórica la ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez.Además, la ministra reconoció el esfuerzo de las diferentes bancadas para llegar a acuerdos y el respeto entre las diferentes partes durante los debates que permitió que se hicieran algunas mejoras al proyecto en la Cámara de Representantes.Tras esta aprobación, ahora la propuesta de reforma laboral pasará a manos del Senado de la República que debatirá el documento, y luego, si allí la aprueban, a sanción presidencial y revisión por parte de la Corte Constitucional.>>> También puede leer: Reforma laboral: aprendices del Sena recibirían el salario mínimo completo
Con 93 votos a favor y 13 en contra, la Cámara de Representantes de Colombia aprobó el proyecto de ley de reforma laboral, el cual ahora continuará su trámite en el Senado.>>> Le recomendamos: Reforma laboral: aprendices del Sena recibirían el salario mínimo completo"Esta propuesta de reforma laboral que hoy avanzó en la plenaria de la Cámara tiene la gran propuesta de hacer que Colombia pueda transitar hacia un país con enfoque de derechos", comentó eufórica la ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez.Además, la jefa de cartera reconoció el esfuerzo de las diferentes bancadas para llegar a los acuerdos y el respeto entre las diferentes partes durante los debates, lo cual permitió que el proyecto de reforma laboral saliera mejorado de la Cámara de Representantes."Que quede claro que esta reforma no busca ni cerrar, ni acabar empresas, mucho menos a las micro y pequeñas. Para ellas quedó un artículo que las protege y que nosotros no solamente honraremos en el desarrollo, sino que las defenderemos también en el Senado de la República", destacó la ministra.Pese a esto, Ramírez también lamentó que no se pudiera "aprovechar de mejor manera la oportunidad para haber dado a los campesinos de Colombia un contrato que los dignificara", pero prometió avanzar en estos puntos cuando la reforma laboral avance en el Senado."Sí se pudo, sí se pudo", gritaban el recinto de la Cámara de Representantes, una noticia que fue aplaudida por muchos.El presidente Gustavo Petro celebró el avance del proyecto de ley diciendo que "estamos un paso más cerca de construir un sistema laboral justo, enfocado en proteger los derechos de los trabajadores".¿Cómo quedó la reforma laboral?En total se discutieron 80 artículos que venían en la ponencia original de la reforma laboral. De estos, 7 fueron eliminados y otros 8 fueron agregados, para un total de 81 artículos que pasan a una tercera instancia en el Senado.Ahora, lo aprobado en la Cámara de Representantes será discutido en la Comisión Séptima del Senado. Eventualmente, si es aprobada, llegará a Plenaria del Senado.Entre los últimos aprobados estaban apartados que abarcaban temas como la promoción del trabajo sostenible, entornos laborales flexibles, medidas en contra de la discriminación a personas reincorporadas en el marco del conflicto armado, actividades productivas de personas privadas de la libertad y programas de primer y último empleo, entre otros.>>> Le recomendamos: Polémica por caída de licencia de paternidad y maternidad para parejas gay: "Retrógrados"
El 90% de la reforma laboral ya se aprobó en el segundo debate en la Cámara de Representantes y uno de los artículos que salió adelante fue el que permite que aprendices del Sena reciban un salario mínimo.>>> Vea más: Polémica por caída de licencia de paternidad y maternidad para parejas gay: "Retrógrados"El artículo 22 de la reforma establece que el contrato de aprendizaje será un acuerdo laboral temporal. En la fase lectiva recibirán el 60% de un salario mínimo, mientras que en la fase práctica tendrán un salario mínimo completo.La aprobación del salario mínimo para aprendices va unido con los pagos de cesantías, primas y subsidios como transporte.Además, también fue aprobado el artículo 23 de la reforma laboral, el cual indica que las empresas que no cumplen con la cuota de aprendices deberán pagar al Sena 1.5 salarios mínimos por cada aprendiz faltante.El representante a la Cámara Alfredo Mondragón se refirió a la aprobación de los artículos y dijo que esta “esta es una gran noticia. Durante 22 años, a los jóvenes les han quitado el derecho a tener un contrato de aprendizaje laboral y los dejaban ganando solamente un 75% de un salario mínimo, sin prestaciones sociales”.Mondragón agregó que “en este segundo debate de la reforma laboral se aprueba que se recupere el carácter laboral de los contratos de aprendizaje, es decir, que tengan derecho a cesantías, primas, subsidio de transporte y garantías para que tenga dignidad la juventud trabajadora. Quiero reconocer a todos los partidos”.