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¿Busca resolver su situación militar sin pagar multas? Con esta ley lo podrá hacer

Se trata de la Ley 2341 de 2023 denominada ¡A discreción! Jóvenes mayores de 24 años y universitarios que hayan superado cinco semestres podrán resolver su situación militar con esta norma. Tome nota de los otros requisitos.

¿Cómo resolver su situación militar sin pagar multas? Esta nueva ley beneficia a jóvenes

¡A discreción! es el nombre de la Ley 2341 de 2023 que permite solucionar la situación militar de jóvenes mayores de 24 años o de universitarios que hayan superado cinco semestres. El senador Manuel Virgüez es el ponente de esta normativa.

El senador explicó que el decreto "también aplica para jóvenes que estén estudiando carreras técnicas y tecnológicas. Esta es una de las grandes modificaciones que trae esta ley. Los mayores de 24 años que en este momento tienen multas hasta más de 5 millones de pesos quedan exentos, les perdonamos todas las multas".

¿Cuáles son los requisitos de ¡A discreción!?

Según la Ley 2341, estos son los requerimientos para solucionar la situación militar:

  • Contar a la fecha de la solicitud con veinticuatro 24 años o más, o haber cursado más de cinco 5 semestres de carrera universitaria.
  • Realizar la correspondiente solicitud, por intermedio de la página web designada o de manera presencial en cualquier distrito militar.
  • Pagar la cuota única de compensación militar para mayores de veinticuatro 24 años establecida en el artículo 3 de esta ley.
  • Certificación de la universidad donde conste que se encuentra cursando una carrera profesional y haber cursado 5 semestres, para el caso correspondiente.

¿Cuál es el valor de la cuota única de compensación militar?

“La cuota única de compensación militar es una contribución ciudadana, especial, pecuniaria e individual que debe pagar al Tesoro Nacional, el varón que no ingrese a las filas por superar la edad máxima de incorporación”, señala la ley.

El valor de la cuota única de compensación no podrá superar los siguientes valores:

  • Para personas sin ingresos económicos, el 5% de un salario mínimo legal mensual vigente.
  • Para personas con ingresos inferiores o igual a dos 2 salarios mínimos mensuales, el 15% de un salario mínimo legal mensual vigente.
  • Para personas con ingresos entre 2 y 4 salarios mensuales, el 25% de un salario mínimo legal mensual vigente.
  • Para personas con ingresos superiores a cuatro 4, el 50% de un salario mínimo legal mensual vigente.

“Los ingresos mensuales se certificarán mediante la presentación de los desprendibles de pago de los últimos tres meses en el caso de quienes sean empleados, y de la planilla de pagos de seguridad social de los últimos 3 meses en el caso de quienes sean independientes”, señala dicha ley.

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