A pocos días de la jornada electoral que tendrá lugar el próximo 31 de mayo, la Registraduría Nacional del Estado Civil recordó las reglas que existen en la jornada electoral para el uso de celulares durante las elecciones presidenciales. A nivel general, ciudadanos que participen en las elecciones deberán tener en cuenta que entre las 8:00 de la mañana y las 4:00 de la tarde estará prohibido utilizar celulares, cámaras fotográficas y dispositivos de video dentro de los puestos de votación.
La medida quedó establecida en el Decreto 0211 del 5 de marzo de 2026, expedido por el Ministerio del Interior, que modificó algunos apartados del Decreto 0188 de febrero de este mismo año. La norma, que establece una diferencia en el uso del celular para algunos votantes, aplicará durante la primera vuelta presidencial del próximo 31 de mayo y también regula las excepciones para algunos funcionarios y ciudadanos.
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¿Se puede votar con la cédula digital en el celular?
Aunque la regla general prohíbe el uso de teléfonos móviles dentro de los puestos de votación, el decreto sí contempla una excepción específica para los ciudadanos. La única situación en la que una persona podría utilizar el celular durante la jornada electoral será para mostrar la cédula digital a los jurados de votación mediante la aplicación oficial de la Registraduría Nacional del Estado Civil.
El decreto aclara que esta autorización aplica únicamente para exhibir el documento digital en tiempo real desde la aplicación autorizada. No serán válidas fotografías, capturas de pantalla ni copias almacenadas en el dispositivo. "Únicamente se permitirá el uso del teléfono celular para que el ciudadano exhiba al jurado de votación la cédula de ciudadano a en formato digital, a través de dicho dispositivo electrónico", se lee en el decreto.
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De esta manera, quienes tengan la cédula digital podrán identificarse ante los jurados sin necesidad del documento físico, siempre y cuando utilicen la aplicación oficial habilitada por la Registraduría. Recuerde que el único documento que se requiere para poder ejercer el derecho al voto es la cédula. Actualmente, en el país existen tres formatos de cédula válidos: la tradicional amarilla con hologramas, la cédula en policarbonato y la versión digital disponible en dispositivos móviles.
La restricción busca proteger el secreto del voto
En el documento, el Gobierno explica que la prohibición pretende "proteger el secreto del voto, prevenir conductas que puedan afectar la libertad del elector, evitar prácticas de constreñimiento al sufragante y salvaguardar la transparencia y legitimidad del proceso electoral".
También se busca impedir la toma de fotografías al tarjetón marcado, una práctica que históricamente ha sido relacionada con posibles presiones políticas, compra de votos o mecanismos de control ilegal sobre los ciudadanos.
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Además, el decreto señala que las autoridades deben aplicar las restricciones de forma uniforme en todos los puestos de votación del país para evitar interpretaciones diferentes durante la jornada.
¿Quiénes si podrán usar dispositivos electrónicos?
La norma establece varias excepciones para servidores públicos y organismos encargados de la vigilancia electoral. Entre quienes sí podrán utilizar celulares o equipos electrónicos durante la jornada están:
- Funcionarios del Ministerio Público.
- Integrantes de la Procuraduría General de la Nación.
- Delegados de la Defensoría del Pueblo.
- Personerías municipales.
- Funcionarios de órganos de control.
- Servidores de la Fiscalía General de la Nación designados para labores electorales.
- Medios de comunicación debidamente identificados.
Según el decreto, estas personas podrán hacer uso de los dispositivos únicamente en el ejercicio de sus funciones de vigilancia, control o labores judiciales relacionadas con el proceso electoral.
¿Qué pasa con los testigos electorales y observadores?
El Decreto 0211 también hizo precisiones sobre el uso de celulares por parte de los testigos electorales y observadores acreditados. Aunque estas personas podrán ingresar a los puestos de votación con teléfonos y equipos de grabación, no podrán utilizarlos entre las 8:00 a.m. y las 4:00 p.m. La restricción se levantará una vez termine la votación y comiencen los escrutinios.
Desde las 4:00 de la tarde, los testigos electorales sí podrán usar dispositivos electrónicos como parte de las labores de vigilancia del conteo de votos y de las actas electorales. El decreto recuerda además que los testigos no pueden hacer insinuaciones a los votantes, acompañarlos al cubículo ni manipular documentos electorales. "Los testigos electorales podrán hacer uso de dichos dispositivos electrónicos como parte de las labores de vigilancia, bajo la responsabilidad de los partidos, movimientos políticos, grupos significativos de ciudadanos u organizaciones sociales que los hayan acreditado".
Más de 41 millones de colombianos podrán votar este 31 de mayo
Para las elecciones presidenciales de 2026, la Registraduría informó que 41.421.973 colombianos están habilitados para ejercer su derecho al voto. De ese total, 40.007.312 ciudadanos podrán sufragar en Colombia y 1.414.661 lo harán desde el exterior. La entidad instalará 13.742 puestos de votación y habilitará 120.527 mesas en todo el territorio nacional y en 67 países.
En Colombia funcionarán 13.489 puestos de votación: 6.010 estarán ubicados en zonas urbanas y 7.479 en áreas rurales. Mientras tanto, los colombianos residentes en el exterior podrán votar entre el 25 y el 31 de mayo en 253 puestos habilitados fuera del país. La Registraduría también recordó que los ciudadanos pueden consultar su lugar de votación a través de la página oficial de la entidad antes de la jornada electoral.
VALENTINA GÓMEZ GÓMEZ
NOTICIAS CARACOL
vgomezgo@caracoltv.com.co