Así lo determinó la Corte Suprema de Justicia en un fallo que recibió el rechazo de las familias de víctimas de falsos positivos.
El alto tribunal resolvió la polémica: los miembros de la fuerza pública que hayan incurrido en el delito de homicidio en persona protegida, o los llamados falsos positivos, podrán quedar en libertad por cuenta de la justicia especial para la paz, así sean fugitivos. Así explicó su decisión:
"Les aplica el beneficio de la suspensión de las órdenes de captura cuando, estando prófugos de la justicia, se someten a la jurisdicción especial para la paz".
Jorge Molano, defensor de varias víctimas de los falsos positivos, rechazó este pronunciamiento de la justicia
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"Va a ser un festival de impunidad lo que se va a dar en el país y lo que menos importa aquí es el trato a las víctimas; la única preocupación que la corte planteó en su decisión es el trato equilibrado simétrico entre los agentes del estado y los integrantes de las FARC, pero las víctimas y sus derechos no merecieron ninguna consideración", aseguró.
Y es que en este caso la corte ordena la libertad de dos soldados condenados y prófugos de la justicia. Los militares en retiro hablaron de esta decisión de la Corte.
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"Era algo de esperarse. Simplemente se confirma un anuncio que desde el principio el jefe el Estado a través del Ministerio de Defensa y de Justicia estableció como un tratamiento especial diferenciado”, señaló el general (r) Jaime Ruiz Barrera, presidente de Acore.
Según cifras del Ministerio de Defensa en la actualidad hay 1.000 uniformados postulados a la justicia especial para la paz y 510 ya han recobrado su libertad.