En la noche del jueves 12 de diciembre, el concejal de Bogotá Juan David Quintero publicó un video, a través de sus redes sociales, en el que exponía una riesgosa intervención que se llevaba a cabo en la carrera Novena de la capital del país. Tal como lo dio a conocer el cabildante del Nuevo Liberalismo, se trataba de una grúa que habría intentado subir un vehículo de lujo al cuarto nivel de un edificio. Lo más grave de todo es que este procedimiento, afirma Quintero, se llevaba a cabo mientras algunos peatones pasaban por la zona. (Lea también: La práctica recurrente de motociclistas que puede costar una multa de $1.300.000)Así mismo, el concejal conoció que la grúa no contaba con la respectiva autorización para llevar a cabo este procedimiento, además de que esta estaba siendo acompañada por un esquema policial que habría estado bloqueando la vía. "Un esquema de la Policía mal parqueado en toda la carrera Novena, en la izquierda, y al mismo tiempo una grúa subiendo un BMW a un cuarto piso y los peatones caminando al lado sin ningún tipo de acordonamiento y sin ningún tipo de control. (...) ¿Dónde está la autoridad?", dijo el concejal. Gracias a @SectorMovilidad por su rápida respuesta. Me pregunto. ¿Qué le pasa por la cabeza a alguien para subir un carro a un 4 piso con una grúa sin ningún tipo de medida de seguridad? ¿Se imaginan dónde se caiga ese carro encima del restaurante de enfrente? https://t.co/U3PO1lAtDk pic.twitter.com/ScVkZZ0llu— Juan David Quintero (@JD_Quinteror) December 13, 2024 Qué pasó con la grúa que intentó subir un carro de lujo a cuarto piso, en BogotáLuego de que el concejal Quintero hiciera viral esta publicación, las autoridades de Tránsito llegaron al lugar y tomamos las medidas correspondientes, pues cualquier error en este procedimiento (que no contaba con las medidas adecuadas) ponía en riesgo la vida de quienes transitaban esta zona y hasta podría afectar a las instalaciones aledañas. "Gracias a Movilidad Bogotá por su rápida respuesta. Me pregunto. ¿Qué le pasa por la cabeza a alguien para subir un carro a un 4 piso con una grúa sin ningún tipo de medida de seguridad? ¿Se imaginan dónde se caiga ese carro encima del restaurante de enfrente?", agregó Quintero.Tal como lo dio a conocer Movilidad Bogotá, la intervención de las autoridades se hizo a tiempo y evitó que alguna persona se viera afectada por esta situación de riesgo. Adicionalmente, a través de sus redes sociales, la entidad se pronunció y dijo que se pusieron dos órdenes de comparendo en este proceso. "Así es concejal Juan David Quintero, nuestros Agentes Civiles de Tránsito intervinieron oportunamente para evitar una situación de alto riesgo para la comunidad del sector. Durante el procedimiento se pusieron 2 órdenes de comparendo", añadió la entidad. Así es Concejal @JD_Quinteror, nuestros Agentes Civiles de Tránsito intervinieron oportunamente para evitar una situación de alto riesgo para la comunidad del sector. Durante el procedimiento se pusieron 2 órdenes de comparendo. https://t.co/ojLHlNirdW— Movilidad Bogotá (@SectorMovilidad) December 13, 2024 Aunque algunos usuarios en redes sociales sostienen que el vehículo que llevaba a cabo esta maniobra contaba con la capacidad de hacerlo, otros aseguran que, de todas maneras, no haber contado con las señalizaciones de precaución correspondientes para hacer la maniobra podía poner en riesgo las vidas de los peatones que transitaban por esta parte del país. La situación es más preocupante si se tiene en cuenta que, para la misma noche en la que se grabó el video, en Bogotá se llevaba a cabo una jornada de la tradicional ciclovía nocturna decembrina, por lo que cientos de familias se encontraban en la calle disfrutando de este encuentro en la capital del país.
