Tener vivienda propia es un sueño para millones de colombianos que por años ahorran recursos y luego de una cuidadosa búsqueda deciden invertirlos en el proyecto que más se acomode a sus necesidades y, además, que les dé confianza. Muchos de los que deciden hacer esta importante inversión se fijan en un importante detalle para dar su dinero, y es que el proyecto en cuestión cuente con una fiducia.Séptimo Día conoció las denuncias de cuatro personas que, entre 2021 y 2022, encontraron en el proyecto de vivienda Acanto, de la constructora Mevic, la posibilidad de cumplir su sueño de tener un apartamento propio. Para ellos, uno de los factores de valor de esta construcción, más allá de su buena ubicación en Bogotá, su oferta de zonas comunes y facilidad de pago,fue que contaba con el apoyo de Alianza Fiduciaria.¿Qué es una fiducia y para qué sirve en un proyecto de vivienda?Cuando las personas empiezan la búsqueda de un proyecto de vivienda, muchas consideran importante que este cuente con una fiduciaria adjunta. Daniel Ricardo Sarmiento Cristancho, experto en derecho comercial, financiero y gestión patrimonial, explicó por qué se necesita de una fiduciaria en un proyecto de vivienda y por qué esto debería darle confianza a los compradores.“Hay un constructor que no tiene dinero y necesita construir un proyecto inmobiliario, para hacerlo necesita celebrar un contrato con una fiducia para que le administre el dinero que los compradores que tienen interés en este proyecto le den”, señaló. Así las cosas, la fiduciaría tiene que administrar los recursos de los compradores, pero además, “tiene que informarle [al comprador] de forma clara, veraz y verificable todo lo relativo al proyecto y tiene que verificar que el constructor esté haciendo lo que tiene que hacer”.Tener esto claro es importante porque, en caso de que surjan problemas con la entrega o construcción del inmueble, el comprador tiene que saber a quién debe reclamar. En estos casos, la queja del futuro propietario deberá hacerse directamente a la fiduciaria y si esta no les da una respuesta favorable, entonces deben elevar su situación ante la Superintendencia Financiera.¿Qué está pasando con el proyecto Acanto en Bogotá? “Para mis hijos y para mí quería mi hogar propio”, señaló Angie Viviana Riaño, una bogotana de 35 años que en 2021 empezó una búsqueda por una vivienda propia y se decidió por el proyecto Acanto, en la localidad de Engativá. “Me gustó el precio, me gustó la distribución. Les di todos mis ahorros, vendí el vehículo que tenía y empezamos a pagar la cuota inicial con la expectativa de que el apartamento lo iban a entregar en 2023”.Lo mismo sucedió con Maryuri Cañón Cabrera, de 42 años, quien señaló que, en su momento, le pareció un proyecto “interesante y bien localizado”. Sin embargo, para ella hubo otro factor que la hizo decidirse por invertir en Acanto y fue ver que contaba con Alianza Fiduciaria. “Empiezo a averiguar y veo que está respaldado por una fiducia, así que cumplen con el proceso de entregar los recursos a través de una fiducia, y eso para mí era importante”.Tanto Angie Viviana Riaño como Maryuri Cañón iniciaron los pagos de la cuota inicial de sus apartamentos en la etapa 2 y 3 del proyecto Acanto, emocionadas por ver los avances de la etapa 1 y a la espera de seguir el proceso para su entrega en 2023, como se los habían prometido. Sin embargo, empezaron a preocuparse cuando pasaban por la zona y veían que nadie estaba trabajando en la obra y no se veía ningún avance en la construcción.Adrián Camilo Casas, de 41 años, también había invertido su dinero en el mismo proyecto y notaba la misma situación. “Era una inversión familiar, pensando en mi futuro y puse mi dinero en ese proyecto esperando una mejor calidad de vida... Ya no se veían obreros y empieza la preocupación”. Así como Claudia Merchán Herrera, de 52 años, quien está a la espera de que le respondan por su inversión de 90 millones de pesos en solo la cuota inicial.Todos ellos firmaron un contrato de compra con Alianza Fiduciaria por sus respectivos inmuebles en la etapa 2y 3 de Acanto. “Yo me comprometí a pagar 329 millones 185 mil pesos y a contraprestación yo recibía un apartamento y un parqueadero. Terminé de hacer mi último pago el 30 de junio en 2023 y el 100% de la cuota inicial ya está paga. Empecé a contactar diferentes personas del proyecto y nunca contestan”, detalló Maryuri Cañón.Al manifestar su preocupación por la obra pausada, Angie Riaño recibió una respuesta desconcertante por parte de la constructora. “Que no iba a seguir el negocio conmigo y que me iba a devolver el 100% de la cuota inicial porque, según ellos, yo había manifestado una inconformidad con el proyecto y que estaban dispuestos a pagarme una cláusula de desistimiento. Pero a la fecha no me han pagado nada”. Agregó que en ese momento le dijeron que le darían su dinero en un plazo de 20 días hábiles, pero han pasado más de dos años.Estas cuatro personas, que son solo unos de los muchos afectados por los incumplimientos de la constructora Mevic y Alianza Fiduciaria, presentaron reclamos ante la Superintendencia Financiera, pero siguen sin obtener respuestas claras. Según la entidad, que fue contactada por Séptimo Día, han recibido 324 demandas contra Alianza Fiduciaria entre enero de 2025 y mayo de 2026, casos en los que su labor es entrar como jueces y analizar las pruebas de ambas partes para determinar responsabilidades y si lo que el consumidor demanda es correcto o no.Rodrigo Borrero, asesor externo de la constructora Mevic, explicó que el motivo del retraso de las obras en la etapa 2 y 3 del proyecto Acanto es porque “se presentaron circunstancias ajenas, derivadas de los efectos de la pandemia, las protestas en Colombia, factores climáticos y el cambio de políticas", las cuales, según él, dejaron en evidencia "que el proyecto no iba a dar utilidades”. Además, aseguró que en el caso de Angie Viviana Riaño, “tiene entendido” que ya se le pagó su dinero.Finalmente, la constructora Mevic aseguró a este programa que en diciembre de este año esperan entregar los inmuebles adquiridos por Maryuri, Claudia y Adrián Camilo, así como los de otros propietarios y, de la misma manera, lograr una conciliación con Angie Viviana Riaño. Por otro lado, a lo largo de esta investigación, Séptimo Día estuvo intentando establecer contacto con Alianza Fiduciaria para obtener una respuesta sobre las denuncias de estos cuatro ciudadanos, pero nunca respondieron.
En Colombia y el mundo, desafortunadamente, cada día aparecen en las calles y en redes sociales nuevos carteles que alertan sobre la desaparición de niños, niñas y adolescentes, los cuales son buscados con desespero y angustia por parte de sus familiares. La situación empeora cuando estos menores son hallados sin vida y con signos de violencia porque para sus madres, incluso cuando se logra condenar a un culpable, el dolor y vacío que queda es indescriptible. Según Naciones Unidas, en el mundo cada 10 minutos una mujer o una niña es asesinada de manera violenta. En Colombia, según datos de Medicina Legal, en la última década cerca de 1.500 niñas murieron de forma violenta y más de 190 mil menores fueron valorados por violencia sexual, unos datos preocupantes sobre la sociedad en la que están creciendo los niños en el país. Tres madres le abrieron la puerta de sus casas a Los Informantes en diferentes lugares del país para contar la historia de sus hijas de 9, 12 y 15 años que un día salieron de casa y no volvieron. Aunque por el asesinato de sus pequeñas obtuvieron justicia legal, todas aseguran que no logran encontrar consuelo en la condena de un desconocido y que lo que les da verdadera paz es que sus hijas no sean olvidadas.Sofía Delgado Zúñiga, de 12 años / 12 de octubre de 2024En Villagorgona, Valle del Cauca, el nombre de Sofía Delgado representa para los habitantes uno de los episodios más oscuros de su historia y para el país uno de los feminicidios de niñas más indignantes de los últimos años. Leidy Zúñiga, su mamá, reconoció que "lo que más extraño es levantarme, saber que llega la hora del almuerzo, saber que llegaba la hora de llevarla a su colegio, su hora de salida. Dios nos la prestó por 12 años, siempre le digo eso a Dios, no le reprocho nada".Sofía acababa de cumplir 12 años, le gustaban los animales, patinar y soñaba con ser veterinaria. El 29 de septiembre de 2024, Sofía salió de su casa rumbo a comprar comida para su mascota y no regresó. Leidy pegó carteles con su foto, habló con los vecinos y denunció ante medios y autoridades, pero durante 18 días no supo nada de su hija; hasta que el 17 de octubre, la encontraron sin vida en un cañaduzal en zona rural de Candelaria, a pocos kilómetros de su casa. "Nosotros cuando buscábamos a Sofía sentíamos que la íbamos a encontrar, pensábamos que íbamos a estar con ella, pero no fue así".El responsable fue un vecino del sector, el cual fue capturado, confesó y fue condenado a 58 años de prisión. Aunque para Leidy Zúñiga la condena contra el responsable de la muerte de su "ángel" es justicia, señaló también que "ella está en el cielo, pero su recuerdo va a seguir para toda la vida, así pasen los años y los días, porque perder un hijo es una de las pruebas más difíciles que como madre podemos pasar”.Laura Valentina Páez Velandia, de 9 años / 21 de enero de 2025En Chiquinquirá, Boyacá, Miryam Lucero Velandia también sabe en carne propia el dolor que implica perder a una hija de esta manera. “El sueño de ella era crecer y poder tener un trabajo para que yo no sufriera tanto, para ayudarme”, expresó la mujer al recordar a la pequeña Laura Valentina de 9 