Los conductores de vehículos particulares que se movilicen por Bogotá durante la semana del lunes 7 al domingo 13 de septiembre deberán tener en cuenta nuevamente el esquema de pico y placa establecido para la capital. La restricción funciona de acuerdo con el último dígito de la placa y establece qué vehículos pueden circular durante los días hábiles. Por esta razón, consultar con anticipación el calendario permite evitar confusiones al momento de programar viajes, desplazamientos al trabajo, citas o cualquier otro recorrido dentro de la ciudad.
La medida aplica de lunes a viernes entre las 6:00 de la mañana y las 9:00 de la noche. Los sábados, domingos y días festivos no se aplica esta restricción para los vehículos particulares.
- En días impares pueden circular vehículos particulares con placa terminada en: 1, 2, 3, 4 y 5.
- En días pares pueden circular los vehículos particulares con placa terminada en: 6, 7, 8, 9 y 0.
¿Cómo funcionará el pico y placa durante esta semana?
Para evitar errores, estas son las restricciones que deberán tener presentes los conductores durante cada jornada:
- Lunes 7 de septiembre: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5.
- Martes 8 de septiembre: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.
- Miércoles 9 de septiembre: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5.
- Jueves 10 de septiembre: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.
- Viernes 11 de septiembre: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5.
- Sábado 12 de septiembre: no aplica la medida de pico y placa.
- Domingo 13 de septiembre: no aplica la medida de pico y placa.
Excepciones y sanciones
Existen alternativas institucionales para transitar durante las jornadas de restricción. Los conductores pueden pagar la tarifa del pico y placa Solidario a través de los canales oficiales de la Secretaría de Movilidad para habilitar su vehículo por días, meses o un semestre completo. De igual manera, los vehículos 100% eléctricos e híbridos inscritos en la plataforma distrital quedan exentos de la normativa.
Transitar por la ciudad en horarios o días prohibidos sin el debido permiso equivale a la infracción C.14 del Código Nacional de Tránsito. Esto conlleva una sanción pecuniaria superior a los $800.000 pesos, sumado al costo de inmovilización del automóvil y su posterior traslado a los patios oficiales de la ciudad. Las autoridades hacen un llamado a programar las rutas con anticipación y hacer uso del transporte público o medios no motorizados.
Este texto fue realizado con colaboración de un asistente de IA y editado por un periodista que utilizó las fuentes idóneas y verificó en su totalidad los datos.
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