En Colombia, ignorar las señales de tránsito, como un semáforo en rojo, puede resultar en una multa económica considerable y en la inmovilización del vehículo. Por eso existen leyes y consecuencias de pasarse un semáforo en rojo. Este es un comportamiento muy común en horas nocturnas, cuando muchos conductores creen que no hay riesgo de cruzar sin detenerse, pero resulta que fueron vistos ya sea por cámaras en la zona o por algún Policía de Tránsito que pasaba por el lugar.Cada vez es más común ver conductores que, durante la noche o en horas de baja circulación vehicular, deciden ignorar el semáforo en rojo con el argumento de que "no viene nadie". Sin embargo, este comportamiento no solo es ilegal, sino que pone en riesgo la seguridad vial. En Colombia, el Código Nacional de Tránsito Terrestre establece sanciones claras para quienes se pasan un semáforo en rojo o amarillo, sin importar las circunstancias.(Lea también: Link para consultar con su cédula si tiene multas de tránsito)La multa por no detenerse en un semáforo en rojoDe acuerdo con el Código Nacional de Tránsito Terrestre, específicamente en la norma D04, la infracción por no detenerse ante una luz roja o amarilla de semáforo, o una señal de "PARE", está claramente definida como una contravención que conlleva sanciones económicas y, en algunos casos, la inmovilización del vehículo.La norma, bajo el artículo 135, explica que las autoridades de tránsito tienen la facultad de proceder a la inmovilización de vehículos en ciertos casos, lo que incluye el no acatar la señal de un semáforo en rojo o amarillo. La multa para quienes incurren en esta infracción se encuentra dentro de la categoría D de las infracciones, y actualmente se fija en 30 salarios mínimos diarios legales vigentes, lo que equivale a $1.300.000 según las tarifas del 2024. Esta cifra puede variar dependiendo de la actualización de los salarios mínimos anuales.Le pueden inmovilizar la motoEn el caso de los motociclistas, el Código Nacional de Tránsito va más allá de una simple multa económica. Según la ley, si un motociclista no se detiene ante una luz roja o amarilla, las autoridades procederán a inmovilizar el vehículo. Esto quiere decir que la moto será retenida hasta que el infractor pague la multa correspondiente. Esta medida se aplica en virtud de los artículos 135 y 136 del Código Nacional de Tránsito, que detallan el procedimiento para la imposición de sanciones y las consecuencias que surgen de la inmovilización de vehículos.Este tipo de sanción tiene como objetivo garantizar que los infractores cumplan con el pago de la multa, pero también busca crear conciencia sobre la importancia de respetar las señales de tránsito, especialmente en situaciones en las que el riesgo puede parecer menor, como cuando no hay vehículos cercanos.Lo que le puede pasar por ignorar un semáforo en rojoPasarse un semáforo en rojo no es solo una infracción administrativa, sino que representa una seria amenaza para la seguridad vial. Aunque muchos conductores creen que no existe peligro si no hay tráfico, el semáforo cumple una función esencial para evitar accidentes y garantizar la seguridad de todos los usuarios de la vía, incluidos los peatones.Los semáforos están diseñados no solo para regular el flujo de vehículos, sino también para anticiparse a posibles riesgos. A pesar de que las luces de tráfico puedan parecer vacías en ciertas horas, las autoridades de tránsito enfatizan que no es justificable ignorar las señales. El Código Nacional de Tránsito, en su artículo 1°, deja claro que las normas de tránsito rigen en todo el territorio nacional, y cualquier violación a estas normativas puede resultar en sanciones severas.Las sanciones que pueden llevar a la inmovilizaciónEl Código Nacional de Tránsito también establece una serie de infracciones que no solo implican una multa económica, sino que pueden dar lugar a la inmovilización del vehículo. Según el artículo 135, cerca del 44% de las infracciones contempladas en el Código podrían justificar la retención de un vehículo. Entre las más relevantes se encuentran:Categoría B (Multa de 8 salarios mínimos diarios vigentes): Incluye faltas como no portar una licencia de conducción válida o conducir un vehículo con placas adulteradas.Categoría C (Multa de 15 salarios mínimos diarios vigentes): Se refiere a faltas como estacionar en lugares prohibidos o presentar una licencia de conducción falsa.Categoría D (Multa de 30 salarios mínimos diarios vigentes): En esta categoría se encuentran infracciones más graves, como no portar el SOAT o transitar por zonas restringidas en horarios no permitidos.Categoría E (Multa de 45 salarios mínimos diarios vigentes): Incluye faltas muy graves, como conducir en estado de embriaguez o bajo los efectos de sustancias psicoactivas.Cada una de estas faltas contempla consecuencias que van desde sanciones económicas hasta la inmovilización del vehículo, lo que demuestra la importancia de acatar las señales de tránsito para evitar situaciones complicadas.Cuando una persona es sorprendida cometiendo una infracción de tránsito, las autoridades deben seguir un procedimiento establecido por la ley. El artículo 135 del Código Nacional de Tránsito establece que la autoridad competente debe ordenar la detención del vehículo y extender la orden de comparendo, lo que implica que el conductor tiene que presentarse ante la autoridad de tránsito dentro de los cinco días hábiles siguientes.Si la infracción se detecta mediante medios tecnológicos, como cámaras de tráfico, el comparendo se enviará al propietario del vehículo dentro de los tres días hábiles posteriores, y el conductor tendrá la obligación de pagar la multa.Es importante tener en cuenta que, aunque las autoridades también permiten el uso de medios electrónicos para detectar infracciones, el procedimiento es igualmente riguroso, y el propietario del vehículo será responsable de pagar la multa impuesta, aunque no haya sido detenido directamente por un agente de tránsito.
