La Sección Segunda del Consejo de Estado suspendió provisionalmente el Decreto 415 del 20 de abril de 2026, por el cual el Gobierno nacional buscaba el traslado de 25 billones de pesos desde los fondos privados a Colpensiones.
Hay que recordar que el Decreto 415 de 2026 establecía que las administradoras de fondos de pensiones debían trasladar los recursos con efecto inmediato. Una mitad debía ser pasada en un plazo máximo de 20 días y el otro 50 % en los siguientes 10 días.
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La decisión se da poco después que el alto tribunal admitiera una demanda que pide la nulidad de dicho decreto. El Ministerio Público había solicitado que el caso se remitiera a la Procuraduría General de la Nación para que emitiera su concepto. La investigación quedó a cargo del magistrado Juan Enrique Bedoya Escobar.
La Sección Segunda consideró que la medida adoptada por el Gobierno podría ir en contravía de lo que establece la Ley 2381 de 2024, que permitió que casi 120.000 personas cambiaran de fondos privados a Colpensiones. El alto tribunal argumenta que la normativa dejó en claro que el dinero ahorrado debía quedarse en los fondos privados hasta que la persona cumpliera los requisitos para pensionarse y consolide su derecho a ello.
La corporación especifica que el decreto más reciente que ordena el traslado de los fondos modifica una regla que estaba definida por la misma ley, al cambiar el momento en que debía trasladarse el dinero. En esa línea, el Consejo recordó las funciones del jefe de Estado y recalcó que el Presidente de la República puede expedir actos administrativos para facilitar la ejecución de las leyes, pero no puede cambiar el contenido de las normas ni reemplazar decisiones que corresponden al Congreso.
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Así las cosas, los efectos del Decreto 415 de 2026, específicamente respecto del artículo 2, quedarán en pausa temporalmente mientras que el Consejo adelanta un estudio de fondo para determinar si este deberá ser anulado de forma definitiva.
Paula Rozo
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