años, quien el 16 de enero de 2025 salió de su casa para pasear a su perro y desapareció. Cinco días después de denunciar su desaparición, el cuerpo de la menor de edad fue hallado sin vida en el río Minero, en el límite de Boyacá y Santander. En este caso las autoridades también dieron con el responsable y fue condenado, algo que para Miryam es una medida importante para la protección de otros niños, pero difícilmente compensa el dolor que causó en su familia. “La única ventaja es que el man está en la cárcel y se han salvado más niños, pero justicia no. [Ella] era la mayor parte de mi vida”.Entrar a la casa de la mamá de Laura Valentina es como ver dos mundos distintos. Por un lado está el cuarto de la menor que parece congelado en el tiempo porque sigue intacto, con sus peluches, zapatos y uniforme del colegio, hasta la alcancía que la niña estaba llenando con la esperanza de comprarle un regalo de cumpleaños a su mamá. Pero fuera del cuarto de la menor lo que se ve en cada rincón de la casa son plantas y flores que Miryam cuida con amor. El motivo es uno solo, según explicó. “Así fuera a salir al potrero, ella siempre me regalaba una flor, ella misma me las daba, las echaba en agua y volvía y me las daba. Fue lo más lindo y hermoso que tuve en mi vida”.Emily Dayana Villalba Vergara, de 15 años / 12 de marzo de 2025Finalmente, en el municipio de Chocontá, en Cundinamarca, todos recuerdan con cariño a Emily Villalba, una joven de 15 años que soñaba con ser una música profesional y destacaba tocando en la banda sinfónica del municipio y de su colegio. Además de sus destacadas calificaciones, la adolescente se había convertido en el gran apoyo de su mamá Nury Yuliana Vergara, ayudándola incluso en sus clases universitarias para convertirse en enfermera.“Ella fue fundamental porque cuando yo iba a empezar [a estudiar] yo pensaba que la parte de sistemas me costaba, entonces Emily me daba moral, me echaba la mano”, recordó la mujer que ahora trabaja en un asilo como enfermera de adultos mayores y que logró cumplirle a su hija el sueño de verla graduada de enfermera, aunque la menor no pudo estar ahí para acompañarla. El 12 de marso de 2025, Emily regresaba a su su casa luego de un ensayo con la banda, pero nunca llegó a su hogar, generando preocupación en su entorno. Horas más tarde su cuerpo fue encontrado en una zona boscosa de la vereda Pueblo Viejo. Nury dice que, aunque el responsable de acabar con la vida de Emily está en la cárcel, su vida no volverá a ser la misma. "En términos legales pues de alguna manera sí [hubo justicia] porque el tipo fue capturado y condenado, pero ¿la vida de las víctimas qué? ¿Qué hay de la vida de las personas, que nos destruyeron la vida? Una criatura no es un número más, era una vida, era una vida con la que uno contaba, eran sueños, eran planes, eran proyectos”, reclamó. Agregó que, a pesar de lo ocurrido sigue trabajando para cumplirle la promesa a su hija de tener una casa propia y, en sus días más difíciles, aseguró que siente la presencia de Emily en una pequeña mariposa que siempre se posa en su ventana.La nueva ventana de la justicia Colombia acaba de lanzar la Alerta Rosa, un mecanismo de búsqueda inmediata para niños, niñas, adolescentes y mujeres desaparecidos, ya no hay que esperar 72 horas para denunciar. Si alguien desaparece puede comunicarse a estos números: Línea 123Líneas nacionales 122, 155 y 141También puede ir a la Fiscalía, a la Policía, al ICBF, las oficinas de la Defensoría del Pueblo o a una comisaría de familia
El crimen de Luis Alfonso Valencia, fundador de Arepas El Carriel, estremeció a los habitantes de Guaduas por la brutalidad con la que fue perpetrado. Lo que comenzó como la desesperada búsqueda de un empresario desaparecido terminó destapando una investigación que reveló un homicidio planeado y una traición que, según las autoridades, se habría gestado desde el círculo de confianza de la víctima.El Rastro reconstruyó este caso, ocurrido el 11 de noviembre de 2024, donde la aparente tranquilidad de una finca escondía una escena que cambiaría para siempre la vida de dos familias.El reconocido empresario, de 67 años, había dejado Bogotá ocho años antes para radicarse en el campo, con la esperanza de aliviar las afecciones pulmonares que padecía. Sin embargo, el retiro nunca estuvo en sus planes. Siguió dedicado a las labores de la finca y al cuidado de los animales.Su hijo, Leandro Valencia, lo recuerda como "un paisa de esos muy montañeros, de esos que se ganaban la vida pulso... fue una persona que todos los días se levantaba como si se quisiera comer el mundo".Un rastro de violenciaLa alerta se encendió cuando Valencia dejó de responder a las llamadas. Jairo Castellanos, amigo cercano del empresario, acudió a la finca y se encontró con una escena aterradora. Según su testimonio, "la casa estaba desordenada, la casa estaba saqueada totalmente, estaba patas arriba, todo". Los asaltantes no solo hurtaron objetos de valor; también rompieron techos y cortaron los muebles por debajo.Al ingresar las autoridades, el intendente Andrés Montoya, investigador de la Sijín, observó que "había varias cosas que estaban revolcadas como si hubiesen estado buscando algún elemento y en las mesas había unos vasos".La búsqueda en los alrededores de la propiedad llevó al hallazgo de dos cuerpos sin vida en una zona boscosa. Junto a Luis Alfonso Valencia se encontraba Rubén López, uno de sus trabajadores. El intendente Montoya detalló la crueldad del ataque: "Se ve que por lo menos a don Luis Alfonso le golpearon antes de causarle la muerte, ellos estaban amarrados de pies y manos".Las víctimas presentaban signos de tortura y heridas por proyectil de arma de fuego. En el sitio también fue hallada una trabajadora herida de gravedad, quien se convirtió en la única testigo presencial del hecho.El capataz bajo sospechaDesde el inicio, los investigadores sospecharon que el crimen no fue un simple hurto. La atención se centró rápidamente en Johan Daniel Pinzón, el capataz de la finca y hombre de confianza de Valencia. Pinzón vivía en la propiedad con su familia, pero tras el crimen desapareció misteriosamente. Aunque inicialmente se consideró que podía ser otra víctima, las pruebas técnicas comenzaron a desmentir esta versión.Un elemento fundamental fue el hallazgo de rastros físicos. Los peritos de la Sijín realizaron una inspección al interior de la casa, donde encontraron huellas dactilares de Pinzón en áreas donde él habitualmente no tenía permitido el ingreso.Según los investigadores, "era sospechoso porque él no tenía mucho acceso a la vivienda". Este indicio sugirió que el capataz participó activamente en el robo de la residencia.Pistas clave: huellas y cruce de llamadasLas autoridades comenzaron a rastrear los movimientos de Johan Daniel Pinzón. Tras los homicidios, el capataz cambió la tarjeta SIM de su teléfono celular, aunque continuó utilizando el mismo dispositivo, un detalle que llamó la atención de los investigadores.Al analizar los registros de llamadas, la Policía estableció que Pinzón se había comunicado con personas que estuvieron en el perímetro de la finca durante las horas previas y posteriores al crimen.Una interceptación telefónica fue la pieza que terminó de revelar el paradero del principal sospechoso. En la conversación, la pareja de Johan Daniel Pinzón le decía que había "cometido un error", mientras él aseguraba que debía abandonar la zona para evitar ser capturado por las autoridades.En ese momento, la única sobreviviente del ataque participó en un reconocimiento fotográfico. Según los investigadores, "nos confirma que Johan es la persona que está involucrada con el hurto y el homicidio".Última prueba y la captura de los señaladosLa investigación se extendió hasta el departamento del Tolima, siguiendo el rastro de una camioneta azul y una motocicleta hurtadas de la finca. Durante un operativo en Honda, la policía interceptó a varios hombres, entre ellos Sergio Andrés Gómez, quien intentó huir lanzándose por un caño. Al ser capturado, Gómez portaba un arma de fuego y un reloj Fossil de color café que intentó descartar al momento de la aprehensión.Al contactar a la familia Valencia para verificar la procedencia del objeto, el hijo de la víctima confirmó la pertenencia del accesorio: "Yo inmediatamente le digo que sí, que es el reloj de mi papá".Las autoridades identificaron a Gómez como el autor material de los disparos. Semanas después, Pinzón fue localizado en una vivienda en Ibagué, donde intentó escapar por los techos de una casa.Ante la contundencia de las pruebas recolectadas, que incluían testimonios, huellas, interceptaciones y objetos recuperados, tanto Johan Daniel Pinzón como Sergio Andrés Gómez decidieron allanarse a los cargos. El 16 de septiembre de 2025, fueron condenados por los delitos de homicidio agravado, tentativa de homicidio, secuestro y porte ilegal de armas.Aunque la fiscalía solicitaba inicialmente una pena de 56 años, la aceptación de cargos les permitió recibir una rebaja, quedando la sentencia final en 35 años de prisión. Para la familia del fundador de Arepas El Carriel, hay un cierre en el proceso, pero no la de una herida profunda por la traición de quien consideraban de su entorno.“Johan cumplió un papel de ganarse la confianza de ser una persona cercana de su empleador, del señor Luis Alfonso”, concluyó el coronel Mauricio Arley Herrera sobre los hechos del crimen.*Este texto fue realizado con colaboración de un asistente de IA y editado por un periodista que utilizó las fuentes idóneas y verificó en su totalidad los datos. Cuenta con información y reportería propia de El Rastro.