En Colombia, los motociclistas representan una parte importante del tráfico diario en las ciudades y carreteras. Sin embargo, al igual que cualquier otro vehículo, las motos están sujetas a las normas de tránsito, y el incumplimiento de estas puede resultar en multas y otras sanciones severas.Una de las infracciones más frecuentes es el exceso de velocidad. Las motocicletas, debido a su agilidad, a menudo tienden a superar los límites de velocidad establecidos en diferentes vías. Los límites de velocidad varían según el tipo de vía y la zona, con áreas urbanas limitadas generalmente a 50 km/h y zonas residenciales o escolares a 30 km/h. Exceder estos límites no solo aumenta el riesgo de accidentes graves, sino que también resulta en la imposición de comparendos y posibles sanciones adicionales, como la inmovilización del vehículo.(Lea también: Esta es la millonaria multa para quienes se pasan un semáforo en rojo "cuando no viene nadie")Otra infracción común es no respetar los semáforos en rojo. Ignorarlo es una infracción grave y comúnmente sancionada con una multa de 30 salarios mínimos diarios legales vigentes (SMDLV), equivalente a $1.300.000 en 2024. Conducir sin el SOAT vigente es otra causa frecuente de multas. Se trata de un requisito legal para todos los vehículos en Colombia, incluidas las motocicletas. Conducir sin un SOAT vigente es una infracción que resulta en un comparendo de 30 SMDLV, además de la posible inmovilización del vehículo. El SOAT es esencial para garantizar que las víctimas de un accidente de tránsito reciban atención médica adecuada, por lo que mantenerlo vigente es no solo una obligación legal, sino también una medida de responsabilidad social.No portar la revisión técnico-mecánica al día también es una infracción común. Las motocicletas en Colombia deben someterse a revisiones técnico-mecánicas periódicas para asegurar que están en condiciones seguras de funcionamiento. No tenerla al día que puede resultar en una multa de 15 SMLDV (650.000 pesos). La práctica común de algunos motociclistas que conlleva una multaUna práctica recurrente entre los motociclistas en Colombia es conducir sobre aceras, plazas, vías peatonales, separadores, bermas, demarcaciones de canalización, zonas verdes o vías especiales para vehículos no motorizados. Esta infracción está claramente definida en el Código Nacional de Tránsito Terrestre, específicamente en el Artículo 131, literal D.5. Conducir un vehículo sobre estas áreas está prohibido y se considera una infracción grave debido al riesgo que representa para los peatones y otros usuarios de la vía.La multa por esta infracción es considerable. Según el Código Nacional de Tránsito, la sanción por conducir sobre aceras y otras áreas prohibidas es de 30 salarios mínimos legales diarios vigentes (1.300.000 pesos). Además de la multa económica, esta infracción puede llevar a la inmovilización del vehículo, lo que implica costos adicionales y molestias para el infractor.El objetivo de esta normativa es proteger a los peatones y garantizar que las áreas destinadas exclusivamente para ellos se mantengan seguras y libres de vehículos motorizados. Conducir sobre aceras y otras áreas peatonales no solo pone en riesgo la seguridad de los peatones, sino que también puede causar daños a la infraestructura urbana, como aceras y zonas verdes.(Lea también: La velocidad máxima a la que puede andar en las carreteras de Colombia para evitar multas)Cómo consultar si tiene multas de tránsito en el SIMITPara consultar si tiene multas de tránsito en el SIMIT (Sistema Integrado de Información sobre Multas y Sanciones por Infracciones de Tránsito) en Colombia, debe seguir estos pasos: Primero, ingrese al portal oficial del SIMIT. En la página principal, encontrará una sección denominada 'Estado de cuenta'. Seleccione el tipo de documento (por ejemplo, cédula de ciudadanía) e ingrese el número correspondiente. Luego, complete el captcha de seguridad y haga clic en el botón 'Consultar'. El sistema le mostrará un resumen de sus comparendos, multas y acuerdos de pago pendientes. Esta consulta le permitirá verificar el estado de sus infracciones y tomar las medidas necesarias para resolverlas.(Lea también: No llevar este elemento en su carro y en buen estado puede resultar en una multa de hasta 15 SMLV)
