La circulación vehicular en Medellín y los nueve municipios que conforman el Valle de Aburrá mantendrá la restricción del Pico y Placa con el esquema definido para el segundo semestre de 2025. Con el fin de mejorar el tráfico y mitigar la congestión en la ciudad, la medida se aplicará en jornada continua a lo largo de la semana, impactando tanto a vehículos particulares como a motocicletas.
El esquema de rotación, que se estableció por sorteo e inició oficialmente el lunes 4 de agosto de 2025, opera de lunes a viernes entre las 5:00 a. m. y las 8:00 p. m. Es importante recordar que esta restricción no aplica durante los fines de semana ni en días festivos.
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Para la semana que inicia el lunes 29 de septiembre hasta el viernes 3 de octubre de 2025, los dígitos restringidos se aplicarán de la siguiente manera, siguiendo el patrón fijo de rotación del segundo semestre del año:
- Lunes 29 de septiembre: Placas terminadas en 6 y 9.
- Martes 30 de septiembre: Placas terminadas en 5 y 7.
- Miércoles 1 de octubre: Placas terminadas en 1 y 8.
- Jueves 2 de octubre: Placas terminadas en 0 y 2.
- Viernes 3 de octubre: Placas terminadas en 3 y 4.
El Pico y Placa rige de manera uniforme en Medellín y en todos los municipios del Valle de Aburrá, incluyendo a Bello, Itagüí, Envigado, Sabaneta, La Estrella, Caldas, Copacabana, Girardota y Barbosa.
La medida abarca diversas categorías de vehículos. Para los carros particulares (automóviles, camionetas, camperos, motocarros y cuatriciclos), la restricción se aplica según el último número de la placa. En el caso de las motocicletas de 2 y 4 tiempos (incluyendo mototriciclos, tricimotos y ciclomotores), se considera el primer dígito de la placa.
Los vehículos de servicio público tipo taxi operan con un esquema diferente, con restricción un día cada dos semanas, en horario de 6:00 a. m. a 8:00 p. m. en días hábiles.
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Multas y excepciones viales
El incumplimiento de la norma representa una sanción económica significativa, cuya fase sancionatoria está vigente desde el 11 de agosto de 2025. La multa impuesta equivale a 15 Salarios Mínimos Diarios Legales Vigentes (SMDLV), lo que se traduce en $711.750 pesos en 2025, además de la inmovilización del vehículo infractor.
Para facilitar la conexión regional y la movilidad sostenible, ciertas vías y tipos de vehículos están exentos.
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Entre las vías exentas en Medellín se encuentran:
- El Sistema Vial del Río (compuesto por la Autopista Sur, la Avenida Regional y la Avenida Paralela).
- La totalidad de la Avenida Las Palmas.
- La Avenida 33, en el tramo que conecta el río hasta Las Palmas.
- La Iguaná.
- Los laterales de la quebrada La Iguaná, entre las carreras 63 y 80.
Además, la restricción no aplica en ninguno de los corregimientos de Medellín. Sin embargo, los conductores deben ser cautelosos, ya que en municipios vecinos como Bello e Itagüí, ciertos tramos de la Autopista Norte, Avenida Regional y Autopista Sur sí están sujetos a la medida por decisiones locales.
Respecto a los vehículos exentos, se busca incentivar la protección del medio ambiente y la movilidad sostenible. Los automotores de combustible eléctrico, híbrido y aquellos convertidos a Gas Natural Comprimido están liberados de la restricción. Las motocicletas dedicadas a servicios de mensajería o entrega de domicilios también están exentas, siempre y cuando hayan realizado una solicitud de inscripción previa y acrediten la documentación laboral correspondiente.
La implementación de este esquema, determinado por un modelo técnico para distribuir equitativamente las restricciones y mitigar la congestión, exige la atención constante de los ciudadanos para evitar sanciones económicas severas al inicio del mes de octubre de 2025.
ANDRÉS FELIPE ADAMES RESTREPO
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