"Por salvaguardar el supuesto derecho a la intimidad de dos celebridades que han venido ventilando asuntos privados en público, se está incurriendo en un caso de censura previa afectándose la libertad de prensa", manifestó Claudio Paolillo, presidente de la Comisión de Libertad de Prensa e Información de la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP).
La magistrada argentina Liliana Preisz dio lugar a una medida cautelar de los abogados de Maradona que prohíbe a la revista Noticias publicar declaraciones de Rocío Oliva, expareja del futbolista, sobre la vida privada de Maradona.
La resolución del 17 de junio tiene vigencia por 20 días y afecta a "la totalidad de los medios públicos de información (televisivos, radiales, informáticos, revistas, periódicos, etc.)", indicó la SIP en un comunicado de prensa.
Maradona trabaja como comentarista deportivo del canal Telesur para la Copa del Mundo, que termina el 13 de julio.
Paolillo dijo que la censura previa representa una violación a la libertad de expresión y al derecho del público a la información, contemplados en tratados interamericanos y jurisprudencia internacional sobre derechos humanos.
La resolución de la jueza buscó frenar declaraciones y fotografías sobre violencia doméstica aportadas por la expareja de Maradona.
La información, no obstante, fue publicada en la edición del 21 de junio, debido que Noticias distribuyó días antes su edición por causa de un feriado nacional. Pero la revista deberá esperar hasta después de la Copa del Mundo si quiere publicar nueva información.
La prohibición de la censura previa está contemplada en la constitución argentina, la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto de San José de Costa Rica, la Declaración de Chapultepec y la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, entre otros.
Updated: julio 04, 2014 10:32 a. m.