El pronunciamiento se dio ya que el Consejo de Estado admitió una demanda de reparación directa, interpuesta por una mujer que se consideró perjudicada por la muerte de su pariente en la toma del Palacio de Justicia de Bogotá, entre el 6 y 7 de noviembre de 1985.
La sección tercera, con ponencia del magistrado Jaime Orlando Santofimio Gamboa, consideró que los hechos que rodearon la muerte de varias personas en el denominado holocausto del Palacio constituyen actos de lesa humanidad, por lo que opera la regla de la imprescriptibilidad de la acción judicial en ese asunto específicamente.
Bogotá