Lo que comenzó como la desaparición de una joven administradora de un bar terminó convirtiéndose en uno de los casos más impactantes de Bogotá. El 7 de enero de 2011, Sandra Viviana Ravelo, de 26 años, desapareció. Ocho días después, su cuerpo fue encontrado en una zona desolada de Ciudad Bolívar.La Fiscalía centró rápidamente la investigación en John Alexander Quintero, novio de la víctima y patrullero de la Policía. Todo apuntaba a una condena de hasta 60 años de prisión, hasta que una nueva revisión de las evidencias forenses cambió el rumbo del caso. El periodista Diego Guauque, de Séptimo Día, reconstruyó la investigación.El peso de la acusación: las pruebas de ADNDesde el inicio del proceso, la Fiscalía construyó su teoría del caso sobre dos pruebas biológicas que parecían irrefutables. En el cuerpo de la víctima se hallaron tres perfiles genéticos, uno de los cuales coincidía con el de su pareja. Además, debajo de las uñas de Sandra se encontró material biológico del uniformado, un hallazgo que los investigadores interpretaron como la prueba de que la víctima lo había arañado mientras intentaba defenderse del ataque.La presión social y mediática fue inmediata. En el ámbito carcelario, Quintero fue apodado con nombres como "Pikachu" o "el descuartizador". Al respecto, el patrullero relató el impacto de pasar de ser un servidor público a un reo señalado por la justicia: "Pasé de en la mañana ser un policía a en la noche ser el bandido más grande de todo Bogotá".Por su parte, la madre de la víctima, Claritza Murillo, expresó en su momento el dolor y el rechazo hacia el Policía: "Demasiada rabia sentía por él y decepción porque yo decía, pero fue algo alguien que yo tuve en mi casa".¿Qué demostró el análisis forense?El caso comenzó a desmoronarse en 2015, cuando el médico forense Aníbal Navarro y un equipo revisaron los folios y la necropsia. Una de las primeras conclusiones que permitió desvirtuar la sevicia fue la causa de las lesiones en el cadáver. Contrario a lo que se informó inicialmente sobre un desmembramiento y quemaduras intencionales, la ciencia determinó que el daño fue causado por agentes externos del entorno rural.El doctor Navarro explicó que los hallazgos en el cuerpo no correspondían a una acción criminal tras la muerte: "No está desmembrado. Son animales que han intervenido y han fragmentado el cuerpo. Y en este caso lo más probable son perros”.Asimismo, se descubrió que las supuestas quemaduras eran en realidad procesos naturales de descomposición mal interpretados debido a que la fotografía forense fue realizada por personal no experto. Según la investigación, quien tomó las imágenes era en realidad una auxiliar de enfermería sin la formación técnica necesaria.La prueba del ADN bajo las uñas, que la Fiscalía presentó como señal de una lucha desesperada, fue analizada bajo una nueva óptica por la genetista Luz Adriana Pérez Sepúlveda. Al observar detalladamente el estado de las manos de la víctima, la experta notó que la evidencia física no respaldaba la teoría del forcejeo: "Las uñas no están rotas. No hay ningún tipo de daño en las manos que sugiera esa lucha".La defensa argumentó que el material genético hallado era mínimo y compatible con la convivencia normal de una pareja, un fenómeno conocido en la ciencia forense como transferencia por contacto cotidiano.El propio Quintero explicó este punto en su defensa: "No era que hubiera arrancado piel... es ADN normal, como cuando tú te sientas en el computador de tu compañero y ya hay ADN tuyo". Esta interpretación cambió el sentido de la evidencia: la presencia de material genético de Quintero no demostraba su participación en el crimen, ya que los análisis concluyeron que dicho rastro provenía de una relación consentida anterior a la desaparición de Sandra.Testimonios que rectificaron la inocencia del policíaOtro factor determinante para la libertad del policía fue la desarticulación del móvil del crimen. La Fiscalía sostenía que Quintero era un hombre posesivo y extremadamente celoso, una percepción que la familia de la víctima compartía. No obstante, los testimonios de amigos cercanos y clientes habituales del bar que Sandra administraba en el barrio Bosa Piamonte desmintieron esa conducta violenta.Adicionalmente, se logró identificar a los hombres con los que Sandra fue vista por última vez. Testigos confirmaron que la joven abandonó el establecimiento comercial en un taxi acompañada por dos sujetos. Uno de ellos era Néstor Yesit Sánchez, quien posteriormente aceptó su responsabilidad mediante un preacuerdo con la justicia tras confirmarse que su ADN también estaba presente en la escena. Sánchez fue condenado, mientras que la identidad del tercer implicado nunca pudo ser establecida por las autoridades.La sentencia absolutoria y las secuelas del procesoTras pasar casi seis años privado de la libertad, entre cárceles como La Picota y detención domiciliaria, un magistrado dictó el fallo que declaró la inocencia de John Alexander Quintero. “Yo siempre tenía una Biblia. Ese día cuando el juez dijo esas palabras, yo me arrodillé y le di gracias a Dios”, aseguró Luz Nidia Giraldo, madre del patrullero. “Esa fue esa primer Navidad otra vez en casa. Fue ver otra vez a mi familia reunida, volver a estar con todos, ver que tenía el apoyo de mi familia”, recordó John Alexander Quintero, conmovido.A pesar de la decisión judicial, el estigma social persiste para Quintero, quien ha manifestado dificultades para reinsertarse en la vida laboral debido a sus antecedentes judiciales, llegando a ser rechazado en decenas de empresas. Por otro lado, la familia de Sandra Viviana Ravelo mantiene su postura de desconfianza frente al veredicto. Claritza Murillo reafirmó su convicción tras conocerse la libertad del expolicía: "No, que diga la verdad, que diga el por qué. ¿Para qué lo hizo con esas personas? Porque él sabe que él fue".El caso de Sandra Viviana Ravelo terminó convirtiéndose en mucho más que una investigación por feminicidio. También abrió un debate sobre el alcance de la evidencia forense, la interpretación de las pruebas científicas y las consecuencias que puede tener una investigación cuando los hallazgos son cuestionados años después. Mientras la familia de la víctima sigue reclamando justicia, John Alexander Quintero intenta reconstruir una vida marcada por un estigma que, asegura, aún no desaparece.*Este texto fue realizado con colaboración de un asistente de IA y editado por un periodista que utilizó las fuentes idóneas y verificó en su totalidad los datos. Cuenta con información y reportería propia de Séptimo Día.
El recargo por laborar en domingos y días festivos fue modificado en Colombia como parte de la implementación gradual de la reforma laboral contenida en la Ley 2466 de 2025 que establece que desde el 1 de julio de 2026, los trabajadores que presten sus servicios en su día de descanso obligatorio tienen derecho a recibir un recargo del 90% sobre el valor de la hora ordinaria, un incremento frente al 80% que estuvo vigente durante el último año.La medida hace parte de un cronograma definido por la ley, el cual busca que el reconocimiento económico por trabajar en domingos y festivos llegue de manera progresiva al 100%, porcentaje que será obligatorio para todos los empleadores a partir del próximo año. Y aunque el cambio ya comenzó a regir, aún existen dudas sobre la fecha en la que el recargo alcanzará el 100%.(Síganos en Google Discover y conéctese con las noticias más importantes de Colombia y el mundo)¿Cuándo aumentará el recargo dominical al 100 % en Colombia?De acuerdo con la Ley 2466 de 2025, el incremento del recargo dominical se implementó de manera escalonada para permitir que las empresas ajustaran sus costos laborales. El cronograma quedó establecido de la siguiente forma:Desde el 1 de julio de 2025: el recargo pasó al 80%.Desde el 1 de julio de 2026: aumentó al 90%.Desde el 1 de julio de 2027: será del 100%, porcentaje que quedará como regla general para el trabajo realizado en domingos y días de descanso obligatorio.Esto significa que, desde julio de 2027, quienes trabajen durante estos días deberán recibir un recargo equivalente al 100% sobre el valor de la hora ordinaria, sin perjuicio del salario correspondiente por la semana laborada. "Se entiende que el trabajo en día de descanso obligatorio es ocasional cuando el trabajador o trabajadora labora hasta dos (2) días de descanso obligatorio, durante el mes calendario. Se entiende que el trabajo en día de descanso es habitual cuando el trabajador o trabajadora labore tres (3) o más de estos durante el mes calendario. (...) Para todos los efectos, cuando este Código haga referencia a 'dominical', se entenderá que trata de día de descanso obligatorio", explica la ley. Por otro lado, la transparencia en el pago de horas extras se vuelve más rigurosa. El Artículo 12 obliga a los empleadores a llevar un registro detallado del trabajo suplementario, especificando nombre, actividad y si las horas son diurnas o nocturnas. El trabajador tiene el derecho de solicitar este reporte junto con su soporte de pago. El incumplimiento de estas obligaciones o la falta de pago de las horas extras puede acarrear sanciones severas por parte del Ministerio del Trabajo, incluyendo la suspensión de la facultad para autorizar tiempo suplementario hasta por seis meses.Otros cambios que introdujo la reforma laboralAdemás del incremento del recargo dominical, la Ley 2466 de 2025 incorporó otras modificaciones que comenzaron a aplicarse durante 2025 y 2026. Los trabajadores vinculados mediante contrato laboral en Colombia tendrán un nuevo cambio en sus condiciones de trabajo a partir del próximo 15 de julio de 2026. Ese día comenzará a aplicarse oficialmente la jornada máxima legal de 42 horas semanales, una medida contemplada en la Ley 2466 de 2025, que modificó varias disposiciones del Código Sustantivo del Trabajo y mantuvo el cronograma de reducción de la jornada establecido en la Ley 2101 de 2021.La reducción de la jornada semanal no es la única modificación que trae la reforma laboral. La Ley 2466 también cambió la definición del trabajo diurno y nocturno. Con la nueva norma, la jornada diurna comprende el periodo entre las 6:00 de la mañana y las 7:00 de la noche. En consecuencia, el trabajo realizado después de las 7:00 p. m. se considera nocturno y deberá reconocer el recargo correspondiente, una hora antes de lo que ocurría con la legislación anterior."El número de horas de trabajo diario podrá distribuirse de manera variable. Si en el horario pactado el trabajador o trabajadora debe laborar en jornada nocturna, tendrá derecho al pago de recargo nocturno (...) El empleador deberá llevar un registro del trabajo suplementario de cada trabajador en el que se especifique el nombre, actividad desarrollada y número de horas laboradas con la precisión de si son diurnas o nocturnas. Este registro podrá realizarse de acuerdo a las necesidades y condiciones propias de su empresa", agregaron.VALENTINA GÓMEZ GÓMEZNOTICIAS CARACOLvgomezgo@caracoltv.com.co