Las multas de tránsito en Colombia son sanciones impuestas a los conductores que infringen las normas de tránsito establecidas por la ley. Estas pueden variar desde faltas menores, como no portar la licencia de conducción, hasta infracciones graves, como conducir bajo los efectos del alcohol. Las multas no solo tienen un impacto económico, sino que también pueden afectar la licencia de conducción del infractor, incluyendo la suspensión o cancelación de la misma.Según un informe de Autofact, las multas de tránsito más comunes en Colombia se encuentran:No portar la licencia de conducción: los conductores que no llevan consigo su licencia pueden ser multados 8 salarios mínimos legales diarios vigentes (SMLDV) ($347.000).Estacionar en sitios no permitidos: los conductores que estacionan en lugares prohibidos pueden ser multados con 15 SMLDV (650.000 pesos).No utilizar el cinturón de seguridad: esta infracción tiene un costo de 15 SMLDV (650.000 pesos).Conducir a exceso de velocidad: esta infracción es una de las más frecuentes y tiene un costo de 15 SMLDV (650.000 pesos).No tener el SOAT vigente: la falta de este seguro obligatorio acarrea una multa de 30 SMLDV ($1.300.000).No realizar la revisión técnico-mecánica: esta infracción también tiene un costo de 15 SMLDV (650.000 pesos).Conducir mientras utiliza el celular: la multa son 15 SMLDV (650.000 pesos).Transitar en contravía: Esta infracción tiene una multa de 30 SMLDV ($1.300.000).No detenerse ante la luz roja del semáforo o una señal de pare: esta falta tiene una multa de 30 SMLDV ($1.300.000).(Lea también: ¿En qué casos se puede dejar un arriendo sin pagarle multas al dueño? Hay motivos legales)Multa por conducir en estado de embriaguezLa Ley 1696 de 2013, también conocida como la Ley de Embriaguez, establece sanciones penales y administrativas para quienes conduzcan bajo la influencia del alcohol u otras sustancias psicoactivas. Esta ley no solo impone multas, sino que también puede llevar a la suspensión o cancelación de la licencia de conducción y, en casos graves, a penas de prisión.Para consultar si tiene multas de tránsito pendientes, los conductores en Colombia pueden utilizar el Sistema Integrado de Información sobre Multas y Sanciones por Infracciones de Tránsito (SIMIT). Este sistema permite a los ciudadanos verificar el estado de sus multas y comparendos de manera rápida y sencilla, utilizando su número de cédula.¿Cómo consultar si tiene multas de tránsito en el SIMIT?Los pasos son muy sencillos. Lo único que debe hacer es ingresar al sitio web oficial del SIMIT (clic aquí para ingresar) y, en la página principal, exactamente en el espacio 'Estado de cuenta', digitar el número de documento o la placa del vehículo.Con los pasos anteriores, podrá evidenciar si hay o no multas de tránsito registradas a su nombre.(Lea también: Cómo apelar una fotomulta por exceso de velocidad en Colombia: paso a paso)La multa de tránsito más cara supera los 60 millones de pesosLa multa de tránsito más cara en Colombia se impone a los conductores que se niegan a realizarse la prueba de alcoholemia o son sorprendidos conduciendo con un grado tres de alcohol por tercera vez. Esta sanción está estipulada en la Ley 1696 de 2013, que establece disposiciones penales y administrativas para sancionar la conducción bajo el influjo del alcohol u otras sustancias psicoactivas.Y es que, según el artículo 152 del Código Nacional de Tránsito Terrestre, modificado por la Ley 1696 de 2013, los conductores que se nieguen a realizarse la prueba de alcoholemia serán sancionados con una multa equivalente a 1.440 salarios mínimos diarios legales vigentes. Esta misma sanción aplica para aquellos que sean sorprendidos conduciendo con un grado tres de alcohol por tercera vez.Para el año 2024, el salario mínimo diario legal vigente en Colombia es de $43.333,33. Por lo tanto, la multa de 1.440 SMDLV equivale a 62.399.995,20 pesos. Esta cifra representa una sanción económica extremadamente alta, diseñada para disuadir a los conductores de cometer infracciones graves relacionadas con el consumo de alcohol y la conducción.Además de la multa económica, la ley también establece otras sanciones para estos casos, como la cancelación definitiva de la licencia de conducción y la inmovilización del vehículo por un período de 20 días hábiles.
