Afiliarse a Colpensiones es un proceso esencial para aquellos que buscan asegurar su futuro financiero a través del Régimen de Prima Media (RPM) en Colombia. Esta entidad, como administradora del RPM, ofrece una serie de pasos claros y definidos para que los ciudadanos puedan afiliarse y comenzar a cotizar para su pensión.¿Quiénes pueden trasladarse de un fondo privado a Colpensiones?Colpensiones explica en su página web cuáles son los requisitos para trasladarse a este fondo público:Tener 5 años de permanencia en alguno de los fondos privados. No importa si se ha trasladado entre fondos privados, lo importante es que la suma del tiempo en el régimen privado sea de mínimo 5 años.Si usted ya cumplió 37 años, en el caso de las mujeres, o 42 años, en el caso de los hombres, deberá solicitar y recibir la doble asesoría con ambos regímenes; es decir, con Colpensiones y con su fondo privado.Se podrá trasladar antes de cumplir 52 años si es hombre o 47 años si es mujer.Si decide trasladarse debe presentar los siguientes documentos:Formulario de traslado de régimen establecido.Documento de identidad.Cómo afiliarme a ColpensionesPuede realizar este proceso por internet. Esto es lo que debe hacer:Ingresar a la página web de Colpensiones: https://www.colpensiones.gov.co/Ubique la opción 'Afíliate ahora'. Después, haga clic en 'Realiza tu afiliación en línea'.Para realizar este proceso, recuerde que debe registrar en la página web. Para ello puede hacer clic en el botón 'Registrarse' y responda todas las preguntas de seguridad, además de diligenciar sus datos personales.Si ya está registrado, ingrese al portal de trámites electrónicos con su usuario y contraseña.Si debe recibir la doble asesoría, siga estos pasos:Ingresar a la página web de Colpensiones: https://www.colpensiones.gov.co/Haga clic en 'Haz tu doble asesoría'.Posteriormente, encontrará tres números telefónicos para que pueda llamar y programar su cita con los dos fondos. Si lo prefiere, puede programar la llamada a través del botón 'Programación de llamadas para doble asesoría'.¿Cuándo se hace efectivo el traslado a Colpensiones?Esto se hará efectivo en el primer día calendario del segundo mes posterior a la fecha de radicación de la solicitud del traslado.¿Cómo puedo ver las semanas cotizadas en Colpensiones?A través de la página www.colpensiones.gov.co, en la sección 'Oficina Virtual'. Al registrarse como usuario con su tipo y número de documento y la clave asignada podrá consultar su historia laboral.
Junto a congresistas y sindicatos, el presidente Gustavo Petro sancionará este 16 de julio la reforma pensional, que -según el Gobierno- busca mejorar la cobertura y sostenibilidad del sistema pensional, beneficiando a muchos colombianos, especialmente aquellos con ingresos bajos y medios.Uno de los aspectos más destacados es la transición de la mayoría de colombianos a Colpensiones.¿Qué colombianos pasarán a Colpensiones?Con la implementación de la reforma pensional, se establece que todos los trabajadores que ganen hasta 2,3 salarios mínimos legales vigentes pasarán a cotizar en Colpensiones. Esto significa que:Trabajadores con ingresos medios y bajos: aquellos que ganen hasta 2,3 salarios mínimos cotizarán obligatoriamente en Colpensiones. Esto busca garantizar una pensión mínima para un mayor número de trabajadores.Trabajadores independientes: los trabajadores independientes que se encuentren dentro del rango de ingresos mencionado también deberán cotizar en Colpensiones.Nuevos cotizantes: todos los nuevos trabajadores que ingresen al mercado laboral y cuyos ingresos no superen los 2,3 salarios mínimos serán automáticamente afiliados a Colpensiones.Pilares de la reforma pensionalPilar solidario"El pilar solidario busca garantizar una renta básica solidaria para la subsistencia de adultos mayores en situación de pobreza extrema, pobreza y vulnerabilidad. Los beneficiarios recibirán una transferencia monetaria equivalente a una línea de pobreza extrema, estimada en 223 mil pesos mensuales en 2024. El pilar solidario no implica derechos pensionales, los recursos de