A partir del 15 de julio de 2026 comenzará a regir en Colombia una nueva etapa de la reducción gradual de la jornada laboral. La medida se encuentra contemplada en la Ley 2466 de 2025 que modificó varias disposiciones del Código Sustantivo del Trabajo y mantuvo el cronograma de reducción de la jornada establecido en la Ley 2101 de 2021, afectando desde el horario en que se considera que empieza la noche hasta la remuneración por trabajar en días festivos.Los cambios traerán ajustes tanto para trabajadores como para empleadores, especialmente en sectores que operan con turnos continuos, jornadas nocturnas o atención durante fines de semana y festivos. Gremios empresariales han advertido sobre el impacto que estas decisiones tendrán en los costos operativos, mientras que el Gobierno sostiene que las medidas buscan "recuperar derechos laborales" y mejorar las condiciones de los empleados.(Síganos en Google Discover y conéctese con las noticias más importantes de Colombia y el mundo)¿Cómo quedará la reducción de la jornada laboral desde el 15 de julio?Los trabajadores vinculados mediante contrato laboral en Colombia tendrán un nuevo cambio en sus condiciones de trabajo a partir del próximo 15 de julio de 2026. Ese día comenzará a aplicarse oficialmente la jornada máxima legal de 42 horas semanales, una medida contemplada en la Ley 2466 de 2025, que modificó varias disposiciones del Código Sustantivo del Trabajo y mantuvo el cronograma de reducción de la jornada establecido en la Ley 2101 de 2021."La duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo es de ocho (8) horas al día, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 3° de la Ley 2101 de 2021 sobre la aplicación gradual, y una jornada máxima de cuarenta y dos (42) horas a la semana. La jornada máxima semanal podrá ser distribuida, de común acuerdo, entre empleador y trabajador(a), de cinco (5) a seis (6) días a la semana, garantizando siempre el día de descanso y sin afectar el salario", se lee en la ley. Aunque el máximo permitido será de 42 horas a la semana, la ley no obliga a que todos los trabajadores tengan exactamente el mismo horario. "Recordemos que la jornada laboral fue modificada a través de una ley de la República que estableció que iba a reducirse a un total de 42 horas laborales en la semana. Eso quiere decir que es una reducción bien importante la que hemos venido haciendo a lo largo de estos últimos años. Es la última reducción de 2 horas en la jornada que también trae la desaparición del día de la familia y de algunas otras cosas asociadas", indicó Alejandra Osorio, directora de Acopi Bogotá y Cundinamarca, en Signo Pesos.Cambios en la jornada nocturna también hacen parte de la reformaLa reducción de la jornada semanal no es la única modificación que trae la reforma laboral. La Ley 2466 también cambió la definición del trabajo diurno y nocturno. Con la nueva norma, la jornada diurna comprende el periodo entre las 6:00 de la mañana y las 7:00 de la noche. En consecuencia, el trabajo realizado después de las 7:00 p. m. se considera nocturno y deberá reconocer el recargo correspondiente, una hora antes de lo que ocurría con la legislación anterior."El número de horas de trabajo diario podrá distribuirse de manera variable. Si en el horario pactado el trabajador o trabajadora debe laborar en jornada nocturna, tendrá derecho al pago de recargo nocturno (...) El empleador deberá llevar un registro del trabajo suplementario de cada trabajador en el que se especifique el nombre, actividad desarrollada y número de horas laboradas con la precisión de si son diurnas o nocturnas. Este registro podrá realizarse de acuerdo a las necesidades y condiciones propias de su empresa", agregaron. El recargo dominical aumentó desde el 1 de julioOtra de las disposiciones que ya comenzó a aplicarse corresponde al pago por laborar durante domingos o días festivos. Desde el 1 de julio de 2026, el recargo pasó del 80% al 90% sobre el valor de la hora ordinaria, como parte del esquema de implementación gradual establecido por la reforma. El cronograma fijado por la ley quedó definido de la siguiente manera:Desde el 1 de julio de 2025: recargo del 80%.Desde el 1 de julio de 2026: recargo del 90%.Desde el 1 de julio de 2027: recargo del 100%.No obstante, la legislación también permite que las empresas decidan aplicar directamente el recargo del 100% antes de la fecha prevista, si así lo consideran. Además, los empleadores estarán obligados a llevar un control detallado del trabajo suplementario realizado por cada empleado. En ese registro deberá identificarse el nombre del trabajador, la actividad desempeñada, el número de horas extras y si estas fueron diurnas o nocturnas.VALENTINA GÓMEZ GÓMEZNOTICIAS CARACOLvgomezgo@caracoltv.com.co
El panorama laboral en Colombia ha dado un giro significativo con la entrada en vigencia de la Ley 2466 de 2025, una normativa que busca equilibrar la balanza entre la productividad empresarial y el bienestar de los empleados. Esta ley introduce cambios profundos en el Código Sustantivo del Trabajo, afectando desde el horario en que se considera que empieza la noche hasta la remuneración por trabajar en días festivos. Para los millones de trabajadores colombianos, entender estos cambios es vital para garantizar sus derechos laborales.(Síganos en Google Discover y conéctese con las noticias más importantes de Colombia y el mundo)Uno de los ajustes más inmediatos se encuentra en la definición del trabajo diurno y el trabajo nocturno. Según el Artículo 10 de la nueva ley, el periodo diurno ahora comprende desde las 6:00 a. m. hasta las 7:00 p. m. En consecuencia, el trabajo nocturno se establece entre las 7:00 p. m. y las 6:00 a. m. del día siguiente. Este cambio de una hora en el inicio de la jornada nocturna implica que muchas personas comenzarán a devengar recargos más temprano en su turno habitual.Reducción de la jornada laboral para 2026El corazón de la reforma reside en el Artículo 11, que redefine la jornada máxima legal. La duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo se establece en ocho horas al día y una jornada semanal de cuarenta y dos (42) horas. Esta reducción busca que el trabajador disponga de más tiempo personal sin que su salario se vea afectado negativamente. Este máximo de 42 horas a la semana comenzarán a aplicarse desde el próximo 15 de julio.La ley permite cierta flexibilidad laboral, permitiendo que empleador y trabajador acuerden distribuir estas 42 horas en cinco o seis días a la semana, garantizando siempre un día de descanso. Además, se contempla que la jornada diaria pueda variar entre un mínimo de 4 horas continuas y un máximo de 9 horas, siempre que el promedio semanal no exceda el límite legal. Un aspecto humano destacado es el parágrafo que obliga a las empresas y Cajas de Compensación a facilitar una jornada semestral para que los empleados compartan con su familia en espacios adecuados.Recargo dominical para 2026Otro de los pilares de la Ley 2466 de 2025 es la remuneración en días de descanso obligatorio. El Artículo 14 estipula que el trabajo en domingos o festivos se remunerará con un recargo del ciento por ciento (100%) sobre el salario ordinario, proporcional a las horas laboradas. Es importante distinguir que el trabajo se considera "habitual" si se laboran tres o más domingos al mes, y "ocasional" si son hasta dos. No obstante, para evitar un impacto súbito en las finanzas de las empresas, se diseñó una implementación gradual de este recargo:A partir del 1 de julio de 2025, el recargo subirá al 80 %.Desde el 1 de julio de 2026, se incrementará al 90 %.Finalmente, el 1 de julio de 2027, se aplicará el pleno 100 %.Por otro lado, la transparencia en el pago de horas extras se vuelve más rigurosa. El Artículo 12 obliga a los empleadores a llevar un registro detallado del trabajo suplementario, especificando nombre, actividad y si las horas son diurnas o nocturnas. El trabajador tiene el derecho de solicitar este reporte junto con su soporte de pago. El incumplimiento de estas obligaciones o la falta de pago de las horas extras puede acarrear sanciones severas por parte del Ministerio del Trabajo, incluyendo la suspensión de la facultad para autorizar tiempo suplementario hasta por seis meses.Con estas medidas, Colombia se encamina hacia un modelo que prioriza la calidad de vida, protegiendo también de manera especial a los menores de edad autorizados para trabajar, cuyas jornadas quedan estrictamente limitadas según su edad. Esta ley representa un nuevo capítulo en el contrato de trabajo social del país.Este texto fue realizado con colaboración de un asistente de IA y editado por un periodista que utilizó las fuentes idóneas y verificó en su totalidad los datos. Cuenta con información y reportería propia de Noticias Caracol.MATEO MEDINA ESCOBARNOTICIAS CARACOL
A partir de julio de 2026 entrarán en vigencia nuevos cambios laborales en Colombia relacionados con la reducción de la jornada semanal y el aumento progresivo en los recargos por trabajo en domingos y festivos. Las medidas hacen parte de las modificaciones aprobadas dentro de la reforma laboral y de la Ley 2101 de 2021, normas que han venido transformando las condiciones laborales en el país durante los últimos años.Los cambios traerán ajustes tanto para trabajadores como para empleadores, especialmente en sectores que operan con turnos continuos, jornadas nocturnas o atención durante fines de semana y festivos. Gremios empresariales han advertido sobre el impacto que estas decisiones tendrán en los costos operativos, mientras que el Gobierno sostiene que las medidas buscan "recuperar derechos laborales" y mejorar las condiciones de los empleados.(Síganos en Google Discover y conéctese con las noticias más importantes de Colombia y el mundo)Reducción de la jornada laboral llegará a 42 horas semanalesUno de los cambios que comenzará a aplicarse desde el 15 de julio de 2026 será la reducción definitiva de la jornada laboral ordinaria en Colombia, que pasará de 44 a 42 horas semanales. "A partir de julio de 2026, se dará plena aplicación al recargo por laborar día de descanso obligatorio o día de fiesta en los términos de este artículo. Lo anterior, sin perjuicio de que, a la entrada en vigencia de la presente ley, el empleador se acoja al recargo del 100%”."Recordemos que la jornada laboral eh fue modificada a través de una ley de la República que estableció que iba a reducirse a un total de 42 horas laborales en la semana. Eso quiere decir que es una reducción bien importante la que hemos venido haciendo a lo largo de estos últimos años. Es la última reducción de 2 horas en la jornada que también trae la desaparición del día de la familia y de algunas otras cosas asociadas", indicó Alejandra Osorio, directora de Acopi Bogotá y Cundinamarca, en Signo Pesos. La reducción implica que las empresas deberán reorganizar horarios, turnos y distribución del personal para cumplir con el nuevo límite semanal. Aunque el salario no tendrá modificaciones por la disminución de horas, algunos sectores deberán hacer ajustes operativos para mantener sus niveles de producción y atención.Así quedará el pago de dominicales y festivosOtro de los cambios que tendrá aplicación desde julio de 2026 está relacionado con el pago de recargos por trabajo en domingos y días festivos. El artículo 19 de la reforma laboral establece que el trabajo realizado en días de descanso obligatorio o festivos deberá pagarse con un recargo del 100%. Sin embargo, la implementación fue definida de manera gradual. De acuerdo con el cronograma aprobado:Desde julio de 2024 el recargo pasó al 80%.Desde julio de 2025 aumentó al 90%.Desde julio de 2026 comenzará la aplicación plena del 100%.Actualmente el recargo por dominicales y festivos es del 90%, pero con la nueva etapa el valor se duplicará frente al pago ordinario de una jornada laboral. La reforma contempla que los empleadores también pueden acogerse voluntariamente al recargo del 100 % antes de la fecha establecida por la ley.Jornada nocturna comenzará desde las 7 de la nocheLa reforma laboral también modificó los horarios definidos para la jornada diurna y nocturna en Colombia. El artículo 15 establece que la jornada diurna será entre las 6:00 de la mañana y las 7:00 de la noche. A partir de esa hora comenzará la jornada nocturna, que irá hasta las 6:00 de la mañana del día