Efraín Cepeda, presidente del Senado de la República, sancionó la ley con la cual se pone freno a la inmovilización de motos y carros por infracciones menores, tales como transitar en sentido contrario al estipulado para la vía o no detenerse en la luz roja, entre otros. >>> Lea también: ¿Es legal usar el visor polarizado en el casco de moto en Colombia? Esto dice la leyEsta nueva normativa modifica la Ley 769 de 2002 (Código Nacional de Tránsito Terrestre), y busca igualar las causales de inmovilización entre conductores de vehículos y motocicletas, lo cual es calificado por el Senado como "un paso importante en la justicia social y la equidad para los motociclistas, uno de los grupos más vulnerables del sector de transporte en Colombia". El principal argumento para autorizar esta nueva norma es que, según cifras de la Asociación Nacional de Empresarios de Colombia (ANDI), cerca del 90% de las ventas de motocicletas durante 2022 hizo parte del segmento laboral, es decir, fueron usadas como herramienta de sustento económico. En ese mismo año, se registraron 18.082.451 vehículos ante el RUNT, de los cuales 10.937.652 eran motocicletas, es decir, un 61% del Parque Automotor Nacional."Saldamos una deuda de equidad con los motociclistas del país. Hoy, como presidente del Congreso, sancioné la ley que acaba con las inmovilizaciones de motos por infracciones menores, generando con ello una mayor equidad frente a la normatividad que rige a los conductores de carros. El compromiso en adelante es avanzar hacia una mayor responsabilidad como conductores que contribuya a la seguridad vial”, aseguró Cepeda tras sancionar la ley. >>> Puede leer: ¿Quiere comprar una moto de segunda? Pilas a estas recomendacionesEstas son las infracciones por las que no se inmovilizarán motosLa normativa modificó los artículos 135 y 136 del Código Nacional de Tránsito, los cuales especifican los términos del proceso de inmovilización.Así las cosas, estas son las infracciones categorizadas como menores, por lo que no implicarán la inmovilización inmediata para las motocicletas de ahora en adelante en Colombia, es decir, solo se impondrá el comparendo: Transitar en sentido contrario al estipulado para la vía, calzada o carril.No detenerse ante una luz roja o amarilla de semáforo, una señal de “PARE” o un semáforo intermitente en rojo.Conducir un vehículo sobre aceras, plazas, vías peatonales, separadores, bermas, demarcaciones de canalización, zonas verdes o vías especiales para vehículos no motorizados.Adelantar a otro vehículo en berma, túnel, puente, curva, pasos a nivel y cruces no regulados o al aproximarse a la cima de una cuesta o donde la señal de tránsito correspondiente lo indique.Conducir realizando maniobras altamente peligrosas e irresponsables que pongan en peligro a las personas o las cosas."Se acabó el negocio de las grúas y los patios en Colombia": Gustavo Moreno Luego de que se sancionó la ley, Gustavo Moreno, senador del partido En Marcha y quien propuso la modificación del Código de Tránsito, indicó en sus redes sociales que "se acabó el negocio de las grúas y los patios en Colombia". "Se les llevaban la motos, les tocaba pagar el comparendo y les tocaba pagar los patios y les tocaba pagar la indemnización. Muchas veces valía más el comparendo, la grúa y los patios que la misma motocicleta", afirmó. Anteriormente, Moreno aclaró que con este proyecto no se cambiarán las infracciones ya establecidas, solo busca igualar la sanción de los motociclistas a la de los automóviles, por lo que se eliminó uno de los literales de la ley que dice: “En el caso de motocicletas se procederá a su inmovilización hasta tanto no se pague el valor de la multa o la autoridad competente decida sobre la imposición en los términos de los artículos 135 y 136 del Código Nacional de Tránsito”.