la transferencia provendrán y estarán limitados en el Presupuesto General de la Nación (PGN) del año en curso y serán administrados por el Ministerio del Trabajo", explica el Comité Autónomo de la Regla Fiscal.Pilar semicontributivoSe otorgará una renta a las personas que no se pudieron pensionar, pero que tienen semanas en Colpensiones o ahorros en su cuenta individual en una administradora de los fondos de pensiones.Pilar contributivoColpensiones recibirá los aportes hasta los 3 primeros salarios mínimos mensuales legales vigentes cotizados y las administradoras de los fondos de pensiones recibirán las cotizaciones que exceden los 3 SMLMV. Esas dos prestaciones se unirán o complementarán para sumar una única pensión de vejez, señaló Mintrabajo.Pilar ahorro individual voluntarioSegún el Ministerio de Trabajo, en esto consiste el pilar ahorro individual voluntario:Se creará un fondo para el ahorro, que evitará cualquier impacto al mercado de valores y adquisición de TES o títulos de deuda pública. Los dineros que tienen los afiliados en sus cuentas de ahorro continuarán siendo administrados por las AFP, administradoras de fondos de pensiones, y solo se usarán para el reconocimiento de sus pensiones.Además, se establecen condiciones especiales para la mujer otorgando una reducción en la cantidad de semanas mínimas, de 50 semanas por cada hijo sin que supere los 3 hijos, es decir, 150 semanas para compensar el trabajo de cuidado.Las pensiones de invalidez y de sobrevivientes continúan igual, con los mismos requisitos, pero ahora serán reconocidas por Colpensiones.Se respetarán los derechos adquiridos, es decir, las personas pensionadas continúan en las mismas condiciones.Se establece un régimen de transición para aquellas personas afiliadas al sistema que cuenten con 900 semanas en el caso de los hombres, y 750 en el de las mujeres, a quienes se les respetará las condiciones establecidas en el régimen anterior (ley 100 de 1993).
En Colombia inicia un nuevo régimen especial de pensiones. La reforma está compuesta por cuatro pilares: solidario, contributivo, semicontributivo y de ahorro voluntario complementario. El presidente de Colpensiones, Jaime Dussan, señaló que lo más seguro es que en 5 o 10 años se esté contemplando aumentar la edad de pensión en Colombia."Seguramente en 5 o 10 años se debe estar pensando en aumentar la edad pensional, como lo hicieron en Francia y como se ha debatido en España, Estados Unidos y países latinoamericanos", aseguró Dussan en entrevista con el diario El Tiempo.¿Por qué aumentaría la edad de pensión en Colombia?El presidente de Colpensiones argumentó que "esto no se puede utilizar de manera irresponsable para intentar llamar a los jóvenes a una pelea contra el Gobierno, que no es cierta".“Los jóvenes, al contrario, tienen que ser responsables y cotizar y ahorrar más para que esa generación de viejos, que son más de tres millones de personas que no tuvieron las oportunidades que hoy tienen nuestros jóvenes, puedan tener beneficios”, agregó al medio citado.Otro de los aspectos hablados por Dussan fue el hecho de que ya no se van a subsidiar las pensiones altas. "La ley lo prohibió. El que quiera tener una pensión alta de más de 2,3 salarios mínimos tiene que financiársela. La gente tiene que aprender a cotizar y tiene que aprender la cultura del ahorro y esta tiene que empezar por los jóvenes".Edad de pensión en países europeosEspaña: la edad de jubilación está en proceso de reforma, situándose en 66 años y 6 meses en 2024, con la posibilidad de jubilarse a los 65 años si se cuenta con al menos 38 años cotizados.Francia: la edad de pensión se ha propuesto aumentar a 64 años para 2030, con un período de cotización de 43 años para optar a una pensión completa a partir de 2027.Italia: la edad mínima de jubilación es de 62 años.Noruega e Islandia: la edad mínima de jubilación es de 67 años.Países Bajos: se contempla que la edad de pensión aumente paulatinamente llegando a 67 años.Alemania: la edad de jubilación es de 65 años.Portugal y Bulgaria: la edad de jubilación es de 66 años y 6 meses.