siguiente.Con esta modificación, el trabajo realizado después de las 7:00 p. m. deberá recibir el recargo nocturno correspondiente. Antes de este cambio, la jornada nocturna iniciaba a las 9:00 p. m. La exministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez, señaló durante la discusión del proyecto que estas medidas representan la recuperación de derechos laborales que habían sido modificados por la Ley 789 de 2002."Hay 2 artículos que son para nosotros fundamentales, porque son la recuperación de derechos de los trabajadores y trabajadoras, que la Ley 789 había recortado, como es el caso de la jornada diurna y jornada nocturna que debe tener un recargo del 35% y el de pagos de dominicales y festivos que está hoy en el 75% y se vuelve a lo que se tenía que era el ciento por ciento de manera progresiva", indico. Gremios advierten sobre aumento en costos laboralesDesde distintos sectores empresariales se han manifestado preocupaciones por el impacto económico que traerán estos cambios. La directora de Acopi Bogotá Cundinamarca, María Alejandra Osorio, explicó que la reducción de la jornada laboral y el aumento en los recargos implicarán mayores costos operativos para las compañías, especialmente aquellas intensivas en mano de obra.La dirigente gremial indicó que sectores como comercio, manufactura, vigilancia, restaurantes, hoteles y empresas con turnos continuos podrían enfrentar mayores gastos relacionados con personal y reorganización de horarios. "Trabajar menos no nos va a hacer producir más y eso es una preocupación grande que debemos tener en el país y una discusión abierta. Lo que necesita el país es mayor producción, generar mayor riqueza y no solamente pensar en cómo redistribuirla"."Si seguimos redistribuyendo lo poco que se produce, realmente estamos redistribuyendo más pobreza y más desigualdad en nuestro sector 'más popular'. Creemos que estas medidas deberían estar acompañadas de altos niveles de tecnificación o de generación de valor agregado", agregó. También señaló que las empresas deberán ajustar sus esquemas de operación para cubrir las nuevas jornadas, particularmente en actividades nocturnas y trabajos realizados durante fines de semana y festivos.VALENTINA GÓMEZ GÓMEZNOTICIAS CARACOLvgomezgo@caracoltv.com.co
El día de la familia en Colombia es un derecho laboral que nació con la idea de dar tiempo a las personas para compartir con su núcleo familiar. Sin embargo, este beneficio tiene un cambio importante desde el segundo semestre de 2026. Por eso surge la pregunta sobre hasta cuándo se puede pedir y qué pasará con este tiempo.(Síganos en Google Discover y conéctese con las noticias más importantes de Colombia y el mundo)¿Qué es el día de la familia?El día de la familia se creó en la Ley 1857 de 2017. Esta norma obliga a las empresas a dar un espacio para que sus trabajadores compartan con su familia. La ley establece que el empleador debe facilitar al menos una jornada cada semestre. En términos simples, esto significa que cada trabajador puede tener dos días al año destinados a esta actividad, uno por cada semestre. No siempre se entrega como un día libre completo, ya que algunas empresas hacen actividades internas o integran ese tiempo en eventos.Durante varios años, el día de la familia se dio de distintas formas. Algunas empresas entregaban un día libre. Otras organizaban reuniones o salidas. También existían casos donde se unía con actividades de bienestar. La clave es que la ley permite cierta flexibilidad, pero siempre se debe garantizar el tiempo. No es un permiso opcional para la empresa. Es una obligación que forma parte del manejo laboral.El cambio que afecta este beneficioEl cambio viene de otra norma: la Ley 2101 de 2021, que ordena la reducción de la jornada laboral en Colombia. Esta ley fijó una disminución progresiva de las horas de trabajo semanal, pasando de 48 a 42 horas. Este ajuste se aplica por etapas. La última reducción entra en vigor el 15 de julio de 2026, cuando la jornada queda en 42 horas por semana.La misma ley trae un punto clave: cuando la jornada laboral se reduzca a 42 horas, el empleador puede decidir no otorgar el día de la familia de forma obligatoria.Hasta cuándo se puede pedir el día de la familiaCon base en lo anterior, el derecho cambia en una fecha clara. El día de la familia se puede tomar hasta el 30 de junio de 2026. A partir de julio, las empresas pueden dejar de dar este beneficio como una jornada adicional. En otras palabras, el segundo semestre de 2026 marca el inicio del cambio. Desde ese momento, el empleador no está obligado a entregarlo como antes.Después de esa fecha, el beneficio no desaparece por completo, pero cambia su forma. La ley permite que las empresas definan si continúan o no con ese espacio. Hay dos escenarios posibles:La empresa decide mantener el día de la familia: lo puede seguir dando como parte de sus políticas internas.La empresa decide no darlo: puede dejar de otorgarlo sin incumplir la ley.Esto se debe a que la reducción de la jornada laboral compensa ese tiempo que antes se daba como día especial. Así que, si usted aún no ha solicitado el día de la familia en su empresa, es clave que pueda llegar a un acuerdo con su empleador antes de que termine el mes de junio.Este texto fue realizado con colaboración de un asistente de IA y editado por un periodista que utilizó las fuentes idóneas y verificó en su totalidad los datos.ÁNGELA URREA PARRANOTICIAS CARACOL
Desde 2026, los guardias de seguridad en Colombia entran en una nueva etapa en materia laboral. El Ministerio del Trabajo aclaró cómo se deben aplicar las normas sobre jornada, horas extra y turnos en este sector, que desde hace años tiene reglas distintas al resto de trabajadores. La guía quedó plasmada en la Circular 0040 de abril de 2026 y se apoya en la Ley 1920 de 2018, conocida como la ley del vigilante. (Síganos en Google Discover y conéctese con las noticias más importantes de Colombia y el mundo)El punto central es que el sector de vigilancia no queda por fuera de la reducción de la jornada laboral que trae la ley general, pero mantiene su régimen especial para organizar turnos largos, siempre dentro de ciertos límites. Noticias Caracol pudo confirmar esta información con Jorge Manrinque, abogado laboral.Lo que dice la Ley 1920 de 2018 sobre los guardias de seguridadDesde 2018, los guardias de seguridad cuentan con una norma propia. El artículo 7 de la Ley 1920 permite que estos trabajadores puedan cumplir turnos de hasta 12 horas diarias, siempre que exista un acuerdo por escrito entre el empleador y el trabajador. Este permiso no es automático ni informal: debe quedar firmado por las dos partes y estar disponible ante una eventual revisión laboral. Esa misma norma fija un techo claro: no se pueden superar las 60 horas semanales, incluso sumando las horas extra. La jornada ordinaria sigue siendo de ocho horas diarias, y todo lo que se trabaje por encima de ese tiempo debe pagarse como trabajo suplementario, con los recargos correspondientes.¿Qué cambia en 2026 con la jornada laboral para los guardias de seguridad?La reducción de la jornada laboral en Colombia viene de la Ley 2101 de 2021, que estableció un descenso gradual hasta llegar a 42 horas semanales. El 15 de julio de 2026 es la fecha en la que esa reducción llega a su punto final. La duda era si los vigilantes quedaban por fuera de este cambio. La respuesta del Ministerio del Trabajo fue clara: no quedan por fuera. Las empresas de seguridad también deben ajustar la jornada ordinaria a 42 horas semanales desde esa fecha, sin disminuir el salario pactado. Esto no elimina los turnos de 12 horas. Lo que cambia es la forma en que se cuentan y se pagan las horas.En la práctica, el esquema funciona así: La jornada ordinaria sigue siendo de ocho horas diarias. Después de esas ocho horas, empieza a contarse el tiempo suplementario. Un guardia puede trabajar hasta cuatro horas adicionales en el día, llegando a las 12 horas, siempre que exista el acuerdo escrito y que no se supere el tope semanal de 60 horas. Con la reducción a 42 horas semanales, las empresas tendrán que revisar cómo distribuyen los turnos. Si un trabajador supera ese límite en la semana, esas horas deberán pagarse como extras, según el tipo de jornada: diurna, nocturna, dominical o festiva. Este texto fue realizado con colaboración de un asistente de IA y editado por un periodista que utilizó las fuentes idóneas y verificó en su totalidad los datos. Cuenta con reportería propia de Noticias Caracol.ÁNGELA URREA PARRANOTICIAS CARACOL
La Justicia de Argentina resolvió hacer lugar a una medida cautelar presentada por la Confederación General del Trabajo (CGT), mayor central obrera del país, y suspender la aplicación de 82 de los 218 artículos de la Ley de Modernización Laboral (o simplemente reforma laboral) impulsada por el Gobierno del presidente Javier Milei y aprobada el pasado febrero por el Congreso del país suramenricano.(Síganos en Google Discover y conéctese con las noticias de Colombia y el mundo)¿Por qué fue suspendida la reforma laboral en Argentina?El juez laboral Raúl Ojeda consideró que existen indicios de regresividad en materia laboral, afectación de principios constitucionales y riesgo de daños irreparables, al decidir la suspensión provisoria de artículos que introducen cambios sustanciales al régimen laboral argentino.Entre los 82 artículos afectados por la resolución se encuentran aquellos que limitan el derecho a huelga al establecer límites para la realización de asambleas y los que habilitan sanciones contra conductas gremiales e incluso prevén la eliminación de la personería jurídica para sindicatos, entre muchos otros.El juez resolvió, además, suspender aquellos artículos que afectan el derecho de negociación colectiva y que introducen cambios en los períodos de prueba, en la computación de los años de antigüedad y en las indemnizaciones.El fallo deja temporalmente sin efecto la derogación de la ley de teletrabajo y los artículos que limitan la responsabilidad de las empresas que utilizan mano de obra tercerizada y que califican de "prestadores independientes" a los trabajadores de plataformas tecnológicas.Según la demanda sindical, la reforma establece "modificaciones peyorativas y permanentes" que vulneraban de forma ostensible derechos constitucionales, así como la protección ante el despido y la libertad sindical.El juez reconoció la legitimidad del reclamo de la CGT y decidió dar lugar a esta medida provisoria.Gobierno de Milei se pronuncia frente a suspensión parcial de reforma laborlEl Ministerio de Capital Humano de Argentina anunció en un comunicado que apelará el fallo y aseguró que "se agotarán todas las instancias judiciales necesarias para garantizar la plena vigencia" de la nueva ley como "expresión inequívoca de la voluntad legislativa y mandato de la actual gestión de gobierno"."El Ministerio rechaza los intentos de quienes, priorizando intereses corporativos y sectoriales, pretenden obstaculizar las reformas necesarias para superar el desempleo y el estancamiento que caracterizaron etapas anteriores de nuestra historia", añadió el comunicado.Por la cantidad de artículos afectados, la medida cautelar resuelta el lunes es una de las más importantes dictadas hasta ahora en contra de la reforma laboral.Hace apenas unos días, la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) consiguió la suspensión de los artículos que limitaban la vigencia de los convenios colectivos y la financiación sindical.La norma también motivó al menos cinco fallos por parte de distintos jueces locales en rechazo a un artículo que modifica el cálculo de las indemnizaciones.La reforma laboral fue aprobada el 27 de febrero por el Congreso y promulgada apenas unos días después, en medio de sucesivas manifestaciones y una huelga general convocada por la CGT.CAMILO ROJAS, PERIODISTA NOTICIAS CARACOLX: RojasCamoCorreo: wcrojasb@caracoltv.com.coInstagram: MilografiasESTA NOTA TIENE INFORMACIÓN DE LA AGENCIA DE NOTICIAS EFE