Autoridades de Tránsito en Ibagué protagonizaron un enfrentamiento a golpes contra dos sujetos que no portaban la documentación reglamentaria de un vehículo. El hecho ocurrió en la avenida Pedro Tafur y todo quedó que grabado por el conductor de un bus.>>> Vea más: Carro con cinco mujeres a bordo, todas en estado de embriaguez, causó accidente en Pacho: videoEn las imágenes se ve el momento en que uno de los agentes de Tránsito sostiene una discusión con un joven de camiseta negra, mientras que el compañero del funcionario se agarraba a golpes con el otro sujeto.El servidor público se vio obligado a utilizar el gas pimienta que carga para defenderse en contra del ciudadano que arremetió contra él.De acuerdo con el medio digital Ecos del Combeima, los agentes de tránsito acudieron al sitio para atender un accidente de tránsito entre dos vehículos y al solicitar la documentación. Uno de los ocupantes del carro negro reaccionó de manera violenta contra los servidores.Uno de los violentos contra agentes en Ibagué fue detenidoUno de los funcionarios públicos terminó con lesiones en la cabeza y en una de las manos. Unidades de la Policía Metropolitana de Ibagué detuvieron a uno de los agresores y lo trasladaron a la estación del barrio El Jardín.El medio citado aseguró que los funcionarios fueron llevados a Medicina Legal para tratar las lesiones que sufrieron y ambos interpusieron las denuncias correspondientes acusando a los violentos por el delito de agresión a servidor público.Las autoridades investigan si los ocupantes del vehículo se encontraban bajo los efectos de alguna sustancia psicoactiva o en estado de embriaguez. Por otra parte, hicieron un llamado a los ciudadanos para que eviten recurrir a la violencia contra los agentes de Tránsito, quienes cumplen su trabajo para regular la movilidad en la ciudad de Ibagué.¿Qué pasa si se agrede a un funcionario público?De acuerdo con el artículo 429 del código penal, quien ejerza violencia contra un servidor público, ya sea debido a sus funciones o para obligarlo a realizar u omitir algún acto propio de su cargo, o a realizar uno contrario a sus deberes oficiales, será sancionado con una pena de prisión de cuatro a ocho años.>>> Le puede interesar: ¿Cómo solicitar las cámaras corporales de los agentes de tránsito de Bogotá?
El Ministerio de Transporte emitió una resolución en la que indica cuáles motos ya no se podrán comercializar en Colombia y qué requisitos deben cumplir estos vehículos que busquen ser vendidos en el país.>>> Vea más: Motos que no podrán circular en Colombia desde 2030, según esta ley: evítese multasLa entidad señaló que “con el propósito de mejorar la seguridad de los actores viales del país desde el componente de vehículos seguros, el Ministerio de Transporte, con el apoyo y el trabajo técnico de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), adoptó el primer reglamento técnico que exige que las motocicletas nuevas que se comercialicen o ensamblen en el país estén equipadas con sistemas de frenado certificados por la Organización de las Naciones Unidas (ONU) o aprobados por el estándar de Estados Unidos Federal Motor Vehicle Safety Standards (FMVSS)”.Con esta medida, que se aplicará a todos los vehículos nuevos de dos y tres ruedas comercializados en Colombia, se pretende disminuir el riesgo de accidentes de tránsito y mejorar el rendimiento de estos vehículos, con el fin de proteger la vida de los motociclistas y otros usuarios de las vías en el país.Guillermo Francisco Reyes, ministro de Transporte, indicó que "este reglamento técnico será un hito en Colombia y en la región, dado el ascenso tecnológico que representa esta normativa en la seguridad tanto de los motociclistas como de los demás actores viales del país. Desde el Ministerio de Transporte, con el apoyo de nuestras entidades adscritas, seguiremos trabajando decididamente, a través del diálogo y la concertación, para crear condiciones que disminuyan la siniestralidad vial y protejan la vida de todos los ciudadanos".Las motos que lleguen al país deberán contar con el sistema de frenos CBS (sistema de frenado combinado) o ABS (sistema antibloqueo de frenos), de acuerdo con el cilindraje o potencia.¿Qué son los frenos ABS?De acuerdo con el Ministerio de Transporte, el sistema de frenos antibloqueo (ABS) impide que una o ambas ruedas se bloqueen y derrapen, lo que podría causar la pérdida de control del vehículo o la caída del motociclista. Este sistema opera midiendo la velocidad de rotación de cada rueda, la presión aplicada a cada freno e incluso la inclinación de la motocicleta. De esta manera, puede anticipar cuándo una rueda está a punto de bloquearse y ajustar el frenado para mantener la tracción y la estabilidad del vehículo.