Tras la reforma impulsada por el presidente Gustavo Petro, aprobada en el Congreso, es esencial que los colombianos estén bien informados sobre cómo verificar sus semanas cotizadas de pensión en el sistema.El primer paso es conocer en qué fondo de pensiones se encuentra afiliado. Puede consultar esta información a través de su empleador. Una vez identifique la entidad, siga estos pasos:¿Cómo puedo ver mis semanas cotizadas de pensión?ColpensionesIngrese a la página web www.colpensiones.gov.coHaga clic en 'Sede electrónica'Si ya está registrado, ingrese su usuario y contraseña. Si no lo está, ingrese al link. 'Registrarse' y siga los pasos.Una vez registrado ya podrá acceder y consultar su historia laboral.PorvenirIngrese al sitio web www.porvenir.com.coUbique la opción 'Pensiones obligatorias' y haga clic en el recuadro 'Historia laboral'.Ingrese el tipo y número de documento de identidad.Finalmente, presione el botón 'Enviar a mi correo electrónico' para que el documento con el número de semanas cotizadas le llegue a su email.Recuerde que si usted no ha actualizado datos, debe comunicarse con Porvenir a los teléfonos 601 742 5454, en Bogotá, y 01 8000 518440 en el resto de Colombia.ProtecciónEl primer paso es entrar a www.proteccion.com e ingresar a 'Zona Transaccional'.Ingrese su usuario y contraseña. Si no cuenta con usuario y contraseña o simplemente la olvidó, justo debajo del botón de ingreso hay una opción para crear usuario o recuperar su clave de acceso.En la columna izquierda de la 'Zona Transaccional' encontrará la opción 'Transacciones Pensiones Obligatorias'. Haga clic allí.Entre a esta opción y, en el menú desplegable, ingrese a 'Historia Laboral'."Encontrarás toda la información fácil de visualizar, para que hagas una revisión detallada. Allí mismo podrás aprobar los diferentes periodos o, si ves alguna inconsistencia, reportarla para que Protección realice un seguimiento al caso y puedas estar pendiente al estado del reporte", señala Protección en su portal.ColfondosIngrese a www.confondos.com.co.Ubique la opción 'Historia laboral' y haga clic.Busque la opción 'Portal transaccional' ubicado en la parte inferior de la pantalla.Ingrese su correo y contraseña. De lo contrario, haga clic en 'Crea tu cuenta'.Y listo. A través del 'Portal transaccional' podrá visualizar y descargar su historial laboral.
El último pilar de la reforma pensional, ahorro individual voluntario, no solo beneficia a los colombianos que deseen sumar más ahorro para su jubilación, sino que establece condiciones especiales para las mujeres. A las madres se les otorgará 50 semanas por cada hijo."Por primera vez una reforma pensional tendrá enfoque de género. Por cada hijo o hija que tenga una mujer se le reducirán 50 semanas como requisito para pensionarse. Además, se incorpora la sentencia de la Corte Constitucional que reduce a 1.000 semanas la cotización a pensión de las mujeres", señaló en su momento el viceministro de Empleo y Pensiones del Ministerio del Trabajo, Iván Daniel Jaramillo."Este beneficio reconoce la carga del cuidado de sus hijos que históricamente ha estado en cabeza de las mujeres", añadió.Cabe destacar que el beneficio para las madres aplica hasta 3 hijos, es decir, la mujer recibirá un máximo de 150 semanas para pensionarse.>>> Reforma pensional: ¿qué pasa si llego a la edad de pensión y no tengo las semanas?Otros aspectos sobre el pilar ahorro individual voluntario, según el Ministerio de TrabajoSe creará un fondo para el ahorro que evitará cualquier impacto al mercado de valores y adquisición de TES (Títulos de Tesorería) o títulos de deuda pública. Los dineros que tienen los afiliados en sus cuentas de ahorro continuarán siendo administrados por las AFP, administradoras de fondos de pensiones, y solo se usarán para el reconocimiento de sus pensiones.Las pensiones de invalidez y de sobrevivientes continúan igual, con los mismos requisitos, pero ahora serán reconocidas por Colpensiones.Se respetarán los derechos adquiridos, es decir, las personas pensionadas continúan en las mismas condiciones.Se establece un régimen de transición para aquellas personas afiliadas al sistema que cuenten con 1.000 semanas, a quienes se les respetará las condiciones establecidas en el régimen anterior (ley 100 de 1993).Los otros tres pilares también cuentan con ayudas. Por ejemplo, en el pilar solidario se otorga una renta básica de $223.000 para las personas que estén en estado de pobreza y no posean una pensión, que tengan 60 años para el caso de las mujeres y 65 para los hombres. En el pilar semicontributivo se otorga un bono a los colombianos que no se pudieron jubilar, pero que han cotizado semanas en Colpensiones o en su cuenta individual en una administradora de los fondos pensionales.>>> Reforma pensional se salvó a último minuto: mininterior buscó a senadores para votos decisivosFinalmente, en el pilar contributivo entrarán todas las personas que están cotizando una pensión, donde Colpensiones recibirá los aportes de hasta 3 SMLMV y las administradoras de los fondos manejarán las cotizaciones que exceden los tres salarios mínimos.