En Colombia existe un marco legal que protege a las trabajadoras domésticas y determina las obligaciones mínimas que deben cumplir quienes contratan estos servicios. Dentro de estas obligaciones está el pago de cesantías. Aunque durante años se creyó que este pago podía ajustarse según la jornada, la ley establece que las cesantías deben pagarse de manera completa aun cuando la empleada doméstica trabaje media jornada, siempre que exista un vínculo laboral prolongado y continuo. La normativa colombiana y las reformas laborales recientes apuntan a aclarar este panorama para evitar interpretaciones erróneas.(Síganos en Google Discover y conéctese con las noticias más importantes de Colombia y el mundo)Este tema tomó relevancia reciente por el crecimiento del empleo doméstico por días y por las dudas frecuentes de empleadores que buscan un manejo correcto de sus obligaciones laborales. Cabe aclarar que las cesantías corresponden a un mes de salario por cada año trabajado, o a la proporción equivalente por el tiempo laborado, y son obligatorias para todas las personas que tienen vínculo laboral formal, incluyendo empleadas domésticas, incluso cuando el contrato es verbal. Este derecho sigue vigente bajo el Código Sustantivo del Trabajo y normas complementarias. ¿Por qué las empleadas domésticas tienen derecho completo a cesantías incluso trabajando media jornada?El trabajo doméstico por días o por horas ha crecido en ciudades grandes y medias del país. Muchas casas contratan empleadas que trabajan solo la mañana, la tarde o unas cuantas horas diarias. Esto ha provocado confusión respecto a si deben pagarse prestaciones completas. Una explicación reciente, citada por una abogada laboralista que se identifica en Instagram como @entreabogados.colombia, aclara que si la empleada trabaja medio día pero lo hace todos los días, supera los 20 días mensuales, lo que se interpreta como un vínculo laboral continuo. En este escenario, no aplica la categoría de trabajo parcial. Por tanto, la empleada tiene derecho al pago completo de seguridad social, prestaciones sociales y cesantías calculadas con el salario acordado. El criterio, entonces, no es la duración diaria de la jornada, sino la frecuencia mensual. Este punto es clave porque muchos empleadores creen que media jornada implica media obligación, lo cual no es correcto cuando el servicio es continuo.¿Qué leyes sustentan el pago completo de cesantías a empleadas domésticas?Código Sustantivo del Trabajo: establece que toda relación laboral implica pago de prestaciones sociales, incluyendo cesantías. No distingue entre jornada completa o parcial cuando existe vínculo laboral continuo.Ley 50 de 1990: regula el sistema moderno de cesantías en Colombia, define la liquidación anual y ordena consignaciones antes del 14 de febrero, imponiendo sanciones por incumplimiento. Decreto 2616 de 2013: regula aportes por semanas para trabajadores por días. Sin embargo, este esquema solo aplica si la empleada trabaja menos de 21 días al mes. Si supera ese número —aunque sea medio día— deja de ser trabajo parcial y pasa a ser trabajo ordinario con obligaciones completas. Ley 1595 de 2012: aclara que las trabajadoras domésticas deben recibir el salario mínimo y las prestaciones correspondientes, sin discriminar por modalidad de trabajo. Ley 2466 de 2025: reforma laboral que actualiza, entre otros aspectos, la administración de cesantías sin cambiar su valor o naturaleza.¿Cómo se calculan las cesantías de una empleada doméstica que trabaja media jornada?El cálculo se basa en el salario pactado. Si la trabajadora está contratada por medio día, el salario acordado también corresponderá a media jornada, pero la prestación se calcula de manera completa sobre ese salario reducido. Ejemplo práctico:Si el salario acordado es de $1.000.000 por media jornada mensual, entonces la cesantía causada por un año de trabajo sería $1.000.000.Si trabajó solo seis meses, la cesantía corresponde a la mitad: $500.000.No existe regla que permita omitir el pago de cesantías. Tampoco se puede fraccionar el derecho por horas. La única variación posible es proporcional al tiempo trabajado durante el año.¿Qué pasa si una empleada doméstica trabaja por días y no supera los 21 días mensuales?En ese caso, sí se puede aplicar el sistema de semanas de cotización establecido en el Decreto 2616 de 2013, donde la seguridad social se paga por semanas equivalentes al número de días trabajados. Pero esto no elimina el derecho a prestaciones. Los pagos correspondientes siguen siendo:CesantíasIntereses a las cesantíasPrimaVacacionesEstos beneficios siempre se calculan proporcionalmente, pero la diferencia está en que, cuando la empleada no supera los 21 días, la seguridad social se paga por semanas y no sobre el mes completo.Este texto fue realizado con colaboración de un asistente de IA y editado por un periodista que utilizó las fuentes idóneas y verificó en su totalidad los datos.ÁNGELA URREA PARRANOTICIAS CARACOL
El auxilio de conectividad es un pago obligatorio en Colombia para personas con contrato laboral bajo modalidad de teletrabajo y con ingresos dentro de los topes definidos por la ley. La reforma laboral (Ley 2466 de 2025) incorporó este auxilio con carácter permanente y lo articuló con las reglas del auxilio de transporte. (Síganos en Google Discover y conéctese con las noticias más importantes de Colombia y el mundo)¿De cuánto es el auxilio de conectividad en 2026?A partir de 2026, el valor del apoyo sigue el monto del auxilio de transporte fijado para el mismo año, y se reconoce cuando no hay desplazamiento al lugar de trabajo porque la labor se presta de manera remota. La autoridad laboral fijó el auxilio de transporte de 2026 en 249.095 pesos, y ese parámetro se traslada al auxilio de conectividad cuando la persona cumple los criterios de teletrabajo y de tope salarial establecidos por la norma.El auxilio de conectividad aplica a quienes están formalmente vinculados por contrato de trabajo y desarrollan sus funciones en teletrabajo total, parcial o híbrido. El beneficio aplica para los colombianos que ganen hasta dos salarios mínimos legales mensuales vigentes, es decir, $3.501.810. Esta limitación replica el esquema del auxilio de transporte y evita que el auxilio se extienda a personas por encima del umbral. Tenga en cuenta que el beneficio no es acumulable con transporte y que se reconoce conforme a la modalidad de prestación del servicio en cada periodo de pago. ¿Qué pasa si trabajo en casa y en la oficina?El criterio de exclusión frente al auxilio de transporte se mantiene cuando el teletrabajo es la modalidad efectiva. Si la persona alterna días presenciales y remotos, corresponde reconocer el auxilio que obedezca al gasto principal generado en el periodo, evitando doble pago sobre los mismos días.Cuando la persona labora solo una fracción del mes, el auxilio puede reconocerse de manera proporcional a los días de trabajo, tal como ocurre con el auxilio de transporte. En trabajo híbrido, el criterio operativo demanda un registro verificable de jornadas remotas y presenciales para evitar pagos duplicados y asignar el auxilio que corresponda en cada tramo del periodo. Las empresas suelen establecer políticas internas para soportar la modalidad de prestación del servicio, los días autorizados y la evidencia de teletrabajo.De otro lado, el auxilio de conectividad no incrementa la base para aportes a seguridad social, salvo lo que señalen normas específicas, pero sí se integra a la base de prestaciones sociales para trabajadores con ingresos de hasta dos salarios mínimos. El reconocimiento se suma al salario en la liquidación de primas y cesantías conforme a la regla establecida por la reforma, y su gestión debe quedar parametrizada en los sistemas de nómina.ÁNGELA URREA PARRANOTICIAS CARACOL
Seis meses después de que se aprobó la reforma laboral propuesta por el gobierno de Gustavo Petro en el Congreso, este 25 de diciembre se iniciará a pagar el recargo nocturno desde las 7 de la noche y no desde las 9 p. m. como venía funcionando hasta ahora. Esto quiere decir que la jornada en la que se pagarán estas horas irá de 7 p. m a 6 de la mañana. Esta norma busca beneficiar a quienes trabajan en la tarde/noche, que en su mayoría son personal de centros comerciales —sector con alta demanda en época de fin de año—, guardias de seguridad en complejos residenciales o comerciales, y trabajadores de la industria del entretenimiento como meseros y empleados de bares o discotecas, quienes operan hasta la madrugada.El primer pago del recargo nocturno tras el cambio se verá reflejado durante la primera quincena de enero de 2026, cuando los trabajadores que durante el último periodo del mes se hayan desempeñado en las horas ahora catalogadas como nocturnas (7:00 p. m. a 6:00 a. m.) deberán recibir su remuneración ajustada.El recargo nocturno para los trabajadores será del 35%. Pero, si las horas nocturnas superan el límite de las 44 horas de la jornada máxima legal por semana en Colombia, el sobrecosto para el empleador será superior. "Si esas horas trabajadas entre las 7:00 p. m. y las 6:00 a. m. del día siguiente son adicionales a la jornada máxima semanal, el recargo será del 75%, sumado al 100% que corresponde al concepto de hora extra laborada", explicó Nicolás Godoy, asociado laboralista de la firma Godoy, durante una entrevista con Noticias Caracol.Cabe resaltar que, aunque esta noticia representa un alivio financiero para los empleados, especialmente para quienes cumplen turnos fijos de noche, el ajuste también representa un desafío para el sector productivo, pues se estima que el impacto económico en las pequeñas y medianas empresas (pymes) oscilará entre el 15% y el 30% en sus costos de nómina.¿Cómo calcular el recargo nocturno?El viceministro del Trabajo, Iván Jaramillo, dio un ejemplo para Noticias Caracol sobre cómo se calcula a partir e ahora el pago con el ajuste del recargo nocturno con el salario mínimo actual, que es de 1'423.500 pesos. "Si uno divide esa cifra entre 30 le da el valor del día, que da unos 47.000 pesos. Ese valor del día, que corresponde a 8 horas, se divide entre ocho y da el valor que se multiplica por el 35%, que es el recargo nocturno", dijo. Es importante recordar que, si la jornada de trabajo es extraordinaria, superando las 8 horas diarias, dijo el viceministro, “el recargo correspondería al 75%”. Este porcentaje, según había dicho Nicolás Godoy, se suma "al 100% que corresponde al concepto de hora extra laborada".Aumento en los recargos dominicales y festivosEn medio de los cambios profundos establecidos en la reforma laboral, que impactarán directamente la remuneración de los trabajadores, se establecieron nuevos montos en cuanto al recargo por el trabajo en días dominicales y festivos. Actualmente, este beneficio es del 75% sobre el valor de la hora ordinaria, pero se ha estipulado una transición hacia el 100% bajo el siguiente esquema:Desde julio de 2025: El recargo subirá al 80%.Desde julio de 2026: El pago adicional ascenderá al 90%.Desde julio de 2027: Se completará el ajuste, llegando al 100% de recargo.Por otro lado, el año 2026 marcará el paso final hacia una semana laboral más corta. La jornada, que hoy se sitúa en 44 horas, se reducirá de forma definitiva a 42 horas semanales a partir del 15 de julio de 2026. Es fundamental aclarar que esta medida no proviene de la reciente reforma laboral, sino que es el cumplimiento de la Ley 2101 de 2021.LAURA VALENTINA MERCADONOTICIAS CARACOL DIGITAL