¿Qué son los frenos CBS?El sistema de frenado combinado (CBS) distribuye la fuerza de frenado entre ambas ruedas, incluso si solo se utiliza uno de los frenos. Esto significa que, cuando la motocicleta frena de manera repentina y alguna de las ruedas pierde adherencia con el suelo, el sistema evita la transferencia excesiva de peso a una sola rueda al distribuir la fuerza de frenado entre ambas llantas.El director de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, Luis Lota, explicó que “ambos sistemas reducen la distancia de frenado en condiciones de poca adherencia, lo que implica que puede reducir el riesgo de colisión con otros actores viales u objetos fijos y permite al motociclista reaccionar y tomar medidas evasivas, que ha sido una de las preocupaciones que tenemos con respecto al motociclista que en lo corrido de 2022. Es el actor vial que representa más de la mitad del total de víctimas fatales en las vías, son uno de los tres usuarios más vulnerables en la vía y entendemos sus necesidades y que en un alto porcentaje son los proveedores de sus hogares”.¿Cuándo comienza a regir la medida con las motos?La ANSV informó que la aplicación de la norma comienza desde octubre del 2025 y todos los vehículos de 2 o 3 ruedas deberán cumplir con los requisitos exigidos.¿Qué frenos deberán tener las motos nuevas?Las motos de cilindraje superior a 50 cm3 deberán tener frenos CBS o ABS, las superiores a 150 cm3 tendrán que incorporar frenos ABS.A partir de marzo de 2027, todas las motocicletas con un cilindraje superior a 125 cm³ deberán estar equipadas con sistema ABS. Por su parte, las motocicletas con un cilindraje inferior a 125 cm³ deberán contar con CBS o ABS.Por último, las personas que comercialicen estos vehículos deberán obtener el respectivo certificado de conformidad de producto para los sistemas de frenado incorporado en las motos, el cual acredite que cumple con los requisitos técnicos y ensayos.>>> Le puede interesar: Las modificaciones en moto que están prohibidas en Colombia: tenerlas le puede salir caro
En Colombia, tener un carro es una elección común para facilitar el transporte diario. Sin embargo, esta libertad no significa que tenga la posibilidad de modificar cualquier aspecto del automóvil. El Código Nacional de Tránsito, conocido como Ley 769 de 2002, establece regulaciones específicas sobre las modificaciones permitidas en los vehículos, particularmente en lo que respecta a los dispositivos luminosos. El incumplimiento de estas normativas puede resultar en sanciones económicas significativas.>>> Aparato obligatorio en su carro lo consigue en D1 por $11 mil: hay multa por no tenerloLas luces de un vehículo cumplen un papel crucial en la seguridad vial. Cada tipo de luz tiene una función específica, desde las intermitentes hasta las de freno y reversa. Según el artículo 60 del Código Nacional de Tránsito, es obligatorio que los conductores utilicen las luces direccionales para señalizar maniobras de adelantamiento o cambios de carril. Asimismo, es necesario mantener encendidas las luces exteriores del vehículo desde las 6:00 p.m. hasta las 6:00 a.m. para asegurar una adecuada visibilidad en la carretera.El artículo 104 del mismo código especifica que ciertos dispositivos luminosos, como sirenas y luces de alta intensidad, están reservados para vehículos de emergencia y autoridades. Su uso por parte de vehículos no autorizados está prohibido y puede resultar en multas considerables.>>> ¿Un pueblo sin carros ni carreteras? En este lugar las personas no pueden tener autoEntre las infracciones más comunes se encuentran el uso de luces fundidas o rotas, penalizado con una multa de $1.144.927 COP, y la omisión de señalización con luces direccionales, que conlleva una sanción de $572.628 COP.Tipos de luces requeridas en los vehículosPara asegurar una conducción segura, es esencial que los vehículos cuenten con ciertos tipos de luces, que incluyen:Luces de largo alcance: Estas se utilizan en carreteras con poca luz para mejorar la visibilidad. Luces de corto alcance: Obligatorias durante la noche y en condiciones de niebla, lluvia o al transitar por túneles. Luces direccionales: Luces amarillas e intermitentes que indican maniobras de cambio de dirección. Luces de reversa: Luces blancas que se activan al poner el vehículo en marcha atrás. Luces antiniebla: No todos los vehículos las tienen, pero son útiles en condiciones de niebla densa para mejorar la visibilidad. Cumplir con estas regulaciones no solo ayuda a evitar sanciones, sino que también contribuye a una conducción más segura y eficiente. Asegúrese de revisar periódicamente el estado de las luces de su vehículo y de seguir las normas vigentes para mantener su automóvil en conformidad con la legislación colombiana.