La prima de junio o prima de mitad de año es un beneficio económico que genera expectativa entre los trabajadores colombianos. Sin embargo, para los pensionados de Colpensiones el sistema en el país sigue un modelo diferente.La razón por la que algunos pensionados no reciben la prima de junioEl sistema de pensiones en Colombia se basa en el pago de 13 mesadas al año, distribuidas en los pagos mensuales, lo que significaría que en lugar de recibir una prima adicional, la remuneración de los pensionados ya la incluiría.>>> ¿Quiénes heredarían la pensión de un fallecido en Colombia? Esto dice la reforma aprobada¿Solo los pensionados de Colpensiones recibirán la prima de junio?Existe un pago adicional conocido como mesada 14, que es una prestación específica para ciertos pensionados. Este beneficio no es exclusivo de Colpensiones, también se aplica en el sector privado y para los retirados y pensionados de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional. No obstante, este incentivo solo aplica para aquellos cuya pensión se haya causado y reconocido antes del 1 de enero de 1988.>>> ¿Cuándo se paga la prima de mitad de año? Este es el plazo¿Cómo solicitar la mesada 14?El Ministerio de Justicia establece que, si no cumple con la condición de fecha de causación, aún puede solicitar el reconocimiento de la mesada 14 si cumple con los siguientes requisitos:Pensión antes del 25 de julio de 2005: su pensión no debe ser superior a 15 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Pensión entre el 25 de julio de 2005 y el 31 de julio de 2011: su pensión no debe ser superior a 3 salarios mínimos legales mensuales vigentes. La ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez, ha anunciado la intención del gobierno de revivir la mesada 14 para los pensionados a través de una reforma constitucional. Esta iniciativa se presentaría una vez aprobada la reforma pensional, la cual tiene como fecha límite el 20 de junio de 2024.
Colpensiones, una de las entidades encargadas de administrar las pensiones en Colombia, garantiza el acceso a la de vejez para aquellos colombianos que han cumplido con el requisito mínimo de semanas cotizadas al Sistema General de Pensiones y han alcanzado la edad de jubilación establecida por la ley.>> ¿Quiénes heredarían la pensión de un fallecido en Colombia? Esto dice la reforma aprobadaEn Colombia, la edad de jubilación varía según el género. Los hombres pueden jubilarse a los 62 años, mientras que las mujeres tienen la opción de hacerlo a los 57 años. Para acceder a la pensión de vejez a través de Colpensiones, es necesario cumplir con este requisito de edad y demostrar un historial de cotización de al menos 1.300 semanas.¿Cuánto puede esperar recibir en su pensión al alcanzar las 1.300 semanas cotizadas a través de Colpensiones?El monto se calcula en base al 65% del ingreso base de liquidación (IBL), que es el promedio de los salarios recibidos en los últimos diez años. Este porcentaje puede variar dependiendo del IBL y se calcula mediante la siguiente fórmula:r= 65.50 - 0.50 s, donde “r” es igual al porcentaje del ingreso de liquidación y “s” corresponde al número de salarios mínimos legales mensuales vigentes. Por ejemplo, si durante los últimos diez años usted ha cotizado con un salario promedio o IBL de $2.500.000 a través de Colpensiones, el proceso de cálculo sería el siguiente:Divida $2.500.000 entre el salario mínimo legal mensual vigente, que para este 2024 es de $1.358.000, lo que da como resultado 1.92, que representa el número de salarios mínimos recibidos. Multiplique 1.92 por 0.50, lo que equivale a 0.96. Sustituya en la fórmula: 65.50 - 0.96, dando como resultado 64.54%, que es el porcentaje del ingreso base de liquidación. Por último, multiplique el IBL ($2.500.000) por el porcentaje calculado (64.54%), lo que le dará un monto de pensión de $1.613.500. Es importante tener en cuenta que la ley actual establece que si continúa cotizando a través de Colpensiones después de alcanzar las 1.300 semanas, por cada 50 semanas adicionales cotizadas, el monto mensual de la pensión aumentará un 1.5% del ingreso base de liquidación.>> ¿Quién será el ponente de la reforma pensional en la Cámara de Representantes?¿Cómo validar cuántas semanas cotizadas tiene a través de Colpensiones?Independientemente del fondo al que esté afiliado, por lo general, recibirá extractos periódicos en su correo electrónico que detallan el número exacto de semanas cotizadas. Si está afiliado a Colpensiones, puede acceder a esta información en línea a través de su página web (https://sede.colpensiones.gov.co/login). Si aún no lo ha hecho, puede registrarse en el portal para acceder a su historial laboral de manera fácil y rápida. Para aquellos afiliados a fondos privados de pensiones, el proceso es similar y pueden descargar sus extractos desde las respectivas páginas web de estas entidades.