El Baloto y Revancha realizan este miércoles 8 de julio de 2026 una nueva jornada de sorteos, una de las más esperadas dentro de los juegos de suerte y azar en Colombia. Como ocurre cada semana, el operador lleva a cabo la extracción oficial bajo los protocolos de seguridad y supervisión establecidos, con el fin de garantizar la transparencia durante todo el proceso.(Síganos en Google Discover y conéctese con las noticias más importantes de Colombia y el mundo)Una vez concluye el sorteo, los números ganadores son publicados a través de los canales oficiales para que quienes registraron su apuesta puedan verificar si la combinación seleccionada coincide con la anunciada. Además del sorteo principal de Baloto, la modalidad Revancha ofrece una segunda oportunidad utilizando el mismo tiquete adquirido por el participante.Resultados de Baloto del 8 de julio de 2026Luego de finalizar el sorteo correspondiente a este miércoles, estos son los resultados oficiales:BalotoNúmeros ganadores: 30 - 15 - 24 -11- 20Superbalota: 02RevanchaNúmeros ganadores: 37 - 04 - 12 - 26 -35Superbalota: 13Los resultados oficiales quedan sujetos al proceso de validación del operador autorizado antes de cualquier trámite relacionado con el pago de premios.¿Cómo funciona Baloto y Revancha?Baloto es un juego de selección de números en el que cada participante debe escoger cinco números entre el 1 y el 43, además de una Superbalota entre el 1 y el 16. También existe la posibilidad de dejar que el sistema genere la combinación de manera automática.La modalidad Revancha utiliza la misma combinación registrada en el tiquete de Baloto y permite participar en un segundo sorteo durante la misma jornada, sin necesidad de seleccionar nuevos números.Si ningún participante acierta la combinación completa, el premio mayor continúa acumulándose para el siguiente sorteo, de acuerdo con las reglas establecidas por el operador.Los sorteos de Baloto y Revancha se realizan tres veces por semana: los lunes, miércoles y sábados, en horario nocturno.¿Cómo reclamar un premio?Si la combinación registrada coincide con alguno de los resultados oficiales, el primer paso consiste en conservar el comprobante original, ya que es el único documento válido para iniciar el proceso de reclamación.Generalmente, para efectuar el cobro se requiere:Presentar el comprobante original en buen estado.Documento de identidad vigente.Cumplir los procedimientos establecidos por el operador cuando se trate de premios de mayor cuantía.Los premios de menor valor suelen pagarse en puntos autorizados, mientras que las sumas más altas deben tramitarse conforme al procedimiento establecido por el operador del juego.Asimismo, los premios obtenidos están sujetos a las retenciones tributarias y al impuesto por ganancias ocasionales previstos en la legislación colombiana.Las autoridades recuerdan que existe un plazo legal para reclamar los premios, por lo que recomiendan verificar oportunamente los resultados oficiales, conservar el comprobante sin alteraciones y evitar compartir fotografías completas del documento en redes sociales o aplicaciones de mensajería, como medida de protección frente a posibles fraudes.HEIDY ALEJANDRA CARREÑO BELTRANNOTICIAS CARACOLHcarrenb@caracoltv.com.co
La Lotería de Manizales realiza este miércoles 8 de julio de 2026 una nueva edición de su tradicional sorteo semanal, una jornada en la que se conoce la combinación favorecida del premio mayor y de las demás categorías contempladas en su plan oficial de premios. Como ocurre en cada emisión, la extracción se desarrolla bajo los mecanismos de control establecidos para los juegos de suerte y azar en Colombia.(Síganos en Google Discover y conéctese con las noticias más importantes de Colombia y el mundo)Al concluir el sorteo, la entidad divulga los resultados oficiales para que quienes adquirieron un billete puedan verificar si el número y la serie registrados coinciden con la combinación ganadora. Además del premio mayor, el plan de incentivos incluye premios secos y aproximaciones, lo que amplía las posibilidades de obtener un reconocimiento económico.Resultados de la Lotería de Manizales del 8 de julio de 2026Una vez finalice el sorteo correspondiente a este miércoles, estos serán los resultados oficiales de la jornada:Premio mayor: [Número por definir]Serie: [Serie por definir]Es importante recordar que para establecer si un billete resulta favorecido es indispensable que coincidan exactamente las cuatro cifras y la serie anunciadas durante la extracción oficial.¿Cómo funciona la Lotería de Manizales?La Lotería de Manizales opera mediante un sistema de billetes que incluyen un número de cuatro cifras y una serie de tres dígitos. Para obtener el premio mayor es necesario acertar ambas combinaciones exactamente como son anunciadas durante el sorteo.Las personas interesadas pueden adquirir el billete completo o comprar fracciones, según el valor que deseen invertir. Cuando el premio corresponde a una fracción, el pago se realiza de manera proporcional a la parte adquirida.Los billetes se comercializan por medio de distribuidores autorizados y vendedores oficiales, quienes garantizan la legalidad de cada emisión.Plan de premios de la Lotería de ManizalesEl plan de premios contempla diferentes categorías además del premio mayor, permitiendo que varios billetes resulten favorecidos en cada jornada.Entre los principales incentivos se encuentran:Tres premios secos de 200 millones de pesos.Cinco premios secos de 100 millones de pesos.Diez premios secos de 80 millones de pesos.Diez premios secos de 60 millones de pesos.Diez premios secos de 50 millones de pesos.Diez premios secos de 40 millones de pesos.Premios por aproximaciones y coincidencias de las últimas cifras.Cada categoría se liquida conforme al plan oficial vigente de la entidad.¿Cómo reclamar un premio?Si el billete coincide con alguno de los resultados oficiales, será indispensable conservar el documento original en perfecto estado, ya que constituye el único soporte válido para efectuar el proceso de reclamación.Generalmente, para realizar el cobro se solicita:Billete original sin tachaduras, alteraciones o deterioro.Documento de identidad vigente.Formularios adicionales cuando el premio corresponda a una cuantía mayor.Los premios de menor valor suelen reclamarse con los distribuidores autorizados, mientras que los montos superiores deben gestionarse directamente en las oficinas de la Lotería de Manizales, cumpliendo los procedimientos establecidos.Asimismo, los premios obtenidos están sujetos a las retenciones tributarias y al impuesto por ganancias ocasionales previstos en la legislación colombiana.Recomendaciones para verificar el resultadoAntes de iniciar cualquier trámite, compare cuidadosamente el número y la serie impresos en el billete con la combinación oficial publicada por la entidad. También se recomienda evitar compartir fotografías completas del documento en redes sociales o aplicaciones de mensajería para reducir el riesgo de fraude.Finalmente, recuerde que los premios cuentan con un plazo legal de un año para ser reclamados. Una vez vence ese término, el derecho al cobro expira conforme a la normativa vigente.HEIDY ALEJANDRA CARREÑO BELTRANNOTICIAS CARACOLHcarrenb@caracoltv.com.co
Los tradicionales sorteos de mitad de semana de las principales loterías del país vuelven a concitar la atención de miles de apostadores en el territorio nacional. Este miércoles 8 de julio, las loterías del Valle, Meta y Manizales ponen en juego sus respectivas bolsas de premios, ofreciendo la oportunidad de transformar la realidad financiera de los compradores que acierten a las combinaciones ganadoras.A continuación, se presentan los espacios oficiales destinados a los números y series favorecidas en las emisiones de la fecha, los cuales se actualizarán en tiempo real una vez las respectivas mesas de juego validen los resultados bajo la supervisión de las autoridades de control.Resultados de los Sorteos de Hoy: Miércoles 8 de julio de 2026 Lotería del VallePremio Mayor ($9.000 Millones): 3 - 3 - 2 - 9Serie: 084Lotería del MetaPremio Mayor ($1.800 Millones): 8 - 8 - 7 - 2Serie: 072Lotería de ManizalesPremio Mayor ($2.600 Millones): 5 - 7 - 0 - 4Serie: 217Baloto y RevanchaBaloto Tradicional (Acumulado: $46.800 Millones): 30 - 15 - 24 - 11 - 20 — Súper Balota: 02Baloto Revancha (Acumulado: $7.400 Millones): 37 - 04 - 12 - 26 - 35— Súper Balota: 13Dinámica de participación y costos de los tiquetesLas loterías tradicionales en Colombia funcionan mediante un sistema de billetes impresos o virtuales divididos en fracciones. Cada billete contiene un número de cuatro cifras (del 0000 al 9999) acompañado de una serie numérica.Por otro lado, Baloto opera bajo una dinámica de juego paramutual y electrónico. El usuario debe elegir cinco números del 1 al 43 y una "Súper Balota" con números del 1 al 16. La gran ventaja de este formato es que los acumulados se van sumando sorteo tras sorteo si no hay un ganador absoluto.Los valores fijados para la compra en cada una de las cuatro entidades vigentes para este miércoles son:Lotería del Valle: El billete completo consta de 3 fracciones y tiene un costo total de $12.000 COP, mientras que la fracción individual se comercializa a un precio de $4.000 COP.Lotería del Meta: Su estructura comercial establece un billete de 3 fracciones con un costo total de $12.000 COP, permitiendo la adquisición de fracciones sueltas por un valor de $4.000 COP cada una.Lotería de Manizales: Presenta una distribución de 4 fracciones por billete con un costo global de $12.000 COP, lo que sitúa el valor de la fracción individual en $3.000 COP.Baloto: La apuesta para el sorteo tradicional tiene un costo fijo de $5.700 COP. Si el jugador decide participar de manera simultánea en la modalidad de Revancha, debe abonar un valor adicional de $2.100 COP, para un costo total combinado de $7.800 COP.Estructura de los planes de premiosCada entidad dispone de una bolsa global que se distribuye no solo en el Premio Mayor, sino también en secos, aproximaciones y categorías secundarias por aciertos menores.La Lotería del Valle destaca con una bolsa de premios que supera los $22.000 millones de pesos, encabezada por su premio mayor de $9.000 millones. Su plan incluye un seco de $500 millones, dos de $100 millones, tres de $60 millones y veinticinco de $30 millones.La Lotería del Meta ofrece un botín mayor de $1.800 millones de pesos, secundado por secos de gran valor (uno de $300 millones y otro de $200 millones), además de tres secos de $100 millones.La Lotería de Manizales pone sobre la mesa un premio mayor de $2.600 millones de pesos, complementado por un robusto esquema de secos: uno de $300 millones, dos de $200 millones, cinco de $100 millones y decenas de premios menores.Para Baloto, el plan de premios se enfoca en la bolsa acumulada variable ($46.800 millones para el tradicional y $7.400 millones para Revancha). No obstante, existen 8 categorías de premiación secundaria para quienes acierten combinaciones menores (desde tener solo la Súper Balota, hasta lograr 5 aciertos sin la Súper Balota).Es pertinente recordar que, de acuerdo con el Estatuto Tributario colombiano, todos los premios de lotería y juegos de azar masivos están sujetos a una retención por concepto de ganancia ocasional correspondiente al 20% del valor bruto del premio, sumado al descuento del impuesto técnico del 4 por mil aplicable a las transacciones financieras.Este texto fue realizado con colaboración de un asistente de IA y editado por un periodista que utilizó las fuentes idóneas y verificó en su totalidad los datos.