¿Qué se ha aprobado en la reforma laboral?Artículo 49: Licencia de paternidad de cuatro semanas que serían progresivas. En 2025 serían tres semanas y en 2026 cuatro semanas. La norma aplicaría para nacimientos y adopción.Artículo 52: Programa de convenios laborales para las víctimas del conflicto armado.Artículo 67: Aprobado tal cual fue presentado en la ponencia y prohíbe el contrato sindical.¿Qué se cayó en la reforma laboral?Contrato agropecuario: por medio del cual se buscaba que cualquier trabajador del campo que superará 27 semanas seguidas trabajando con su empleador pasara a tener contrato indefinido.Jornal agropecuario: especificaba que el salario no podría ser inferior al mínimo.Vivienda rural para los trabajadores del campo.Licencia de maternidad y paternidad para parejas adoptantes del mismo sexo: la pareja adoptante del mismo sexo podría definir, por una sola vez, quién de ellos accedería a la licencia de paternidad y quien a la de maternidad.Cabe recordar que la reforma laboral, una vez sea aprobada en la Cámara de Representantes, tendrá que pasar por el Senado de la República para ser discutida de nuevo para así volverse ley.>>> Le puede interesar: Reforma laboral: esta es la licencia que cobijará a trabajadoras con duro ciclo menstrual
La reforma laboral avanza en la Cámara de Representantes y el 90% de la ley ya se aprobó. Uno de los artículos que más ha llamado la atención y que se eliminó es el de la licencia de paternidad y maternidad para las parejas del mismo sexo.>>> Vea más: Reforma laboral: Cámara aprobó ampliación de licencia de paternidad y otros artículosEl artículo 50 establece: “La pareja adoptante del mismo sexo definirá, por una sola vez, quién de ellos gozará de la licencia de paternidad y quién la de maternidad, en las mismas condiciones previstas para las familias hetero parentales adoptantes”.“Es inadmisible que el Congreso siga siendo tan retrógrado: Jennifer PedrazaLa representante a la Cámara por el partido Dignidad y Compromiso criticó que esta propuesta se cayera en el segundo debate.“Es increíble que aquí quienes, en teoría, se rasgan las vestiduras por proteger los derechos de niños y niñas, terminen poniéndole trabas a procesos de adopción de familias responsables, sencillamente por una concepción completamente anti derechos”, mencionó la representante.La funcionaria agregó que “estoy casi segura que si hacemos una encuesta en este país, quizá haya personas que respondan que las mujeres deberíamos estar solamente lavando y planchando y no aquí en política y en la ciencia. Eso no implica que este Congreso pueda legislar en contra de nuestros derechos y que pueda desconocer las sentencias de la Corte Constitucional como las que le han reconocido los derechos en igualdad de condiciones a las parejas del mismo sexo. Aquí todos podemos tener la afinidad religiosa, que es absolutamente respetable, o la concepción individual, pero de ahí a quitarle derechos a las minorías, a las mujeres, a las poblaciones con orientación sexual diversa y desconocer los fallos de la Corte Constitucional, sería un pésimo precedente para este Congreso”.Por último, Jennifer Pedraza dijo que “es inadmisible que el Congreso siga siendo tan retrógrado. Aplaudimos el avance en la licencia de paternidad, que es de las mejores cosas de la reforma laboral, pero es increíble que aún se debata el derecho de las parejas del mismo sexo a tener las mismas garantías”.¿Qué se aprobó en la reforma laboral?Artículo 22: Contrato de aprendizaje, será un acuerdo laboral temporal. En la fase lectiva recibirán el 60% de un salario mínimo, y en la fase práctica un salario mínimo completo.Artículo 23: Monetización. Establece que las empresas que no cumplen con la cuota de aprendices deberá pagar al SENA 1.5 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMLMV) por cada aprendiz faltante.Artículo 49: Licencia de paternidad de cuatro semanas que serían progresivas. En 2025 serían tres semanas y en 2026 cuatro semanas. La norma aplicaría para nacimientos y adopción.Artículo 52: Programa de convenios laborales para las víctimas del conflicto armado.Artículo 67: Aprobado tal cual fue presentado en la ponencia y prohíbe el contrato sindical.>>> Le puede interesar: Reforma laboral: ¿qué tendrán que pagar aplicaciones como Rappi a los domiciliarios?