Las multas de tránsito en Colombia son una realidad que muchos conductores enfrentan. Ya sea por exceso de velocidad, estacionamiento indebido o cualquier otra infracción, es crucial estar al tanto de cualquier comparendo pendiente. El Sistema Integrado de Información sobre Multas y Sanciones por Infracciones de Tránsito (SIMIT) es la herramienta oficial para consultar estas multas.¿Qué es el SIMIT?Es una plataforma en línea que integra toda la información sobre multas y sanciones de tránsito a nivel nacional. Este sistema permite a los ciudadanos consultar el estado de sus infracciones de manera rápida y sencilla, evitando sorpresas desagradables como embargos o restricciones para realizar trámites vehiculares.Link para consultar con la cédula si tiene multas de tránsitoConsultar sus multas de tránsito en el SIMIT es un proceso sencillo que puede realizar desde la comodidad de su hogar. Aquí le explicamos cómo hacerlo:Ingrese a la página oficial del SIMIT. https://fcm.org.co/simit/#/home-publicDiríjase a la opción 'Estado de cuenta'.Puede consultar por número de cédula, número de placa del vehículo, o número de comparendo. Escriba el de su preferencia.El sistema mostrará un resumen de las multas y comparendos asociados a los datos ingresados.Cabe aclarar que si usted no tiene ningún comparendo, el mensaje que le aparecerá en el SIMIT es "el ciudadano identificado con el número de documento xxxxxxx, no posee a la fecha pendientes de pago por concepto de multas e infracciones en los organismo de tránsito conectados a SIMIT".¿Cómo pagar las multas en el SIMIT?Visite la página oficial del SIMITIngrese su número de cédula, placa del vehículo o número de comparendo para verificar si tiene infracciones pendientes.El sistema mostrará un resumen de las multas asociadas a los datos ingresados.Una vez identificadas las multas, seleccione la opción para generar el volante de pago.Este volante contiene toda la información necesaria para realizar el pago.Realizar el pagoPuede pagar directamente en el portal del SIMIT utilizando tarjetas de crédito o débito.También puede presentar el volante de pago en bancos autorizados como Banco AV Villas.Además, puede acercarse a un punto de atención del SIMIT para realizar el pago en persona.Después de realizar el pago, verifique en el portal del SIMIT que el estado de su multa se haya actualizado a "pagada".
La Sentencia C-038 de 2020 de la Corte Constitucional ha marcado un precedente importante en la legislación de tránsito de Colombia, especialmente en lo que respecta a la responsabilidad en el pago de una multa de tránsito por infracciones detectadas mediante sistemas tecnológicos, comúnmente conocidas como "fotomultas".Contexto legal anterior a la sentenciaAntes de la sentencia, la Ley 1843 de 2017 establecía una responsabilidad solidaria entre el conductor y el propietario del vehículo en el pago de las multas generadas por infracciones captadas por medios tecnológicos. Esto significaba que, independientemente de quién estuviera conduciendo, el propietario del vehículo también podía ser requerido para responder económicamente por la infracción.La Corte Constitucional, al analizar la constitucionalidad de dicha norma, concluyó que la responsabilidad solidaria impuesta al propietario del vehículo era inconstitucional. Argumentó que para que se imponga una multa debe existir una imputabilidad personal de la falta, es decir, que la infracción debe ser personalmente atribuible al sancionado. En palabras de la Procuraduría, "constitucionalmente no es posible exigir la responsabilidad del propietario del vehículo sin demostrar que fue él quien cometió la infracción".Con esta decisión, la Corte reafirmó el principio de culpabilidad como fundamento de la responsabilidad administrativa sancionatoria. Esto implica que, en el caso de las fotomultas, no se puede sancionar al propietario del vehículo sin demostrar que él fue quien cometió la infracción. Por tanto, la carga de la prueba recae sobre la autoridad de tránsito para vincular al verdadero infractor con la multa correspondiente.Entonces, quién paga la multa de tránsito, ¿el conductor o el dueño del vehículo?Tras la sentencia, la responsabilidad en el pago de las multas recae principalmente en el conductor que cometió la infracción. El propietario del vehículo solo será responsable en casos donde la infracción esté directamente relacionada con el estado o documentación del vehículo, como la revisión tecnomecánica vencida o la falta de SOAT.El conductor infractor tiene la opción de pagar la multa con un descuento si lo hace dentro de los primeros días tras la imposición del comparendo. Si el conductor desea impugnar, debe seguir un proceso legal que incluye presentar pruebas y, en algunos casos, asistir a audiencias.