Un video que comenzó a circular en redes sociales mostró el momento en que un ciudadano canadiense fue capturado mientras realizaba ejercicio en un reconocido gimnasio del barrio El Tesoro, en la comuna 14 (El Poblado), en Medellín. La detención llamó la atención de quienes se encontraban en el lugar y posteriormente fue confirmada por las autoridades.(Síganos en Google Discover y conéctese con las noticias más importantes de Colombia y el mundo)El capturado fue identificado como Arif Jhuman, alias Gillani, un ciudadano canadiense requerido mediante circular roja de Interpol y buscado tanto por las autoridades de Estados Unidos como de Canadá por investigaciones relacionadas con narcotráfico y tráfico de armas.Así ocurrió la captura en un gimnasio de El PobladoDe acuerdo con la información conocida, Arif Jhuman, de 40 años, se encontraba utilizando una de las máquinas del gimnasio cuando agentes de la Dirección de Antinarcóticos de la Policía Nacional, en coordinación con Interpol y la Policía de Canadá, ingresaron al establecimiento para ejecutar la orden de captura.Según se conoció, los uniformados llegaron hasta el lugar con la orden judicial y procedieron con la detención del extranjero, quien era requerido mediante una circular roja de Interpol.Tras el procedimiento, fue trasladado bajo custodia policial a una estación de Policía para adelantar los trámites legales correspondientes y continuar con el proceso judicial en su contra.El alcalde Federico Gutiérrez se pronunció frente a lo ocurridoLuego de conocerse el operativo, el alcalde de Medellín, Federico Gutiérrez, se pronunció a través de su cuenta en X y destacó el trabajo conjunto entre las autoridades nacionales e internacionales."Medellín no es refugio de criminales. En una operación conjunta entre la Dirección de Antinarcóticos de la Policía Nacional, en coordinación con Interpol y agencias internacionales fue capturado en Medellín Arif Jhuman, alias 'Gillani', ciudadano canadiense requerido por las autoridades de Estados Unidos por su participación en una red de tráfico internacional de drogas y armas".El mandatario agregó que el extranjero también era buscado por las autoridades de Canadá y aseguró que "habría ingresado a Colombia con documentos falsos".Asimismo, señaló que enfrentaba cargos por la presunta conspiración para traficar más de 100 armas de fuego entre Estados Unidos y Canadá."Aquí trabajamos de la mano con las autoridades nacionales e internacionales para cerrarles el paso a las estructuras criminales transnacionales. Aquí hay autoridad, inteligencia y cooperación para encontrarlos y ponerlos a disposición de la justicia", escribió el alcalde.¿Por qué era requerido por las autoridades?De acuerdo con la información conocida, Arif Jhuman era buscado en Canadá porque tiene una sentencia vigente de nueve años y 11 meses de prisión por porte y tráfico de estupefacientes, emitida por un tribunal del estado de Ontario.Además, desde 2023 enfrentaba otro proceso judicial luego de incumplir las condiciones de la libertad condicional tras una captura registrada ese mismo año en un suburbio de Toronto por los mismos delitos.A esto se suma que, en diciembre del año pasado, autoridades de Tampa, en Estados Unidos, le imputaron cargos por porte y tráfico de armas y por presuntos vínculos con redes dedicadas al tráfico de fentanilo en el estado de Florida, junto con otras cinco personas.La investigación también está relacionada con una red señalada de traficar 100 armas de fuego entre Estados Unidos y Canadá para posteriormente distribuirlas en diferentes partes del mundo. Durante esos operativos fueron incautadas 29 armas de fuego.La circular roja de Interpol permitió ubicarlo en MedellínSegún la información divulgada, tras el proceso judicial adelantado por una corte de Florida, el ciudadano canadiense presuntamente se fugó, razón por la cual se emitió una circular roja de Interpol.Las investigaciones permitieron establecer que se encontraba residiendo en la comuna 14 (El Poblado), en Medellín, donde finalmente fue localizado y capturado mientras se ejercitaba en un gimnasio.Además, hace aproximadamente tres años, la Policía Provincial de Ontario había publicado una ficha de búsqueda en la que identificaba a Arif Jhuman como un hombre de 36 años, de 1,80 metros de estatura, 79 kilogramos de peso, cabello negro y ojos marrones, indicando que era conocido por frecuentar Toronto y solicitando información que permitiera establecer su ubicación.HEIDY ALEJANDRA CARREÑO BELTRANNOTICIAS CARACOLHcarrenb@caracoltv.com.co
La expectativa se apodera nuevamente de miles de hogares en todo el territorio colombiano. Este miércoles 8 de julio de 2026, la Lotería del Valle celebra su sorteo ordinario número 4856, consolidándose como una de las opciones predilectas de los apostadores que buscan transformar su realidad financiera y, al mismo tiempo, aportar al bienestar social del país.Resultados del sorteoEl escrutinio oficial se efectúa bajo una estricta supervisión de delegados del departamento y entes de control. Los resultados de las balotas principales comienzan a publicarse a partir de las 10:30 p.m.Premio Mayor ($9.000 millones): 3 - 3 - 2 - 9Serie: 084(Nota: Este espacio se actualiza en vivo con los resultados oficiales, cuando estos sean confirmados por los delegados, a las 11:00 p. m.).¿Cuándo juega, en qué horarios y dónde ver los resultados en vivo?La Lotería del Valle realiza su sorteo ordinario todos los miércoles en la noche, exactamente a partir de las 10:30 p.m. Si por motivos de días festivos el calendario se altera, el sorteo se traslada habitualmente para la noche del jueves.Para seguir el evento en directo, los usuarios pueden sintonizar la señal del canal regional Telepacífico. Del mismo modo, la entidad transmite el juego mediante su cuenta oficial de Facebook Live. Los resultados escritos se publican formalmente minutos después en sus plataformas digitales de la Beneficencia del Valle.¿Cómo se juega y cuánto se puede apostar?Participar es simple y accesible para diferentes presupuestos. Para armar su jugada debe seleccionar un número de cuatro cifras (del 0000 al 9999) junto con una serie de tres dígitos (del 000 al 399). Las opciones para adquirirlo se dividen así:Fracción o fracción individual: Su costo es de $6.000 pesos colombianos, permitiéndole acceder a una parte proporcional del premio en caso de acertar.Billete completo: Consta de tres fracciones y tiene un valor de $18.000 pesos colombianos. Comprar el billete completo le asegura cobrar el 100% de la cifra del premio anunciado.Las apuestas se pueden realizar con loteros tradicionales en la calle, en redes físicas de chance legal como puntos Gane, o en portales web autorizados de lotería virtual.Plan de premiosEl plan de premios actual distribuye una bolsa total que supera los $22.000 millones de pesos. El gran atractivo es el Premio Mayor de $9.000 millones de pesos, pero el esquema otorga múltiples opciones de ganar mediante sus secos principales:Un seco de $500 millones.Dos secos de $100 millones.Tres secos de $60 millones.Un seco de $40 millones.25 secos de $30 millones de pesos cada uno.A esto se le añaden miles de millones asignados a las aproximaciones, las cuales pagan incentivos si el jugador acierta las últimas cifras del premio mayor en cualquier serie o si coincide el número completo pero con una serie distinta.Guía para ganadores: ¿Cómo reclamar el premio?Si su combinación resulta beneficiada en el sorteo de este 8 de julio, debe atender el siguiente protocolo legal:Montos inferiores: Si obtuvo un premio de menor cuantía (por debajo de los 20 o 30 millones de pesos), puede hacer efectivo el cobro directamente con su lotero de confianza o en las agencias de distribución autorizadas.Grandes sumas (Mayor o secos altos): Debe presentarse en la sede principal de la Beneficencia del Valle, ubicada en la Calle 9 # 4-50, Piso 10, en la ciudad de Cali.Documentos requeridos: Es obligatorio entregar el billete original físico en perfecto estado (sin tachaduras ni roturas), adjuntando copia de la cédula de ciudadanía y un certificado de cuenta bancaria vigente.Marco fiscal: Tenga en cuenta que todas las loterías en Colombia están sujetas al Estatuto Tributario, por lo que se aplica un descuento por ganancias ocasionales equivalente al 20% sobre el valor bruto ganado, además de las retenciones adicionales asociadas. Cabe recordar que el ganador dispone de un lapso máximo de 12 meses posteriores a la fecha del sorteo para reclamar sus fondos antes de que caduque el derecho.Este texto fue realizado con colaboración de un asistente de IA y editado por un periodista que utilizó las fuentes idóneas y verificó en su totalidad los datos.