Tres de los artículos de la reforma laboral que se consideraban claves para el trabajador agropecuario se hundieron este miércoles, 16 de octubre de 2024, durante el segundo debate del proyecto en la Cámara de Representantes.>>> Le recomendamos: Reforma laboral: esta es la licencia que cobijará a trabajadoras con duro ciclo menstrualAntes de comenzar la plenaria, la ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez, aseguró que se llevaba casi el 87% de la reforma laboral aprobada. "Hemos tenido debates muy ricos, aunque también hemos tenido procesos de dilación, esperamos que esta sea la última jornada, nos faltan 13 artículos que tienen una sensibilidad grande en el país", expresó.¿Qué artículos de la reforma laboral no fueron aprobados?El debate en la Cámara de Representantes sobre la reforma laboral ha sido álgido y complicado. Varias partes de la oposición pidieron garantías para la discusión.Uno de los puntos más importantes de la agenda se dio cuando los legisladores aprobaron con 82 votos la eliminación de los artículos 31, 32 y 33, que incluían medidas para la formalización de los trabajadores del campo y el artículo 50, que buscaba licencias de maternidad y paternidad para parejas adoptantes del mismo sexo.Los artículos que ya no harán parte de la reforma laboral contenían lo siguiente: Contrato agropecuario: por medio del cual se buscaba que cualquier trabajador del campo que superará 27 semanas seguidas trabajando con su empleador pasara a tener contrato indefinido.Jornal agropecuario: especificaba que el salario no podría ser inferior al mínimo.Vivienda rural para los trabajadores del campo.Licencia de maternidad y paternidad para parejas adoptantes del mismo sexo: la pareja adoptante del mismo sexo podría definir, por una sola vez, quién de ellos accedería a la licencia de paternidad y quien a la de maternidad.La oposición argumentó que los artículos 31, 32 y 33 afectarían, sobre todo, a los pequeños productores y por eso votaron por su eliminación.Antes de que se dieran de baja los apartados de la iniciativa que enfatizaban el trabajo en el campo, la ministra de Trabajo había destacado que "el campo es el tercer sector en el país en accidentalidad y el primero en informalidad", con un índice del 84%.La jefa de cartera también se mostró optimista frente al paso de la reforma al Senado, enfatizando en que, como gobierno, están preparados para defender el proyecto. "Consideramos que este es el momento para que Colombia transite hacia un país con enfoque de derechos, con estabilidad laboral, con formalización y con unas empresas que se consoliden, que sean potentes, pero sin precarización laboral", destacó la funcionaria.Artículos aprobados en el debate de este miércoles de la reforma laboralLa plenaria logró llegar a un acuerdo para aprobar los siguientes artículos de la iniciativa: Artículo 22: Contrato de aprendizaje, será un acuerdo laboral temporal. En la fase lectiva recibirán el 60% de un salario mínimo, y en la fase práctica un salario mínimo completo.Artículo 23: Monetización. Establece que las empresas que no cumplen con la cuota de aprendices deberá pagar al SENA 1.5 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMLMV) por cada aprendiz faltante.Artículo 49: Licencia de paternidad de cuatro semanas que serían progresivas. En 2025 serían tres semanas y en 2026 cuatro semanas. La norma aplicaría para nacimientos y adopción.Artículo 52: Programa de convenios laborales para las víctimas del conflicto armado.Artículo 67: Aprobado tal cual fue presentado en la ponencia y prohíbe el contrato sindical.>>> Puede interesarle: Aprueban artículo de reforma laboral que detalla licencias para los trabajadores
