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Cabezote sección ECONOMÍA Noticias Caracol 2025 DK

SIC impone millonaria multa a empresa de energía del Pacífico por estas razones

De acuerdo con la SIC, la empresa aplicaría condiciones que restringieron la libre participación en sus procesos de contratación.

SIC sanciona a DISPAC con multa de $2.850 millones por restricciones en procesos de contratación

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) impuso una multa de 2.850 millones de pesos a la Empresa Distribuidora del Pacífico (DISPAC) luego de establecer que la compañía incurrió en prácticas que afectaron la "libre competencia económica" en varios procesos de contratación adelantados entre 2021 y 2023.

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De acuerdo con la entidad, las irregularidades fueron identificadas en 23 procesos de selección en los que se aplicaron requisitos que restringieron la participación de posibles oferentes. Entre las conductas cuestionadas se encuentran el cobro de dinero para acceder a los procesos contractuales y la limitación del número de integrantes permitidos en las estructuras asociativas que buscaban presentar propuestas.

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¿En qué consiste la decisión de la SIC?

Según la decisión de la SIC, DISPAC exigía a los interesados el pago de una tarifa para poder participar en algunos procesos de contratación. Ese valor era calculado teniendo en cuenta el presupuesto oficial de cada convocatoria y se cobraba bajo la figura de "derecho de participación". La Superintendencia consideró que esta condición generó una barrera para diferentes empresas y personas interesadas en competir dentro de los procesos.

Además, señaló que la medida iba en contra de principios relacionados con la contratación pública y la función administrativa. "Esta exigencia, además de desconocer los principios que orientan la contratación pública, la función administrativa y el propio manual de contratación de la entidad, desincentivó la participación de posibles oferentes y configuró una vulneración a la libre competencia económica", se lee en el comunicado.

Otro de los aspectos analizados por la Superintendencia estuvo relacionado con las limitaciones impuestas a las llamadas estructuras plurales, como consorcios y uniones temporales. "Con ello, se excluyó la posibilidad de que distintos agentes económicos pudieran concurrir en condiciones de eficiencia y competitividad. Esta estipulación no solo redujo y desincentivó la participación en los procesos contractuales, sino que restringió la diversidad y calidad de las ofertas presentadas, en detrimento de la obtención de las mejores condiciones para la entidad contratante".

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La entidad explicó que las figuras asociativas permiten que diferentes actores económicos sumen experiencia y recursos para cumplir los requisitos exigidos en una contratación. Por esa razón, limitar el número de integrantes podía disminuir la competencia y reducir la cantidad de propuestas disponibles para la entidad contratante.

La empresa modificó algunas de las medidas durante la investigación

Durante el desarrollo del proceso administrativo, la Superintendencia tuvo en cuenta que la empresa realizó cambios frente a algunas de las conductas cuestionadas. "DISPAC modificó parcialmente las conductas objeto de reproche. En efecto, derogó la Directiva de Gerencia No. 005 de 2024, que contemplaba la posibilidad de cobrar por el derecho de participación en los procesos de selección, y prohibió de manera expresa cualquier cobro asociado a la participación en los procesos de contratación de la empresa".

La SIC señaló que estas modificaciones fueron consideradas dentro del proceso sancionatorio y sirvieron como un elemento para atenuar la sanción económica finalmente impuesta a la compañía.

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VALENTINA GÓMEZ GÓMEZ
NOTICIAS CARACOL
vgomezgo@caracoltv.com.co

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