¿El presidente Gustavo Petro les hizo ‘conejo’ a los liberales? En su alocución, el mandatario dijo que buscará en la Cámara de Representantes aumentar el umbral que el Senado aprobó para la reforma pensional en 2,3 salarios.Madres se pensionarán antes en Colombia: ¿cuántas semanas les descontarán por cada hijo?"Propondré 4 salarios mínimos a la Cámara, y de allí en adelante hacia arriba. Ellos y ellas cotizarán hasta 2,3 salarios mínimos o 4 a Colpensiones, pero se les garantiza la posibilidad de cotizar los excedentes en el fondo privado de pensiones de su elección y según su nivel de ingreso”, dijo el mandatario.Con esto, Petro habría desconocido lo acordado por su Gobierno con el Partido Liberal, que apoyó la reforma pensional si el umbral de cotización obligatoria en Colpensiones era de 2,3 salarios mínimos.¿Qué pasará ahora en la Comisión Séptima de la Cámara, donde la reforma pensional tendrá que surtir dos debates para ser aprobada? ¿Seguirán apoyándolo los liberales?Reforma pensional: ¿qué pasa si llego a la edad de pensión y no tengo las semanas?“No es verdad que los jóvenes se van a quedar sin pensión”El presidente Petro hizo varias aclaraciones sobre la reforma pensional.“No es verdad que los jóvenes se van a quedar sin pensión. Al contrario, si quedan las cosas como están, tres de cuatro jóvenes de hoy se quedarán sin pensión. No es verdad que se obligará a las personas a pasar a fondos privados, eso nunca ha existido en el proyecto de ley. No es verdad que se expropiarán los ahorros individuales en cuentas ya existentes; suman todas 400 billones de pesos, siguen siendo manejadas por los actuales propietarios de los fondos privados de pensiones.No es verdad que aumentará la edad de pensión; las condiciones para pensionarse siguen iguales a las actualmente vigentes. No es verdad que se eliminará la renta vitalicia cuando el cónyuge fallece”, sostuvo.¿Se acaban las pensiones millonarias en Colombia con la reforma pensional? Acá la respuesta
La reforma pensional avanza por buen camino, pero ahora deberá ser aprobada en la Cámara de Representantes. Hay muchas inquietudes en torno a este proyecto de ley. Una de ellas es: ¿qué pasa cuando se tiene la edad pero no las semanas cotizadas en pensión?Con reforma pensional, ¿quienes estén a punto de jubilarse podrán cambiarse de fondo?Lo primero que se debe tener claro es que actualmente la población que haya llegado a la edad de pensión, pero no tenga las semanas, puede continuar cotizando hasta alcanzarlas. Según el Ministerio de Salud, "en caso de que manifieste no poder continuar cotizando, podrá solicitar la indemnización sustitutiva en los términos del artículo 37 de la Ley 100 de 1993".¿Qué dice la reforma sobre las personas que no alcanzan a pensionarse?Según el pilar semicontributivo, se otorgará una renta a las personas que no se pudieron pensionar, pero que tienen semanas en Colpensiones o ahorros en su cuenta individual en una administradora de los fondos de pensiones.Pero ojo, porque esto no aplica para toda la población: el nivel de pobreza de los ciudadanos será un factor para determinar si aplica al beneficio o no."Personas que lograron cotizar entre 300 y 1.000 semanas, pero que no alcanzaron a cumplir el requisito de las 1.300 semanas para hombres o de las 1.000 semanas para mujeres. En este caso, también se va a crear una renta básica para estas personas que va a depender del número de semanas que hayan cotizado. Aquí también va a influir el tema del nivel de pobreza que tengan", explicó en Noticias Caracol José Fernando Sandoval, manager legal de BDO Colombia.Reforma pensional: ¿qué impacto tendría el umbral de 2.3 salarios en los cotizantes y las entidades?De otro lado, hay un beneficio para las personas que estén en estado de pobreza, sin pensión, mujeres mayores de 60 años y hombre mayores de 65. Estos colombianos, una vez se apruebe la reforma pensional, recibirían un bono de 223.000 pesos, que irá "incrementando de acuerdo al crecimiento económico del país", explicó el Ministerio de Trabajo.
