
La aprobación de la ponencia de la reforma laboral, impulsada por la senadora Angélica Lozano, en la Comisión Cuarta del Senado marcó un importante paso en su camino para convertirse en una realidad. Dicha reforma, según lo han dado a conocer los senadores que impulsaron, cuenta con algunos ajustes que podrían incidir sobre el futuro de los contratos a término fijo en caso de que el documento sea aprobado sin nuevos ajustes.
Y es que tal como lo establece el artículo 6 de la reforma aprobada en la Comisión Cuarta el pasado martes 28 de mayo, en caso de que dicho documento se convierta en ley, los contratos a término fijo contarán con nuevas condiciones que limitarán los tiempos y las reglas con las que previamente se conocía este tipo de contratación.
Reforma laboral: cuáles son los principales cambios del contrato a término fijo
Uno de los principales cambios con los que cuenta esta nueva reforma laboral consiste en el tiempo máximo por el que puede celebrarse un contrato a término fijo. De ser aprobado el documento, los contratos a término fijo solo podrán celebrarse por periodos que no superen los cinco años de vigencia. Con la nueva propuesta de cambios también se busca incentivar el contrato indefinido, por lo que se espera desincentivar el contrato por prestación de servicios en el sector privado, principalmente. "La reforma pretende incentivar los contratos a término indefinido y regular el uso abusivo de la tercerización", reza un fragmento del apartado.
Otro de los cambios con esta reforma radica en que, a partir de ahora, el contrato a término fijo tendrá que firmarse y ser celebrado de manera escrita. En caso de que este procedimiento no se haga debidamente, la ley colombiana establecerá que el contrato se hizo a término indefinido desde que inició la vinculación laboral.

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¿Cuánto será el tiempo máximo que podrá durar un contrato a término fijo si aprueban nueva reforma laboral?
Con la nueva reforma laboral, los trabajadores no podrán durar más de cinco años bajo el contrato a término fijo. Una vez se cumpla este tiempo, los empleadores tendrán la obligación de pasar esta vinculación a una de término indefinido. Asimismo, si un trabajador lleva más de 5 años bajo contrato a término fijo y la reforma es aprobada, este deberá pasar automáticamente a uno a término indefinido; o si lleva menos de 5 años, el tiempo que lleva bajo contrato a término fijo se descontará al límite máximo de esta modalidad.
Por ejemplo, si un trabajador lleva tres años con un contrato a término fijo y en ese momento se aprueba la reforma laboral, sus empleadores solo podrán extenderle aquel tipo de contratación por dos años más, computando así los tiempos trabajados con el nuevo establecimiento del límite.
¿Qué sigue para la reforma laboral?
La reforma laboral aún no se ha aprobado. Pese a que recibió el visto bueno de la Comisión Cuarta del Senado, el trámite que le falta para que se convierta en ley todavía es largo. Primero deberá haber un tránsito de ocho días en el que esta reforma no podrá discutirse, es decir que el documento volverá al debate hasta la semana entrante.
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Ya habiendo pasado estos días de transición, la reforma será llevada a último debate en la plenaria del Senado. Allí también será conciliada entre las dos cámaras u órganos legislativos para que, si logra su aprobación, finalmente sea enviada al presidente de la República, quien hará la respectiva sanción.
¿Cuáles son los cambios más importantes de la reforma laboral?
Se destacan dos puntos muy discutidos que adquirieron gran relevancia en la aprobación de este trámite, los cuales fueron los últimos en ser hablados: el recargo nocturno y recargo dominical y festivo (las cuales se pagarán al 100%). El recargo nocturno se refiere a una modificación de las jornadas laborales y plantea que la jornada diurna sea entre las 6:00 a. m. y las 7:00 p. m., mientras que la jornada nocturna empiece desde las 7:00 p. m. hasta las 6:00 a. m. Este cambio tendría un impacto directo en el cálculo de los recargos nocturnos, beneficiando a quienes trabajan en horario en horas de la noche.
JULIÁN CAMILO SANDOVAL
NOTICIAS CARACOL DIGITAL
JSANDOVAL@CARACOLTV.COM.CO