Uno de los aspectos que más ha llamado la atención de la reforma laboral tiene que ver con la aprobación de licencias mensuales para mujeres que tienen cólicos menstruales incapacitantes.>>> También puede leer: Le decían que se quejaba mucho de sus cólicos menstruales, pero tenía un quisteUna de cada cuatro mujeres, en especial jóvenes, presentan menstruaciones dolorosas. La evaluación médica es esencial para descartar que detrás de esa molestia haya otros problemas como endometriosis o miomas que van a requerir un manejo diferente.Son muchas las mujeres que sufren de cólicos menstruales o dismenorrea, el nombre médico de esta dolorosa condición.“Generalmente son muy incapacitantes y algo muy llamativo es que se da mucho en chicas adolescentes y en mujeres muy jóvenes que obviamente son laboralmente activas. La incidencia no es nada despreciable: se dice que alrededor de la vida reproductiva puede llegar hasta el 25 al 30%", sostuvo Luis Martín Rodríguez, jefe de la selección de obstetricia de la Fundación Santa Fe, en diálogo con Noticias Caracol en vivo.Para el experto, en muchos casos el cólico menstrual no es fisiológico, sino que obedece a otras condiciones ginecológicas.“Por la endometriosis, que es una enfermedad que tiene que ver mucho con la vida moderna de las mujeres. Otras etiologías están dadas por la presencia de miomas uterinos, de infecciones y de enfermedades como la enfermedad pélvica inflamatoria. Por esa razón es importante hacer una exploración exhaustiva en búsqueda de esas causas”, acotó Rodríguez.El médico asegura que “la menstruación no debería doler. Hay estrategias terapéuticas, nutricionales y de estilo de vida que van a hacer que esa persona pueda mejorar su calidad de vida y mejorar su sintomatología”.Médicos apoyan propuesta de licencia para mujeres con cólicosSin duda, esta ha sido una condición subestimada que requiere atención para que no interfiera con la calidad de vida. De ahí que los especialistas respalden la decisión que incluyó la reforma laboral.“Lo vemos como algo sumamente positivo porque realmente es un dolor incapacitante que no permite un óptimo funcionamiento de esa persona y definitivamente en nuestra consulta diaria generamos gran cantidad de incapacidades médicas por este síntoma. Entonces, que se considere dar ese espacio y entender que es una condición propia de las mujeres que va a afectar su funcionamiento, creo que es un avance muy importante y como país es algo que le debemos a las mujeres que aportan tanto a la fuerza laboral”, concluyó el médico Rodríguez.El tratamiento de los cólicos menstruales va más allá de los medicamentos para el dolor, pues puede incluir manejos hormonales y, muy importante, cambios en el estilo de vida. Está demostrado que la actividad física y una alimentación sana ayudan a controlar los síntomas.>>> También puede leer: Licencia menstrual para mujeres, el proyecto que abre todo un debate en Colombia
En su paso por la Cámara de Representantes, los congresistas aprobaron los artículos 15 y 16 de la reforma laboral, los cuales tratan temas como las horas extra y el límite al trabajo suplementario.>>> Le puede interesar: Reforma laboral: esta es la licencia que cobijará a trabajadoras con duro ciclo menstrualEn el caso del artículo 16, este se basa en el artículo 22 de la ley 50 de 1990, el cual dicta que “en ningún caso las horas extras de trabajo, diurnas o nocturnas, podrán exceder de dos (2) horas diarias y doce (12) semanales. Cuando la jornada de trabajo se amplíe por acuerdo entre empleadores y trabajadores a diez (10) horas diarias, no se podrá en el mismo día laborar horas extras”.En la ponencia actual, solo se expone la parte inicial del artículo 22: “En ningún caso las horas extras de trabajo, diurnas o nocturnas, podrán exceder de dos (2) horas diarias y doce (12) semanales”, pero puntualiza que ahora hay dos sectores que quedan por fuera de esta norma.¿Quiénes quedarán por fuera de este artículo?En el proyecto de ley se explicó que “se exceptúa de la aplicación de la presente disposición al sector de seguridad, de conformidad con la Ley 1920 de 2018 y sus decretos reglamentarios, y al sector salud, conforme a la normatividad vigente”.