La plenaria del Senado aprobó este martes, en segundo debate, la reforma pensional del Gobierno del presidente Gustavo Petro, que ahora deberá pasar por la Cámara de Representantes antes de convertirse en ley.José Fernando Sandoval, manager legal de BDO Colombia, explicó en Noticias Caracol lo que se debe saber sobre este proyecto de ley.Así quedan algunos de los puntos más importantes de la reforma pensional aprobados en SenadoLos cuatro pilares de la reforma pensional1. Pilar solidarioSu objetivo es crear una renta básica para las personas que estén en estado de pobreza, que tengan 60 años para el caso de las mujeres y 65 para el caso de los hombres. El beneficio aplica para la población en condiciones de pobreza y que no cuente con una pensión."Se les dará una renta por encima de la línea de pobreza, equivalente a $223.000, tres veces superior al subsidio que actualmente otorga el programa Colombia Mayor. Está renta será ampliada de acuerdo al crecimiento económico del país", señaló el Ministerio de Trabajo.2. Pilar semicontributivoSegún el Ministerio de trabajo, este pilar otorgará una renta a las personas que no se pudieron pensionar, pero que tienen semanas en Colpensiones o ahorros en su cuenta individual en una administradora de los fondos de pensiones."Personas que lograron cotizar entre 300 y 1.000 semanas, pero que no alcanzaron a cumplir el requisito de las 1.300 semanas para hombres o de las 1.000 semanas para mujeres. En este caso, también se va a crear una renta básica para estas personas que va a depender del número de semanas que hayan cotizado. Aquí también va a influir el tema del nivel de pobreza que tengan", aseveró José Fernando Sandoval.Con reforma pensional, ¿quienes estén a punto de jubilarse podrán cambiarse de fondo?3. Pilar contributivo"Este es el punto más importante que nos plantea el Gobierno con su reforma pensional. En términos generales, lo que busca es unificar los dos regímenes actuales -el de prima media y el de régimen individual- en un solo pilar, en el cual será obligatorio cotizar a uno u otro régimen", señaló el experto.Colpensiones recibirá los aportes hasta los 3 primeros salarios mínimos cotizados y las administradoras de los fondos de pensiones recibirán las cotizaciones que exceden los 3 SMLMV. Esas dos prestaciones se unirán o complementarán para sumar una única pensión de vejez, según Mintrabajo.4. Pilar ahorro individual voluntario"Se creará un fondo de ahorro en el cual van a poder cotizar todas las personas adicionalmente a la cotización obligatoria, que es del 16% que se cotiza en Colpensiones. Este ahorro va al fondo que se va a crear ahora, un fondo pensional, donde las personas van a poder sumar más ahorro para su pensión", agregó Sandoval.Esto explica el Ministerio de Trabajo sobre el último pilar de la reforma pensional:Se creará un fondo para el ahorro, que evitará cualquier impacto al mercado de valores y adquisición de TES o títulos de deuda pública. Los dineros que tienen los afiliados en sus cuentas de ahorro continuarán siendo administrados por las AFP, administradoras de fondos de pensiones, y solo se usarán para el reconocimiento de sus pensiones.Además, se establecen condiciones especiales para la mujer otorgando una reducción en la cantidad de semanas mínimas, de 50 semanas por cada hijo sin que supere los 3 hijos, es decir, 150 semanas para compensar el trabajo de cuidado.Las pensiones de invalidez y de sobrevivientes continúan igual, con los mismos requisitos, pero ahora serán reconocidas por Colpensiones.Se respetarán los derechos adquiridos, es decir, las personas pensionadas continúan en las mismas condiciones.Se establece un régimen de transición para aquellas personas afiliadas al sistema que cuenten con 1.000 semanas, a quienes se les respetará las condiciones establecidas en el régimen anterior (ley 100 de 1993).