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Así funcionará cobro por consumo excesivo de agua en Bogotá y otros municipios: tome nota

Esté atento porque, si desperdicia agua, el cobro por consumo excesivo será cargado a su recibo sin importar su estrato socioeconómico. Le contamos.

En la próxima factura del Acueducto de Bogotá iniciarán los cobros adicionales por consumo excesivo de agua en la capital de Colombia y algunos municipios cercanos. Conozca a quiénes les aplicará la medida y cómo identificarla en su recibo.

Pese a que el consumo de agua en la ciudad disminuyó el pasado martes, 16 de abril de 2024, cuando fue de 15.72 metros cúbicos por segundo en comparación con los 16.11 registrados el lunes, el nivel del sistema Chingaza, aunque a paso más lento, sigue bajando y ayer llegó al 15.28%.

Por tal razón, el Distrito arranca en la próxima factura con las sanciones económicas para quienes excedan el límite máximo de consumo. Es decir, en el recibo que llegará a finales de mayo o comienzos de junio se reflejará el primer cobró adicional.

"A partir de la fecha, la empresa de acueducto analizará los consumos y aplicará la medida de desincentivo al consumo en exceso a los usuarios que superen bimensualmente los 44 metros cúbicos de consumo de agua", puntualizó Natasha Avendaño, gerente del Acueducto de Bogotá.

Monto a pagar por cada metro cúbico consumido que sobrepase el límite de 44 está determinado así:


  • Bogotá: $3.380
  • Soacha: $3.105
  • Gachancipá: $2.384
  • Tocancipá y Zipaquirá: $2.082

Natasha Avendaño agregó que "deberán pagar un valor adicional por cada metro cúbico independientemente del estrato socioeconómico".

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Para calcular el monto a cobrar por consumo excesivo de agua en Bogotá, sería así:


Supongamos que en el bimestre facturado consumió 50 m³, a eso se le resta el límite que está establecido en 44 m³, y el resultado se multiplica por la tarifa establecida, que para este caso es de $3.380. Es decir, que el valor adicional a pagar fuera del cargo fijo y del valor del servicio sería de $20.280.

"La medida podría ser más restrictiva teniendo en cuenta que el mínimo es de 11. Lo que significa que aún tenemos un margen de acción relevante que podría ser tenido en cuenta por el Acueducto y la Alcaldía de Bogotá", señaló la docente de Derecho del Medio Ambiente de la Universidad Externado Pilar García.

¿Quiénes están exentos de la medida?


Inquilinatos, hogares de Bienestar Familiar y entidades sin ánimo de lucro que reciban servicio especial quedan exentos de esta medida.

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