¿Qué más se aprobó en la Cámara de Representantes?En el debate se aprobó que la remuneración de días de descanso obligatorios, los cuales abarcan dominicales y festivos, tenga un recargo del 100%. El aumento, si se aprueba la reforma laboral, será escalonado, quedando en 80% en 2025, 90% en 2026 y 100% en 2027.La licencia que cobijará a trabajadoras con ciclo menstrualEste apartado busca modificar el numeral 6 del artículo 57 del Código Sustantivo del Trabajo.En el caso del apartado E, este explica que al trabajador o trabajadora se le deben conceder las licencias necesarias para el caso de “asistir a citas médicas programadas o citas médicas de urgencia, incluidos los casos en los que la persona trabajadora presente ciclos menstruales incapacitantes, dismenorreas o cuadros de tensión abdominal por la menstruación, asociados a endometriosis ya diagnosticada”.>>> Le recomendamos leer: Aprueban artículo de reforma laboral que detalla licencias para los trabajadores
Durante su paso por la Cámara de Representantes, se aprobó el artículo 18 de la reforma laboral que impulsa el gobierno del presidente Gustavo Petro. Este apartado busca modificar el numeral 6 del artículo 57 del Código Sustantivo del Trabajo.>>> Le puede interesar: Aprueban artículo de reforma laboral que detalla licencias para los trabajadoresEl artículo aborda siete puntos. En el caso del apartado E, este explica que al trabajador o trabajadora se le deben conceder las licencias necesarias para el caso de “asistir a citas médicas programadas o citas médicas de urgencia, incluidos los casos en los que la persona trabajadora presente ciclos menstruales incapacitantes, dismenorreas o cuadros de tensión abdominal por la menstruación, asociados a endometriosis ya diagnosticada”.¿En qué otros casos se deben conceder las licencias?Según el proyecto de ley de la reforma laboral, las otras licencias que se deben conceder a los trabajadores y trabajadoras son:Para el ejercicio del sufragio. Para el desempeño de cargos oficiales transitorios de forzosa aceptación.En caso de grave calamidad doméstica debidamente comprobada, entendiéndose como todo suceso personal, familiar, caso fortuito o fuerza mayor cuya gravedad afecte el normal desarrollo de las actividades del trabajador.Para desempeñar comisiones sindicales inherentes a la organización, o para asistir al entierro de sus compañeros, siempre que avise con la debida oportunidad al empleador o a su representante y que, en los dos (2) últimos casos, el número de los que se ausenten no sea tal que perjudique el funcionamiento de la empresa.Para asistir a las obligaciones escolares como acudiente de hijos, hijas o menores de edad miembros del núcleo familiar. Se entiende por obligaciones escolares aquellas relacionadas directamente con la formación del niño o niña, incluyendo, pero sin limitarse a la asistencia a eventos académicos, cívicos, deportivos, culturales en las instituciones educativas en donde se encuentran matriculados. En estos últimos casos, de ser requerido por parte del empleador, el trabajador deberá acreditar la asistenciaPara atender los asuntos relacionados con situaciones judiciales, administrativas, médicos, legales, o de cualquier otra índole relacionados con violencias basadas en género de las que sean víctimas.En el debate que se llevó a cabo el lunes 7 de octubre, también se permitió la aprobación de los artículos 11, 14, 15, 16 y 17, donde se abordan temas como la reubicación de personas amparadas con estabilidad ocupacional reforzada, jornada máxima legal, horas extras, límite al trabajo suplementario y remuneración obligatoria de días de descanso obligatorio.>>> Le recomendamos leer: Reforma laboral: ¿Cuál es el límite de horas extras diarias y semanales para trabajadores?
El artículo 18 de la reforma laboral impulsada por el gobierno de Gustavo Petro fue aprobado tras su paso por la Cámara de Representantes. En este se especifica en qué casos puntuales se concede a los trabajadores del país obtener licencias.>>> Puede interesarle: Reforma laboral: ¿Cuál es el límite de horas extras diarias y semanales para trabajadores?¿Qué licencias avala la reforma laboral?Con lo aprobado en la Cámara de Representantes, se avalaría la concesión de licencias a trabajadores en los siguientes casos:Ejercicio del sufragio.Desempeño de cargos oficiales transitorios.Grave calamidad doméstica comprobada.Para desempeñar comisiones sindicales inherentes a la organización o para ir al entierro de sus compañeros.Para asistir a citas médicas, incluyendo trabajadoras que presenten ciclos menstruales incapacitantes.Para asistir a obligaciones escolares como acudiente de hijos, incluye actividades deportivas y deben acreditar la asistencia a dichos eventos.Para atender los asuntos relacionados con situaciones judiciales, administrativas, médicas relacionados con violencias basadas en género.El debate también permitió la aprobación de los artículos 11, 14, 15, 16 y 17, en los cuales se abarcan temas como la reubicación de personas amparadas con estabilidad ocupacional reforzada, jornada máxima legal, horas extras, límite al trabajo suplementario y remuneración obligatoria de días de descanso obligatorio.Los artículos 15 y 16, las cuales abarcan horas extra y límite al trabajo suplementario, quedaron igual a lo planteado en la ponencia. Los capítulos restantes tuvieron algunas modificaciones.En este debate también aprobó que la remuneración obligatoria de días de descanso obligatorio, lo cual abarca dominicales y festivos, tenga un recargo del 100%. El aumento, en caso de aprobarse la reforma laboral, será escalonado, quedando en 80% en 2025, 90% en 2026 y 100% en 2027.>>> Le recomendamos: Reforma laboral: ¿qué tendrán que pagar aplicaciones como Rappi a los domiciliarios?Incentivos para la generación de empleoDurante este segundo debate de la reforma laboral, llevado a cabo el 7 de octubre de 2024, la ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez, hizo un reconocimiento al Partido Liberal y a la bancada conservadora por trabajar por la mejora de las propuestas.La jefa de la cartera de Trabajo también habló del programa 'Empleos para la vida', el cual plantea un sistema de incentivos para la generación de empleo. Estos alivios a la nómina serían:Empleo a persona con discapacidad: beneficio del 35%, equivalente a un auxilio a la nómina de 455.000 mil pesos.Empleo a jóvenes: beneficio del 30%, equivalente a un auxilio a la nómina de 390.000 pesos.Empleo a mujeres: beneficio del 20%, equivalente a un auxilio a la nómina de 260.000 pesos.Empleo a hombre y mujeres mayores de 28 años y que devenguen hasta 3 SMLMV: beneficio del 15%.Hombres: beneficio del 10%.La ministra destacó que entre agosto de 2022 y 2023, 25.500 empresas fueron favorecidas a través de este sistema de incentivos, lo que generó más de un millón de empleos.